[PLATA.FORMA] Yo pago MENOS DE LUZ y DE GAS (VOL LXVI) - Potencias acechando los 20c.
17-jul-2026 14:51
#1801
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A mi me han dicho que lo pusieron ayer por la tarde para nuevas altas. Pero eso es mentira. Cuando me registré no aparecía por ningún sitio dicho límite, e incluso hubo gente que pudo contratar en el mismo lapso temporal. Me parece una guarrada bien grande.... |
17-jul-2026 14:56
#1803
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Creo que serían más de esos 0.10€. Iberdrola que tambien quiero cobrar servicios de ajuste estima 0.18€/kWh de media, y creo que es más acertado. En que quedaría esa tarifa?. en m´ñas de 0.10€/kWh, con las potencias diasparadas a 0.08+0.08€/kW día. Quedaría bastante truño de tarifa la verdad. pero bueno, espero y creo que no va a pasar. Pero sí que haceis bien en reclamar. Comentad lo que pase al final, por favor. |
17-jul-2026 14:59
#1805
| Pues yo la contraté ayer por la tarde y no venía esa cláusula, y ese consumo lo sobrepaso por mucho. A ver en qué queda, por ahora me pone que está pendiente. |
17-jul-2026 15:07
#1806
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Es que lo sangrante es que parece que unos entraron y otros nos quedamos fuera. En cualquier caso depende del ajuste que comenta el compi, si lo acaban haciendo puede quedarse bastante pluf. Así que quizá los que no pudimos entrar hemos evitado una bala. Aunque no creo que os hagan eso, pero cualquiera se fía viendo lo visto. |
17-jul-2026 15:31
#1807
| Yo he estado el revisando el contrato que aparece en la web de Spock, así como la tarifa contratada, y no pone nada del a limitación ni del cobro de los servicios de ajuste. Tengo pendiente mirar en el área de cliente pero todavía no puedo entrar. |
17-jul-2026 15:46
#1808
| Yo me di de alta el lunes en la de Spock y mi consumo anual es el doble del límite actual, y ya estoy oficialmente en BonPreu. Me mantendré al tanto de lo que comenta Almax de cara al tema de Ajuste, por si es necesario que todos enviemos el mismo correo, aunque por como está el PDF aparentemente apunta más bien a la cutrez de usar la misma plantilla que la estándar de BonPreu |
17-jul-2026 15:48
#1809
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Creo que serían más de esos 0.10€. Iberdrola que tambien quiero cobrar servicios de ajuste estima 0.18€/kWh de media, y creo que es más acertado.
En que quedaría esa tarifa?. en m´ñas de 0.10€/kWh, con las potencias diasparadas a 0.08+0.08€/kW día. Quedaría bastante truño de tarifa la verdad. pero bueno, espero y creo que no va a pasar. Pero sí que haceis bien en reclamar. Comentad lo que pase al final, por favor. Código:
SSAA - Servicios de ajuste del sistema (€/kWh) Fuente: ESIOS indicador 10328 Mes €/kWh --------- ------- 2024-07 0,00820 2024-08 0,00875 2024-09 0,01087 2024-10 0,01438 2024-11 0,01236 2024-12 0,01134 2025-01 0,01146 2025-02 0,01632 2025-03 0,01590 2025-04 0,01766 2025-05 0,02562 2025-06 0,01586 2025-07 0,01552 2025-08 0,01340 2025-09 0,01758 2025-10 0,01859 2025-11 0,01625 2025-12 0,01386 2026-01 0,01619 2026-02 0,02597 2026-03 0,02948 <- maximo serie 2026-04 0,02289 2026-05 0,02308 2026-06 0,01957 Condiciones especiales de la compra colectiva Duración del contrato: 12 meses desde la fecha de activación. Permanencia: Los contratos con tarifa 2.0TD, RL.1, RL.2 y RL.3 serán sin permanencia, por lo que podrán resolverse en cualquier momento sin penalización. Los contratos con tarifa 3.0TD se someterán a lo dispuesto en el artículo 4 del RD1435/2002, es decir, que la penalización máxima aplicable será del 5% del precio del contrato por la energía pendiente de suministro en el momento de la resolución anticipada. Precio de los términos de energía y potencia: Los precios de la energía (kWh) y la potencia (kW) serán fijos e inalterables durante los 12 meses de duración del contrato e incluirá todos los componentes regulados y de mercado libre, así como el margen de comercialización. Sólo podrán ser revisados, al alza o a la baja, por las actualizaciones correspondientes a los peajes de acceso, cargos del sistema y otros componentes regulados publicados en el BOE por el Ministerio o CNMC mediante real