[PLATA.FORMA] Yo pago MENOS DE LUZ y DE GAS (VOL LXIII) - La cuesta de Enero
Tema Cerrado
11-feb-2026 23:27
#1531
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Gracias y saludos! |
11-feb-2026 23:53
#1532
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Buenas a todos y @JavierRR Mi padre estaba en octopus y he pedido porta a Imagina. Al enviarme el contrato sale la misma poblacion pero otra calle que ni existe (el pueblo son 4 casas). He metido bien el CUPS y los datos. Esto es normal? No he firmado nada aun y llamare mañana |
12-feb-2026 00:00
#1533
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Buenas a todos y @JavierRR
Mi padre estaba en octopus y he pedido porta a Imagina. Al enviarme el contrato sale la misma poblacion pero otra calle que ni existe (el pueblo son 4 casas). He metido bien el CUPS y los datos. Esto es normal? No he firmado nada aun y llamare mañana ![]() Tengo un suministro en un sitio perdido que ni los de la luz, Amazon, teléfono... coincide la dirección ... cuando me vinieron a instalar la fibra me llamaron que donde estaba, que estaban delante de la casa... coño si llevo toda la mañana fuera esperando ... ![]() Pues se habían ido a la capital del concejo, a 5kms... 😂 Sí el CUPS está bien yo no me preocuparía Saludos,,, |
12-feb-2026 00:47
#1535
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Buenas, voy a cambiar un contrato a Energya VM, al hacerlo online me salen varias tarifas, entiendo que sólo se menciona la Fórmula fija 3 periodos por que es la que más interesa.
También pone: PROMO 10% dto. Término de energía durante el primer año y tambien el asistente OnHogar gratis el primer año contratando online, esto interesa o es un engañabobos? Fórmula Fija 24 horas Luz Potencia hasta 15kW I 2.0 TD Término de potencia por períodos (€/kW/mes) P1(Punta): 2,833300 P2(Valle): 1,416700 Término de energía (€/kWh) Precio único 24 horas 0,105705 |
12-feb-2026 00:52
#1536
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Solo un apunte
No nos podemos escudar en que "el potencial cliente debe de conocer que los costes regulados son de aplicación obligatoria desde el día 1 de enero a las 00:00 horas" ![]() ![]() Hablas de leer el BOE (que ya te había pasado) y de la obligación de informar de las comercializadoras Todos los contratos traen estas cláusulas Otro tema muy distinto es que los clientes no nos leamos los contratos Aquí siempre aconsejamos hacerlo y cuando sale una reglamentación, subida, modificación o lo que sea, informamos lo antes que nos enteramos Por otro lado, no todos los costes regulados se han trasladado desde "el día 1 de enero a las 00:00 horas" Así, que, quién sabe si a partir de ahora podemos tener sorpresas para bien o para mal (como ves, había de muchos, dejando espacio a la imaginación: "o de creación de alguno nuevo, de naturaleza análoga" ) El tiempo lo dirá Y de ninguna manera se entienda este mensaje como de defensa de las eléctricas, si no, más bien, como de abogado del diablo Suerte en la reclamación ya que personalmente creo que tienes razón Saludos,,, ![]() compartir imagen con código bb Si la contratación se hace en fecha de este año, contratas con un precio que incluye "todos los costes salvo ..." Dicho precio no está desglosado, por lo que no sabes cuales son los costes incluidos en el mismo, lo que necesariamente lleva a la conclusión de que son los vigentes en el momento de la contratación. Por ende, hace referencia a la financiación del bono social refiriendolo a la Orden TED/1524/2025 de finales del 25 y de aplicación en el 26. Ahí está la confirmación de que la Orden ya ha sido trasladada a sus contratos y precios. Y el argumento de que no es obligatorio trasladarlo en una fecha concreta es tan gratuito como pensar que una reducción de costes y peajes me los puedan aplicar en, por ejemplo, septiembre a su libre albedrío. Podría seguir pero creo que ya hay argumentos bastantes para la reclamación. Edito para incluir también lo que esta en contrato de Nufri. ![]() |
Editado: 12-feb-2026 01:07 -
12-feb-2026 00:56
#1537
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Buenas, voy a cambiar un contrato a Energya VM, al hacerlo online me salen varias tarifas, entiendo que sólo se menciona la Fórmula fija 3 periodos por que es la que más interesa.
