[HILO OFICIAL] Indexa Capital: carteras de fondos indexados y de planes de pensiones
24-feb-2025 11:56
#12061
|
Lo bueno de esa manera es que tú te has librado de pagar impuestos por el beneficio de esos 150k porque no los vendiste en vida. |
24-feb-2025 11:57
#12062
|
si no me equivoco. yo puedo comprar participaciones en un fondo (a mi nombre) y el fondo va generando beneficios que se vuelven a reinvertir en el fondo sin yo tocar un duro (acumulación). yo me muero, mis hijos heredan el fondo, no pagan nada hasta que no saquen el dinero (vendan participaciones)
|
24-feb-2025 12:02
#12063
|
Si el fondo está a su nombre desde el principio no se consideraría donación. Solo serías el representante legal hasta que sea mayor de edad.
No sería lo mismo abrir el fondo a tu nombre y luego darle el dinero (si es una cantidad grande). En ese caso sí sería donación (impuestos). https://www.ing.es/ennaranja/finanza...muerto-que-es/ |
24-feb-2025 12:06
#12064
|
Resumen de la "Plusvalía del Muerto" (chatgpt) La "plusvalía del muerto" es una ventaja fiscal en España que elimina el pago del IRPF por las ganancias acumuladas en inversiones cuando el titular fallece y los herederos las reciben. ¿Cómo funciona? El fallecido tenía inversiones (fondos de inversión, acciones, etc.) que habían generado plusvalías. Los herederos reciben las inversiones al valor de mercado en la fecha del fallecimiento. No pagan IRPF por la revalorización acumulada, ya que Hacienda "resetea" el precio de compra. Solo pagarán IRPF si venden las inversiones más adelante, calculando la ganancia desde el valor en el momento de la herencia. Ejemplo práctico Una persona compra un fondo por 10.000 €, que se revaloriza a 20.000 €. Fallece y su hijo hereda el fondo con un valor de 20.000 €. No paga IRPF por los 10.000 € de plusvalía acumulada. Si luego vende el fondo por 25.000 €, solo pagará IRPF por la ganancia de 5.000 € (de 20.000 € a 25.000 €). Beneficio principal Permite transmitir inversiones sin pagar IRPF por las ganancias acumuladas, aunque los herederos sí deben tributar por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) según su comunidad autónoma. |
24-feb-2025 12:11
#12065
|
Si el fondo está a su nombre desde el principio no se consideraría donación. Solo serías el representante legal hasta que sea mayor de edad.
No sería lo mismo abrir el fondo a tu nombre y luego darle el dinero (si es una cantidad grande). En ese caso sí sería donación (impuestos). Eso pienso yo. Deberían pagar por todo. Si no, cuando quiera darles todo el dinero les abro una cuenta en indexa, pongo 200k y al año que lo saquen todo,y no pagarían impuesto de donación de esos 200k? No tiene mucho sentido o estoy un poco espeso esta mañana y no lo pillo jajaja |
24-feb-2025 12:14
#12066
|
La plusvalía del muerto no tiene nada que ver con crearle un fondo de pensiones a tu hijo menor de edad a efectos de donación.
