Soy Abogado y respondo preguntas.
05-feb-2026 17:09
#1142
|
Hola, te cuento mi caso. Dejé a mi ex, y me tuve que ir del piso, un alquiler que está a nombre de los dos, me empezó a pegar y acosar, tengo denuncias, atestados policiales, etc., incluso una orden de protección a mi favor. Ella no paga el alquiler y quiero desistir unilateralmente del contrato por los motivos expuestos, los propietarios se niegan evidentemente. Qué posibilidades tengo? |
06-feb-2026 12:50
#1143
|
Hola, te cuento mi caso.
Dejé a mi ex, y me tuve que ir del piso, un alquiler que está a nombre de los dos, me empezó a pegar y acosar, tengo denuncias, atestados policiales, etc., incluso una orden de protección a mi favor. Ella no paga el alquiler y quiero desistir unilateralmente del contrato por los motivos expuestos, los propietarios se niegan evidentemente. Qué posibilidades tengo? Habría que ver el contrato, pero la ley contempla la posibilidad de desistimiento como arrendatario transcurridos seis meses, sin necesidad de justificar causa alguna, siempre con un preaviso de 30 días (artículo 11 de la LAU). Eso sí, el arrendador puede exigir una indemnización, dependiendo de lo que se recoja en el contrato. Por otro lado, si como arrendatario manifestas tu voluntad de no renovar el contrato o de desistir de él, sin el consentimiento del cónyuge o pareja (en este sentido, para que se considere pareja tiene que tener una duración de al menos 2 años la relación, salvo si tenéis hijos) que supuestamente "convive" contigo, podrá el arrendamiento continuar en beneficio de dicho cónyuge o pareja (art. 12 de la LAU). |
06-feb-2026 18:47
#1145
|
Hola! Gracias por este hilazo! Te cuento, estoy embarazada y mi contrato de trabajo es fijo-discontinuo. El 30 de junio finaliza siempre, hasta septiembre. Mi fecha probable de parto es el 1 de junio ¿entiendo que no podré optar a coger días de lactancia? Es decir, solo la baja maternal. Y no consigo aclarar si la baja sigue siendo 16 ó 19 semanas ahora. Gracias de antemano. |
07-feb-2026 13:00
#1146
|
Hola! Gracias por este hilazo! Te cuento, estoy embarazada y mi contrato de trabajo es fijo-discontinuo. El 30 de junio finaliza siempre, hasta septiembre. Mi fecha probable de parto es el 1 de junio ¿entiendo que no podré optar a coger días de lactancia? Es decir, solo la baja maternal. Y no consigo aclarar si la baja sigue siendo 16 ó 19 semanas ahora.
Gracias de antemano. Para trabajadores fijos discontinuos, se considera situación asimilada al alta el periodo entre campañas si no se perciben prestaciones por desempleo de nivel contributivo, sin perjuicio del devengo cuando se produzca el reinicio de la actividad. Sobre el permiso de cuidado del lactante, se reconoce, en caso de nacimiento, como un derecho individual sin pérdida de retribución consistente en una hora de ausencia del trabajo, o su sustitución por reducción de jornada o acumulación en jornadas completas, hasta los 9 meses, ampliable hasta los 12 meses si ambos progenitores lo ejercen con la misma duración y régimen, con reducción salarial desde los 9 a los 12 meses y posible cobertura por la prestación de corresponsabilidad. A la fecha actual, la suspensión del contrato por nacimiento y cuidado de menor en caso de nacimiento tiene una duración de 19 semanas para la madre biológica, y también 19 semanas para el otro progenitor, con 32 semanas en caso de familia monoparental. |
07-feb-2026 16:04
#1147
|
Buenas.
Habría que ver el contrato, pero la ley contempla la posibilidad de desistimiento como arrendatario transcurridos seis meses, sin necesidad de justificar causa alguna, siempre con un preaviso de 30 días (artículo 11 de la LAU). Eso sí, el arrendador puede exigir una indemnización, dependiendo de lo que se recoja en el contrato. Por otro lado, si como arrendatario manifestas tu voluntad de no renovar el contrato o de desistir de él, sin el consentimiento del cónyuge o pareja (en este sentido, para que se considere pareja tiene que tener una duración de al menos 2 años la relación, salvo si tenéis hijos) que supuestamente "convive" contigo, podrá el arrendamiento continuar en beneficio de dicho cónyuge o pareja (art. 12 de la LAU). |
08-feb-2026 11:08
#1148
|
Buenas!
