Soy Abogado y respondo preguntas.

Hipster Yisus
ESO Y BACHILLER
#631
Cita de D.Washington
Depende del caso pero bien, compañero! Cuéntame
Te mando MP, que la historia tiene tela y quiero dejarlo lo más mascado y detallado posible.
Doh
ForoCoches: Miembro
#632
Hola Shur,
Tenemos a un vecino en un portal números arriba de la calle que no sabemos quien es pero está tronado de la cabeza, porque de forma aleatoria tira bolsas de vomito o algo similar por la ventana encima de los coches. De hecho una vez cayo una en un parabrisas y lo rajó.
¿Como podemos identificarle?, ¿se puede grabar la fachada para ver quien es? ¿Como podemos proceder?
Gracias de Hantebrazo
Gordi
ForoCoches: Usuario
#633
El que tengo aqui colgado
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#634
Cita de Charly5star
Pero por ejemplo si escribe un email en Noviembre pero el contrato ya se ha renovado (cada año ya que llevo mas de 10 años ya) en Octubre se subiria el alquiler en Diciembre o como ya estamos en el contrato nuevo no puede?
El propietario de una vivienda no puede aplicar la subida del alquiler si comunica el aumento al inquilino después de la renovación automática anual del contrato. La actualización de la renta solo puede hacerse en la fecha en que se cumpla cada anualidad del contrato, siempre que así lo establezca expresamente el contrato (que no sé si lo dirá), y la notificación debe realizarse de forma fehaciente en ese momento. Si la comunicación del incremento se realiza tras la renovación automática anual, la subida únicamente será exigible a partir del mes siguiente a la notificación, pero no puede aplicarse retroactivamente desde el inicio del nuevo periodo. Por tanto, tu arrendador debe esperar al siguiente aniversario contractual para aplicar la actualización correspondiente, salvo que las partes hayan pactado expresamente otra cosa en el contrato.

No sé si me explico.
koelsh
ForoCoches: Usuario
#635
No hago preguntas sin mi havogado
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#636
Cita de Doh
Hola Shur,
Tenemos a un vecino en un portal números arriba de la calle que no sabemos quien es pero está tronado de la cabeza, porque de forma aleatoria tira bolsas de vomito o algo similar por la ventana encima de los coches. De hecho una vez cayo una en un parabrisas y lo rajó.
¿Como podemos identificarle?, ¿se puede grabar la fachada para ver quien es? ¿Como podemos proceder?
Gracias de Hantebrazo
Buenas shur,

Para identificarle, como no sea por testimonio de los vecinos o cámaras de videovigilancia que puedan identificarle... Tú por tu cuenta podrías hacerlo "a escondidas" y guardarlo como prueba siempre que no se vea a otras personas.
Charly5star
ForoCoches: Usuario
#637
Cita de D.Washington
El propietario de una vivienda no puede aplicar la subida del alquiler si comunica el aumento al inquilino después de la renovación automática anual del contrato. La actualización de la renta solo puede hacerse en la fecha en que se cumpla cada anualidad del contrato, siempre que así lo establezca expresamente el contrato (que no sé si lo dirá), y la notificación debe realizarse de forma fehaciente en ese momento. Si la comunicación del incremento se realiza tras la renovación automática anual, la subida únicamente será exigible a partir del mes siguiente a la notificación, pero no puede aplicarse retroactivamente desde el inicio del nuevo periodo. Por tanto, tu arrendador debe esperar al siguiente aniversario contractual para aplicar la actualización correspondiente, salvo que las partes hayan pactado expresamente otra cosa en el contrato.

No sé si me explico.
Osea por lo que dices aqui: "Si la comunicación del incremento se realiza tras la renovación automática anual, la subida únicamente será exigible a partir del mes siguiente a la notificación" entiendo que aun que lo diga despues de la renovacion si que se puede subir el alquiler y desde el mes siguiente al email tendria que pagar la subida? Yo tenia pensado que si lo dice despues ya no se puede.
Doh
ForoCoches: Miembro
#638
Cita de D.Washington
Buenas shur,

Para identificarle, como no sea por testimonio de los vecinos o cámaras de videovigilancia que puedan identificarle... Tú por tu cuenta podrías hacerlo "a escondidas" y guardarlo como prueba siempre que no se vea a otras personas.

Osea me la juego a grabarle para saber quien es aunque este en la zona gris de la legalidad, porque grabar una fachada es difícil no grabar a otro vecino, salvo que una vez identificado apuntase solo a su balcón y aun así creo que tampoco es muy legal.
Suponiendo que le identifiquemos, luego que habría que hacer, o que se puede hacer para que pare, mas allá de hablar con él/ella o hablar con servicios sociales (Digo esto porque hay que estar zumbado para hacer eso).
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#639
Cita de Charly5star
Osea por lo que dices aqui: "Si la comunicación del incremento se realiza tras la renovación automática anual, la subida únicamente será exigible a partir del mes siguiente a la notificación" entiendo que aun que lo diga despues de la renovacion si que se puede subir el alquiler y desde el mes siguiente al email tendria que pagar la subida? Yo tenia pensado que si lo dice despues ya no se puede.
A ver shur, con el artículo 18.1 de la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos en la mano, la renta solo puede actualizarse en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato.