Resumen de la "Plusvalía del Muerto" (chatgpt) La "plusvalía del muerto" es una ventaja fiscal en España que elimina el pago del IRPF por las ganancias acumuladas en inversiones cuando el titular fallece y los herederos las reciben. ¿Cómo funciona? El fallecido tenía inversiones (fondos de inversión, acciones, etc.) que habían generado plusvalías. Los herederos reciben las inversiones al valor de mercado en la fecha del fallecimiento. No pagan IRPF por la revalorización acumulada, ya que Hacienda "resetea" el precio de compra. Solo pagarán IRPF si venden las inversiones más adelante, calculando la ganancia desde el valor en el momento de la herencia. Ejemplo práctico Una persona compra un fondo por 10.000 €, que se revaloriza a 20.000 €. Fallece y su hijo hereda el fondo con un valor de 20.000 €. No paga IRPF por los 10.000 € de plusvalía acumulada. Si luego vende el fondo por 25.000 €, solo pagará IRPF por la ganancia de 5.000 € (de 20.000 € a 25.000 €). Beneficio principal Permite transmitir inversiones sin pagar IRPF por las ganancias acumuladas, aunque los herederos sí deben tributar por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) según su comunidad autónoma. Entonces si fuera en vida si que pagarían por todo no? Decías que no ![]() La duda inicial es estando en vida, no muerto jajajajaja |
Editado: 24-feb-2025 12:28 -
24-feb-2025 12:15
#12067
| Porque aunque tú hagas las aportaciones mensuales, el dinero pertenece legalmente a tu hijo. No hay un "traspaso" de patrimonio posterior, sino que el dinero está a su nombre desde el primer momento. |
24-feb-2025 12:20
#12068
![]() Y si en vez de darle los 200k en mano se lo meto en un fondo y lo saca un mes después tampoco paga? no le veo sentido jajajaja pero debo ser yo que no tengo ni puta idea de estas cosas
|
24-feb-2025 12:34
#12069
![]() Te pongo una respuesta a este planteamiento por si te ayuda: ¿Por qué no se consideraría donación si primero transfieres el dinero a una cuenta a nombre de tu hijo? ✅ Paso correcto (NO es donación) 1. Tú tienes 200.000 € en tu cuenta personal. 2. Abres una cuenta bancaria a nombre de tu hijo (como menor, tú eres su tutor legal). 3. Haces una transferencia a su cuenta bancaria. - Este es el punto clave: Si Hacienda investigara, podrías justificar que se trata de una asignación patrimonial para su mantenimiento y futuro, algo que los padres pueden hacer sin que se considere donación en la mayoría de los casos. 4. Desde su cuenta bancaria, inviertes en el fondo indexado a su nombre. ➡ Resultado: Como el dinero ya estaba a nombre de tu hijo antes de invertir, Hacienda no ve una transmisión posterior ni un acto de donación en el momento de la retirada del dinero. --- ❌ Alternativa que sí se consideraría donación 1. El dinero sigue en tu cuenta personal. 2. Contratas directamente un fondo a nombre de tu hijo con ese dinero. 3. Hacienda puede ver esto como una donación, porque en ese momento estás transfiriendo dinero de tu propiedad a otra persona sin contraprestación. ➡ Problema: En este caso, podría aplicarse el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD). --- 🔹 ¿Por qué es diferente el primer caso? - Los padres pueden administrar y asignar patrimonio a sus hijos sin que se considere donación, siempre que sea coherente con su mantenimiento y educación. - En muchos casos, Hacienda no lo considera una donación si el dinero se destina a su educación o futuro financiero y se mantiene bajo control del tutor legal. - Si el dinero ya está a nombre del hijo antes de invertir, se entiende que pertenece a él, y la inversión solo es una decisión de gestión. 💡 Conclusión: ✔ Si primero lo transfieres a su cuenta y luego inviertes desde ahí, NO es donación. ❌ Si lo inviertes directamente desde tu cuenta a su nombre, sí podría considerarse donación. |
24-feb-2025 12:35
#12070
|
Edito: ya he visto que se ha tratado, sorry, pregunté antes de leer todo |
Editado: 24-feb-2025 12:38 -
24-feb-2025 12:42
#12071
|
Yo también estoy indagando al mismo tiempo shur. La info la saco de chatgpt para aclararme yo también
![]() Te pongo una respuesta a este planteamiento por si te ayuda: ¿Por qué no se consideraría donación si primero transfieres el dinero a una cuenta a nombre de tu hijo? Paso correcto (NO es donación) 1. Tú tienes 200.000 € en tu cuenta personal. 2. Abres una cuenta bancaria a nombre de tu hijo (como menor, tú eres su tutor legal). 3. Haces una transferencia a su cuenta bancaria. - Este es el punto clave: Si Hacienda investigara, podrías justificar que se trata de una asignación patrimonial para su mantenimiento y futuro, algo que los padres pueden hacer sin que se considere donación en la mayoría de los casos. 4. Desde su cuenta bancaria, inviertes en el fondo indexado a su nombre. Resultado: Como el dinero ya estaba a nombre de tu hijo antes de invertir, Hacienda no ve una transmisión posterior ni un acto de donación en el momento de la retirada del dinero. --- Alternativa que sí se consideraría donación 1. El dinero sigue en tu cuenta personal. 2. Contratas directamente un fondo a nombre de tu hijo con ese dinero. 