Para trabajadores fijos discontinuos, se considera situación asimilada al alta el periodo entre campañas si no se perciben prestaciones por desempleo de nivel contributivo, sin perjuicio del devengo cuando se produzca el reinicio de la actividad. Sobre el permiso de cuidado del lactante, se reconoce, en caso de nacimiento, como un derecho individual sin pérdida de retribución consistente en una hora de ausencia del trabajo, o su sustitución por reducción de jornada o acumulación en jornadas completas, hasta los 9 meses, ampliable hasta los 12 meses si ambos progenitores lo ejercen con la misma duración y régimen, con reducción salarial desde los 9 a los 12 meses y posible cobertura por la prestación de corresponsabilidad. A la fecha actual, la suspensión del contrato por nacimiento y cuidado de menor en caso de nacimiento tiene una duración de 19 semanas para la madre biológica, y también 19 semanas para el otro progenitor, con 32 semanas en caso de familia monoparental. |
09-feb-2026 22:45
#1153
|
Buenas shures,
Soy Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga y estoy aquí para responder las preguntas que buenamente sepa contestar. Mi hilo sobre servicios jurídicos profesionales a precios forococheros, con numerosas valoraciones positivas de shurs:https://forocoches.com/foro/showthre...059&highlight= Un saludo!! |
13-feb-2026 01:24
#1158
|
Serías funcionario o quieres continuar siendo abogado? Cuantas horas echas al día? |
13-feb-2026 15:58
#1159
|
7/8. |
16-feb-2026 01:48
#1163
|
Buenas noches shur, a ver si me puedes orientar. Resumen: tengo piso alquilado de temporada y el inquilino ha realquilado y se han vuelto okupas. Tengo seguro impago y okupación con Seag. Pero no suelen cubrir más de 3000€ en desperfectos. Se supone que si sobrepasa esa cantidad me ayudan a reclamar al inquilino (funcionario) la cantidad? Me busco un abogado a más a más? Gracias shur |
16-feb-2026 12:23
#1164
|
Buenos días, shurabogado!: Muchas gracias por el hilo!... Te cuento mi caso, bueno, el de mis padres. Te lo intento resumir lo máximo posible, a ver si soy capaz. Resulta que mis padres tenian contratado un viaje organizado a Japón para el pasado Noviembre. Todo contratado y pagado, incluido el seguro de cancelación (13000€ total para 3 personas) A mi madre, después de muchas pruebas, analíticas, etc.. le detectan un rebrote del cáncer de pulmón que ya tuvo hace 18 años. Muchas pruebas, me refiero a un par de meses de hospital en hospital, varios especialistas, etc...Finalmente, confirmaron que era cáncer en el mes de Octubre, cuando ya teniamos el seguro de cancelación pagado (en vigor desde Septiembre) y le programaron la operación para mediados de Noviembre, por lo que, obviamente, optamos por cancelarlo. Los del seguro se agarran en que, en uno de los informes que les enviamos, pone que en el 2024 en un chequeo rutinario, le detectaron un bulto que podría ser cáncer, pero que finalmente fue descartado (aunque seguramente si podria serlo, porque el que le sacaron era de 14cm!!!). No sabemos como proceder ni como defender el tema este para que nos devolvieran el dinero. Alguna idea? Gracias de antemano!! PD: Mi madre actualmente está prácticamente al 100% (eso si, con 1 solo pulmón), haciendo ahora quimioterapia... pero haciendo vida casi normal. Es una campeona de la hostia a sus 74 años. Saludos! |
17-feb-2026 12:45
#1165
|
Buenas noches shur, a ver si me puedes orientar.
