Mini-guía de FISCALIDAD en CRIPTODIVISAS

Tema Cerrado
Topitok
Hu haaaaa!!!
#61
Cita de THOR_IBIO
Lo primero de todo, Muchas gracias por el aporte. Yo también entiendo del tema fiscal y me ha parecido genial. Ha quedado muy claro y seguro que ayuda a mucha gente.

Como bien dices, con la norma en la mano, y como he comentando en otro post, la teoría dice que pasas por caja cuando cambias a euros, independientemente que los dejes en el Exchange o les retires a la cuenta bancaria. Y estoy de acuerdo contigo en que sería razonable y lógico tributar con la vuelta de fondos a la cuenta.

Y contestando alguna duda que hay: Si se holdea y se dejan las cripto en un Exchange (o incluso comprando y vendiendo diferentes criptos) no hay que tributar.

Para completar la info: Hay una consulta de la Dirección General de Tributos que dice: "las ganancias o pérdidas patrimoniales se imputarán al período impositivo en que tenga lugar la alteración patrimonial. Ahora bien, lo señalado anteriormente sólo procederá si la conversión de la divisa es a euros".

Suponiendo que las criptomonedas se consideren divisas (que no es descabellado, ya que Hacienda considera al Bitcoin como un medio de pago) sólo habría tribulación en la vuelta a quros
Gracias por tus apuntes shur, si pudieras localizar esa consulta te estaría muy agradecido. Si quieres colaborar en el hilo estás invitado a ello.
jack filete
ForoCoches: Miembro
#62
sitio para luego
Topitok
Hu haaaaa!!!
#63
Cita de Buscachollos
Shur me da la sensación de que la fiscalidad no ayuda nada al trader, yo tengo cerca de 160 operaciones y no se como coño voy a declararlo todo
Mientras no saques FIAT no debería haber problema. La fiscalidad nunca ayuda al trader porque la tributación no se difiere.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#64
Cita de Pegasa
Gracias, Pda cómo así piensas que hay que presentar 720?? La gracia de esto es su descentralizacion, técnicamente no están en el extranjero ni aunque estén en los exchange.
Es una duda irresoluta. Creo que alguien ha planteado consulta tributaria escrita al respecto, así que habrá que estar a lo que diga la Dirección General de Tributos.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#65
Cita de NeoSky
cuenta en andorra o gibraltar y listo
Lo que he dicho a otros, perfectamente legal siempre que se declare, si no se declara infracción o delito dependiendo de la cuota defraudada. Cada uno que obre en conciencia.
rellotge34
ForoCoches: Miembro
#66
mis 10 shur, seguro que vas a salvar a muchos shures!
skanfc3
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#67
Cita de Topitok
Como cualquier empresa, ingresos menos gastos y lo que salga. Pero claro, esos gastos hay que demostrarlos.
Pero sólo se desgrava un porcentaje de los gastos ¿No?
Es decir ¿cuánto pagas de impuestos si gastas 4000€ entre el aparato y la electricidad y te ganas 4000€ ?
Topitok
Hu haaaaa!!!
#68
Cita de skanfc3
Pero sólo se desgrava un porcentaje de los gastos ¿No?
Es decir ¿cuánto pagas de impuestos si gastas 4000€ entre el aparato y la electricidad y te ganas 4000€ ?
El aparato se amortiza en un período de tiempo. De todas maneras esto es mucho más complejo, no puede hacerse una estimación. También hay que pagar autónomos y declarar IVA.
PRNML
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#69
tema muy bueno y esencial para todos nosotros
Psycho Fox
ForoCoches: Miembro
#70
Poco ha tardado un funcionario de la AEAT en venir a recordarnos a los pequeños inversores que se dejen de soñar y que nos caerá una sanción si no pagamos nuestros impuestos puntualmente.

