Huelga de cines en Barcelona por el decreto de la Generalitat de doblar en catalán.

SpekF1
que cojones quieres?
#61
Cita de Scotch
Exacto. Defiendo la libertad: "almenos en catalán". O si prefieres "en castellano y también en catalán"

O es que te parece una aberración?

a él lo que le aberra es la palabra catalan y todo lo relacionado a ella...

si por él fuera... no existiriamos... no se que le hemos echo.. pero le tocamos mucho los cojones...

y eso que no lo conozco en persona...
Scotch
Scrot era la polla :(
#62
Cita de Cinabar
Pues porque años atras tienes como referente peliculas que se han estrenado simultaneamente en Cataluña dobladas al castellano y dobladas al catalan en cines distintos y ambas peliculas emitiendose en sesion continua en cada cine y la diferencia en la recaudacion del cine que la proyectaba en version doblada al castellano con la del cine que la proyectaba doblada al catalan (repito que ambos cines proyectando esa misma pelicula en todas sus sesiones) era abismal.
La gente aquí está cansada. El cine ya no es desde hace muchos años, una de las principales opciones de ocio.

Pero como que no hay mal que por bien no venga, la salud del teatro y otras manifestaciones culturales donde el catalán no está discriminado, pues goza de mejor salud.
Cinabar
ForoCoches: Miembro
#63
Cita de SpekF1
eso no te lo crees ni tu.... esto no ha sido asi ni en los mejores sueños de Carod Rovira y Puigcercos juntos
Yo es que flipo con algunas respuestas.

Ha habido unas cuantas peliculas que se han estrenado en doble versión en los cines de Barcelona pero si tu prefieres decir que eso es mentira. ¿Qué te puedo decir?

Cualquier cosa que no encaje con tu modo de pensar vas a responder que es mentira.
Daimler
1234...
#64
Cita de Scotch
La gente aquí está cansada. El cine ya no es desde hace muchos años, una de las principales opciones de ocio.

Pero como que no hay mal que por bien no venga, la salud del teatro y otras manifestaciones culturales donde el catalán no está discriminado, pues goza de mejor salud.
La gente de lo que estara cansada es del mangoneo politico que existe.

No es normal obligar a ningun comercio a gastar una cantidad de dinero considerable para satisfascer a unos cuantos politicos que quieren ver como crece su poder y sus carteras.

Yo, como Español de origen, monto una empresa legal dentro del marco economico en el territorio españosl y por que han de imponerme una administracion de la comunidad una privacion de mis derechos? Que se ha creido esa administracion que es como para imponerse por encima de la norma mas importante que hay en este pais?

Se denuncia en Madrid por tener un local en donde algo este escrito en catalan? Verdad que no? Entonces por que Esos politicos Catalanes se comportan como crios y patalean argumentando que se esta discriminando una cultura? Acaso no discriminan ella una aun mas importante ( pues es la general) ?

Respeta para ser respetado.
Daimler
1234...
#65
Cita de Cinabar
Yo es que flipo con algunas respuestas.

Ha habido unas cuantas peliculas que se han estrenado en doble versión en los cines de Barcelona pero si tu prefieres decir que eso es mentira. ¿Qué te puedo decir?

Cualquier cosa que no encaje con tu modo de pensar vas a responder que es mentira.
Aqui se va a buscar cualquier escusa para justificar una reaccion tan infantil y descalabrada con es esta nueva imposicion.
HΣrmΣs
User.
#66
Cita de Scotch
Que rotulen en el idioma que les de la gana... pero en el mío también.

A mí con el coche me gusta correr. Mucho. Pero si no cumplo la ley (en este caso la de Tráfico) me arriesgo a ser sancionado.

Y si me paso del límite de velocidad, soy consciente de que estoy cometiendo una ilegalidad.
Quiero pensar que no estás comparando correr mucho con el coche(y por lo tanto poner en peligro la vida de los demás)con rotular en el idioma que se quiera.
Scotch
Scrot era la polla :(
#67
Cita de Daimler
La gente de lo que estara cansada es del mangoneo politico que existe.

Posiblemente

No es normal obligar a ningun comercio a gastar una cantidad de dinero considerable para satisfascer a unos cuantos politicos que quieren ver como crece su poder y sus carteras.

A estos políticos alguien los ha votado.