decreto, ley o similar. Los servicios de ajuste de REE estarán incluidos en el precio para tarifas 2.0TD, y se facturarán aparte para tarifas 3.0TD. Precio de los excedentes de energía: En los lotes específicos para suministros con excedentes, deberá indicarse la retribución por cada kWh excedentario y deberán contar con batería virtual si lo exige la compra. Se aplicará el mecanismo simplificado de compensación y el importe de los excedentes servirá para compensar el término de energía (incluidos peajes y cargos). Funcionamiento de la batería virtual: La batería virtual se cargará con el importe correspondiente a los excedentes que sobren tras aplicar la compensación simplificada sobre la totalidad del término de energía (incluyendo peajes y cargos) antes de impuestos. El importe que se acumule en la batería se utilizará para compensar los demás términos después de impuestos, hasta llegar a conseguir facturas a cero euros. Scoring: Podrán ser rechazados los clientes en ficheros de impagos (ASNEF, EQUIFAX o similar). Para lotes 3.0TD, RL.4, RL.5 o titulares personas jurídicas, la comercializadora podrá además realizar scoring financiero y exigir un depósito de garantía de hasta tres meses de consumo; si el cliente lo rechaza, podrá denegar la contratación. Esto tiene pinta de que acabará en reclamación en Industria, pero vamos, complicado que se salgan con la suya porque está todo perfectamente redactado y firmado. |
17-jul-2026 15:50
#1810
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Es volátil, hasta ahora han tenido estos valores mensuales:
Código:
SSAA - Servicios de ajuste del sistema (€/kWh) Fuente: ESIOS indicador 10328 Mes €/kWh --------- ------- 2024-07 0,00820 2024-08 0,00875 2024-09 0,01087 2024-10 0,01438 2024-11 0,01236 2024-12 0,01134 2025-01 0,01146 2025-02 0,01632 2025-03 0,01590 2025-04 0,01766 2025-05 0,02562 2025-06 0,01586 2025-07 0,01552 2025-08 0,01340 2025-09 0,01758 2025-10 0,01859 2025-11 0,01625 2025-12 0,01386 2026-01 0,01619 2026-02 0,02597 2026-03 0,02948 <- maximo serie 2026-04 0,02289 2026-05 0,02308 2026-06 0,01957 Condiciones especiales de la compra colectiva Duración del contrato: 12 meses desde la fecha de activación. Permanencia: Los contratos con tarifa 2.0TD, RL.1, RL.2 y RL.3 serán sin permanencia, por lo que podrán resolverse en cualquier momento sin penalización. Los contratos con tarifa 3.0TD se someterán a lo dispuesto en el artículo 4 del RD1435/2002, es decir, que la penalización máxima aplicable será del 5% del precio del contrato por la energía pendiente de suministro en el momento de la resolución anticipada. Precio de los términos de energía y potencia: Los precios de la energía (kWh) y la potencia (kW) serán fijos e inalterables durante los 12 meses de duración del contrato e incluirá todos los componentes regulados y de mercado libre, así como el margen de comercialización. Sólo podrán ser revisados, al alza o a la baja, por las actualizaciones correspondientes a los peajes de acceso, cargos del sistema y otros componentes regulados publicados en el BOE por el Ministerio o CNMC mediante real decreto, ley o similar. Los servicios de ajuste de REE estarán incluidos en el precio para tarifas 2.0TD, y se facturarán aparte para tarifas 3.0TD. Precio de los excedentes de energía: En los lotes específicos para suministros con excedentes, deberá indicarse la retribución por cada kWh excedentario y deberán contar con batería virtual si lo exige la compra. Se aplicará el mecanismo simplificado de compensación y el importe de los excedentes servirá para compensar el término de energía (incluidos peajes y cargos). Funcionamiento de la batería virtual: La batería virtual se cargará con el importe correspondiente a los excedentes que sobren tras aplicar la compensación simplificada sobre la totalidad del término de energía (incluyendo peajes y cargos) antes de impuestos. El importe que se acumule en la batería se utilizará para compensar los demás términos después de impuestos, hasta llegar a conseguir facturas a cero euros. Scoring: Podrán ser rechazados los clientes en ficheros de impagos (ASNEF, EQUIFAX o similar). Para lotes 3.0TD, RL.4, RL.5 o titulares personas jurídicas, la comercializadora podrá además realizar scoring financiero y exigir un depósito de garantía de hasta tres meses de consumo; si el cliente lo rechaza, podrá denegar la contratación. Esto tiene pinta de que acabará en reclamación en Industria, pero vamos, complicado que se salgan con la suya porque está todo perfectamente redactado y firmado. |