Resumen: tengo piso alquilado de temporada y el inquilino ha realquilado y se han vuelto okupas. Tengo seguro impago y okupación con Seag. Pero no suelen cubrir más de 3000€ en desperfectos. Se supone que si sobrepasa esa cantidad me ayudan a reclamar al inquilino (funcionario) la cantidad? Me busco un abogado a más a más? Gracias shur depende un poco de lo que se recoja en la póliza del seguro, pero generalmente suelen incluir asistencia jurídica en ese tipo de situaciones. Revisa la póliza |
17-feb-2026 12:47
#1166
|
Buenos días, shurabogado!:
Muchas gracias por el hilo!... Te cuento mi caso, bueno, el de mis padres. Te lo intento resumir lo máximo posible, a ver si soy capaz. Resulta que mis padres tenian contratado un viaje organizado a Japón para el pasado Noviembre. Todo contratado y pagado, incluido el seguro de cancelación (13000€ total para 3 personas) A mi madre, después de muchas pruebas, analíticas, etc.. le detectan un rebrote del cáncer de pulmón que ya tuvo hace 18 años. Muchas pruebas, me refiero a un par de meses de hospital en hospital, varios especialistas, etc...Finalmente, confirmaron que era cáncer en el mes de Octubre, cuando ya teniamos el seguro de cancelación pagado (en vigor desde Septiembre) y le programaron la operación para mediados de Noviembre, por lo que, obviamente, optamos por cancelarlo. Los del seguro se agarran en que, en uno de los informes que les enviamos, pone que en el 2024 en un chequeo rutinario, le detectaron un bulto que podría ser cáncer, pero que finalmente fue descartado (aunque seguramente si podria serlo, porque el que le sacaron era de 14cm!!!). No sabemos como proceder ni como defender el tema este para que nos devolvieran el dinero. Alguna idea? Gracias de antemano!! PD: Mi madre actualmente está prácticamente al 100% (eso si, con 1 solo pulmón), haciendo ahora quimioterapia... pero haciendo vida casi normal. Es una campeona de la hostia a sus 74 años. Saludos! |
17-feb-2026 13:25
#1167
|
Buenos días. Mis padres, tienen el seguro de hogar con TUIO, El vecino de arriba (el segundo, ella es el primero), le ha mojado el techo de la cocina, y no tiene seguro. TUIO no se lo arregla, si no que le da los datos a onLygal para que le reclame al vecino de arriba la cuantía económica de la reparación. Total, que esto fue el año pasado, y este año se lo ha vuelto a mojar en enero. Al volver a abrir el parte con TUIO, dicen que al ser de lo mismo que el anterior, que no hacen nada porque no se ha reparado el origen que hay que esperar a que se resuelva lo de onLygal. Y éstos, pues estan notificando al vecino que se haga cargo del arreglo, etc. y nos dicen que hay que ir esperando ciertos plazos. ¿Cómo lo ves, algo que hacer, o seguimos esperando a onLygal?. |
17-feb-2026 13:26
#1168
|
Buenas shures,
Soy Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga y estoy aquí para responder las preguntas que buenamente sepa contestar. Mi hilo sobre servicios jurídicos profesionales a precios forococheros, con numerosas valoraciones positivas de shurs:https://forocoches.com/foro/showthre...059&highlight= Un saludo!! Que tal el curro por la zona¿?, que especialidades llevas¿?. Salu2 |
17-feb-2026 20:42
#1170
|
Buenas! Tengo una duda, no se si puedes respondermela.. Te expongo el problema. Hasta el 1 de Enero de 2026 estuve viviendo como inquilino en un piso. Ese dia di llaves a los propietarios y me fui a vivir a otro piso. Desde el dia 24 de diciembre, aporte la información necesaria para realizar el cambio de nombre de los suministros de luz, gas y agua. A día de hoy 17 de febrero el suministro de luz de ese piso sigue a mi nombre. Desde el dia 4 o 5 de Enero, vive otro inquilino. Y de momento, la luz, la estoy pagando yo cosa que no soy ni propietario ni inquilino de ese piso. Puedo dar de baja el suministro o me puede acarrear algún problema legal? Ya que yo no tengo ningún vinculo con dicho piso, a pesar de que ahora viva alguien que ni conozco. He avisado reiteradas veces a los propietarios mediante whatsapp pero exhan balones fuera diciendo que segun ellos su inquilino dice que lo ha cambiado todo. Cada semana desde entonces voy detras de ellos y no hay manera. |