España inicia la cuenta atrás para eliminar los aires acondicionados de las fachadas
Ayer 19:56
#92
| Hay edificios de nueva construcción que tienen hecho el hueco para subir los tubos a la azotea pero a la hora de la verdad no caben tubos ni para la mitad de las viviendas. |
Ayer 20:00
#96
|
La inseguridad jurídica que padecemos los ciudadanos de "a pie" es tremenda. Instalo un aire acondicionado correctamente hace, pongamos, 10 años y ahora se me aplica retroactivamente una norma. Como esto es forocoches, no me callaré, me compro un coche hace, pongamos, 15 años, lo mantengo en perfecto estado de uso, pero las normas ambientales, igualmente aplicadas retroactivamente, me impiden circular en mi ciudad.Esto se llama despotismo ilustrado.
|
Ayer 20:01
#97
| Quién esté en momento de estudiar y no sepa qué hacer, ya lo tiene claro: frigorista y en 5 años lambo y chalet. |
Ayer 20:02
#98
| Pues encima o dentro, la mayoría de normativas de las comunidades de propietarios ya lo prohíben. Son horribles, gotean a la calle y a mi personalmente no me inspiran confianza |
Ayer 20:03
#99
| El PSOE ya es responsable de miles de muertes, por unas cuantas muertes más de ancianos por golpe de calor en sus casas no va a pasar nada. |
Ayer 20:05
#100
|
De hecho en el caso que mencionas (Vivir en un 1º en un edificio de 10 pisos), estoy convencido de que no va a funcionar correctamente con tanto recorrido de tuberías...
Me quiere sonar que los que más distancia permiten son los Fujitsu de gama alta con hasta 20 metros, desde la barra del bar. |
Ayer 20:06
#102
|
Tremenda estupidez.. lo de no echar agua de condensacion fuera si que es 100% entendible, no tengo por que ir por la calle y que me llueva agua de un A/C |
Ayer 20:06
#104
| Es verdad. La fachada de la foto del OP estaría a la altura de la belleza de la catedrale de Santiago si se sacasen los aa.cc … |
Ayer 20:11
#106
|
yo tengo una vecina que tiene balcon y gotea a la calle encima de una entrada un negocio asi que mira ... que lo ponga en el balcon aunque total tiega las plantas cuando le sale del nabo a plena luz del dia y mojado al que pasa |
Ayer 20:11
#107
|
Es mentira. Solo esta en medios contrarios al gobierno para meter mierda (como si les hiciera falta a los puteros farloperos del psoe). Del gepeto: Veredicto: titular muy engañoso y, en sus elementos principales, no acreditado No he encontrado ninguna ley estatal nueva, real decreto ni disposición del BOE que establezca que España vaya a eliminar en 2026 los aparatos de aire acondicionado de las fachadas, que termine una moratoria nacional, ni que vaya a comenzar una campaña general de “inspecciones masivas”. Lo que sí existe desde hace años es una combinación de: normas de cada ayuntamiento sobre estética, ruido, vertidos y licencias; reglas de las comunidades de propietarios; la Ley de Propiedad Horizontal; una protección más estricta en edificios catalogados y centros históricos. La noticia convierte ese marco antiguo y descentralizado en una supuesta ofensiva nacional nueva. 1. ¿Qué afirma exactamente la noticia? El artículo de La Razón, publicado el 30 de junio de 2026, afirma que: > 2026 sería el “límite definitivo” de las moratorias concedidas por numerosos ayuntamientos. También asegura que eso provocará: una “oleada de inspecciones”; la eliminación progresiva de los equipos visibles; multas de hasta 3.000 euros; actuaciones aplicables en “todo el territorio nacional”. Sin embargo, el propio texto no identifica: qué ley ha entrado en vigor; qué real decreto la regula; qué disposición transitoria fija 2026; qué ayuntamientos concedieron esas moratorias; cuándo empezaron y cuándo terminan; qué organismo ha anunciado las inspecciones; de qué norma sale exactamente la multa de 3.000 euros. Es una carencia esencial: habla de una operación nacional muy concreta sin aportar una sola referencia normativa concreta. 