Me la han LIADO EN EL CURRO? O es algo "NORMAL"? +Jefe
Hoy 06:56
#181
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Hola shurs, mi primer post en el foro.
Básicamente trabajo en Ciberseguridad y es 24/7, o sea trabajamos a turnos. Yo trabajo de noches la mayoría de las veces, por decisión personal. Pues bien, básicamente por la noche cubro "emergencias" que es básicamente estar atento por si entra algún correo, y tener un sistema de teléfonos activo por si alguien llamada. Cuando termino de trabajar a las 8, tengo que "esperar" a que haya alguien más cubriendo las llamadas, no se puede quedar desatendido. El PROBLEMA es que hay gente que siempre llega tarde, entonces el resto tenemos que cubrir hasta que llega alguien. Hay un tipo que es el que cubre mi puesto casi siempre, y llega tarde SIEMPRE. Las "reglas" indican que tenemos que cubrir el teléfono hasta que el del siguiente turno llega. Hace 1 mes tuvimos una REUNIÓN con mi jefe, en la cual indicaron que había gente llegando tarde, que eso no debería ocurrir blabla Pero que para el resto, si alguien llegaba tarde, tendríamos que CUBRIR hasta que lleguen. Dijimos que ok, que PUNTUALMENTE podríamos cubrir a los que llegan tarde (siempre son los mismos). Esto lo dijeron porque hay un tipo que llega tarde a diario, y otros compañeros no quieren cubrir a este tipo. A mi no me importa cubrir si alguien llega tarde no sé, 2 veces al mes. Pero es que hay un tipo que llega TARDE A DIARIO. He estado contando: Lunes 6: 8:23AM (23 minutos tarde) Martes 7: 8:14 (14 minutos tarde) Miércoles 8 : 8:12 (12 minutos tarde) Jueves 9: 8 (Llego a su hora un día) Viernes 10: 8:35 (35 minutos tarde). Yo esos días cubrí (y metí los minutos como tiempo extra). Esta semana el lunes a las 8:40!!!!! y cubrí, pero me prometí que se acabó. Ayer martes a las 8AM desconecté y me fui a dormir, no sé a que hora llegó este tipo. Pues hoy miércoles me llama mi jefe diciendo que ayer estuvo el teléfono 40 minutos sin estar cubierto. Entiendo que el tipo llegó a las 8:40 ![]() Que eso es inaceptable, que la empresa da soporte 24/7, que esta actitud blablabla. Mi duda es. No deberían leerle la cartilla al que llega Tarde A DIARIO en vez de liarsela al que hace su horario y cumple? De verdad no entiendo que tengas a un tío llegando 40 minutos tarde, y se la lies al que hace sus horas y no llega tarde. Es esto normal en las "corpos"? Tengo otra reunión el viernes, ¿debería pasarle las horas en las cuales llega tarde a diario? Lo tengo todo apuntado. Gracias, |
Hoy 07:03
#183
| Estuve en una situación similar. Lo que hacíamos era llegar 5minutos antes para dar el relevo y así el compañero anterior se podia ir antes. Si alguien llegaba 5 minutos tarde ya se consideraba falta de respeto pero hubo uno como el tuyo que empezó a llegar media hora tarde. Las primeras le cubríamos porque se justificaba con problemas familiares etc, pero llegó un punto que ya cada uno se iba a su hora y ya los jefes le dieron un ultimátum |
Hoy 07:10
#184
| Le habría respondido que la culpa no es tuya, sino de tu compañero que llega tarde a diario y que el segundo responsable es él por no solucionarlo. Y que tengan los cojones de decirme algo que tardo en ir al sindicato a reclamar mis horas extras y el sistema de fichajes obligatorio. |
Hoy 07:14
#187
| Manda cojones que te digan a ti ¿No le han echado un rapapolvo al otro?¿No sé la podéis contar los compañeros a ese desgraciado? O plántate y di que no quieres hacer el turno de noche si tu relevo es el anormal tardío. |
Hoy 07:14
#188
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Si llega 4h tarde se ha de suponer que van a buscar a alguien para sustituir al que ha fallado, pero hasta que no venga nadie o tú responsable te diga que no te vas no te vas, porque la responsabilidad de la guarda del puesto es del empleado. A ver qué es lo que no entiendes. Que son puestos de cobertura 24h. Si no te gusta no cojas ese puesto. No te vas hasta que el toro llega. Es muy sencillo y es la tercera vez que te o explico. |
Hoy 07:16
#190
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Que si coño. Que no es muy complicado.