Yo, como Español de origen, monto una empresa legal dentro del marco economico en el territorio españosl y por que han de imponerme una administracion de la comunidad una privacion de mis derechos? Que se ha creido esa administracion que es como para imponerse por encima de la norma mas importante que hay en este pais?

A ti nadie te priva de tus derechos. Eres tú el que quiere privarme a mí del derecho de poder recibir TAMBIÉN un servicio en mi idioma (que es oficial) en mi propio territorio.


Se denuncia en Madrid por tener un local en donde algo este escrito en catalan? Verdad que no? Entonces por que Esos politicos Catalanes se comportan como crios y patalean argumentando que se esta discriminando una cultura? Acaso no discriminan ella una aun mas importante ( pues es la general) ?

Aquí no se discrimina el castellano. Dime si existe alguna ley que prohiba el castellano en Catalunya.

Respeta para ser respetado.

Yo respeto y no soy respetado.
supertrusko
Miembro extraordinario
#68
Cita de goldfinger
si doblar supone mucho gasto, como minimo deberian subtitularlas al catalan

Es lo que muchísima gente desea ... con los doblajes se pierde una parte importantísima de la interpretación de los actores.

Uno de los problemas que han surgido es que tv3 pasa casi todas sus películas unos dos años o más después del estreno; y quien paga el doblaje es la Generalitat ..... y ahora pretenden obligar a que sean las distribuidoras quienes pongan el dinero .... y aquí es donde surge el problema, por lo que he escuchado.

A mi opinión, me parece correcto que las pasen en catalán. Pero ni es el momento ni son las formas de hacerlo.
Scotch
Scrot era la polla :(
#69
Cita de HΣrmΣs
Quiero pensar que no estás comparando correr mucho con el coche(y por lo tanto poner en peligro la vida de los demás)con rotular en el idioma que se quiera.
En absoluto. Lo que intento es hacer una analogía entre lo que es una ley, y las consecuencias monetarias que acarrea incumplirla.
supertrusko
Miembro extraordinario
#70
Cita de devotio
Nada mejor para la crisis que esto.




Eso para los que creen que sus intereses están mejor votando a esa gentuza, que solo mira por sus pajas mentales de funcionario con la barriga llena.

Gentuza hay en todos lados hamijo .....
SpekF1
que cojones quieres?
#71
Cita de Cinabar
Yo es que flipo con algunas respuestas.

Ha habido unas cuantas peliculas que se han estrenado en doble versión en los cines de Barcelona pero si tu prefieres decir que eso es mentira. ¿Qué te puedo decir?

Cualquier cosa que no encaje con tu modo de pensar vas a responder que es mentira.

a ver... te lo pongo en gordo para ver si lo entiendes...


SIN CINE

Hoy los cines de Cataluña no abren sus puertas. Están de huelga contra el proyecto de cuotas de doblaje y subtitulado que el Govern trata de imponer. Que los cines cierren los lunes es como si los conductores de máquinas quitanieves hicieran huelga en el mes de agosto. Los lunes son una bofetada de tal calibre contra los sueños, que ese día saben mal hasta las palomitas. El ideal sería que no fuera necesario legislar sobre nada. Pero el mundo de los negocios ha demostrado sobradamente que no hará ningún esfuerzo positivo por el ciudadano a menos que le obliguen. Así que en un país donde se legisla sobre el tabaco, el alcohol, la interrupción del embarazo y el horario de apertura comercial, no es raro que se legisle sobre la lengua.

Tampoco es razonable que en Cataluña el porcentaje de exhibición de cine en catalán roce el 3%. Los empresarios dicen que no hay demanda de cine en catalán y han redactado un estudio donde ven amenazados sus ingresos si se les obliga a cumplir con un 50% de cuota en catalán en aquellas películas que superan las 20 copias de explotación en el territorio. El estudio se adentra en la ciencia ficción, es algo así como si Avatar fuera considerado realismo costumbrista. En Cataluña las radios y las televisiones más vistas son en catalán, así que parece que hay gente en ese rincón del planeta que habla y sueña en catalán. En Francia hace años que resolvieron la cuestión imponiendo a la entrada para películas dobladas un pequeño recargo que se destina a mejorar las condiciones de los cines, preservar el patrimonio, velar porque haya salas repartidas equitativamente por toda su geografía y fomentar la versión original. Aquí lo triste es que el Govern, para poder tirar hacia adelante con una reforma razonable, que preserve la virtud del bilingüismo, va a acabar destinando dinero de sus arcas para costear los doblajes en catalán, es decir, subvencionando a la Warner, a la Paramount, a la Disney. Existiendo tantas carencias en nuestra vida educativa y formativa, llegar a una conclusión así es para echarse a llorar.
y esto lo firma David Trueba.... que algo mas que tu y que yo sabe del mundillo...
shinchan
Togakure Ryu
#72
Cita de Scotch
Exacto. Defiendo la libertad: "almenos en catalán". O si prefieres "en castellano y también en catalán"