2. No existe una prohibición estatal general de tener aire acondicionado en fachada La legislación estatal no contiene una regla general que diga simplemente: “queda prohibido tener aparatos de aire acondicionado visibles en las fachadas”. La Ley de Propiedad Horizontal establece en su artículo 7 que el propietario no puede modificar su vivienda de manera que altere la seguridad, estructura, configuración o estado exterior del edificio, ni perjudique a otros propietarios. En el resto del inmueble —incluidos los elementos comunes— no puede realizar alteraciones unilateralmente. Esta norma existe desde hace décadas; no es una novedad de 2026. Por tanto, instalar una unidad exterior puede ser problemático cuando: altera una fachada común; incumple los estatutos o un acuerdo comunitario; causa ruidos o molestias; vierte condensación a la calle; incumple la licencia o declaración municipal; afecta a un inmueble protegido. Pero de ahí no se desprende que todos los aparatos ya instalados en España deban desaparecer. 3. La Ley de Propiedad Horizontal no impone multas administrativas de 3.000 euros Este punto está presentado de forma especialmente confusa. La Ley de Propiedad Horizontal regula las relaciones privadas entre propietarios. Una comunidad puede requerir la retirada de una instalación no autorizada y, en determinados casos, acudir a los tribunales. Pero la LPH no establece una multa administrativa general de 3.000 euros por tener un aire acondicionado en la fachada. Además, la noticia dice que cualquier alteración de fachada requiere “el consenso” de la comunidad. Eso es una simplificación excesiva. El resultado depende de: el título constitutivo y los estatutos; la configuración concreta de la instalación; si ya existe una ubicación prevista; si hay un acuerdo comunitario previo; si existe una práctica generalizada y tolerada en el edificio; la mayoría exigible según el tipo de actuación; la jurisprudencia aplicable al caso. No siempre puede resumirse en “unanimidad obligatoria” o “consenso de todos”. 4. Las ordenanzas son municipales y no iguales en toda España Aquí está la parte real que el titular distorsiona. Por ejemplo, el Ayuntamiento de Madrid establece actualmente que: el aparato no debe sobresalir más de 30 centímetros del plano de fachada; no debe perjudicar su estética; las instalaciones visibles desde la vía pública requieren un estudio conjunto de integración; la instalación está sujeta al correspondiente mecanismo municipal de intervención, según las obras y las características del aparato. Eso demuestra que puede haber restricciones importantes, pero también que no se prohíbe automáticamente toda unidad exterior visible. Se establecen condiciones de ubicación, integración y autorización. Y estas normas madrileñas proceden del planeamiento urbanístico municipal, no de una supuesta nueva ley nacional de 2026. En otras localidades las condiciones y las sanciones son distintas. Por eso no es correcto presentar una cifra única de 3.000 euros como si fuera aplicable automáticamente en toda España. 5. ¿De dónde pueden salir los 3.000 euros? La cifra no parece completamente inventada, pero está utilizada sin contexto. En normas urbanísticas pueden existir: sanciones por obras o instalaciones ilegales; multas por incumplir una orden de retirada; multas coercitivas destinadas a obligar al cumplimiento; sanciones específicas en inmuebles protegidos; infracciones por ruido, vertidos o seguridad. En documentación normativa de Madrid aparecen, por ejemplo, multas coercitivas escalonadas de 1.000, 2.000 y 3.000 euros para forzar el cumplimiento de determinadas órdenes administrativas. Pero una multa coercitiva no es lo mismo que una sanción automática por el mero hecho de que un aparato sea visible. Normalmente presupone una orden administrativa previa que el interesado no cumple. Por tanto, afirmar simplemente “hasta 3.000 euros por tener aire acondicionado en la fachada” omite cuestiones decisivas: el municipio; la infracción concreta; la gravedad; si existe requerimiento previo; si se trata de sanción o multa coercitiva; la legalidad original de la instalación; la protección urbanística del edificio. 