Soy Abogado y respondo preguntas.

larry69
Por Finnnn
#871
Tengo que presentar una documentación que me pidió el perito respecto a un siniestro en el seguro de hogar. Le entregué todo menos el presupuesto de reparación porque el profesional tiene mucho trabajo. Se lo comenté al perito. Cuanto tiempo tengo hasta que no cierren el siniestro? Gracias
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#872
Cita de .-.
Buenas shur, tengo una duda a ver si me puedes ayudar.

Actualmente trabajo en Madrid y mi empresa me quiere trasladar a vivir a Huelva a vivir con casa pagada y dietas.

Por lo que tengo entendido, las dietas estan exentas de IRPF hasta los primeros 9 meses. Si sigo trasladado pasado ese tiempo, debo empezar a cotizarlas si o si?

Hay alguna forma de que pasado ese tiempo no tenga que tributar las dietas? quizás volviendo a mi centro de trabajo y luego volviendome a ir? o hay algun "truco" para no tener que tributarlas pasado 9 meses?

Gracias shur.
Buenas Shur,

Efectivamente, la exención de las dietas (por gastos normales de manutención y estancia) en el IRPF está limitada a un periodo máximo de nueve meses de desplazamiento continuado. Una vez superado este plazo, las cantidades percibidas en concepto de dietas dejan de estar exceptuadas de gravamen y deben tributar como rendimientos del trabajo en el IRPF. El artículo 9 del Reglamento del IRPF establece que, salvo excepciones específicas para destinos en el extranjero, cuando el desplazamiento y permanencia por trabajo en un municipio distinto excede de 9 meses continuados, las asignaciones por gastos de manutención y estancia dejan de estar exceptuadas de gravamen.


El único supuesto en el que se reinicia el cómputo del plazo es si, tras una alteración real del destino (por ejemplo, traslado efectivo a otro municipio, en este caso Huelva, y posterior regreso), se vuelve al municipio inicial, comenzando de nuevo el cómputo.
Oscarito
ForoCoches: Usuario
#873
Es pam?
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#874
Cita de larry69
Tengo que presentar una documentación que me pidió el perito respecto a un siniestro en el seguro de hogar. Le entregué todo menos el presupuesto de reparación porque el profesional tiene mucho trabajo. Se lo comenté al perito. Cuanto tiempo tengo hasta que no cierren el siniestro? Gracias
Buenas shur,

El plazo general para que el asegurado, en este caso tú, entregue al perito el presupuesto de reparación, o en su defecto la estimación de los daños, tras la presentación de la documentación de un siniestro en el seguro de hogar, es de cinco días desde la notificación del siniestro al asegurador. Durante este plazo, debes comunicar por escrito la relación de los objetos asegurados, los bienes salvados y una estimación de los daños sufridos (lo que habitualmente incluye el presupuesto de reparación)
Sr.Chetos
ForoCoches: Miembro
#875
Cita de D.Washington
Vamos con alguna pregunta!
Buenas, sabes si en Andalucía están bonificadas las donaciones padre e hijo? He leído que si, incluso para vehículos como es el caso. Pero quizá tiene letra pequeña... ¿Controlas de este tema? La donación rondaría los 30-40k que puede valer el coche. Si está bonificada al 99% o algo así, entiendo que de impuestos y demás sería un precio casi simbólico, quitando lo que pueda costar el papeleo y la transferencia del vehículo.

Gracias!
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#876
Cita de .-.
Gracias shur, pero mi duda es si yo regreso a Madrid pasados los 9 meses para que se me reinicie el computo, cuanto tiempo tengo que estar en Madrid para que me puedan volver a mandar a Huelva?
La normativa no establece ningún período de "permanencia" para que se vuelva a reiniciar el plazo, pero la Dirección General de Tributos considera que debe existir una "interrupción real y significativa" en el destino anterior, es decir, deberías cesar efectivamente en Huelva y residir en Madrid durante un periodo que no pueda considerarse una mera continuidad artificial del primer desplazamiento. No hay plazo especifico, pero entiendo que unos cuantos meses podrían valer (de 3-4 en adelante), siempre tira por lo alto para no quedarte corto.
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#877
Cita de Sr.Chetos
Buenas, sabes si en Andalucía están bonificadas las donaciones padre e hijo? He leído que si, incluso para vehículos como es el caso. Pero quizá tiene letra pequeña... ¿Controlas de este tema? La donación rondaría los 30-40k que puede valer el coche. Si está bonificada al 99% o algo así, entiendo que de impuestos y demás sería un precio casi simbólico, quitando lo que pueda costar el papeleo y la transferencia del vehículo.

Gracias!
Sí que están bonificadas al 99%. Hace poco en el Colegio de Abogados de Málaga hicimos un curso de esto. Sin embargo, exige que la donación se formalice en documento público (escritura notarial) y siendo en metálico lógicamente debe constar acreditado el origen de los fondos y además la formalización en documento público debe realizarse en el plazo máximo de un mes desde la entrega.