O es que te parece una aberración?
Es que si dices "al menos en catalan" ya no hay libertad. Por ejemplo, que pasa si rotulo solo en castellano? Me multan. Cinismos los justos.

Cita de SpekF1
a él lo que le aberra es la palabra catalan y todo lo relacionado a ella...

si por él fuera... no existiriamos... no se que le hemos echo.. pero le tocamos mucho los cojones...

y eso que no lo conozco en persona...
Otro que no entiende la diferencia entre criticar el gobierno catalan y odiar a los catalanes? Dejaros de victimismo barato, que ya cansais.

es como si yo critico a Chaves, y me llaman anti andaluz. Grotesco, verdad? Pues vosotros haceis lo mismo
Jack Shephard
Perdido
#73
Tiene pelotas que esteis peleando por el doblaje o no en la lengua el terruño de turno...

Cuando lo que habia que fomentar desde el gobierno es el proyectarlas en V.O.S. para acostumbrar el oido al ingles, y cargar los costes del doblaje al suplemento de las entradas de quienes quisieran verla en español.
SpekF1
que cojones quieres?
#74
Cita de _Tatogo_
Habría que empezar preguntando si los catalanes serían capaces de aceptar que el doblaje al catalán encarecería la entrada, ya que no es lo mismo doblar para toda España en castellano que sólo para Cataluña, es más y dentro de Cataluña, sólo para el que quiera disfrutar de la peli en catalán.

Dirán ¿y por qué voy a tener que pagar más por ver una película en catalán que en castellano? Pues por oferta y demanda... los costes de doblaje son los mismos, pero los beneficios no.

Y una duda que tengo, ¿el cupo ese del 50% significa que si por ejemplo "Peter Pan el regreso" lo doblan al catalán, ya no tienes derecho a verlo en castellano o viceversa?

Es decir, cogen 10 películas, 5 en catalán, 5 en castellano, a sorteo...

De ser así, sería tan injusto lo que pasa ahora que lo que pasará mañana si se lleva a cabo la medida.

otro que no se ha leido el hilo o ha leido lo que le ha dado la gana..

para evitar el sobrecoste... la generalitat subenciona tanto el doblaje como la proyeccion....


y el tema de 50 % es para las peliculas que superen las 20 copias en todo el territorio.. con lo que si son 20 copias... 10 seran en catalan y 10 en castellano...


Cita de Jack Shephard
Tiene pelotas que esteis peleando por el doblaje o no en la lengua el terruño de turno...

Cuando lo que habia que fomentar desde el gobierno es el proyectarlas en V.O.S. para acostumbrar el oido al ingles, y cargar los costes del doblaje al suplemento de las entradas de quienes quisieran verla en español.
esto seria lo mas normal y mas logico... se hace en muchisimos paises.. y encima, el conocimiento del ingles subiria...

pero no me quiero imaginar como se pondria la sociedad española por no doblar al castellano.... buff...


lo que se exige es... ya que doblas la pelicula al español... tambien hazlo al catalan.. asi yo.. puedo elegir... sino.. no la dobles..
rotten
ex Citroën ZX 1.4 Reflex,
#75
Cita de Scotch
Te estas contradiciendo. Si no hubiera demanda de oferta cinematográfica en catalán, no habría ley.

Si hay ley... es porque hay demanda. Es que es de cajón

Actualmente no se puede elegir, y esta ley nos dará derecho a elegir.
A ti eso de la oferta y la demanda.. no te lo han contado bien no?

Si hubiese suficiente demanda, habría oferta.

ES como decir que no se pueden ver pelis de Pajares y Esteso en el cine, y por tanto hay que obligar a las salas a proyectar películas antiguas. Sería la ruina!!

Lo mismo con las películas en catalán.
Seguro que iría gente, y de hecho, va gente a verlas. Pero los empresarios tienen claro que:
a) Les sale más cara la proyección.
b) A cambio de una proyección más cara, obtienen menos espectadores.