También pone: PROMO 10% dto. Término de energía durante el primer año y tambien el asistente OnHogar gratis el primer año contratando online, esto interesa o es un engañabobos? me uno a la duda, porque la de 24h al menos con mis datos, me sale marginalmente mejor (unos centimos en la factura.. y me ahorro pensar que hora es para hacer las cosas).
Fórmula Fija 24 horas Luz Potencia hasta 15kW I 2.0 TD Término de potencia por períodos (€/kW/mes) P1(Punta): 2,833300 P2(Valle): 1,416700 Término de energía (€/kWh) Precio único 24 horas 0,105705 La que tenemos en el Excel estándard es la más ventajosa Si la de 24h te sale más barata, adelante Toda la información sobre EnergyaVM en el Post 6 Saludos,,, |
12-feb-2026 01:09
#1539
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Hay mucha tela que cortar. Extraído de la web de Visalia.
![]() compartir imagen con código bb Si la contratación se hace en fecha de este año, contratas con un precio que incluye "todos los costes salvo ..." Dicho precio no está desglosado, por lo que no sabes cuales son los costes incluidos en el mismo, lo que necesariamente lleva a la conclusión de que son los vigentes en el momento de la contratación. Por ende, hace referencia a la financiación del bono social refiriendolo a la Orden TED/1524/2025 de finales del 25 y de aplicación en el 26. Ahí está la confirmación de que la Orden ya ha sido trasladada a sus contratos y precios. Y el argumento de que no es obligatorio trasladarlo en una fecha concreta es tan gratuito como pensar que una reducción de costes y peajes me los puedan aplicar en, por ejemplo, septiembre a su libre albedrío. Podría seguir pero creo que ya hay argumentos bastantes para la reclamación. Yo también lo tengo claro y estoy de acuerdo contigo Desde el principio hemos reseñado que en los precios de los contratos firmados en este año la variación en los costes regulados del 1 de enero para este año ya están incluidos en el precio final al consumidor Otra cosa es que Visalia, y en su caso, Nufri, opinen lo contrario A lo que me refería con que a que los posibles costes regulados que no se apliquen el día 1 de enero según el BOE publicado, no eran los que ya aparecieron en el BOE, si no a otros posteriores que pudieran surgir a lo largo del año. Lógicamente, los que han aparecido en este BOE deben aplicarse desde el día 1, pero no para las tarifas contratadas en el 26 Como vengo defendiendo desde el principio, yo creo que la reclamación es procedente y que tienen todas las de ganar todos los que comentan la situación en el hilo. Otro tema es que la hagan y les den la razón ya sea en Visalia o en Nufri. Saludos,,, |
12-feb-2026 01:17
#1540
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Yo también lo tengo claro y estoy de acuerdo contigo
Desde el principio hemos reseñado que en los precios de los contratos firmados en este año la variación en los costes regulados del 1 de enero para este año ya están incluidos en el precio final al consumidor Otra cosa es que Visalia, y en su caso, Nufri, opinen lo contrario A lo que me refería con que a que los posibles costes regulados que no se apliquen el día 1 de enero según el BOE publicado, no eran los que ya aparecieron en el BOE, si no a otros posteriores que pudieran surgir a lo largo del año. Lógicamente, los que han aparecido en este BOE deben aplicarse desde el día 1, pero no para las tarifas contratadas en el 26 Como vengo defendiendo desde el principio, yo creo que la reclamación es procedente y que tienen todas las de ganar todos los que comentan la situación en el hilo. Otro tema es que la hagan y les den la razón ya sea en Visalia o en Nufri. Saludos,,, Saludos |
Editado: 12-feb-2026 01:20 -
12-feb-2026 01:24
#1541
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Creía que me había liado un poco con lo de posibles cargos regulados fuera del 1 de enero: por intentar explicar exclusivamente lo del 1 de enero que comentaba a las 00:00, a lo mejor lo lié un poco mencionando que podría haber otros cargos a lo largo del año aparte de los del 1 de enero que se publicaran en BOE y que las comercializadoras no tendrían ninguna obligación de notificar a los clientes y que automáticamente se trasladarían al precio final por contrato Saludos,,, |
Editado: 12-feb-2026 01:33 -
12-feb-2026 01:30
#1542
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@JavierRR @Ivansnoke Bastantes novedades de las que poco se ha hablado: El tiempo máximo de cambio de comercializadora baja de 21 a 10 días y se suprimen las penalizaciones por permanencias del 5% del consumo pendiente de suministrar por defecto. Se podrán tener potencias contratadas distintas a lo largo del periodo del año (por ejemplo una para los meses de verano y otra para los de invierno) Se podrán tener varios contratos de electricidad en un mismo suministro simultáneamente. Etc https://www.miteco.gob.es/es/prensa/...alizadora.html
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Editado: 12-feb-2026 01:32 -
12-feb-2026 01:34
#1543
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@JavierRR @Ivansnoke
Bastantes novedades de las que poco se ha hablado: El tiempo máximo de cambio de comercializadora baja de 21 a 10 días y se suprimen las penalizaciones por permanencias del 5% del consumo pendiente de suministrar por defecto. Se podrán tener potencias contratadas distintas a lo largo del periodo del año (por ejemplo una para los meses de verano y otra para los de invierno) Se podrán tener varios contratos de electricidad en un mismo suministro simultáneamente. Etc https://www.miteco.gob.es/es/prensa/...alizadora.html ![]() Se ha equivocado de hilo: esto es ForoVisalia ![]() Ya le he dicho a @Ivansnoke que cuando salga lo de las varias comercializadoras, tiro la toalla y paso el testigo del Excel Por cierto: él también fecunda la moción...
