Mini-guía de FISCALIDAD en CRIPTODIVISAS
Tema Cerrado
01-ene-2018 21:49
#121
|
Respecto al tema de la minería y considerarlo actividad económica... entiendo que hay que pagar iva?, como carajo se paga iva sobre lo minado?, por supuesto además hay que pagar el impuesto de sociedades del 20% y autónomos, claro está. Todo esto convierte un posible en algo inútil, pues se va todo en impuestos. Dicho esto, cual es la forma de no regalar tus esfuerzos, conocimientos y tiempo a hacienda sin que te quede nada?. |
01-ene-2018 22:56
#122
|
Por 10k es difícil que te retengan y te llamen del banco, pero en caso de que sea así, sólo has de decirles de dónde sale el dinero, y en la declaración de renta declarar esas plusvalías.
Tú has invertido 10k y recuperas 10k, pero los bitcoins que estás vendiendo y declarando son los iniciales. Ejemplo: Compro 1 btc a 1000 Compro 1 btc a 2000 Compro 1 btc a 3000 Vendo 0,5 btc a 6000 Del banco salen y entran 6000, pero los 0,5 btc que estás vendiendo son los que compraste a 1000 (todavía te quedarían 0,5 btc más comprados a 1000). Por tanto, la plusvalía en este caso son 5500€. |
01-ene-2018 23:15
#124
|
Respecto al tema de la minería y considerarlo actividad económica... entiendo que hay que pagar iva?, como carajo se paga iva sobre lo minado?, por supuesto además hay que pagar el impuesto de sociedades del 20% y autónomos, claro está.
Todo esto convierte un posible en algo inútil, pues se va todo en impuestos. Dicho esto, cual es la forma de no regalar tus esfuerzos, conocimientos y tiempo a hacienda sin que te quede nada?. El impuesto de sociedades sólo se paga si la forma jurídica es una sociedad limitada o anónima. Con los justificantes que tú les entregues. De todas formas Hacienda solamente te va a pedir explicaciones en casos muy concretos o si mueves mucha pasta. |
02-ene-2018 01:20
#125
|
Y que pasa si has vendido una criptomonedas:
Ejemplo : compro bitcoin con tarjeta en coinbase , al cabo de un mes y medio vendo y va al wallet de euros De la propia exchage. Luego compras ethereum. Pero a mi cuenta bancaria no ha llegado nada, en teoría según tu esquema, no procedería ninguna declaración no? Es como si hubiera invertido y no todavía ha generado ninguna gestión patrimonial...... En la práctica si sigues operando podrías hacerlo cuando extraigas, pero sabiendo que si te requieren las operaciones y ven la venta a euros podrías tener problemas. |
02-ene-2018 01:21
#126
|
Hola, antes de nada muchas gracias por aportar un poco de luz en este tema. Vamos al lío:
1. Sobre las ganancias/pérdidas patrimoniales: a) Como dices no está del todo claro si se debe declarar al pasar a FIAT, al banco español o en todas las operaciones con criptos. Según algunos asesores y también apuntado por ti, lo más conservador hasta que no esté claro por parte de Hacienda es en realidad tributar por cada permuta de moneda. Es así en USA y en otros países que consideran las criptos como propiedades, más que como divisas. Es cierto que es lioso llevar un registro de todo eso, pero es viable. Al fin y al cabo en las pemutas mayoritariamente intervienen euros, BTCs y quizá ETHs, cuyos precios son en general conocidos y consensuados (por ejemplo usando coinmarketcap). b) Tanto aplicable a si se tributa al pasar a euros como a en cada permuta de moneda, no está claro si afecta la norma antiaplicación a las criptos, mediante la cual no puedes compensar pérdidas de acciones recompradas en menos de un año de la fecha que se generó esa pérdida. Este punto creo que es importante conocerlo. No aplica a forex, futuros y derivados pero no queda claro si a criptos. 2. Sobre el 720: Como comentas no está claro si hay que declarar las criptos o no. Por un lado la gente conservadora que cree que sí como tú tampoco tiene claro si el importe que se tiene en wallets personales y no exchanges es el extranjero realmente. Además, no creo que sea fácil usar el formulario del 720 para hacerlo. En qué clave debería declararse, como cuentas en el extranjero o como valores? En cualquiera de los casos, sumaría el importe total a otras cuentas en el extranjero o valores? Esto depende de cómo se han categorizado. Y por otro lado el país cuál es? El del exchange en el caso de exchanges podría ser una opción. Supongo que irán saliendo más cosas al respecto. Gracias En cuanto al 720 entiendo que si tienes criptomoneda habría que declararlo como activos en el extranjero (se asemeja más a valores que a moneda a mi parecer). |
02-ene-2018 01:33
#128
|
La duda mas grande que tengo tanto yo como mis conocidos... es en el caso de que tu compras 0.1 btc por 1.000€, despues de cientos y cientos de cambios entre cryptodivisas, tienes 3 btc, los vendes a 20.000€ cada uno = 60.000€.