17-jul-2026 15:59
#1811
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Es volátil, hasta ahora han tenido estos valores mensuales:
Código:
SSAA - Servicios de ajuste del sistema (€/kWh) Fuente: ESIOS indicador 10328 Mes €/kWh --------- ------- 2024-07 0,00820 2024-08 0,00875 2024-09 0,01087 2024-10 0,01438 2024-11 0,01236 2024-12 0,01134 2025-01 0,01146 2025-02 0,01632 2025-03 0,01590 2025-04 0,01766 2025-05 0,02562 2025-06 0,01586 2025-07 0,01552 2025-08 0,01340 2025-09 0,01758 2025-10 0,01859 2025-11 0,01625 2025-12 0,01386 2026-01 0,01619 2026-02 0,02597 2026-03 0,02948 <- maximo serie 2026-04 0,02289 2026-05 0,02308 2026-06 0,01957 Condiciones especiales de la compra colectiva Duración del contrato: 12 meses desde la fecha de activación. Permanencia: Los contratos con tarifa 2.0TD, RL.1, RL.2 y RL.3 serán sin permanencia, por lo que podrán resolverse en cualquier momento sin penalización. Los contratos con tarifa 3.0TD se someterán a lo dispuesto en el artículo 4 del RD1435/2002, es decir, que la penalización máxima aplicable será del 5% del precio del contrato por la energía pendiente de suministro en el momento de la resolución anticipada. Precio de los términos de energía y potencia: Los precios de la energía (kWh) y la potencia (kW) serán fijos e inalterables durante los 12 meses de duración del contrato e incluirá todos los componentes regulados y de mercado libre, así como el margen de comercialización. Sólo podrán ser revisados, al alza o a la baja, por las actualizaciones correspondientes a los peajes de acceso, cargos del sistema y otros componentes regulados publicados en el BOE por el Ministerio o CNMC mediante real decreto, ley o similar. Los servicios de ajuste de REE estarán incluidos en el precio para tarifas 2.0TD, y se facturarán aparte para tarifas 3.0TD. Precio de los excedentes de energía: En los lotes específicos para suministros con excedentes, deberá indicarse la retribución por cada kWh excedentario y deberán contar con batería virtual si lo exige la compra. Se aplicará el mecanismo simplificado de compensación y el importe de los excedentes servirá para compensar el término de energía (incluidos peajes y cargos). Funcionamiento de la batería virtual: La batería virtual se cargará con el importe correspondiente a los excedentes que sobren tras aplicar la compensación simplificada sobre la totalidad del término de energía (incluyendo peajes y cargos) antes de impuestos. El importe que se acumule en la batería se utilizará para compensar los demás términos después de impuestos, hasta llegar a conseguir facturas a cero euros. Scoring: Podrán ser rechazados los clientes en ficheros de impagos (ASNEF, EQUIFAX o similar). Para lotes 3.0TD, RL.4, RL.5 o titulares personas jurídicas, la comercializadora podrá además realizar scoring financiero y exigir un depósito de garantía de hasta tres meses de consumo; si el cliente lo rechaza, podrá denegar la contratación. Esto tiene pinta de que acabará en reclamación en Industria, pero vamos, complicado que se salgan con la suya porque está todo perfectamente redactado y firmado. Por supuesto que no podeisntragatos la tostada. Que ademas fue una de las preguntas que le haces a Spock. De verdad creo que no va a ser así. Qu nlos SVA ya están incluidos en la tarifa y no se facturarían aparte. Solo incidía en que a día de hoy, los SVA estarán próximos a los 0,018€/kWh que a los 0,010. Pero que eso no se puede saber. No pueden saberlo las compañias, lo vamos a saber nosotros. Resultara bien. Ya veras. |
17-jul-2026 16:01
#1812
| Yo es que soy muy impulsivo, y tal y como lo leí tuve que escribir rápidamente solicitando que lo solucionen. Pero también comprendo que pueda haber gente que prefiera esperar a la primera factura para ver si se los cobran o no. |
17-jul-2026 16:07
#1813
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Por supuesto que no podeisntragatos la tostada.