6. No está acreditado el fin de unas “moratorias” en 2026 Esta es probablemente la afirmación más débil de la noticia. He buscado una disposición estatal o una relación verificable de moratorias municipales que finalizaran de manera general en 2026 y no aparece ninguna. El artículo se limita a decir que fueron concedidas por “numerosos ayuntamientos”, pero no nombra ni uno solo ni aporta: ordenanza; disposición transitoria; fecha de aprobación; fecha de expiración; enlace al boletín municipal. Otros artículos publicados durante mayo y junio de 2026 repiten prácticamente la misma narrativa: llegada de 2026, fin de moratorias, inspecciones y multas de 3.000 euros. Algunos medios ya han señalado que no existe un decreto reciente del Gobierno central y que las reglas reales son municipales. Todo indica que estamos ante una cadena de artículos que se retroalimentan, no ante información originada en una norma o anuncio oficial identificable. 7. Tampoco hay pruebas de “inspecciones masivas” La noticia asegura que se activará una “oleada de inspecciones” y que los expedientes se iniciarán mediante observación desde la calle. No cita: un plan nacional; instrucciones municipales; cifras de inspectores; presupuesto; calendario; número previsto de expedientes; declaraciones de responsables públicos. Es cierto que los ayuntamientos pueden inspeccionar instalaciones visibles, actuar de oficio o responder a denuncias vecinales. Pero eso no acredita una campaña masiva coordinada para 2026. La expresión parece diseñada para intensificar el titular, no para describir un plan administrativo documentado. 8. ¿Pueden obligarte realmente a retirar el aparato? Sí, en un caso concreto podrían, pero no por una prohibición nacional automática. Podría suceder si: fue instalado sin autorización comunitaria cuando era necesaria; contradice expresamente los estatutos; incumple la ordenanza urbanística; genera ruido superior a los límites; expulsa aire caliente o agua causando molestias; afecta a un edificio catalogado; se instaló sin el título administrativo requerido; existe una sentencia o una orden municipal firme de restitución. Las consecuencias pueden incluir: regularización; traslado a otra ubicación; apantallamiento o integración estética; retirada; reparación de la fachada; sanción municipal; multas coercitivas si se incumple una orden; costas judiciales si la comunidad demanda. Pero cada caso debe analizarse según el municipio, el edificio, la comunidad y la fecha de instalación. Conclusión realista La afirmación compartida mezcla una base cierta con varias exageraciones: Afirmación Valoración Las fachadas están reguladas Cierto La comunidad puede oponerse a instalaciones no autorizadas Cierto, con matices Los ayuntamientos pueden ordenar retirada o imponer sanciones Cierto Existe una prohibición nacional nueva en 2026 No acreditado En 2026 terminan moratorias en toda España No acreditado Habrá inspecciones masivas nacionales No acreditado Todo aparato visible será multado con 3.000 € Falso o muy engañoso El Gobierno central está eliminándolos de las fachadas Falso La formulación más ajustada sería: > Los aparatos exteriores de aire acondicionado deben cumplir las ordenanzas municipales y las normas de la comunidad. Una instalación irregular puede ser objeto de retirada o sanción, cuya cuantía depende de cada municipio y de las circunstancias. No consta una nueva prohibición nacional ni una moratoria general que expire en 2026. |
Ayer 20:13
#108
Una norma que muy bien sobre el papel, de hecho ya está recogida en la ley de propiedad horizontal pero que no se hace nada a menos que alguien denuncie. Esto es como las leyes y multas para los que dejan las caquitas de sus queridos perrijos en la acera, muy bien sobre el papel pero luego no tenemos policias en los barrios, como para que si hay una patrulla esta se ponga a ver si alguien se está dejando las mierdas del perro en el suelo. Ojo, que ojalá fuese así, pero para que eso pase, debería de haber policía en la calle, que en mi barrio y ciudad son inexistentes, puedo pasar semanas sin cruzarme un coche de policía por el barrio, como para que vayan ahora mirando las fachadas, no son capaces ni de hacerse una calle completa
|
Ayer 20:14
#110
| Hora de montar una empresa de montar aires acondicionados? Los que tengan que mover los bichos esos en edificios grandes se van a montar en el dólar. |
Ayer 20:15
#111
| El mío está en una vivienda individual y fuera de la fachada, a ver que excusa me ponen. |
Ayer 20:23
#118
|
Me cago en su puta madre. Yo por suerte tengo patio y lo tengo allí, pero menuda putada para la mayoría de gente. Es que son unos hijos de puta. |