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Editado: 12-feb-2026 01:36 -
12-feb-2026 01:40
#1544
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Se ha equivocado de hilo: esto es ForoVisalia
![]() Ya le he dicho a @Ivansnoke que cuando salga lo de las varias comercializadoras, tiro la toalla y paso el testigo del Excel Por cierto: él también fecunda la moción... ![]() Tranquilo, parece que lo de las varias comercializadoras para un mismo suministro está orientado para las 3.0 y 6.1 no para los suministros domésticos. Lamento haberte fastidiado tus pensamientos de renuncia
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12-feb-2026 01:41
#1545
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Mecachis No me quieren jubilar tan pronto... ![]() Por cierto Todos los consumidores podrán disponer de dos potencias diferentes durante 12 meses, en función de sus necesidades de suministro. Podrán cambiar de una potencia a otra en períodos trimestrales, mensuales, diarios u horarios, según les convenga. La CNMC, en el ejercicio de sus competencias, determinará los precios y las condiciones de facturación aplicables a estas modificaciones.
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12-feb-2026 02:13
#1546
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Mecachis
No me quieren jubilar tan pronto... ![]() Por cierto Todos los consumidores podrán disponer de dos potencias diferentes durante 12 meses, en función de sus necesidades de suministro. Podrán cambiar de una potencia a otra en períodos trimestrales, mensuales, diarios u horarios, según les convenga. La CNMC, en el ejercicio de sus competencias, determinará los precios y las condiciones de facturación aplicables a estas modificaciones. ![]()
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12-feb-2026 03:27
#1547
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Buenas, os comento el cambio de comercializadora para mis padres. Relleno el excel con los consumos de los últimos 12 meses y me sale como primera Visalia 24h y muy cerca Endesa One luz 3 periodos. Intento contratar esta última mediante la web y primero da un error y después en el contrato que me sale no aparece por ningún sitio el 10% de descuento en energía un año así que lo rechazo. Creo que he leído algún mensaje con problemas por esto. Contacto mediante whatsapp con Endesa y tras un proceso bastante tedioso en el que me intenta colar la One luz 24h con el término de energía gratis en la primera factura de cada año a cambio de permanencia más 25€ en lo del PARA TI para descuento en tarifa. Meto los datos en el excel y veo que con el consumo del último año serían 220€ más que con la de 3 periodos. La rechazo y le digo que quiero la 3p, me detalla los precios y me añade también los 25€ de PARA TI. A partir de ahí me pide los datos y me manda el contrato en el que sí aparecen los precios detallados y el descuento del 10% durante 12 meses. Firmo y a esperar el cambio y la primera factura para comprobar que está todo correcto. Nada, que muchas gracias a los que mantienen esta magnífica plataforma, ¡sois unos cracks! |
12-feb-2026 04:13
#1548