Te van a dejar declarar 60.000 - 1.000 y ya está? o te van a pedir explicaciones de porqué compraste 0.1 y ahora tienes 3? Porque yo les imprimo los historiales de cada uno de los 7 exchanges que he usado en los 3 ultimos años y que se diviertan... |
02-ene-2018 01:36
#129
|
Muchísimas gracias por el aporte. Tengo una duda. Wirex, Xapo, Advcash...son esas empresas situadas en el extranjero que te compran los bitcoins y te dan fiat en una tarjeta virtual. Mi duda es la siguiente. Si yo vendo parte de mis criptodivisas a esa empresa extranjera y me dan a cambio el valor en euros correspondiente, siendo este valor inferior a 50.000 euros (por lo del modelo 720) tengo que declararlo? He pedido cita en Hacienda para preguntar de todos modos. Evidentemente que lo quiero hacer para pagar menos, pero quiero hacerlo de forma legal, y hasta donde yo sé, tener cuentas y dinero en el extranjero no lo es. Si yo declaro tener ese dinero en el extranjero obviamente no se tributaría por él, sino que solo se declararía no?
Yo creo que acabarán aclarando el tema, pero yo soy partidario de que debería presentarse el 720 por la tenencia de estos activos. |
02-ene-2018 01:38
#130
| Claro, pero el 720 es para cuando es más de 50.000 euros. Por eso, si saco menos de esa cantidad a esa tarjeta...no tendría que declarar nada y sería legal no? |
02-ene-2018 01:38
#131
|
@Topitok Shurmano muchisimas gracias por la info!
pregunta si yo no tengo ni puta idea de hacer la declaración y voy HACIENDA con todos los registros de los exchanges, me mandan a la mierda? PD: Si metí X dinero inferior a 2000€ y me lo traigo a mi cuenta debería declararlo si es lo mismo que metí? Lo que no se como haría luego para en un futuro declarar lo que dejo... En plan metí X, a los 4 meses tengo 6X, me llevo a mi cuenta X y dejo 5X para seguir aumentando, luego como declararía ese dinero? diciendo que deje algo de beneficios reinvertidos? Respecto a la pregunta sería el ejemplo 4.2 del post inicial, venta parcial. |
02-ene-2018 01:40
#132
|
Tampoco tengo muy claro como funcionan las tarjetas que comentas. |
02-ene-2018 01:42
#133
|
@Topitok te pongo un ejemplo parecido a mi situación actual.
Imagina que poco a poco has ido retirando dinero de tu banco para añadirlo a los exchanges por valor de 10.000€ A dia de hoy he ganado más dinero del invertido pero solo me gustaría retirar mi inversión inicial, podría retirar esos 10.000€ de golpe por transferencia SEPA? Teóricamente al no tener beneficios no he de pagar ningún impuesto, pero no se si al recibir un ingreso de 10.000€ de un banco extranjero me llamará hacienda preguntando por blanqueo de capitales o otras cosas. Ejemplo 4.2 del post inicial, venta parcial |
02-ene-2018 01:44
#134
|
|
02-ene-2018 01:47
#135
|
Es que la tarjeta esa puede ser física (para sacar dinero en cajero o comprar en comercios) o virtual (comprar desde internet, sin retirar efectivo) https://wirexapp.com/es-es/ Qué opinas al respecto?
Un follón de cuidado. |
02-ene-2018 14:59
#136
| Alguien con una plantilla excel, para ir pasando los datos de los exchanges al excel? |
02-ene-2018 23:17
#138
|
Buenas shur, (*) NOTA: En caso de operarse varias criptomonedas hay que dividir los precios de adquisición y transmisión entre cada una, y deberían ser declaradas por separado.