Si llega 4h tarde se ha de suponer que van a buscar a alguien para sustituir al que ha fallado, pero hasta que no venga nadie o tú responsable te diga que no te vas no te vas, porque la responsabilidad de la guarda del puesto es del empleado. A ver qué es lo que no entiendes. Que son puestos de cobertura 24h. Si no te gusta no cojas ese puesto. No te vas hasta que el toro llega. Es muy sencillo y es la tercera vez que te o explico. ![]() ![]() ![]() 0/10 Así va España con esclavos como tú. Normal que se la líen al OP y no al caradura que llega tarde. Dais asco los arrastrados como tú. |
Hoy 07:19
#192
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No tiene que ver con la esclavitud, tiene que ver con el tipo de puesto y contrato que aceptas VOLUNTARIAMENTE, además de estar remunerado. El que llega tarde no debería hacerlo y es un problema que su jefe no está solucionando, para eso hay otras alternativas si tu jefe no funciona. Que desconozcas cómo funcionan ciertos puestos de trabajo es un problema tuyo, yo te lo explico, muchas veces además, si no lo entiendes no ataques que tampoco te estoy diciendo nada complicado shur. |
Hoy 07:20
#193
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Mira que no es difícil de entender, pero no lo haces y ya empiezas a atacar.
No tiene que ver con la esclavitud, tiene que ver con el tipo de puesto y contrato que aceptas VOLUNTARIAMENTE, además de estar remunerado. El que llega tarde no debería hacerlo y es un problema que su jefe no está solucionando, para eso hay otras alternativas si tu jefe no funciona. Que desconozcas cómo funcionan ciertos puestos de trabajo es un problema tuyo, yo te lo explico, muchas veces además, si no lo entiendes no ataques que tampoco te estoy diciendo nada complicado shur. En el contrato pone 8 horas shur ![]() Yo ya dije que no me importaba cubrir de vez en cuando, pero no a diario. |
Hoy 07:21
#194
| Si tú llegas tarde 40 minutos cada día sí que habrá repercusiones porque al que le das tú el relevo seguramente no será tan parguela como tú y se quejará y lo notificará por escrito cada día (no cogerá y abandonará el puesto sin avisar). |
Hoy 07:22
#195
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Esto ha pasado porque otros se quejaron hace meses de que tenían que cubrir a diario. La reunión fue enfocada a los que llegan tarde, pero también dijeron que deberíamos de cubrir los que estamos de noches si llega tarde el resto. El tema es que a mi no me importa cubrir de vez en cuando, pero una media de 30 minutos DIARIOS como que no. Y encima el jefe me la lia a mi
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Hoy 07:22
#196
| Tu jefe lo hicieron jefe por comepollas, y tu compañero tiene un buen enchufe y no es un USB. |
Hoy 07:23
#197
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Mira que no es difícil de entender, pero no lo haces y ya empiezas a atacar.