3. Hacienda puede ver esto como una donación, porque en ese momento estás transfiriendo dinero de tu propiedad a otra persona sin contraprestación. Problema: En este caso, podría aplicarse el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD). --- ¿Por qué es diferente el primer caso? - Los padres pueden administrar y asignar patrimonio a sus hijos sin que se considere donación, siempre que sea coherente con su mantenimiento y educación. - En muchos casos, Hacienda no lo considera una donación si el dinero se destina a su educación o futuro financiero y se mantiene bajo control del tutor legal. - Si el dinero ya está a nombre del hijo antes de invertir, se entiende que pertenece a él, y la inversión solo es una decisión de gestión. Conclusión: Si primero lo transfieres a su cuenta y luego inviertes desde ahí, NO es donación. Si lo inviertes directamente desde tu cuenta a su nombre, sí podría considerarse donación. |
24-feb-2025 12:46
#12072
|
Podría enterarse por quien gestiona el fondo (por ej Indexa), pero si la intención es escondérselo para que no lo toque al cumplir los 18, cualquier contacto (email, tel) lo has creado tú para ti, no para él, y por tanto no recibiría ninguna notificación. 📌 ¿Se enterará tu hijo del fondo cuando cumpla 18 años? ✅ No recibirá emails ni llamadas de Indexa, ya que usaste tu correo y teléfono. ✅ No tendrá acceso a la cuenta si no le das las credenciales. ✅ Hacienda no lo notificará si no vende participaciones. ✅ No aparecerá en su información fiscal hasta que haga su primera declaración de la renta y consulte los datos. --- 📌 ¿Cuándo podría descubrirlo? 1️⃣ Si en algún momento intenta hacer su declaración de la renta y consulta sus datos fiscales. - Aunque el fondo sea de acumulación y no genere rendimientos visibles, podría ver que tiene activos financieros. - Si nunca consulta su información fiscal, nunca lo sabrá. 2️⃣ Si en el futuro necesitas cambiar el titular del correo o teléfono en Indexa. - Mientras mantengas los datos de contacto a tu nombre, él no recibirá notificaciones. 3️⃣ Si algún día necesita hacer trámites financieros y descubre que tiene una cuenta de inversión. - Esto solo ocurrirá si alguna vez pide un informe bancario o de patrimonio. --- 📌 Conclusión Final ✔ Mientras el email y el teléfono sigan siendo tuyos, él no recibirá información de Indexa. ✔ Si nunca revisa su información fiscal en Hacienda, puede no enterarse durante décadas. ✔ Si no vendes participaciones, no se generan impuestos visibles en la renta. ✔ El único riesgo real es que algún día revise su declaración de la renta o haga trámites que revelen el fondo. 💡 Si el objetivo es que no lo toque hasta mucho más adelante, tu estrategia es efectiva. Mientras no haga una consulta fiscal o bancaria, no lo descubrirá. 🚀 |
24-feb-2025 12:48
#12073
| Hasta los huevos de Myinvestor y los problemas a diario. Por aquí uno que apenas tenga la cuenta activada lo pasa todo a IC. |
24-feb-2025 12:53
#12074
|
Si no vendes participaciones no (si no lo tocas y dejas que se acumule, no).
Podría enterarse por quien gestiona el fondo (por ej Indexa), pero si la intención es escondérselo para que no lo toque al cumplir los 18, cualquier contacto (email, tel) lo has creado tú para ti, no para él, y por tanto no recibiría ninguna notificación. ¿Se enterará tu hijo del fondo cuando cumpla 18 años? No recibirá emails ni llamadas de Indexa, ya que usaste tu correo y teléfono. No tendrá acceso a la cuenta si no le das las credenciales. Hacienda no lo notificará si no vende participaciones. No aparecerá en su información fiscal hasta que haga su primera declaración de la renta y consulte los datos. --- ¿Cuándo podría descubrirlo? 1️⃣ Si en algún momento intenta hacer su declaración de la renta y consulta sus datos fiscales. - Aunque el fondo sea de acumulación y no genere rendimientos visibles, podría ver que tiene activos financieros. - Si nunca consulta su información fiscal, nunca lo sabrá. 2️⃣ Si en el futuro necesitas cambiar el titular del correo o teléfono en Indexa. - Mientras mantengas los datos de contacto a tu nombre, él no recibirá notificaciones. 3️⃣ Si algún día necesita hacer trámites financieros y descubre que tiene una cuenta de inversión. - Esto solo ocurrirá si alguna vez pide un informe bancario o de patrimonio. --- Conclusión Final Mientras el email y el teléfono sigan siendo tuyos, él no recibirá información de Indexa. Si nunca revisa su información fiscal en Hacienda, puede no enterarse durante décadas. Si no vendes participaciones, no se generan impuestos visibles en la renta. El único riesgo real es que algún día revise su declaración de la renta o haga trámites que revelen el fondo. Si el objetivo es que no lo toque hasta mucho más adelante, tu estrategia es efectiva. Mientras no haga una consulta fiscal o bancaria, no lo descubrirá. Ya iremos viendo como progresa esta juventud
|
24-feb-2025 12:56
#12075
| jajajajajajaaj, yo intenté instalar la app hace unos meses para invertir en oro y crypto y durante el registro ya se colgó. La desinstalé y mandé a tomar por culo MY |
24-feb-2025 13:02
#12076
|
El único problema que veo es que cuando te sientes con tu hij@ a explicarle todo, porque ya lo ves maduro para entenderlo, y crees que es responsable...le enseñas su cuenta y ve 50k...y dice: ostias, mañana me pillo un mustang y me voy de putas jajajajajaja.