Añade en tu disclaimer que naturalmente si alguien es político, banquero o familiar de alguien importante puede hacer lo que quiera y si por desgracia la justicia le procesa será una multa de chiste comparado con lo defraudado.
RandyFoye
ForoCoches: Miembro
#71
Que top joder. Mis 10 al OP
razli
ForoCoches: Miembro
#72
chincheta
Bladen
ForoCoches: Miembro
#73
Cita de Psycho Fox
Poco ha tardado un funcionario de la AEAT en venir a recordarnos a los pequeños inversores que se dejen de soñar y que nos caerá una sanción si no pagamos nuestros impuestos puntualmente.

Añade en tu disclaimer que naturalmente si alguien es político, banquero o familiar de alguien importante puede hacer lo que quiera y si por desgracia la justicia le procesa será una multa de chiste comparado con lo defraudado.
Acuestate anda...encima que nos hace el favor vienes tu a dar por saco
Topitok
Hu haaaaa!!!
#74
Tranquilo, todas las opiniones son siempre bienvenidas.

Yo solo he creado el hilo para ayudar en algo que para mucha gente es una cruz, declarar los rendimientos de estas inversiones tan complejas. Si alguien prefiere hacerlo de otro modo, o directamente no hacerlo, no seré yo quien lo juzgue.
THOR_IBIO
ForoCoches: Usuario
#75
Cita de Topitok
Gracias por tus apuntes shur, si pudieras localizar esa consulta te estaría muy agradecido. Si quieres colaborar en el hilo estás invitado a ello.
La consulta que decía es: Consulta Vinculante D.G.T. de 2 de septiembre de 2010. IRPF. Integración y compensación de rentas

textualmente dice:
"Según el artículo 14.1 c) de la LIRPF, "las ganancias o pérdidas patrimoniales se imputarán al período impositivo en que tenga lugar la alteración patrimonial". Ahora bien, lo señalado anteriormente sólo procederá si la conversión de la divisa es a euros. En caso contrario, es decir, cuando lo recibido sean divisas, el resultado derivado de las diferencias de cambio no se imputará hasta el momento en que ese cambio se realice efectivamente"

Gracias por la invitación a colaborar, así lo haré en lo que pueda (y cuando pueda)
Psycho Fox
ForoCoches: Miembro
#76
Cita de Bladen
Acuestate anda...encima que nos hace el favor vienes tu a dar por saco
Si tu ganas Hacienda gana. Si tu pierdes también. Que pasará si tienes un 2018 espectacular y pincha la burbuja en 2019 como dice maverick? Tus criptos pasarán a valer cero pero para mayo te vendrá el palo de impuestos por los beneficios del año pasado y a ver si te hace ilusión pagarlos. Debes de ser el típico niño con 200 euros en esto para pensar que la Agencia Tributaria viene a hacerte el favor en nada.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#77
Cita de THOR_IBIO
La consulta que decía es: Consulta Vinculante D.G.T. de 2 de septiembre de 2010. IRPF. Integración y compensación de rentas

textualmente dice:
"Según el artículo 14.1 c) de la LIRPF, "las ganancias o pérdidas patrimoniales se imputarán al período impositivo en que tenga lugar la alteración patrimonial". Ahora bien, lo señalado anteriormente sólo procederá si la conversión de la divisa es a euros. En caso contrario, es decir, cuando lo recibido sean divisas, el resultado derivado de las diferencias de cambio no se imputará hasta el momento en que ese cambio se realice efectivamente"

Gracias por la invitación a colaborar, así lo haré en lo que pueda (y cuando pueda)
Muchas gracia compañero, en ese caso se corroboraría la teoría de que mientras se opere con cripotomonedas no se devenga el impuesto hasta su venta en euros, con independencia de cuando se transfieran dichos euros a España, aunque claro, en este caso habla únicamente de las diferencias de cambio.