Con esa ecuación, y perdiendo clientes a otros medios y entretenimientos, no quieren ni pueden perder definitivamente el "carro".

Respecto a si se ve más o menos la tele en Catalán, es obvio que se ve mucho, por ser los canales locales tradicionales. Habrá bastante gente que los preferiría en castellano, pero no por ello se van a doblar.
Si tuvieses que escoger entre ver una película en inglés o no verla, a poco que entiendas el inglés, escogerás el inglés.. y de allí viene la alta cuota: la buena parte de catalanes que quieren verlo en catalán, mas lo que se resignan.

Con el cine pasa igual: más de uno debe estar resignado a verlas en castellano y no en catalán.
Lo curioso,es que la reivindicación razonable debiera ser poderlas ver en versión original..
rotten
ex Citroën ZX 1.4 Reflex,
#76
Este tipo de problemas son los que sacan a las empresas de nuestro país.

Quieres hacer negocios en España? muy bien, bienvenido al reino de Taifas antes conocido como España. En cada comunidad autónoma.. leyes distintas!!

No me extraña que se vayan.. todo son trabas.

Cita de SpekF1
otro que no se ha leido el hilo o ha leido lo que le ha dado la gana..

para evitar el sobrecoste... la generalitat subenciona tanto el doblaje como la proyeccion....


y el tema de 50 % es para las peliculas que superen las 20 copias en todo el territorio.. con lo que si son 20 copias... 10 seran en catalan y 10 en castellano...




esto seria lo mas normal y mas logico... se hace en muchisimos paises.. y encima, el conocimiento del ingles subiria...

pero no me quiero imaginar como se pondria la sociedad española por no doblar al castellano.... buff...


lo que se exige es... ya que doblas la pelicula al español... tambien hazlo al catalan.. asi yo.. puedo elegir... sino.. no la dobles..
Scotch
Scrot era la polla :(
#77
Cita de shinchan
Es que si dices "al menos en catalan" ya no hay libertad. Por ejemplo, que pasa si rotulo solo en castellano? Me multan. Cinismos los justos.

Unos quieren anteponer su libertad a la de los otros. No es cinismo, es justicia.

Si rotulas sólo en castellano, además de estar incumpliendo la ley, estás atentando contra los derechos linguísticos de infinidad de gente.

Si rotulas en ambos idiomas, eso sí que es libertad. Nadie sale perjudicado.

Por cierto, ya te has leído la sentencia del TJSC a la que te referías anoche? En fin... es lo que tiene hablar de lo que no se sabe
Scotch
Scrot era la polla :(
#78
Cita de rotten
A ti eso de la oferta y la demanda.. no te lo han contado bien no?

Si hubiese suficiente demanda, habría oferta.

ES como decir que no se pueden ver pelis de Pajares y Esteso en el cine, y por tanto hay que obligar a las salas a proyectar películas antiguas. Sería la ruina!!

Lo mismo con las películas en catalán.
Seguro que iría gente, y de hecho, va gente a verlas. Pero los empresarios tienen claro que:
a) Les sale más cara la proyección.
b) A cambio de una proyección más cara, obtienen menos espectadores.

Con esa ecuación, y perdiendo clientes a otros medios y entretenimientos, no quieren ni pueden perder definitivamente el "carro".

Respecto a si se ve más o menos la tele en Catalán, es obvio que se ve mucho, por ser los canales locales tradicionales. Habrá bastante gente que los preferiría en castellano, pero no por ello se van a doblar.
Si tuvieses que escoger entre ver una película en inglés o no verla, a poco que entiendas el inglés, escogerás el inglés.. y de allí viene la alta cuota: la buena parte de catalanes que quieren verlo en catalán, mas lo que se resignan.

Con el cine pasa igual: más de uno debe estar resignado a verlas en castellano y no en catalán.
Lo curioso,es que la reivindicación razonable debiera ser poderlas ver en versión original..
Reitero por enésima vez. Si no hubira demanda no habría ley. No estaría este asunto en el programa de los partidos que estan gobernando en Catalunya.
rotten
ex Citroën ZX 1.4 Reflex,
#79
Cita de Scotch
Reitero por enésima vez. Si no hubira demanda no habría ley. No estaría este asunto en el programa de los partidos que estan gobernando en Catalunya.
Es que verás, la cosa es causa--> efecto.