Ya iremos viendo como progresa esta juventud ![]() |
24-feb-2025 13:11
#12077
|
Yo debo decir que por más de 1 año muy contento. Con sus más y sus menos pero cuando la necesitaba para mis aportaciones, nunca tenía problemas. Esto, la flexibilidad para los fondos, comisiones bajas, el tema de los préstamos, bizum ahora, me parece una pasada de plataforma. Pero es que ultimamente ya han sobrepasado el límite. Más de 1 mes sin poder operar (comprar/aportar), mil llamadas a soporte esperando horas sin que me sepan dar respuesta. Myinvestor es el ejemplo perfecto de una plataforma horrendamente gestionada que no les importa una mierda los clientes. Tienen tantos, con tan poco dinero ahí, que les importa un comino el resto. En fin... que se vayan a cagar. |
24-feb-2025 15:39
#12079
|
El único problema que veo es que cuando te sientes con tu hij@ a explicarle todo, porque ya lo ves maduro para entenderlo, y crees que es responsable...le enseñas su cuenta y ve 50k...y dice: ostias, mañana me pillo un mustang y me voy de putas jajajajajaja.
Ya iremos viendo como progresa esta juventud ![]() |
24-feb-2025 16:03
#12080
| Esto es lo que pretendo conseguir aunque los míos aún son un poco pequeños. El de 10 años sí que me da todas las estrenas, etc para que se lo ponga en el banco pero con 18 años no sé cómo va a responder…por eso prefiero cautela. Como decía un profe mío: cortita y al pie jaja |
25-feb-2025 11:06
#12081
|
Hace 24 años contraté un fondo por mediacion de un buen amigo y la semana pasada saqué 200k (donación) para que mi hija se compre un piso. Ahora me queda la otra hija de 20 años. |
25-feb-2025 11:43
#12083
| No porque en la Comunidad valenciana está exento hasta 200k( 100 del padre y 100 de las madre) y si le hubiese dado más imagínate 50k tendría que haber pagado 100€ más notaría. Pague la notaría unos 300€ o así. |
25-feb-2025 19:01
#12085
|
Yo debo decir que por más de 1 año muy contento. Con sus más y sus menos pero cuando la necesitaba para mis aportaciones, nunca tenía problemas. Esto, la flexibilidad para los fondos, comisiones bajas, el tema de los préstamos, bizum ahora, me parece una pasada de plataforma. Pero es que ultimamente ya han sobrepasado el límite. Más de 1 mes sin poder operar (comprar/aportar), mil llamadas a soporte esperando horas sin que me sepan dar respuesta. Myinvestor es el ejemplo perfecto de una plataforma horrendamente gestionada que no les importa una mierda los clientes. Tienen tantos, con tan poco dinero ahí, que les importa un comino el resto.