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1. Para ti como consumidor final (Hogares) Es donde los cambios son más visibles y "agradecidos". El decreto te trata como un sujeto a proteger: Adiós al acoso: La prohibición del spam telefónico y las multas de hasta 6 millones de euros están diseñadas para proteger la privacidad de los hogares. Potencias a la carta: Los hogares con menos de 15 kW (la inmensa mayoría) son los grandes beneficiados de poder cambiar la potencia por meses o días. Esto te permite, por ejemplo, bajar la potencia al mínimo legal si te vas un mes de vacaciones, algo que antes era inviable por los costes de gestión. Sin ataduras: Se eliminan las penalizaciones por irte de una compañía si tienes menos de 15 kW contratados (salvo casos muy específicos y limitados al 5% de la energía pendiente). 2. Para los Consumidores Vulnerables Aquí la norma es estricta y exclusiva para particulares: Crea un escudo que impide el corte de luz en días señalados (festivos). Obliga a las empresas a informar con una comparativa de precios real y por escrito antes de que un cliente con bono social se pase al mercado libre, para evitar que pierda sus ayudas por un engaño comercial. Derecho a Oferta Dinámica: Si tu comercializadora tiene más de 200.000 clientes (como Naturgy), está obligada por ley a ofrecerte una tarifa de precios variables para que puedas aprovechar las horas más baratas. |
12-feb-2026 08:40
#1549
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Muchas gracias, he consultado y tengo la solicitud efectuada el 15 de enero. Me imagino que en unos días me enviaran el contrato. |
12-feb-2026 09:34
#1550
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Potencias a la carta: Los hogares con menos de 15 kW (la inmensa mayoría) son los grandes beneficiados de poder cambiar la potencia por meses o días. Esto te permite, por ejemplo, bajar la potencia al mínimo legal si te vas un mes de vacaciones, algo que antes era inviable por los costes de gestión.
Y esos cambios de potencias tienen algún coste? |
12-feb-2026 09:37
#1552
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Por mis padres ellos obviamente no reclamarían primero porque no saben ni por donde empezar(les cambie de Iberdrola donde pagaban a 0,21 la energía) y segundo, la diferencia es insignificante pero me han dicho lo dejamos en tus manos y he decidido dar el paso más que nada por ver como justifican no cumplir con un contrato firmado en 2026.
Por ahora puedo decir que tanto Visalia como Nufri llamando en atención al cliente por teléfono, me han dicho lo mismo de diferente forma, que si bien los nuevos costes regulados son de aplicación vía BOE desde 1 de enero de 2026, no tienen la obligación legal de informarlos en el proceso de contratación desde el día 1 de enero a las 00:00 horas sino que el potencial cliente debe de conocer que los costes regulados son de aplicación obligatoria desde el día 1 de enero a las 00:00 horas. En resumen: Todo cliente debe de saber leer el BOE y conocer la Plataforma Yo pago MENOS DE LUZ y GAS de Forocoches para poder estar al día de los nuevos costes regulatorios. No creo que cambien de versión cuando me respondan vía email (creo que es un plus mostrar que antes de reclamar he intentado buscar una solución por la vía más "sencilla"), así que me tocará reclamar aunque antes me informaré bien para ver cual es la mejor vía para si es posible no tengan que ser mis padres quienes den más explicaciones si es que las necesitan. Ya me paso el año pasado con Visalia al contratar el 1 de enero. Este año renové antes. De todas formas, es poca cosa y pasé de reclamar. |
12-feb-2026 10:24
#1554
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voy poniendo lo que me dice gemini, hay un montón de cambios.
