[Hilo Oficial] Nueva PROMO Santander de CUENTA NÓMINA con el iPhone 17

Ric al aparato
ForoCoches: Miembro
#541
Cita de KIT KAT
Y puedes si pagas 288 euros dentro de 36 meses
en tres años me la pela ya, no valdrá un duro
Media
ForoCoches: Usuario
#542
Cita de KIT KAT
Pedido el martes 30 a las 13.00 y recibido hoy, dia 2 a las 9.40 de la mañana, aproximadamente. Lo entrega nacex


Es acojonante, me molesto en avisar de cómo hacerlo y me encuentro la tontería de turno.
Recibido por aquí en naranja pedido el 24.Parece que recibieron stock y han ido mandando una oleada
KIT KAT
ForoCoches: Usuario
#543
Cita de Ric al aparato
en tres años me la pela ya, no valdrá un duro
Lo vendes ahora y calculas la ganancia descontando el valor residual.
O si no, por domiciliar nómina puedes mirar en BBVA,Bakinter, Sabadell...
Eres tontisimo
Que no soy yo
#544
Cita de Ric al aparato
pero si es un renting de 3 años yo pensaba venderlo
Ya ves, los pizzeros nunca dejan de sorprenderme. Ah espera que los quieren vender. Brutal luego hablan de la etnia
Ric al aparato
ForoCoches: Miembro
#545
Cita de Eres tontisimo
Ya ves, los pizzeros nunca dejan de sorprenderme. Ah espera que los quieren vender. Brutal luego hablan de la etnia
pensaba venderlo por los subnormales que adoran apple, ya que no me gustan, y te recuerdo que para que te lo regalen tienes que tener nómina de +3k
Eres tontisimo
Que no soy yo
#546
Cita de Ric al aparato
pensaba venderlo por los subnormales que adoran apple, ya que no me gustan, y te recuerdo que para que te lo regalen tienes que tener nómina de +3k
Los mismos 3k en bucle de ing a Santander. Y si no aceptan eso ahora que no lo se le dices a un familiar que te los envíe y de vuelta a mediados de mes
M. Nikoladze
ForoCoches: Usuario
#547
???
DoctorCapaldi
ForoCoches: Miembro
#548
Pedido el 24 y recibido hoy. Naranjito ya esta en casa....

Puta pereza configurar todo otra vez por no cargar la copia añeja del 13.... Aprovecho y hago limpia.
Marcelo
ForoCoches: Usuario
#549
Cita de Ric al aparato
pero si es un renting de 3 años yo pensaba venderlo
Véndelo y a los tres años pagas los 300 y pico euros
srmanuel
Miembro honorífico
#550
Cita de maalpi1
ojito con hacerlo SIN SEGURO:


En los dispositivos sin seguro en los casos de siniestro total o robo se cancelará el contrato de renting, por lo que en esos casos el cliente dejará de pagar la renta mensual y deberá devolver el dispositivo o acreditar el robo. En los dispositivos sin seguro cualquier reparación del dispositivo deberá asumirla el cliente, y siempre deberá realizarse en servicios oficiales del fabricante.
Pues casi mejor. Es decir causas un siniestro total y dejas de pagar el renting en caso de que quieras cambiar de banco o similar
srmanuel
Miembro honorífico
#551
Cita de czen
Como se llama esa promo? O como se accede a ella?

Vale, a NUEVOS clientes, como siempre.
Creo que también vale para clientes anteriores que no tengan domiciliada la nómina en 2025.

Es decir cuando acabes las promos te compensa cambiar la nómina a otro
maalpi1
ForoCoches: Miembro
#552
Cita de srmanuel
Pues casi mejor. Es decir causas un siniestro total y dejas de pagar el renting en caso de que quieras cambiar de banco o similar



si es asi,tienes razon es un puntazo.




pero que el santander haga eso,me chirria mucho,pues no son hermanitas de la caridad precisamente...


imaginate y piensalo bien: te doy un pepino de telefono a cambio de que metas la nomina de x pasta.


te cansas,lo revientas,me lo devuelves con la "perdida" para el banco y te largas de rositas a otro banco a meter la nomina y seguir ganando, vamos un win win para el cliente.