En este caso, la causa no es la demanda de ver películas en catalán, sino la imagen proyectada por el gobierno de cataluña a sus bases de votantes.

Si realmente hubiese una gran demanda de verlas en catalán, no te preocupes que los propios empresarios doblarían de mottu propio las películas.

Aunque sí que te reconozco que los empresarios cinematográficos son un tanto "torpes" a la hora de dar lo que pide el público.
noriquito
etev la onreuk!!
#80
Cita de Pableras85
Totalmente respetable, tanto como que el empresario te haga pagar en taquilla el sobreprecio resultante por entrada que suponga doblar al Catalán un número muy inferior de copias para el cine, que comparándolo con el doblaje en Castellano.
por esa norma, que me salga a mitad de precio y la vere en VOS. Y que conste que NO veo cine en catalan.
shinchan
Togakure Ryu
#81
Cita de Scotch
Unos quieren anteponer su libertad a la de los otros. No es cinismo, es justicia.

Si rotulas sólo en castellano, además de estar incumpliendo la ley, estás atentando contra los derechos linguísticos de infinidad de gente.

Si rotulas en ambos idiomas, eso sí que es libertad. Nadie sale perjudicado.

Por cierto, ya te has leído la sentencia del TJSC a la que te referías anoche? En fin... es lo que tiene hablar de lo que no se sabe
Y si rotulas solo en catalan no sucede lo mismo? No atentas contra los derechos de los castellano hablantes?
pnr
ForoCoches: Miembro
#82
Cita de Pableras85
Totalmente respetable, tanto como que el empresario te haga pagar en taquilla el sobreprecio resultante por entrada que suponga doblar al Catalán un número muy inferior de copias para el cine, que comparándolo con el doblaje en Castellano.
Lo mas gracioso de todo es que despues de tener esa oferta del 50% de salas que tanto exige por ley, seguro que luego se las descargara y no ira a los cines.
SpekF1
que cojones quieres?
#83
Cita de pnr
Lo mas gracioso de todo es que despues de tener esa oferta del 50% de salas que tanto exige por ley, seguro que luego se las descargara y no ira a los cines.

eso ya pasa ahora tanto en cataluña como en euskadi, valencia... hasta en los Angeles, Pekin y en Pokon...
imd47
ForoCoches: Miembro
#84
Cita de Scotch
Te estas contradiciendo. Si no hubiera demanda de oferta cinematográfica en catalán, no habría ley.

Si hay ley... es porque hay demanda. Es que es de cajón

Actualmente no se puede elegir, y esta ley nos dará derecho a elegir.
ejem eso es una mentira como una casa hay ley para que el catalanismo haga
propaganda,pasandose por el forro de los cojones,los deseose la ciudadania
Cita de Scotch
Pues yo sí la justifico. Tengo derecho a escoger en que idioma quiero ver una película en el cine. Cosa que no puedo hacer ahora.
no,no lo tienes, ni tu,ni yo, no existe ese derecho
Cita de Scotch
Unos quieren anteponer su libertad a la de los otros. No es cinismo, es justicia.

Si rotulas sólo en castellano, además de estar incumpliendo la ley, estás atentando contra los derechos linguísticos de infinidad de gente.

Si rotulas en ambos idiomas, eso sí que es libertad. Nadie sale perjudicado.

Por cierto, ya te has leído la sentencia del TJSC a la que te referías anoche? En fin... es lo que tiene hablar de lo que no se sabe
ejem sois vosotros quienes quereis anteponer deseos( el famoso vivir en catalan)a derechos( libera de empresa, libertad de expresion)

porque no hay legalmente ningun derecho a vivir en catalan,leete la constitucion,declaracion de los derechos humanos,etc...
En cuanto a los derechos que se reconocen en este Título I, son los siguientes:
1) Derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, pueda ser sometido alguien a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes, quedando abolida la pena de muerte, salvo lo que dispongan las leyes penales militares para tiempos de guerra (art. 15).
2) Libertad ideológica, religiosa y de culto, (art. 16), sin más limitación en sus manifestaciones que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la Ley, y sin que nadie pueda ser obligado a declarar sobre su ideología, religión y creencias, consagrándose la aconfesionalidad del Estado. La libertad religiosa ha sido regulada por la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa, desarrollada por el RD 11159/2001, de 26 de octubre, por el que se regula la Comisión Asesora de Libertad Religiosa.
3) Derecho a la libertad y a la seguridad personal, por lo que nadie podrá ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo dispuesto en el art. 17 y en los casos y en la forma prevista en la Ley.
4) Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, reconocido en el art. 18 y regulado por la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, derogada parcialmente por la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Este art. 18 establece que:
- El domicilio es inviolable, sin que pueda hacerse entrada o registro en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito, debiendo tenerse en cuenta, al efecto, la Ley 22/1995 de 17 de agosto, mediante la que se garantiza la presencia judicial en los registros domiciliarios.
- Se garantiza el secreto de las comunicaciones, y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
- La Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