¿Debo declarar algo ahora mismo teniendo en cuenta que hablamos de cantidades tan pequeñas? Si esta inversión inicial algún día se multiplicara por 100 o por 1000 en forma de beneficios (cosa improbable pero ojalá), ¿tendría problemas por no haber declarado nada a día de hoy? Aclaro que la extacción o venta del 60% se hizo todavía en 2017. ¿Puedo simplificar la operativa basándome en el precio de, por ejemplo, Bitcoin? Porque por ejemplo en Coinbase puedes comprar directamente BTC o ETH pero en Kraken primero metes euros y luego ya con ellos compras lo que quieres. ¿Es viable hacer un stack o montante total de compra y de venta para simplificar la operativa? No sé si me explico. Además entre medias, cada vez que cambio de exchange hay comisiones por transferencia. Sacar un Excel con TODOS los movimientos es algo ridículo! Gracias de antemano. Un saludo. |
Editado: 02-ene-2018 23:48 -
03-ene-2018 01:20
#140
| Si compro bitcoin con FIAT y luego paso de bitcoin a eth, y vendo eth por euros. Cual sería el precio de adquisicion de eth? 0? porque realmente he comprado bitcoin... |
03-ene-2018 12:20
#141
|
Mi caso. Compre en agosto 1350 IOTA. He ido tradeando hasta quedarme con 2200 IOTA, que es la cuantía de cripto que tengo actualmente. Mi duda es: tendré que declarar esa ganancia este año, o solamente cuando me lleguen los euros a mí cuenta bancaria? Saludos y muchas gracias por el post |
03-ene-2018 12:34
#142
|
@Topitok ante todo muchísimas gracias por currarte este tema, que será de ayuda para muchos. Me gustaría preguntarte algo: actualmente trabajo y vivo en Luxemburgo, donde pago mis impuestos. En España no pago ningún impuesto de mi salario y recibo todo mi dinero en la cuenta bancaria española proveniente de mi salario (PWC ya se encargó de rellenar y enviar los formularios correspondientes). Si yo cobro los BTC en Luxemburgo, donde no pagaría ningún impuesto: a) ¿Debería declarar la cuenta en el extranjero, si digamos me hago con 1M de €? b) ¿Podría enviar mis BTC a un banco español desde el luxemburgués dado a que yo soy residente fiscal en Luxemburgo y es ahí donde pago los impuestos? ¡Gracias! |
03-ene-2018 13:10
#143
|
Mi caso. Compre en agosto 1350 IOTA. He ido tradeando hasta quedarme con 2200 IOTA, que es la cuantía de cripto que tengo actualmente.
Mi duda es: tendré que declarar esa ganancia este año, o solamente cuando me lleguen los euros a mí cuenta bancaria? Saludos y muchas gracias por el post @Topitok ante todo muchísimas gracias por currarte este tema, que será de ayuda para muchos. Me gustaría preguntarte algo: actualmente trabajo y vivo en Luxemburgo, donde pago mis impuestos. En España no pago ningún impuesto de mi salario y recibo todo mi dinero en la cuenta bancaria española proveniente de mi salario (PWC ya se encargó de rellenar y enviar los formularios correspondientes). Si yo cobro los BTC en Luxemburgo, donde no pagaría ningún impuesto:
a) ¿Debería declarar la cuenta en el extranjero, si digamos me hago con 1M de €? b) ¿Podría enviar mis BTC a un banco español desde el luxemburgués dado a que yo soy residente fiscal en Luxemburgo y es ahí donde pago los impuestos? ¡Gracias! |
03-ene-2018 13:12
#144
| Incluso si paso el dinero a una cuenta española? Eso es lo que me preguntaba. Si le saco rendimiento en un depósito ahí sí que tendría que pagar impuestos. |
03-ene-2018 13:43
#146
|
USD o Tether USD? |
03-ene-2018 13:55
#148
| Técnincamente al pasar a FIAT deberías de declarar los USD que has ganado pasados a euros, pero no es fácil, ya que el par EUR/USD va fluctuando. Además, Montoro no tiene constancia de esos movimientos, por lo que yo en tu lugar lo que haría es declarar únicamente lo que pases a EUROS, que es tu divisa de origen. Hacienda no te va a decir nada ya que si declaras de golpe acabas pagando más impuestos que si lo divides por ejercicios, ya que los tipos marginales van aumentando con la cantidad de la plusvalía. |
03-ene-2018 14:01
#149
|
Técnincamente al pasar a FIAT deberías de declarar los USD que has ganado pasados a euros, pero no es fácil, ya que el par EUR/USD va fluctuando. Además, Montoro no tiene constancia de esos movimientos, por lo que yo en tu lugar lo que haría es declarar únicamente lo que pases a EUROS, que es tu divisa de origen. Hacienda no te va a decir nada ya que si declaras de golpe acabas pagando más impuestos que si lo divides por ejercicios, ya que los tipos marginales van aumentando con la cantidad de la plusvalía.
|
03-ene-2018 15:44
#150
|
Muchísimas gracias por la información, he ganado algo de pasta y quiero dejarlo todo legal en la declaración de la renta este año para quitarme de líos futuros, porque conociendo a Montoro tarde o temprano va a venir a pedir su parte. Me surge una duda sobre las comisiones de los exchanges para calcular la plusvalia. Pongo un ejemplo exagerado para que se entienda bien, supongamos que soy un patoso y he comprado 500€ en Coinbase pagados con tarjeta de credito, esto lleva ligada una comisión del 4% (20€) por lo que realmente compro solo 480€ en Bitcoin, pasados unos días se revaloriza hasta 550€ y lo vendo, en este caso me aplican una comisión (creo) del 2%, se me queda en 539€, cojo mis euros y los saco al banco. Mi duda es, las comisiones deben considerarse para estos cálculos? la plusvalía sería 539-480? 550-500? Luego tambien está el tema de la obligatoriedad de hacer la declaración de la renta, por mi sueldo no estoy obligado a hacerla, mientras mi beneficio con el Bitcoin en 2017 haya sido inferior a 5500€ sigue sin ser obligatorio que la haga, no es así? |