En fin... que se vayan a cagar. En diciembre quería hacer unas aportaciones a un plan de pensiones de un familiar pero necesitaba aclarar unos temas y los de Myinvestor prácticamente sudaron de mis emails. Al final hice las aportaciones en Indexa, que respondió al momento a mis dudas, y super contento. De hecho, movi todo lo que tenía en Myinvestor a Indexa. Que les den! |
Editado: 25-feb-2025 19:13 -
25-feb-2025 19:07
#12086
|
Yo también estoy indagando al mismo tiempo shur. La info la saco de chatgpt para aclararme yo también
![]() Te pongo una respuesta a este planteamiento por si te ayuda: ¿Por qué no se consideraría donación si primero transfieres el dinero a una cuenta a nombre de tu hijo? Paso correcto (NO es donación) 1. Tú tienes 200.000 € en tu cuenta personal. 2. Abres una cuenta bancaria a nombre de tu hijo (como menor, tú eres su tutor legal). 3. Haces una transferencia a su cuenta bancaria. - Este es el punto clave: Si Hacienda investigara, podrías justificar que se trata de una asignación patrimonial para su mantenimiento y futuro, algo que los padres pueden hacer sin que se considere donación en la mayoría de los casos. 4. Desde su cuenta bancaria, inviertes en el fondo indexado a su nombre. Resultado: Como el dinero ya estaba a nombre de tu hijo antes de invertir, Hacienda no ve una transmisión posterior ni un acto de donación en el momento de la retirada del dinero. --- Alternativa que sí se consideraría donación 1. El dinero sigue en tu cuenta personal. 2. Contratas directamente un fondo a nombre de tu hijo con ese dinero. 3. Hacienda puede ver esto como una donación, porque en ese momento estás transfiriendo dinero de tu propiedad a otra persona sin contraprestación. Problema: En este caso, podría aplicarse el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD). --- ¿Por qué es diferente el primer caso? - Los padres pueden administrar y asignar patrimonio a sus hijos sin que se considere donación, siempre que sea coherente con su mantenimiento y educación. - En muchos casos, Hacienda no lo considera una donación si el dinero se destina a su educación o futuro financiero y se mantiene bajo control del tutor legal. - Si el dinero ya está a nombre del hijo antes de invertir, se entiende que pertenece a él, y la inversión solo es una decisión de gestión. Conclusión: Si primero lo transfieres a su cuenta y luego inviertes desde ahí, NO es donación. Si lo inviertes directamente desde tu cuenta a su nombre, sí podría considerarse donación. Chorradas. Desde el primer céntimo que se da al hijo es una donacion, sea el motivo que sea. Ello sin contar con las bonificaciones que depende de cada comunidad autónoma. Otra cosa es que por su poca cuantía no les interese iniciar una inspección, pues saldría más caro el collar que el perro. Por cierto, en Madrid tienen intención de que las donaciones de hasta 10.000 € de padres a hijos no tengan que pasar por el notario. Va a ser un ahorro importante y menos preocupaciones para la gente. Bastaría con rellenar un formulario en la web de la Comunidad de Madrid y ya esta. |
Editado: 25-feb-2025 19:10 -
25-feb-2025 19:47
#12087
|
Chorradas. Desde el primer céntimo que se da al hijo es una donacion, sea el motivo que sea.
Ello sin contar con las bonificaciones que depende de cada comunidad autónoma. Otra cosa es que por su poca cuantía no les interese iniciar una inspección, pues saldría más caro el collar que el perro. Por cierto, en Madrid tienen intención de que las donaciones de hasta 10.000 € de padres a hijos no tengan que pasar por el notario. Va a ser un ahorro importante y menos preocupaciones para la gente. Bastaría con rellenar un formulario en la web de la Comunidad de Madrid y ya esta. Puto gobierno de hijos de puta que te sangran hasta por respirar. |
25-feb-2025 20:35
#12088
| Tal cual! Hay que regalar dinero a esa gente que ha cotizado la impresionante cantidad de 0 días |
25-feb-2025 21:30
#12089
|
Yo he abierto una cuenta a mi bebé y somos los dos padres intervinientes, en Indexa no pero si en My Investor. Que yo sepa esto salvo que saquemos y vendamos el día de mañana que tendríamos que tributar él lo tiene que hacer nada ni nosotros tampoco. Hacemos DCA mensual y a ver cuando cumpla 18 años cómo va los ETFs que hemos pillado (fidelity msci world y fidelity sp500) No queríamos hacerlo a su nombre pero sin ser él titular por temas de evitar impuestos el día de mañana, lo que no me queda claro es que supongo que, obviamente si echamos “para atrás” y lo queremos que tenga ese dinero si nos lo transferimos tenemos que pagar donaciones entiendo. Espero que no llegue ese caso y le eduquemos bien.Donación de 150€ mensuales? Puede ser eh, eso al año son 1800€ lo que supondría pagar cada año 18€ de impuesto de sucesiones
|
25-feb-2025 22:49
#12090
|
Bueno otro nuevo por aquí en IC, aporte 4000 y con idea de hacer aportaciones mensuales. Perfil 7/10. A ver qué tal va... |




y le eduquemos bien.