5) Derecho a la libre elección de residencia y a la libre circulación por el territorio nacional, art. 19, así como el derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca; derecho que no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos.
6) Derecho de expresión, que engloba los siguientes, enunciados por el art. 20:
- A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción
- A la producci0ón y creación literaria, artística, científica y técnica.
- A la libertad de cátedra.
- A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia (Ley Orgánica 2/1997 de 19 de junio reguladora de la cláusula de conciencia de los profesionales de la información.) y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa. Y estos derechos tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en el Título I, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen, y a la protección de la juventud y de la infancia. El secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información solo podrá acordarse en virtud de resolución judicial.

7) Derecho de reunión pacífica y sin armas, sin necesidad de autorización previa, y con comunicación previa a la Autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes, en los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones.
8) Derecho de asociación, debiendo inscribirse en un Registro a los solos efectos de publicidad, y sin que las asociaciones que se creen se disuelvan o suspendan en sus actividades sino en virtud de resolución judicial. El art. 22 declara como ilegales las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito. Y prohíbe las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar.
9) Derecho de participación en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal. Asimismo, los ciudadanos tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos establecidos en las Leyes (art. 23)
10) Derecho de todas las personas a obtener la tutela efectiva de los Jueces y Tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión. Todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la Ley, a la defensa y a la asistencia de Letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia. La Ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos (art. 24).
11) Principio de legalidad penal, que recoge el art. 25, conforme al cual nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falto o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.
12) Prohibición de los Tribunales de Honor en el ámbito de la Administración civil y de las Organizaciones Profesionales (art. 26)
13) Derecho a la Educación, reconociéndose la libertad de enseñanza. Se establece la obligatoriedad y gratuidad de la Enseñanza General Básica, reconociéndose a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales, así como la intervención en el control y gestión de los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos respecto a los padres, profesores y, en su caso, los alumnos. (art. 27) Se reconoce tb la autonomía de las Universidades en los términos que la Ley establezca.
14) Derecho de libre sindicación, reconocido en el art. 28, comprende el derecho a fundar Sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los Sindicatos a formar Confederaciones y a fundar Organizaciones Sindicales Internacionales o a afiliarse a las mismas, sin que pueda ser obligado nadie a afiliarse a un Sindicato.
15) Derecho de huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses, debiendo garantizarse, en todo caso, por Ley, el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad durante la huelga.
16) Derecho de petición individual y colectiva, por escrito, en la forma y con los efectos que determine la Ley.
17) Derecho-deber de defender a España, art. 30 y regulado por la Ley Orgánica 13/1991, de 20 de diciembre, derecho a la objeción de conciencia, regulado por la Ley 22/1998, de 6 de julio, reguladora de la Objeción de Conciencia y de la Prestación social Sustitutoria, desarrollada por el Real Decreto 700/1999, de 30 de abril, por el que se aprueba el reglamento de la objeción de conciencia y de la prestación social sustitutoria.
18) Derecho del hombre y de la mujer a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica, la Ley, art. 32, regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos.
19) Derecho a la propiedad privada y a la herencia, delimitándose el contenido de estos derechos por la función social que han de cumplir. El art. 33 establece que nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las Leyes (Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954).
20) Derecho de Fundación, para fines de interés general, con arreglo a la Ley, rigiendo para las Fundaciones lo expuesto respecto de las asociaciones (art. 34).
21) Derecho-deber al trabajo, al que se refiere el art. 35 y junto al que se reconocen los siguientes derechos:
a. Derecho a la libre elección de profesión u oficio.
b. Derecho a la promoción a través del trabajo.
c. Derecho a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de la familia, sin que, en ningún caso, pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
22) El art. 36 señala que la Ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas, debiendo ser democráticos la estructura interna y el funcionamiento de los Colegios.
23) Derecho a la negociación colectiva, art. 37, al establecer que la Ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios. Derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo, debiendo garantizarse el funcionamiento de los servicios esenciales para la comunidad.
24) Libertad de empresa en el marco de la economía de mercado, garantizando los poderes públicos y protegiendo su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación. (art. 38)
25) El art. 39 trata del derecho de la familia a ser protegida social, económica y jurídicamente por los poderes públicos, así como del derecho de los hijos, iguales ante la Ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil, a una protección integral, reconociéndose, también, el deber de los padres de prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro y fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.