Que ademas fue una de las preguntas que le haces a Spock. De verdad creo que no va a ser así. Qu nlos SVA ya están incluidos en la tarifa y no se facturarían aparte. Solo incidía en que a día de hoy, los SVA estarán próximos a los 0,018€/kWh que a los 0,010. Pero que eso no se puede saber. No pueden saberlo las compañias, lo vamos a saber nosotros. Resultara bien. Ya veras. "Buenos días Carlos, Perdona la molestia, pero existe una duda recurrente que me ha llegado y que la verdad es que es cierto. Bonpreu en todos sus planes propios cobra los servicios de ajuste por separado: https://www.bonpreuesclat.cat/es/web...nergia-bonpreu *No incluye SSAA (Servicio de Ajuste establecido por Red Eléctrica):0,0186 €/kWh (valor orientativo de junio) Te pregunté explícitamente y me dijiste que no, que solamente para los planes 3.0, y de hecho en el contrato pone literalmente: " Los servicios de ajuste de REE estarán incluidos en el precio para tarifas 2.0TD, y se facturarán aparte para tarifas 3.0TD." Hasta aquí todo perfecto, pero ¿estamos seguros de que Bonpreu es conocedor de que no debe aplicar los Servicios de Ajuste en la tarifa de Spock, verdad? Lo digo porque se me hace raro que lo cobre en todas y en esta no. No dudo de vuestra palabra y mucho menos de lo que pone en el contrato, pero era más que nada para evitar futuros líos y reclamaciones. Muchas gracias y un saludo," Y su respuesta fue: "Bonpreu lleva presentando y también ganando compras colectivas desde hace más de tres años y conocen de sobra el funcionamiento y las normas de las compras colectivas y los requisitos a cumplir de acuerdo con las condiciones generales de la compra. Cualquier duda seguimos en contacto. Saludos" Dicho esto, hoy el tal Carlos que tantas explicaciones me daba estos días está "desaparecido". |
17-jul-2026 17:55
#1814
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He usado el buscador pero como son palabras tan típicas no logro localizar si ya se ha hablado sobre ella, así que lo comento. Una conocida me decía de contratar con Airelimpio Energía: Con tramos: Valle 0,0727 €/kWh con impuestos 0,077 €/kWh Llano 0,1032 €/kWh con impuestos 0,109 €/kWh Punta 0,1721 €/kWh con impuestos 0,181 €/kWh Potencia: Valle 0,0129 €/KW día con impuestos 0,014 €/KW día Punta 0,0869 €/KW día con impuestos 0,092 €/KW día https://www.airelimpioenergia.com/tarifas-luz-hogar/ También tiene un fija que no veo en la web, supongo que será únicamente mediante agente: ![]() No sé si alguno lo habrá visto ya, lo dejo para echarle un ojo. 1.- DATOS DEL RESPONSABLE TITULAR DEL SITIO WEB Nombre del titular: AIRE LIMPIO SL Domicilio social: Plaza Benjamin Palencia Nº2 02002 – (Albacete) – Albacete C.I.F.: B02469096 Teléfono de contacto: 900 103 064 Correo electrónico: [email protected] Datos registrales: Inscrita en el Registro Mercantil de Albacete |
17-jul-2026 18:32
#1816
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He usado el buscador pero como son palabras tan típicas no logro localizar si ya se ha hablado sobre ella, así que lo comento. Una conocida me decía de contratar con Airelimpio Energía:
Con tramos: Valle 0,0727 €/kWh con impuestos 0,077 €/kWh Llano 0,1032 €/kWh con impuestos 0,109 €/kWh Punta 0,1721 €/kWh con impuestos 0,181 €/kWh Potencia: Valle 0,0129 €/KW día con impuestos 0,014 €/KW día Punta 0,0869 €/KW día con impuestos 0,092 €/KW día https://www.airelimpioenergia.com/tarifas-luz-hogar/ También tiene un fija que no veo en la web, supongo que será únicamente mediante agente: ![]() No sé si alguno lo habrá visto ya, lo dejo para echarle un ojo. 1.- DATOS DEL RESPONSABLE TITULAR DEL SITIO WEB Nombre del titular: AIRE LIMPIO SL Domicilio social: Plaza Benjamin Palencia Nº2 02002 – (Albacete) – Albacete C.I.F.: B02469096 Teléfono de contacto: 900 103 064 Correo electrónico: [email protected] Datos registrales: Inscrita en el Registro Mercantil de Albacete |
17-jul-2026 19:00
#1817
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Así fue:
"Buenos días Carlos, Perdona la molestia, pero existe una duda recurrente que me ha llegado y que la verdad es que es cierto. Bonpreu en todos sus planes propios cobra los servicios de ajuste por separado: https://www.bonpreuesclat.cat/es/web...nergia-bonpreu *No incluye SSAA (Servicio de Ajuste establecido por Red Eléctrica):0,0186 €/kWh (valor orientativo de junio) Te pregunté explícitamente y me dijiste que no, que solamente para los planes 3.0, y de hecho en el contrato pone literalmente: " Los servicios de ajuste de REE estarán incluidos en el precio para tarifas 2.0TD, y se facturarán aparte para tarifas 3.0TD." Hasta aquí todo perfecto, pero ¿estamos seguros de que Bonpreu es conocedor de que no debe aplicar los Servicios de Ajuste en la tarifa de Spock, verdad? Lo digo porque se me hace raro que lo cobre en todas y en esta no. No dudo de vuestra palabra y mucho menos de lo que pone en el contrato, pero era más que nada para evitar futuros líos y reclamaciones. Muchas gracias y un saludo," Y su respuesta fue: "Bonpreu lleva presentando y también ganando compras colectivas desde hace más de tres años y conocen de sobra el funcionamiento y las normas de las compras colectivas y los requisitos a cumplir de acuerdo con las condiciones generales de la compra. Cualquier duda seguimos en contacto. Saludos" Dicho esto, hoy el tal Carlos que tantas explicaciones me daba estos días está "desaparecido". Te sigue sin contestar? Porque a mi último correo transmitiéndoles que todo esto de limitar la tarifa me parece de juzgado de guardia, me ha contestado hace un par de horas. Rarete cuanto menos de ser así. Toco madera para que no os la líen con el ajuste. |
17-jul-2026 19:05
#1818
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17-jul-2026 19:34
#1819
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ahora mismo la tarifa ganadora, sin ningún pero, en un consumo normal y corriente es de totalenergies, quién lo iba a decir. que es atrevida mi afirmación? sí. |
17-jul-2026 20:31
#1820
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Pasó la de precio fijo, que obviamente no es indexada. Yo me puse a investigar al no haber visto esa comercializadora en la vida y ya di con esa otra tarifa. Que estando como están muchas ofertas de renovación, no es muy mala. |
17-jul-2026 20:43
#1822
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He usado el buscador pero como son palabras tan típicas no logro localizar si ya se ha hablado sobre ella, así que lo comento. Una conocida me decía de contratar con Airelimpio Energía:
Con tramos: Valle 0,0727 €/kWh con impuestos 0,077 €/kWh Llano 0,1032 €/kWh con impuestos 0,109 €/kWh Punta 0,1721 €/kWh con impuestos 0,181 €/kWh Potencia: Valle 0,0129 €/KW día con impuestos 0,014 €/KW día Punta 0,0869 €/KW día con impuestos 0,092 €/KW día https://www.airelimpioenergia.com/tarifas-luz-hogar/ También tiene un fija que no veo en la web, supongo que será únicamente mediante agente: ![]() No sé si alguno lo habrá visto ya, lo dejo para echarle un ojo. 1.- DATOS DEL RESPONSABLE TITULAR DEL SITIO WEB Nombre del titular: AIRE LIMPIO SL Domicilio social: Plaza Benjamin Palencia Nº2 02002 – (Albacete) – Albacete C.I.F.: B02469096 Teléfono de contacto: 900 103 064 Correo electrónico: [email protected] Datos registrales: Inscrita en el Registro Mercantil de Albacete Es un indexada. Pone precio de coste. Eso tipo pvpc. Los precios cambian cada hora. Y en factura te sale tu prwcuo medio. Los. Precios que ponen en la web, son engañosos. No vas a ver esos precios. Son orientativos o "despistativos". No pierdas el tiempo con esa tarifa. Cuando traigas la fija, la vemos. Edito. La. Fes la. De. 0,14€/kWh? Es cara. La Potencia también precio medio. Gracias por traerla,. Pero es cara. La. Metes en la cuman personalizada de nuestro excel y ya ves que las. Hay más baratas. |
Editado: 17-jul-2026 20:48 -
17-jul-2026 20:44
#1823
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El. Problema es que es " A precio de coste." Indexada. A otra cosa. |
17-jul-2026 21:18
#1824
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Saludos. |
17-jul-2026 22:15
#1825
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Sabes que decimos a esto por aquí no? Hay más de 400 comercilizadoras. Normal que muchas no suenen. |
18-jul-2026 11:39
#1827
| Tarda mucho el cambio a Bonpreu vía Spock? Lo hice el lunes y no se nada todavía |
18-jul-2026 12:00
#1829
| Vamos que va para largo. Lo peor es que lo hice a la vez que un amigo y en cuatro días ya lo tiene hecho |
