Tengo a toda la urba rabiando porque me meto en la piscina de noche xd
Hoy 00:23
#61
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Aunque tambien esta esta cosa... Bueno, que coño, sigo diciendo lo mismo. En mi maldita casa se cuando se ha echado cloro o no. |
Editado: 00:27 -
Hoy 00:23
#62
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Como ha comentado un shur por ahí arriba si es una comunidad tranquila, la gente no hace ruido y no se descontrola la cosa no veo mal que la gente se bañe a la hora que le sale de los cojones. Una ex tenía un piso en una urbanización con piscina chula y así se hacía. Por la noche veías a algún vecino bañándose de vez en cuando en silencio y todo perfecto. |
Hoy 00:24
#65
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Disfruta de tu baño de cloro, de los vapores, de tus mucosas, del envenenamiento por cloro y del socorrista que no está. Es Bromo no te clorees. |
Hoy 00:25
#66
| Realmente no, si vives en comunidad te atendrás a los estatutos y al reglamento de régimen interior. Y si, lo mejor es vivir en una vivienda unifamiliar porque las comunidades dan asco. |
Hoy 00:30
#67
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El origen de esa norma es debido a retrasados incivicos que en algún momento decidieron entrar de noche y armar jaleo. Como siempre, hay que establecer reglas a la altura del más tonto. |
Hoy 00:35
#72
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En mi comunidad no hay horario, se dijo en su día que si la gente tenía cabeza y a ciertas horas no armaba ruido no hace falta (aunque ya veremos si el año que viene no hay porque alguno a las 10 algo de ruido hace)
Y socorrista no hay en ningún momento, en comunidades pequeñas creo que no es obligatorio |
Hoy 00:36
#73
| Depende. En Madrid para que haya socorrista tiene que ser una comunidad de más de 30 viviendas. Imagino que en otros sitios cambiará. |
Hoy 00:39
#74
| Todo es divertido hasta que alguien te acierta a 50m con un globo de lejía....en plena oscuridad. |
Hoy 00:43
#77
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Como ha comentado un shur por ahí arriba si es una comunidad tranquila, la gente no hace ruido y no se descontrola la cosa no veo mal que la gente se bañe a la hora que le sale de los cojones.
Una ex tenía un piso en una urbanización con piscina chula y así se hacía. Por la noche veías a algún vecino bañándose de vez en cuando en silencio y todo perfecto. Estamos exentos de socorrista por profundidad o vecinos o nosequé. Y la tenemos sin horarios. Siempre suele bajar alguien a darse un baño, yo mismo, pero en silencio. Y es un gustazo. |
Hoy 00:47
#78
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Si sufrís un accidente mientras la pisci está cerrada, como una caída o cualquier otro problema, es posible que el seguro no se haga cargo al estar usándola fuera de las condiciones permitidas. La situación puede complicarse aún más si para entrar has tenido que saltar una valla, forzar una puerta o ignorar medidas de seguridad, ya que eso podría traer consecuencias legales. También, si haces ruido o molestas a los vecinos, podría intervenir la policía. En tu cabeza suena espectacular pero estás haciendo el memo. |
Hoy 04:48
#83
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Para el mecanismo es necesario que se dé un primer aviso a la persona que está incurriendo en las actividades molestas. Dicho aviso contendrá la solicitud expresa de cesar dichas acciones y lo podrá presentar el presidente de la comunidad por medio verbal o escrito. Además, la persona deberá ser notificada de que, en caso de mantenerse en el comportamiento, se iniciarán las acciones judiciales procedentes. Es oportuno, antes de iniciar el proceso, considerar si se trata de una acción transitoria o puntual. Por ejemplo, frente a escenarios de reformas o modificaciones específicas en el inmueble. Estos procesos, por su naturaleza, conllevan ruidos molestos y una duración limitada. Después de notificar al titular o inquilino de la propiedad, en caso de que se rehúse a discontinuar la actividad, el presidente deberá convocar a una junta extraordinaria con todos los propietarios. La reunión tendrá por objetivo definir si se interpondrá una demanda judicial para iniciar el trámite de cesación. Si la comunidad decide demandar al propietario u ocupante, será el presidente quien deba presentarla. Un requisito dispuesto en la Ley es la entrega de pruebas fehacientes del comportamiento. Es decir, la demanda debe ir acompañada de fotos, vídeos, audios y pruebas que demuestren, no solo la acción ilegal o molesta, sino además su repetición. Se debe adjuntar también el acuerdo realizado por la junta de propietarios. ----------------------- SI ALGUIEN PIENSA QUE VA A GANAR UN JUICIO (o ir) POR HABER PILLADO A UN VECINO BAÑANDOSE EN LA PISCINA COMUNITARIA FUERA DE HORAS SIN MOLESTAR A NADIE, ES UN ILUSO llegaría a la vista previa el propietario diciendo que no lo va a volver a hacer y que no lo puede probar pero tiene testigos de que otros vecinos también lo han hecho. otra cosa es que sea un inquilino y su propietario tenga muchas muchas ganas de tirarlo a la calle, pero serian años de litigios para nada mira que os gusta a algunos meter miedo |
Hoy 04:51
#84
| Si soy propietario me viene comiendo bien los cojones los "horarios". Porque sino tampoco pago. |
Hoy 04:59
#86
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Mar 2026 | 143 Mens. Os vale cualquier mierda de hilo que tragaros. Lo aburridos que tenéis que estar. |
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