26) El art. 40 recoge los siguientes derechos: - Derecho a una distribución más equitativa de la renta y a una política orientada al pleno empleo. -Derecho a la formación y readaptación profesionales. -Derecho a la seguridad e higiene en el trabajo. - Derecho al descanso necesario.

27) El art. 41 reconoce el derecho a la Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo.

28 El art. 42 impele al Estado a salvaguardar los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero y orientar su política hacia el retorno.

29) El Derecho a la protección de la salud, art. 43, a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios, debiendo los poderes públicos fomentar la educación sanitaria, la educación física y el deporte, facilitando, además, la adecuada utilización del ocio.

30) Derecho de acceso a la cultura por parte de todos, impeliéndose a los poderes públicos a promover la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general. (art. 44)

31) El art. 45 sanciona el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, debiendo los poderes públicos velar por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.

32) Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad (art. 46)

33) Conforme el art. 47, todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, debiendo los poderes públicos regular la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación, y participando la comunidad en las plusvalías que genere la acción urbanística de los Entes Públicos.

34) Derecho de la juventud a una participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural. (art. 48)

35) El art. 49 impone a los poderes públicos la realización de una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que el Título I otorga a todos los ciudadanos.
36) El art. 50 se ocupa de la Tercera Edad, estableciendo su derecho a pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas y a la utilización de un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.

37) El art. 51 impone a los poderes públicos la obligación de garantizar la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos. Asimismo, se promoverá la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentándose sus organizaciones, a las que se oirá en las cuestiones que les puedan afectar.

38) El art. 52 prescribe, finalmente, que la Ley regulará las Organizaciones Profesionales que contribuyan a la defensa de sus intereses, cuya estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
aqui no esta el derecho a vivir e catalan
El problema que queda por resolver es plantear un modelo lingüístico democrático que salvaguarde los derechos de todos los ciudadanos de Cataluña en un plano de igualdad. Quizás la clave nos la proporcionen las declaraciones de la ONU y de la UNESCO sobre el derecho a recibir la enseñanza en la lengua materna y a emplearla normalmente sin “preferencias” en todas las relaciones publicas y privadas, allí donde existe una minoría lingüística demográficamente significativa.
de hecho segun la onu/unesco no es bueno prioricar el catalan y menos
hacer monolingue en catalan a cataluña

El joven filólogo pretende llegar al fondo de la cuestión en el debate “entre els que sostenen que el català està amenaçat d'extinció i els qui creuen que té la vida assegurada”. Para ello es preciso realizar una clarificación terminológica y doctrinal. El problema esencial no es si “el català desapareixerà o no, sinó més aviat si es normalitzarà o no, amb el benentès que només una normalització completa pot assegurar-li la supervivència”.15

¿Qué quiere decir normalizar? ¿Cuál es el objetivo último de la normalización? Éstas son las cuestiones que el autor se propone dilucidar. Para ello es necesario operar una triple distinción conceptual en torno a los tres objetivos de la normalización: mínimo, débil y fuerte. Los dos primeros aseguran la preeminencia del catalán como “llengua propia de les institucions privades i públiques” y que todos los que lo deseen puedan “viure [vivir] en català”. El tercero “es que a Catalunya tots els ciutadans visquin [vivan] efectivament en català”.