pues si,me extraña mucho y como ya dijo algun otro shur,puede ser una errata.


lo suyo es que algun otro shur que lo hubiera recibido ya,nos diga que pone en su contrato ante estas posibles causas ,por ej estos ultimos shurs que han recibido sus telefonos dicen:

@Media y @KIT KAT por si nos pueden iluminar sobre lo que les pone en su contrato frente a sacar el movil sin seguro
Media
ForoCoches: Usuario
#553
Cita de maalpi1
si es asi,tienes razon es un puntazo.




pero que el santander haga eso,me chirria mucho,pues no son hermanitas de la caridad precisamente...


imaginate y piensalo bien: te doy un pepino de telefono a cambio de que metas la nomina de x pasta.


te cansas,lo revientas,me lo devuelves con la "perdida" para el banco y te largas de rositas a otro banco a meter la nomina y seguir ganando, vamos un win win para el cliente.


pues si,me extraña mucho y como ya dijo algun otro shur,puede ser una errata.


lo suyo es que algun otro shur que lo hubiera recibido ya,nos diga que pone en su contrato ante estas posibles causas ,por ej estos ultimos shurs que han recibido sus telefonos dicen:

@Media y @KIT KAT por si nos pueden iluminar sobre lo que les pone en su contrato frente a sacar el movil sin seguro
Me da que si rompes el equipo tienes que pagarlo


Incluyo lo que cubre el seguro
KIT KAT
ForoCoches: Usuario
#554
Sin seguro lo más probable es que si rompes, pagas.
¿Si no para qué se contrata un seguro?


Lo que dice sobre la cobertura del seguro de renting tecnológico:


" Es un seguro de daños sin franquicia con cobertura de robo, caída y rotura de pantalla y además para smartphones y tablets incorpora seguro de reposición si el equipo no es reparable y el importe del siniestro supera 90 €."


COBERTURAS
" Incendio, impacto directo del rayo y explosión. Impacto, colisión, robo y/o su intento, necesitando en este último supuesto mediar la correspondiente demanda ante la autoridad competente. Caída propia o de cuerpos exteriores, hundimiento o delizamiento del terreno. Tempestad, granizo, helada y deshielo. Impericia, negligencia en el manejo y actos malintencionados. Riesgos extraordinarios, a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros. Otros casos de fuerza mayor. Rotura interna de las partes mecánicas y/o eléctricas por causa de: esfuerzos anormales y autocalentamiento no previsible, acción directa de la energía eléctrica por anormalidades en la red, tales como sobretensiones, cortocircuito, alteraciones de la fase y otros efectos similares, así como la debida a perturbaciones eléctricas consecuentes a la caída de un rayo. Daños por la acción del humo, hollín y gases corrosivos. Daños por agua y otros líquidos, condensaciones. Daños originados en errores de diseño, defectos de fundición de material siempre y cuando no sea responsable legal o contractualmente el fabricante y/o proveedor y se hayan cumplido los plazos de garantía que marca la Ley."




De todas maneras voy a pedir que me envíen una copia, que la tengo de las condiciones de la cuenta y de las comisiones pero no del renting ni del seguro.
maalpi1
ForoCoches: Miembro
#555
Cita de Media
Me da que si rompes el equipo tienes que pagarlo



pues lo normal,lo ILOGICO y mas siendo el santander,es que pensaramos que lo reviento ,termino contrato y me voy de rositas....

tb es cierto que, o no esta bien explicado o era una errata!



gracias shur por la molestia en responder
maalpi1
ForoCoches: Miembro
#556
Cita de KIT KAT
Sin seguro lo más probable es que si rompes, pagas.
¿Si no para qué se contrata un seguro?


Lo que dice sobre la cobertura del seguro de renting tecnológico:


" Es un seguro de daños sin franquicia con cobertura de robo, caída y rotura de pantalla y además para smartphones y tablets incorpora seguro de reposición si el equipo no es reparable y el importe del siniestro supera 90 €."