1. Para ti como consumidor final (Hogares) Es donde los cambios son más visibles y "agradecidos". El decreto te trata como un sujeto a proteger: Adiós al acoso: La prohibición del spam telefónico y las multas de hasta 6 millones de euros están diseñadas para proteger la privacidad de los hogares. Potencias a la carta: Los hogares con menos de 15 kW (la inmensa mayoría) son los grandes beneficiados de poder cambiar la potencia por meses o días. Esto te permite, por ejemplo, bajar la potencia al mínimo legal si te vas un mes de vacaciones, algo que antes era inviable por los costes de gestión. Sin ataduras: Se eliminan las penalizaciones por irte de una compañía si tienes menos de 15 kW contratados (salvo casos muy específicos y limitados al 5% de la energía pendiente). 2. Para los Consumidores Vulnerables Aquí la norma es estricta y exclusiva para particulares: Crea un escudo que impide el corte de luz en días señalados (festivos). Obliga a las empresas a informar con una comparativa de precios real y por escrito antes de que un cliente con bono social se pase al mercado libre, para evitar que pierda sus ayudas por un engaño comercial. Derecho a Oferta Dinámica: Si tu comercializadora tiene más de 200.000 clientes (como Naturgy), está obligada por ley a ofrecerte una tarifa de precios variables para que puedas aprovechar las horas más baratas. Haciendo una lectura rápida dispone, aparte de lo mencionado, que las refacturaciones donde la comercializadora haya cobrado de más incluyan un coeficiente en el que se aplicará el interés legal del dinero más un 1,5% para compensar el cobro indebido al consumidor. En la práctica es poca cosa para el cliente, pero sí que hará que las comercializadoras no abusen de consumos estimados disparados o aplicación incorrecta de sus tarifas arbitrariamente. En caso contrario no se aplica y se da facilidades a los consumidores a abonarlo en varias cuotas si le es lesivo hacerlo todo junto. También se instaura una nueva figura en toda la cadena de la comercialización de la electricidad que es el Agregador. A diferencia del comercializador, es un nuevo elemento dentro de esta estructura que podríamos asimilarlo al concepto de "revendedor". Lo realmente novedoso es que los suministros que se adscriban a la comercialización a través de este nuevo agente, podrán disfrutar (o sufrir) de unos precios en sus contratos de un Agregador que se puede nutrir de una cesta de electricidad que él puede gestionar de varias comercializadoras a la vez o incluso del mercado diario. En teoría fomenta la competitividad en el mercado, pero habrá que ver cómo se produce su desarrollo esperando que no terminen en ser lo que muchas veces hemos llamado como "chiringuitos energéticos". https://www.miteco.gob.es/content/da...istro%20IP.pdf |
12-feb-2026 10:40
#1555
| La tarifa que mejor me sale por la carga del coche eléctrico es la endesa 3 períodos. Alguien me explica como conseguir el 10% y algún código de descuento durante la tramitación?Gracias |
12-feb-2026 11:00
#1556
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Os pido ayuda porque soy incapaz de hacerme valer en el Excel, a ver a dónde cambiamos. Por otro lado, pone que hay contrato en Naturgy casi 1 año por delante, alguien sabe acerca de cómo romperlo?
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12-feb-2026 11:41
#1557
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Para consumos masivos a partir de 1-2 mwh al mes quizá pueda compensar. |
12-feb-2026 11:55
#1558
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Para todos los que habíais contratado la tarifa 3 Periodos con el 10% en Endesa y no os lo habían aplicado os animo a que no desesperéis y pongáis una reclamación para que os lo apliquen. Yo después de una llamada de muchos minutos y soportando la primera barrera de un autómata diciéndome que las tarifas venían en el contrato que firmé conseguí que me pasaran con el departamento de reclamaciones y aunque ahí me decían lo mismo les dije que siguiera adelante con la reclamación. El tema es que al hacer la contratación online, al menos a mí, la documentación que firmé era solamente el contrato de Condiciones generales en el que no aparecía el anexo de precios. Después de 6 días esperando contestación, hoy me han aplicado el nuevo contrato directamente. No tenía sentido que pelearan la no aplicación, es algo que lo tienen tan público y claro que no deja lugar a dudas. |
12-feb-2026 12:00
#1559
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Pues entonces algo está fallando en el Excel porque yo consumo en Punta y llano, consumo unos 150 en cada uno y unos 500 en valle. Según la tabla esta es la más barata que me sale actualmente |
12-feb-2026 12:03
#1560
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Para todos los que habíais contratado la tarifa 3 Periodos con el 10% en Endesa y no os lo habían aplicado os animo a que no desesperéis y pongáis una reclamación para que os lo apliquen.
Yo después de una llamada de muchos minutos y soportando la primera barrera de un autómata diciéndome que las tarifas venían en el contrato que firmé conseguí que me pasaran con el departamento de reclamaciones y aunque ahí me decían lo mismo les dije que siguiera adelante con la reclamación. El tema es que al hacer la contratación online, al menos a mí, la documentación que firmé era solamente el contrato de Condiciones generales en el que no aparecía el anexo de precios. Después de 6 días esperando contestación, hoy me han aplicado el nuevo contrato directamente. No tenía sentido que pelearan la no aplicación, es algo que lo tienen tan público y claro que no deja lugar a dudas.
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Editado: 12-feb-2026 12:07 -

coño si llevo toda la mañana fuera esperando ... 