A ver si la DGT se pronuncia pronto al respecto.
dany1669
ForoCoches: Miembro
#78
gracias por toda la información!
aLPhONeTiC
Sí, dime
#79
Cita de Topitok
Hoy por hoy no lo creo. Pero cuestión de tiempo, y Hacienda puede arrastrar cuatro años hacia atrás y hacerte un buen roto.
De ser así mucha gente tirará de cajeros para retirar.
Una última pregunta. Si yo quisiera regalar criptomonedas a alguien o algún amigo me pide que le compre algunas y esas criptomonedas se revalorizan, ¿cómo se tributaría eso tanto para el que las compra como para el que las recibe?
Topitok
Hu haaaaa!!!
#80
Cita de Buscachollos
No entiendo lo de la tributación no se difiere.
Creo que deberían adaptarse a los que operan habitualmente, porque lo que dan ganas es de no declarar nada con el engorro que supone actualmente.
La mayoría de gente no compra bitcoins y se olvida de todo 5 años hasta que lo vende, solo tienes que pasarte por inverforo, continuamente pegamos saltos de una crypto a otra.
Me refiero a que una vez extraes euros no puedes diferir la tributación comparando otras criptomonedas.

Entre ellas es muy difícil declarar las operaciones,así que yo me decanto por declarar las extracciones en euros.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#81
Cita de aLPhONeTiC
De ser así mucha gente tirará de cajeros para retirar.
Una última pregunta. Si yo quisiera regalar criptomonedas a alguien o algún amigo me pide que le compre algunas y esas criptomonedas se revalorizan, ¿cómo se tributaría eso tanto para el que las compra como para el que las recibe?
Si eres tú quien las compra y las vende eres tú quien tributa.

Si las compras tú y las vende él porque le das, por ejemplo, la clave de tu wallet, habría una donación que debería ser declarada como tal.

Tú tendrías una ganancia o pérdida patrimonial en el momento de la donación (aunque te quedes sin monedas debes declarar lo que has ganado con ellas hasta ese momento) y tu amigo pagaría el impuesto de sucesiones y donaciones.
bogieman
...............
#82
por favor @Topitok en primer lugar darte las gracias por tu hilo pero te cuento un poco mi caso a ver tu que opinas, porque estoy hecho un lio.

en este año 2017 hice dos transferencias a dos exchanges para la compra de bitcoins por valor de 13000 euros y con ellos estuve vendiendo y comprando en unas cuantas ocasiones con un beneficio sano de unos 6000 euros , a dia de hoy los 13000 de inversion los tengo metidos en bitcoin sin vender, me mantengo en hold , pero esos 6000 euros de ganancia sana si me los traje de vuelta a mis cuentas bancarias (de dos bancos) .

mi pregunta es:

debo declarar esos 6000 euros o como no supera la cantidad de mi inversión inicial (13000 euros) no se considera aun ganancia?

muchas gracias.
kbi
ForoCoches: Miembro
#83
Si por ejemplo compro 5000€ de BTC en 2017 pero no saco nada a fiat. Entiendo que en 2017 no tendria que tributar nada.

Si en 2018 saco a fiat 6000€, cuanto tendria que tributar?1000€ ya que son las ganancias?
Topitok
Hu haaaaa!!!
#84
Cita de bogieman
por favor @Topitok en primer lugar darte las gracias por tu hilo pero te cuento un poco mi caso a ver tu que opinas, porque estoy hecho un lio.

en este año 2017 hice dos transferencias a dos exchanges para la compra de bitcoins por valor de 13000 euros y con ellos estuve vendiendo y comprando en unas cuantas ocasiones con un beneficio sano de unos 6000 euros , a dia de hoy los 13000 de inversion los tengo metidos en bitcoin sin vender, me mantengo en hold , pero esos 6000 euros de ganancia sana si me los traje de vuelta a mis cuentas bancarias (de dos bancos) .

mi pregunta es:

debo declarar esos 6000 euros o como no supera la cantidad de mi inversión inicial (13000 euros) no se considera aun ganancia?

muchas gracias.
Es ganancia claro, en tu caso tendrías que hacer los cálculos del ejemplo 4.4, esto es, calcular el precio de adquisición de esos 6.000 euros por FIFO.

Si metiste 13000 y sacas 6000 es porque tenías 19.000. Esto es, has sacado 6000/19000=31,5% aprox.