COBERTURAS
" Incendio, impacto directo del rayo y explosión. Impacto, colisión, robo y/o su intento, necesitando en este último supuesto mediar la correspondiente demanda ante la autoridad competente. Caída propia o de cuerpos exteriores, hundimiento o delizamiento del terreno. Tempestad, granizo, helada y deshielo. Impericia, negligencia en el manejo y actos malintencionados. Riesgos extraordinarios, a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros. Otros casos de fuerza mayor. Rotura interna de las partes mecánicas y/o eléctricas por causa de: esfuerzos anormales y autocalentamiento no previsible, acción directa de la energía eléctrica por anormalidades en la red, tales como sobretensiones, cortocircuito, alteraciones de la fase y otros efectos similares, así como la debida a perturbaciones eléctricas consecuentes a la caída de un rayo. Daños por la acción del humo, hollín y gases corrosivos. Daños por agua y otros líquidos, condensaciones. Daños originados en errores de diseño, defectos de fundición de material siempre y cuando no sea responsable legal o contractualmente el fabricante y/o proveedor y se hayan cumplido los plazos de garantía que marca la Ley."




De todas maneras voy a pedir que me envíen una copia, que la tengo de las condiciones de la cuenta y de las comisiones pero no del renting ni del seguro.

Colicolioco
ForoCoches: Miembro
#557
En esta parte del contrato habla sobre la cancelación del renting si revientas el móvil:

Código:
9.1. RESOLUCIÓN PARCIAL
 El Arrendamiento respecto a un Equipo o Equipos concretos, quedará automáticamente resuelto tanto en lo
 relativo al uso como a la prestación de Servicios en caso de siniestro total del Equipo declarado por un técnico
 cualificado, hasta tanto no sea declarado por técnico cualificado el siniestro total, el ARRENDATARIO continuará
 obligado a pagar las Rentas y cualesquiera otras cantidades que resulten debidas de conformidad con este
 Contrato. Ello sin menoscabo de la devolución de dichas cantidades por parte del ARRENDADOR una vez
 confirmada la resolución del Arrendamiento respecto al Equipo siniestrado.

En otra parte del contrato pone que el Santander se llevaría una indemnización:

Código:
 Si el ARRENDATARIO comunicase el acontecimiento de un siniestro en alguno de los Equipos, se podrían dar
 alguno de los siguientes supuestos:
 a) Que, de acuerdo con lo establecido en las condiciones generales del seguro, los daños producidos en los
 Equipos sean considerados como siniestro total. En este caso el ARRENDADOR percibirá directamente la
 indemnización correspondiente y el Contrato quedaría resuelto respecto al Equipo siniestrado, debiendo
 modificarse las Rentas de dicho Contrato respecto a los Equipos que, en su caso, permanecieran en el mismo.
 Banco Santander, S.A. Domicilio social: Paseo de Pereda, 9-12, 39004 Santander – R.M. de Cantabria, Hoja 286, Folio 64, Libro 5.º de Sociedades, Insc. 1.ª, NIF. A-39000013
 b) Que, de acuerdo con lo establecido en las condiciones generales del seguro, los daños producidos en los
 Equipos sean considerados como siniestro parcial. En este caso, se procederá a la reparación del Equipo
 siniestrado y una vez finalizada ésta, el ARRENDATARIO deberá firmar un documento confirmando la reparación y
 entrega del Equipo reparado.
 c) En caso de siniestros en Tablets y Smartphones se estará a lo dispuesto en el extracto de las condiciones
 generales del seguro que se acompaña al presente contrato, como Anexo del mismo.
 El ARRENDATARIO asume directamente cualquier riesgo sobre los Equipos que no esté cubierto por el seguro.

En el apartado de riesgos excluídos del seguro (si lo has contratado) pone que no podemos reventar el móvil, en el caso de no tener seguro, no sé que condiciones aplicarían:

Código:
 i) Los daños producidos cuando el siniestro se origine por dolo o culpa grave del arrendatario.
Habría que reventarlo de alguna de estas maneras para que entre en el seguro:

Código:
  1. Riesgos cubiertos con carácter general:
 Todos los Equipos asegurados están cubiertos en las condiciones descritas anteriormente de los daños
 producidos a consecuencia de:
 • Incendio, impacto directo del rayo y explosión.
 • Impacto, colisión, robo y/o su intento, necesitando en este último supuesto mediar la correspondiente
 demanda ante la autoridad competente.
 • Caída propia de cuerpos exteriores, hundimiento o deslizamiento del terreno.
 • Tempestad, granizo, helada y deshielo.
 • Impericia, negligencia en el manejo y actos malintencionados.
 • Riesgos extraordinarios, a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros.
 • Otros casos de fuerza mayor.
 • Rotura interna de las partes mecánicas y/o eléctricas por causa de: esfuerzos anormales y
 autocalentamiento no previsible, acción directa de la energía eléctrica por anormalidades en la red, tales
 comosobretensiones, cortocircuito, alteraciones de la fase y otros defectos similares, así como la debida
 a perturbaciones eléctricas consecuentes a la caída del rayo.
 • Daños por acción del humo, hollín y gases corrosivos.
 • Daños por agua y otros líquidos, condensaciones.
 • Daños originados en errores de diseño, defectos de fundición de material siempre y cuando no sea
 responsable legal o contractualmente el fabricante y/o proveedor y se hayan cumplido los plazos de
 garantía que marca la Ley.
Fermin
Premium ⭐
#558
Soy cliente del Santander, no tengo ninguna promo con ellos ni la nómina y aun así.

Oops, lo sentimos

No puedes apuntarte a la promoción, parece que ya tienes ingresos recurrentes con nosotros.
brengsm
ForoCoches: Miembro
#559
Cita de Colicolioco
En esta parte del contrato habla sobre la cancelación del renting si revientas el móvil:

Código:
9.1. RESOLUCIÓN PARCIAL
 El Arrendamiento respecto a un Equipo o Equipos concretos, quedará automáticamente resuelto tanto en lo
 relativo al uso como a la prestación de Servicios en caso de siniestro total del Equipo declarado por un técnico
 cualificado, hasta tanto no sea declarado por técnico cualificado el siniestro total, el ARRENDATARIO continuará
 obligado a pagar las Rentas y cualesquiera otras cantidades que resulten debidas de conformidad con este
 Contrato. Ello sin menoscabo de la devolución de dichas cantidades por parte del ARRENDADOR una vez
 confirmada la resolución del Arrendamiento respecto al Equipo siniestrado.
En otra parte del contrato pone que el Santander se llevaría una indemnización:

Código:
 Si el ARRENDATARIO comunicase el acontecimiento de un siniestro en alguno de los Equipos, se podrían dar
 alguno de los siguientes supuestos:
 a) Que, de acuerdo con lo establecido en las condiciones generales del seguro, los daños producidos en los
 Equipos sean considerados como siniestro total. En este caso el ARRENDADOR percibirá directamente la
 indemnización correspondiente y el Contrato quedaría resuelto respecto al Equipo siniestrado, debiendo
 modificarse las Rentas de dicho Contrato respecto a los Equipos que, en su caso, permanecieran en el mismo.
 Banco Santander, S.A. Domicilio social: Paseo de Pereda, 9-12, 39004 Santander – R.M. de Cantabria, Hoja 286, Folio 64, Libro 5.º de Sociedades, Insc. 1.ª, NIF. A-39000013
 b) Que, de acuerdo con lo establecido en las condiciones generales del seguro, los daños producidos en los
 Equipos sean considerados como siniestro parcial. En este caso, se procederá a la reparación del Equipo
 siniestrado y una vez finalizada ésta, el ARRENDATARIO deberá firmar un documento confirmando la reparación y
 entrega del Equipo reparado.
 c) En caso de siniestros en Tablets y Smartphones se estará a lo dispuesto en el extracto de las condiciones
 generales del seguro que se acompaña al presente contrato, como Anexo del mismo.
 El ARRENDATARIO asume directamente cualquier riesgo sobre los Equipos que no esté cubierto por el seguro.
En el apartado de riesgos excluídos del seguro (si lo has contratado) pone que no podemos reventar el móvil, en el caso de no tener seguro, no sé que condiciones aplicarían:

Código:
 i) Los daños producidos cuando el siniestro se origine por dolo o culpa grave del arrendatario.
Habría que reventarlo de alguna de estas maneras para que entre en el seguro:

Código:
  1. Riesgos cubiertos con carácter general:
 Todos los Equipos asegurados están cubiertos en las condiciones descritas anteriormente de los daños
 producidos a consecuencia de:
 • Incendio, impacto directo del rayo y explosión.
 • Impacto, colisión, robo y/o su intento, necesitando en este último supuesto mediar la correspondiente
 demanda ante la autoridad competente.
 • Caída propia de cuerpos exteriores, hundimiento o deslizamiento del terreno.
 • Tempestad, granizo, helada y deshielo.
 • Impericia, negligencia en el manejo y actos malintencionados.
 • Riesgos extraordinarios, a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros.
 • Otros casos de fuerza mayor.
 • Rotura interna de las partes mecánicas y/o eléctricas por causa de: esfuerzos anormales y
 autocalentamiento no previsible, acción directa de la energía eléctrica por anormalidades en la red, tales
 comosobretensiones, cortocircuito, alteraciones de la fase y otros defectos similares, así como la debida
 a perturbaciones eléctricas consecuentes a la caída del rayo.
 • Daños por acción del humo, hollín y gases corrosivos.
 • Daños por agua y otros líquidos, condensaciones.
 • Daños originados en errores de diseño, defectos de fundición de material siempre y cuando no sea
 responsable legal o contractualmente el fabricante y/o proveedor y se hayan cumplido los plazos de
 garantía que marca la Ley.


¿Con seguro también es así? Yo por si acaso lo he contratado.
Boyceb
ForoCoches: Miembro
#560
Pero renting es que nunca llega a ser mío?
Colicolioco
ForoCoches: Miembro
#561
Cita de brengsm
¿Con seguro también es así? Yo por si acaso lo he contratado.
Con seguro es lo que he puesto de la mitad del mensaje hasta el final.
brengsm
ForoCoches: Miembro
#562
Cita de Colicolioco
Con seguro es lo que he puesto de la mitad del mensaje hasta el final.


Ok, gracias. Pues pienso que sí tiene sentido tenerlo contratado. Ahora bien ni hablar de Apple Care.


Muchas gracias
jcesarsh
ForoCoches: VIP
#563
Vaya manera de robar “hilo oficial” teniendo ya este que va por el volumen 3

https://forocoches.com/foro/showthread.php?t=10311120
Kousra
ForoCoches: Usuario
#564
Pues os agradezco a todos la información.

He pillado el 17 pro 256gb

A ver que tal
No me termina de molar lo de los 36 meses pero me dijeron que si a los 24 quería cambiar hacían un estudio.

Lo he hecho como automos pero me lo han aceptado por que facturo bastante y les ha molado.
agus1204
ForoCoches: Miembro
#565
Cita de Kousra
Pues os agradezco a todos la información.

He pillado el 17 pro 256gb

A ver que tal
No me termina de molar lo de los 36 meses pero me dijeron que si a los 24 quería cambiar hacían un estudio.

Lo he hecho como automos pero me lo han aceptado por que facturo bastante y les ha molado.
Cuanto es aprox ese bastante?
Bjorn
Away days. RCD
#566
Como de costumbre a los que somos ya clientes ni polvorones en el desierto.
Kousra
ForoCoches: Usuario
#567
Cita de agus1204
Cuanto es aprox ese bastante?
150k netos mas o menos


La cosa es que tuvieron que mandarlo a riesgos
Colicolioco
ForoCoches: Miembro
#568
Cita de Kousra
150k netos mas o menos


La cosa es que tuvieron que mandarlo a riesgos
Cuánto te obligan a facturar al mes durante 3 años?
Kousra
ForoCoches: Usuario
#569
Cita de Colicolioco
Cuánto te obligan a facturar al mes durante 3 años?
No me dijeron nada.


Solo me dijeron que me darían datáfono y tengo que usarlo regularmente (una vez al mes)


Y luego meter autonomos 1000€ bizum y dos recibos
TijuanaMhr
</cloud>
#570
Cita de KIT KAT
Pedido el martes 30 a las 13.00 y recibido hoy, dia 2 a las 9.40 de la mañana, aproximadamente. Lo entrega nacex


Es acojonante, me molesto en avisar de cómo hacerlo y me encuentro la tontería de turno.
Yo pedí un 17PM azul el 24 de septiembre me dijeron que 15 días y me llegó ayer, una semana. Y el de mi mano en 2 días un 17 malva
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