No tiene que ver con la esclavitud, tiene que ver con el tipo de puesto y contrato que aceptas VOLUNTARIAMENTE, además de estar remunerado. El que llega tarde no debería hacerlo y es un problema que su jefe no está solucionando, para eso hay otras alternativas si tu jefe no funciona. Que desconozcas cómo funcionan ciertos puestos de trabajo es un problema tuyo, yo te lo explico, muchas veces además, si no lo entiendes no ataques que tampoco te estoy diciendo nada complicado shur. ![]() ![]() ![]() ![]() Que asco dais los esclavos como tú. Por gente como tú está el país como está. Tragando horas porque un tipo llega tarde y tan contento. Patético es poco. |
Hoy 07:24
#198
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Mira que no es difícil de entender, pero no lo haces y ya empiezas a atacar.
No tiene que ver con la esclavitud, tiene que ver con el tipo de puesto y contrato que aceptas VOLUNTARIAMENTE, además de estar remunerado. El que llega tarde no debería hacerlo y es un problema que su jefe no está solucionando, para eso hay otras alternativas si tu jefe no funciona. Que desconozcas cómo funcionan ciertos puestos de trabajo es un problema tuyo, yo te lo explico, muchas veces además, si no lo entiendes no ataques que tampoco te estoy diciendo nada complicado shur. |
Hoy 07:27
#199
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Mira, recordaba yo haber leido algo similar... Sí, existe jurisprudencia en España que ha declarado improcedente el despido de un trabajador por llegar tarde de forma repetida cuando la empresa nunca le avisó, amonestó o sancionó previamente por esos retrasos. � El caso clave: TSJ de Asturias (2022) La sentencia más citada es del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Asturias, de 2022, en la que una trabajadora acumuló 176 retrasos en seis meses (llegaba tarde prácticamente todos los días durante dos años) y, pese a ello, el tribunal consideró el despido desproporcionado e improcedente. � Los motivos principales fueron: Nunca hubo amonestación previa: la empresa no le dio ningún aviso por escrito ni sanción anterior por falta de puntualidad. � Falta de proporcionalidad: los jueces valoran no solo la gravedad de la falta, sino también la culpabilidad y si la sanción (despido) es proporcionada. � Sin perjuicio concreto acreditado: la empresa no demostró un daño real y específico para la organización o para otros trabajadores. � El convenio no lo permitía sin sanción previa: en ese caso, el convenio colectivo exigía sanción por escrito para poder considerar la reincidencia como falta muy grave susceptible de despido. � El resultado: la empresa tuvo que readmitirla o indemnizarla (unos 25.000 €). � Qué dice la ley y cómo lo interpretan los tribunales El Estatuto de los Trabajadores (art. 54.2.a) permite el despido disciplinario por “incumplimientos graves y culpables”, entre ellos las faltas repetidas e injustificadas de puntualidad. � Pero en la práctica, los tribunales exigen: Reiteración y ausencia de justificación: no vale un retraso puntual; debe haber un patrón claro y sin causa válida. � Amonestaciones o requerimientos previos: la empresa debe haber dejado claro que esa conducta era inadecuada y haberla sancionado antes (normalmente por escrito). � Proporcionalidad: se valora si el despido es la sanción adecuada o si bastaba con medidas menores. � Perjuicio demostrable (en muchos casos): aunque no siempre es obligatorio, ayuda a la empresa poder explicar cómo esos retrasos afectaron a la actividad. � ¿Significa esto que “nunca” te pueden despedir por llegar tarde? No. Lo que dice esta línea de jurisprudencia es que: Si llegas tarde reiteradamente, pero la empresa tolera esa conducta sin avisar ni sancionar, luego no puede usar esos mismos retrasos antiguos como única base para un despido disciplinario súbito. � En cambio, si la empresa te ha amonestado por escrito, te ha requerido cumplir el horario y vuelves a incurrir en faltas de puntualidad, el despido sí puede considerarse procedente. � Es decir, no es una “norma nueva” escrita en una ley, sino una doctrina jurisprudencial: los jueces aplican principios de proporcionalidad y buena fe, y entienden que la empresa que consiente una conducta durante tiempo no puede luego convertirla en causa de despido sin previo aviso. � |