El significado de la vaporosa noción “viure en català” [vivir en catalán] no es explicitado, aunque se intuye que se trata de que se pueda realizar una vida “normal” en el Principado sin tener que toparse ni con prensa, películas, rótulos, carteles, etiquetas en castellano. Branchadell no se arredra ante las consecuencias lógicas de esta elección que “serien la desaparició d'una comunitat lingüística a Catalunya”. La presencia de esta comunidad es “l'aspecte que més s'evita en els debats públics” y “una de les premisses de la política cultural catalana”. Branchadell reconoce que esta comunidad tiene “uns drets lingüístics que s'han de respectar”, para añadir inmediatamente que la meta a alcanzar es una situación en la que “el català fos [fuese] la llengua comuna de la població, en la qual no hi hagués [no hubiese] ciutadans d'expressió castellana, ni per tant drets lingüístics individuals a respectar”. El objetivo de la normalización es, pues, “el monolingüisme català”, y en esto la Generalitat debería hablar claro. Su ambigüedad esta haciendo un daño enorme a los que luchan consecuentemente por el éxito de esta empresa. La solución de Branchadell implica necesariamente “l'assimilació dels grups no catalanoparlants per mitjà [por medio] d'un procés que la sociolingüística anomena [denomina] la substitució lingüística”. La técnica educativa a emplear es la inmersión.
vetton
Velahile un Verato
#85
Cita de Jack Shephard
Tiene pelotas que esteis peleando por el doblaje o no en la lengua el terruño de turno...

Cuando lo que habia que fomentar desde el gobierno es el proyectarlas en V.O.S. para acostumbrar el oido al ingles, y cargar los costes del doblaje al suplemento de las entradas de quienes quisieran verla en español.
No es problema la versión catalana, que ya las distribuidoras, disponen de ellas, el problema es la cuota de proyección en catalán que se obliga a las salas, y que va poca gente a verla. Con lo que las salas pierden tiempo y dinero en estas proyecciones.
Lo Piccolo
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#86
Cita de SpekF1
eso ya pasa ahora tanto en cataluña como en euskadi, valencia... hasta en los Angeles, Pekin y en Pokon...
+1
Bolotxor
Brujo, a ratos libres
#87
Cita de Cinabar
Pues con la normativa del 50% de peliculas en catalan lo mismo, si el dueño del cine cree que si proyecta el 50% de las peliculas que se estrenan en su sala por imposición de la Generalitat va a perder ingresos comparado con si decide proyectar el 80% en castellano es logico que mire por sus intereses comerciales y no esté de acuerdo con esa ley ¿no te parece?
Lo que me parece es que hay una cosa que se llama LEYES. A mi tambien me gustaría que no me quitasen un 30% o más de mis ingresos, va en contra de mis intereses... pero hay unas cuantas leyes de impuestos que así lo dictan.

Cuando sacaron las normativas de ahorro, por ejemplo, condenan a los fabricantes de las típicas bombillas de filamento, que no se podrán vender en favor de los tubos de bajo consumo. Seguramente ha cerrado alguna empresa de bombillas, pero es la ley... simplemente.

No es nada nuevo, la verdad.

Y éso sin mentar que dudo, y mucho, que al final pierdan dinero los expositores...
SpekF1
que cojones quieres?
#88
Cita de imd47
ejem eso es una mentira como una casa hay ley para que el catalanismo haga
propaganda,pasandose por el forro de los cojones,los deseose la ciudadania

no,no lo tienes, ni tu,ni yo, no existe ese derecho

ejem sois vosotros quienes quereis anteponer deseos( el famoso vivir en catalan)a derechos( libera de empresa, libertad de expresion)

porque no hay legalmente ningun derecho a vivir en catalan,leete la constitucion,declaracion de los derechos humanos,etc...

aqui no esta el derecho a vivir e catalan


de hecho segun la onu/unesco no es bueno prioricar el catalan y menos
hacer monolingue en catalan a cataluña

ejem...... si si que existe este derecho... almenos en cataluña...


ARTICLE 34. DRETS LINGÜÍSTICS DELS CONSUMIDORS I USUARIS
Totes les persones tenen dret a ésser ateses oralment i per escrit en la llengua oficial que elegeixin en llur condició d'usuàries o consumidores de béns, productes i serveis. Les entitats, les empreses i els establiments oberts al públic a Catalunya estan subjectes al deure de disponibilitat lingüística en els termes que estableixen les lleis.
SPRINT
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#89
No soy partidario de dedicar el dinero aL doblaje sinó a apoyar a los CREADORES audiovisuales y no a una MAFIA de dobladores, peliculas extranjeras subtituladas y basta, slu2!SPRINT
Bosque
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#90
Cuanto daño hace el gobierno catalan a Cataluña y que ciegos estan esos que siguen echando las culpas al gobierno central
Y no lo digo solo por este tema...
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