Mini-guía de FISCALIDAD en CRIPTODIVISAS
Tema Cerrado
29-dic-2017 02:30
#61
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Lo primero de todo, Muchas gracias por el aporte. Yo también entiendo del tema fiscal y me ha parecido genial. Ha quedado muy claro y seguro que ayuda a mucha gente.
Como bien dices, con la norma en la mano, y como he comentando en otro post, la teoría dice que pasas por caja cuando cambias a euros, independientemente que los dejes en el Exchange o les retires a la cuenta bancaria. Y estoy de acuerdo contigo en que sería razonable y lógico tributar con la vuelta de fondos a la cuenta. Y contestando alguna duda que hay: Si se holdea y se dejan las cripto en un Exchange (o incluso comprando y vendiendo diferentes criptos) no hay que tributar. Para completar la info: Hay una consulta de la Dirección General de Tributos que dice: "las ganancias o pérdidas patrimoniales se imputarán al período impositivo en que tenga lugar la alteración patrimonial. Ahora bien, lo señalado anteriormente sólo procederá si la conversión de la divisa es a euros". Suponiendo que las criptomonedas se consideren divisas (que no es descabellado, ya que Hacienda considera al Bitcoin como un medio de pago) sólo habría tribulación en la vuelta a quros |
Editado: 29-dic-2017 02:35 -
29-dic-2017 02:31
#63
| Mientras no saques FIAT no debería haber problema. La fiscalidad nunca ayuda al trader porque la tributación no se difiere. |
29-dic-2017 02:32
#64
| Es una duda irresoluta. Creo que alguien ha planteado consulta tributaria escrita al respecto, así que habrá que estar a lo que diga la Dirección General de Tributos. |
29-dic-2017 02:33
#65
| Lo que he dicho a otros, perfectamente legal siempre que se declare, si no se declara infracción o delito dependiendo de la cuota defraudada. Cada uno que obre en conciencia. |
29-dic-2017 03:17
#67
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Es decir ¿cuánto pagas de impuestos si gastas 4000€ entre el aparato y la electricidad y te ganas 4000€ ? |
29-dic-2017 03:19
#68
| El aparato se amortiza en un período de tiempo. De todas maneras esto es mucho más complejo, no puede hacerse una estimación. También hay que pagar autónomos y declarar IVA. |
29-dic-2017 05:32
#70
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Poco ha tardado un funcionario de la AEAT en venir a recordarnos a los pequeños inversores que se dejen de soñar y que nos caerá una sanción si no pagamos nuestros impuestos puntualmente. Añade en tu disclaimer que naturalmente si alguien es político, banquero o familiar de alguien importante puede hacer lo que quiera y si por desgracia la justicia le procesa será una multa de chiste comparado con lo defraudado. |
29-dic-2017 11:42
#73
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Poco ha tardado un funcionario de la AEAT en venir a recordarnos a los pequeños inversores que se dejen de soñar y que nos caerá una sanción si no pagamos nuestros impuestos puntualmente.