El precio de adquisición, sin tener datos de precios de compra y demás, sería aproximadamente de 13.000x31,5%=4100 aprox.

Tu plusvalía sería de 6000-4100= 1900 euros, que es lo que deberías declarar como beneficio este año.

Todo esto a falta de datos exactos para calcular fifo, porque el precio del bitcoin ha podido variar mucho entre cada transferencia que hiciste para comprarlos.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#85
Cita de kbi
Si por ejemplo compro 5000€ de BTC en 2017 pero no saco nada a fiat. Entiendo que en 2017 no tendria que tributar nada.

Si en 2018 saco a fiat 6000€, cuanto tendria que tributar?1000€ ya que son las ganancias?
Si sacas 6000 vendiendo todos tus bitcoin sí.

Si los 6000 son procedentes de la venta solo de una parte, pues en proporción como en el ejemplo 4.2
Topitok
Hu haaaaa!!!
#86
Cita de Buscachollos
En resumen, que declare los beneficios y me olvidé de los saltos que he metido de una crypto a otra, ¿no?.
Yo haría eso, desde luego. De hecho es lo que voy a hacer.
bogieman
...............
#87
Cita de Topitok
Es ganancia claro, en tu caso tendrías que hacer los cálculos del ejemplo 4.4, esto es, calcular el precio de adquisición de esos 6.000 euros por FIFO.

Si metiste 13000 y sacas 6000 es porque tenías 19.000. Esto es, has sacado 6000/19000=31,5% aprox.

El precio de adquisición, sin tener datos de precios de compra y demás, sería aproximadamente de 13.000x31,5%=4100 aprox.

Tu plusvalía sería de 6000-4100= 1900 euros, que es lo que deberías declarar como beneficio este año.

Todo esto a falta de datos exactos para calcular fifo, porque el precio del bitcoin ha podido variar mucho entre cada transferencia que hiciste para comprarlos.
puf, ni te lo imaginas, la primera vez que compré un poco estaba a 3300 y lo ultimo que aún está metido lo compré a 13400 , con que fijate.

de todas formas ya con tu ejemplo haré las cuentas bien echas, muchas gracias.
Aldione
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#88
Cita de Topitok
Si solo holdeas y no superas los 50.000 euros nada (si superas cabe la duda de si habría que presentar modelo 720).

Si cuando vendas ingresas en una cuenta extranjera y no declaras estarías evadiendo impuestos y capitales al ser residente fiscal español. Si ingresas en esos lugares pero lo declaras ningún problema.
pero habria algun problema de que españa se entere?

Tengo entendido de que son paraisos fiscales no?
Topitok
Hu haaaaa!!!
#89
Cita de Aldione
pero habria algun problema de que españa se entere?

Tengo entendido de que son paraisos fiscales no?
Shur, si se entera Hacienda te crujen, si no, pues no.

De todas maneras si ganas 2 millones de dólares prefieres ingresarlos en Andorra para no pagar ni un euro?

Yo prefiero pagar medio millón y disfrutar el resto que no pagar nada y estar toda la vida huyendo, con ciudado de no ostentar, comprarme una casa o el coche que me apetezca por miedo a ser descubierto y no poder demostrar el origen del dinero con el que los compré.

Para pequeñas cantidades olvídate de abrir cuenta en esos lugares.
Bladen
ForoCoches: Miembro
#90
Cita de Psycho Fox
Si tu ganas Hacienda gana. Si tu pierdes también. Que pasará si tienes un 2018 espectacular y pincha la burbuja en 2019 como dice maverick? Tus criptos pasarán a valer cero pero para mayo te vendrá el palo de impuestos por los beneficios del año pasado y a ver si te hace ilusión pagarlos. Debes de ser el típico niño con 200 euros en esto para pensar que la Agencia Tributaria viene a hacerte el favor en nada.
Si ya lo se que los de hacienda son unos ladrones de mierda,solo digo que el compañero nos esta ayudando.
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