Es de capital importancia que esté bien acreditado el origen de los fondos, no te tires a la piscina sin hacerlo bien que te puede salir cara la broma e incluso meterse el SEPBLAC de por medio.
VENYER
ForoCoches: Usuario
#878
¿Pero las respondes gratis o esto es un truqui para luego pasar por despacho y hacer caja?
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#879
Cita de VENYER
¿Pero las respondes gratis o esto es un truqui para luego pasar por despacho y hacer caja?
Las respondo gratis, si puedo resolverlas en el momento o con una mínima comprobación.
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#880
Buenas noches!
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#881
Buenos días!
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#882
Cita de DaSaaaan
Me pillaron en un control y di 0,61 (si tonto, ya he aprendido la lección), esto hace 6 años, ahora tengo a la abogada negociando con fiscalía ¿cual crees que puede ser la mínima retirada de carnet que me pueden meter? ¿Alguna manera de reducirlo?
De 1 a 4 años de retirada. Va a depender mucho de si el fiscal está por la labor para poder llegar a un acuerdo y conformarse
garrison
ForoCoches: Miembro
#883
Cuanto le paga el estado a un abogado de oficio? . Supongo que muy poco a juzgar por el nulo interés que tienen por los casos.
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#884
Cita de DaSaaaan
Gracias shur, ¿habiendo pasado 6 años fiscalía considera dilaciones?
Bueno, el tiempo transcurrido entre la comisióndeldelito y la incoación del proceso penal no se computa como dilación indebida. Las dilaciones indebidas son "intraprocesales", es decir, que se deben producir durante la propia tramitación del procedimiento. El retraso para que se inicie el procedimiento sí se puede tener en cuenta pero a efectos de prescripción del delito
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#885
Cita de DaSaaaan
esto dice ChatGPT, entiendo que aquí si corresponden dilaciones

2020

Hechos.

Judicio rápido 5/2020 incoado (esto es importante).
Aquí YA hay procedimiento.

2020 → 2022

El juicio rápido no se resuelve.

Se transforma en Procedimiento Abreviado 10/2022.

⏱ Primer tramo de dilación intraprocesal
Un juicio rápido no puede estar dos años parado.
Eso ya es dilación indebida.

2022 → 2024

Instrucción larguísima.

Sin complejidad extraordinaria.

Sin múltiples acusados.

Sin periciales técnicas complejas.

⏱ Segundo tramo de dilación intraprocesal clara.

2024 → 2025

Paso a Penal (PA 47/2024).

Un año sin juicio y aún pendiente.

⏱ Tercer tramo de dilación.

Todo esto es intraprocesal y sí computa.
En el caso que me planteas, ahora concretando las diferentes fechas del procedimiento, sí que pienso que podrían apreciarse dilaciones indebidas.
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#886
Cita de garrison
Cuanto le paga el estado a un abogado de oficio? . Supongo que muy poco a juzgar por el nulo interés que tienen por los casos.
Hay muy buenos compañeros en el turno de oficio, pero, lamentablemente, hay otros que lo ven como una vía para pagarse los gastos inherentes a la profesión (cuotas colegiales, seguro de RC, autónomo, etc.). Aquí en Andalucia lo abona la propia comunidad autónoma, y desde que entró Juanma Moreno ha ido incrementando progresivamente las cuantías que percibían los letrados, que cobraban poco y tarde.
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#887
Buenas tardes!
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#888
Buenas noches!
Janusiii
ForoCoches: Usuario
#889
Cita de D.Washington
Sí, una casa sin escrituras puede ser objeto de embargo. La inexistencia de títulos de propiedad inscritos no impide el embargo ni la traba judicial sobre el inmueble, aunque sí puede condicionad la anotación preventiva en el Registro de la Propiedad y la posterior realización forzosa del bien.
Gracias, ChatGPT
Chuvarri
ForoCoches: Miembro
#890
Como recurro en caso de que me multen por no tener la baliza v16?
EmilioDelgado
Campeón de futbolín
#891
He denunciado a un compañero de trabajo (funcionarios ambos) por revelación de secretos y el juzgado ha abierto Diligencias Previas. ¿Debería comunicarlo a RRHH? A lo mejor deciden suspenderlo en funciones de manera provisional hasta que se resuelva el procedimiento penal, pero si yo no lo comunico, no se van a enterar.
ghetz
ForoCoches: Usuario
#892
Cita de Abelzu
¿Eres tú el que está aquí colgado?
Venia a esto
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#893
Cita de Chuvarri
Como recurro en caso de que me multen por no tener la baliza v16?
Lo de la baliza es un atropello a la protección de datos, y para mí es la cuestión principal. Está geolocalizada y transmite datos de esa geolocalización manera masiva a la Administración, sin consentimiento, cobertura legal ni evaluación de impacto, y tampoco se ha informado del responsable del tratamiento, así que infringe claramente el Reglamento de protección de datos. Por ahi tiraría yo. Aunque creo que se está hablando de aplazar la obligatoriedad
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#894
Cita de EmilioDelgado
He denunciado a un compañero de trabajo (funcionarios ambos) por revelación de secretos y el juzgado ha abierto Diligencias Previas. ¿Debería comunicarlo a RRHH? A lo mejor deciden suspenderlo en funciones de manera provisional hasta que se resuelva el procedimiento penal, pero si yo no lo comunico, no se van a enterar.
No sería mala idea comunicarlo. El art. 98.3 TREBEP recoge que “La suspensión provisional podrá acordarse también durante la tramitación de un procedimiento judicial”
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#895
Alguna pregunta rápida? Buenas tardes de juernes!
JacobSev
*************
#896
Compañero del foro totalmente recomendable; me ha asesorado en algunas cuestiones.
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#897
Cita de JacobSev
Compañero del foro totalmente recomendable; me ha asesorado en algunas cuestiones.
Muchas gracias shur!!! Un abrazo y mucha suerte con lo tuyo!!
Kosuke
Ad nutum populi
#898
En qué municipio ejerces?


Un saludo compañero
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#899
Cita de Kosuke
En qué municipio ejerces?


Un saludo compañero
Hola compañero!!! Fundamentalmente en Málaga, pero llevo algunos temas en todo el territorio nacional, y tú??
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#900
MPs respondidos!
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