Añade en tu disclaimer que naturalmente si alguien es político, banquero o familiar de alguien importante puede hacer lo que quiera y si por desgracia la justicia le procesa será una multa de chiste comparado con lo defraudado. |
29-dic-2017 11:47
#74
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Tranquilo, todas las opiniones son siempre bienvenidas. Yo solo he creado el hilo para ayudar en algo que para mucha gente es una cruz, declarar los rendimientos de estas inversiones tan complejas. Si alguien prefiere hacerlo de otro modo, o directamente no hacerlo, no seré yo quien lo juzgue. |
29-dic-2017 12:13
#75
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textualmente dice: "Según el artículo 14.1 c) de la LIRPF, "las ganancias o pérdidas patrimoniales se imputarán al período impositivo en que tenga lugar la alteración patrimonial". Ahora bien, lo señalado anteriormente sólo procederá si la conversión de la divisa es a euros. En caso contrario, es decir, cuando lo recibido sean divisas, el resultado derivado de las diferencias de cambio no se imputará hasta el momento en que ese cambio se realice efectivamente" Gracias por la invitación a colaborar, así lo haré en lo que pueda (y cuando pueda) |
29-dic-2017 12:18
#76
| Si tu ganas Hacienda gana. Si tu pierdes también. Que pasará si tienes un 2018 espectacular y pincha la burbuja en 2019 como dice maverick? Tus criptos pasarán a valer cero pero para mayo te vendrá el palo de impuestos por los beneficios del año pasado y a ver si te hace ilusión pagarlos. Debes de ser el típico niño con 200 euros en esto para pensar que la Agencia Tributaria viene a hacerte el favor en nada. |
29-dic-2017 12:29
#77
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La consulta que decía es: Consulta Vinculante D.G.T. de 2 de septiembre de 2010. IRPF. Integración y compensación de rentas
textualmente dice: "Según el artículo 14.1 c) de la LIRPF, "las ganancias o pérdidas patrimoniales se imputarán al período impositivo en que tenga lugar la alteración patrimonial". Ahora bien, lo señalado anteriormente sólo procederá si la conversión de la divisa es a euros. En caso contrario, es decir, cuando lo recibido sean divisas, el resultado derivado de las diferencias de cambio no se imputará hasta el momento en que ese cambio se realice efectivamente" Gracias por la invitación a colaborar, así lo haré en lo que pueda (y cuando pueda) A ver si la DGT se pronuncia pronto al respecto. |
29-dic-2017 12:47
#79
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Una última pregunta. Si yo quisiera regalar criptomonedas a alguien o algún amigo me pide que le compre algunas y esas criptomonedas se revalorizan, ¿cómo se tributaría eso tanto para el que las compra como para el que las recibe? |
29-dic-2017 12:51
#80
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No entiendo lo de la tributación no se difiere.
Creo que deberían adaptarse a los que operan habitualmente, porque lo que dan ganas es de no declarar nada con el engorro que supone actualmente. La mayoría de gente no compra bitcoins y se olvida de todo 5 años hasta que lo vende, solo tienes que pasarte por inverforo, continuamente pegamos saltos de una crypto a otra. Entre ellas es muy difícil declarar las operaciones,así que yo me decanto por declarar las extracciones en euros. |
29-dic-2017 12:55
#81
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De ser así mucha gente tirará de cajeros para retirar.
Una última pregunta. Si yo quisiera regalar criptomonedas a alguien o algún amigo me pide que le compre algunas y esas criptomonedas se revalorizan, ¿cómo se tributaría eso tanto para el que las compra como para el que las recibe? Si las compras tú y las vende él porque le das, por ejemplo, la clave de tu wallet, habría una donación que debería ser declarada como tal. Tú tendrías una ganancia o pérdida patrimonial en el momento de la donación (aunque te quedes sin monedas debes declarar lo que has ganado con ellas hasta ese momento) y tu amigo pagaría el impuesto de sucesiones y donaciones. |
29-dic-2017 13:06
#82
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por favor @Topitok en primer lugar darte las gracias por tu hilo pero te cuento un poco mi caso a ver tu que opinas, porque estoy hecho un lio. en este año 2017 hice dos transferencias a dos exchanges para la compra de bitcoins por valor de 13000 euros y con ellos estuve vendiendo y comprando en unas cuantas ocasiones con un beneficio sano de unos 6000 euros , a dia de hoy los 13000 de inversion los tengo metidos en bitcoin sin vender, me mantengo en hold , pero esos 6000 euros de ganancia sana si me los traje de vuelta a mis cuentas bancarias (de dos bancos) . mi pregunta es: debo declarar esos 6000 euros o como no supera la cantidad de mi inversión inicial (13000 euros) no se considera aun ganancia? muchas gracias. |
29-dic-2017 13:06
#83
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Si por ejemplo compro 5000€ de BTC en 2017 pero no saco nada a fiat. Entiendo que en 2017 no tendria que tributar nada. Si en 2018 saco a fiat 6000€, cuanto tendria que tributar?1000€ ya que son las ganancias? |
29-dic-2017 13:13
#84
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por favor @Topitok en primer lugar darte las gracias por tu hilo pero te cuento un poco mi caso a ver tu que opinas, porque estoy hecho un lio.
en este año 2017 hice dos transferencias a dos exchanges para la compra de bitcoins por valor de 13000 euros y con ellos estuve vendiendo y comprando en unas cuantas ocasiones con un beneficio sano de unos 6000 euros , a dia de hoy los 13000 de inversion los tengo metidos en bitcoin sin vender, me mantengo en hold , pero esos 6000 euros de ganancia sana si me los traje de vuelta a mis cuentas bancarias (de dos bancos) . mi pregunta es: debo declarar esos 6000 euros o como no supera la cantidad de mi inversión inicial (13000 euros) no se considera aun ganancia? muchas gracias. Si metiste 13000 y sacas 6000 es porque tenías 19.000. Esto es, has sacado 6000/19000=31,5% aprox. El precio de adquisición, sin tener datos de precios de compra y demás, sería aproximadamente de 13.000x31,5%=4100 aprox. Tu plusvalía sería de 6000-4100= 1900 euros, que es lo que deberías declarar como beneficio este año. Todo esto a falta de datos exactos para calcular fifo, porque el precio del bitcoin ha podido variar mucho entre cada transferencia que hiciste para comprarlos. |
29-dic-2017 13:14
#85
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Si los 6000 son procedentes de la venta solo de una parte, pues en proporción como en el ejemplo 4.2 |
29-dic-2017 13:17
#87
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Es ganancia claro, en tu caso tendrías que hacer los cálculos del ejemplo 4.4, esto es, calcular el precio de adquisición de esos 6.000 euros por FIFO.
Si metiste 13000 y sacas 6000 es porque tenías 19.000. Esto es, has sacado 6000/19000=31,5% aprox. El precio de adquisición, sin tener datos de precios de compra y demás, sería aproximadamente de 13.000x31,5%=4100 aprox. Tu plusvalía sería de 6000-4100= 1900 euros, que es lo que deberías declarar como beneficio este año. Todo esto a falta de datos exactos para calcular fifo, porque el precio del bitcoin ha podido variar mucho entre cada transferencia que hiciste para comprarlos. de todas formas ya con tu ejemplo haré las cuentas bien echas, muchas gracias. |
29-dic-2017 13:19
#88
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Si solo holdeas y no superas los 50.000 euros nada (si superas cabe la duda de si habría que presentar modelo 720).
Si cuando vendas ingresas en una cuenta extranjera y no declaras estarías evadiendo impuestos y capitales al ser residente fiscal español. Si ingresas en esos lugares pero lo declaras ningún problema. Tengo entendido de que son paraisos fiscales no? |
29-dic-2017 13:21
#89
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De todas maneras si ganas 2 millones de dólares prefieres ingresarlos en Andorra para no pagar ni un euro? Yo prefiero pagar medio millón y disfrutar el resto que no pagar nada y estar toda la vida huyendo, con ciudado de no ostentar, comprarme una casa o el coche que me apetezca por miedo a ser descubierto y no poder demostrar el origen del dinero con el que los compré. Para pequeñas cantidades olvídate de abrir cuenta en esos lugares. |
Editado: 29-dic-2017 13:27 -
29-dic-2017 16:19
#90
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Si tu ganas Hacienda gana. Si tu pierdes también. Que pasará si tienes un 2018 espectacular y pincha la burbuja en 2019 como dice maverick? Tus criptos pasarán a valer cero pero para mayo te vendrá el palo de impuestos por los beneficios del año pasado y a ver si te hace ilusión pagarlos. Debes de ser el típico niño con 200 euros en esto para pensar que la Agencia Tributaria viene a hacerte el favor en nada.
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Editado: 29-dic-2017 18:01 -