Dado que en tu caso la última renovación se produjo en octubre, y la notificación de la subida se ha realizado en noviembre, entiendo que dicha actualización no puede aplicarse hasta el siguiente aniversario contractual (octubre del próximo año). Desde mi punto de vista (y sin haber revisado el contrato, que puede desdecir todo lo que te digo) es así
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#640
Cita de Doh
Osea me la juego a grabarle para saber quien es aunque este en la zona gris de la legalidad, porque grabar una fachada es difícil no grabar a otro vecino, salvo que una vez identificado apuntase solo a su balcón y aun así creo que tampoco es muy legal.
Suponiendo que le identifiquemos, luego que habría que hacer, o que se puede hacer para que pare, mas allá de hablar con él/ella o hablar con servicios sociales (Digo esto porque hay que estar zumbado para hacer eso).
Con servicios sociales o con la policía. Y sobre lo otro, a unas malas podrías grabar siempre que tapes las caras de los vecinos
Charly5star
ForoCoches: Usuario
#641
Cita de D.Washington
A ver shur, con el artículo 18.1 de la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos en la mano, la renta solo puede actualizarse en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato.


Dado que en tu caso la última renovación se produjo en octubre, y la notificación de la subida se ha realizado en noviembre, entiendo que dicha actualización no puede aplicarse hasta el siguiente aniversario contractual (octubre del próximo año). Desde mi punto de vista (y sin haber revisado el contrato, que puede desdecir todo lo que te digo) es así
Pero que te vuelva a escribir pero no lo he entendido muy bien. La respuesta es que si que lo puede hacer o que no lo puede hacer? me pierdo con esto: Si la comunicación del incremento se realiza tras la renovación automática anual, la subida únicamente será exigible a partir del mes siguiente a la notificación
Y despues esto: la renta solo puede actualizarse en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#642
Cita de Charly5star
Pero que te vuelva a escribir pero no lo he entendido muy bien. La respuesta es que si que lo puede hacer o que no lo puede hacer? me pierdo con esto: Si la comunicación del incremento se realiza tras la renovación automática anual, la subida únicamente será exigible a partir del mes siguiente a la notificación
Y despues esto: la renta solo puede actualizarse en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato
Respuesta corta, sin saber lo que dice el contrato: la actualización de tu renta tendrá lugar a partir de octubre del año que viene
Charly5star
ForoCoches: Usuario
#643
Cita de D.Washington
Respuesta corta, sin saber lo que dice el contrato: la actualización de tu renta tendrá lugar a partir de octubre del año que viene
Vale perfecto gracias.
Doh
ForoCoches: Miembro
#644
Cita de D.Washington
Con servicios sociales o con la policía. Y sobre lo otro, a unas malas podrías grabar siempre que tapes las caras de los vecinos

Gracias Shur, evaluaré lo de grabar y con la grabación ir a la policía.
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#645
Cita de Doh
Gracias Shur, evaluaré lo de grabar y con la grabación ir a la policía.
Suerte!
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#646
Buenos días!
DonMattingly
ForoCoches: Miembro
#647
Cuanto suele tardar en salir sentencia en el tribunal superior de justicia de Madrid ( sala contencioso)


Gracias
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#648
Cita de DonMattingly
Cuanto suele tardar en salir sentencia en el tribunal superior de justicia de Madrid ( sala contencioso)


Gracias
Bufff, depende mucho de la carga de trabajo que tenga. Pero calculo que 3-6 meses aproximadamente
GordonFreeman
Savior of city 17
#649
Me ha aclarado muchas dudas y me ha ayudado mucho. Recomendado.
Distorted_R
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#650
Hola buenas! En primera instancia, las sentencias cuanto suelen tardar? Llevo 2 meses esperando en un juicio de social en valencia...
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#651
Cita de GordonFreeman
Me ha aclarado muchas dudas y me ha ayudado mucho. Recomendado.
Muchas gracias shur!!
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#652
Cita de Distorted_R
Hola buenas! En primera instancia, las sentencias cuanto suelen tardar? Llevo 2 meses esperando en un juicio de social en valencia...
Depende mucho del juzgado shur… cada tribunal es un mundo. Pero debería estar antes de final de año…
MolgasMola
ForoCoches: Usuario
#653
Puedes cancelar un seguro de coche con menos de un mes de antelación?
ato0
ForoCoches: Miembro
#654
Gran hilo y mejor persona (hemos hablado en privado). Qué tal @D.Washington? Eres conocedor del problema que tengo, actualmente no han contestado a la demanda que interpuse, disponían de 20 días hábiles para hacerlo (según me dijo mi abogado), también me dijo que haciendo un simil al futbol, empiezan perdiendo el partido 3-0. Lo próximo audiencia previa, debería ser en enero/febrero pero ya se sabe como van estas cosas...de momento todo MUY lento...

Podrías aportar algo shur? Se me está haciendo larguísimo y más sin saber de la parte demandada...
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#655
Cita de MolgasMola
Puedes cancelar un seguro de coche con menos de un mes de antelación?
No es posible cancelar un seguro de coche si la comunicación de cancelación se realiza con menos de un mes de antelación al vencimiento del contrato. La Ley de Contrato de Seguro establece que debes avisar con al menos 1 mes de antelación para cancelar.


La normativa exige además que el tomador notifique por escrito a la aseguradora su voluntad de no renovar el seguro. Si la comunicación se efectúa fuera de este plazo, la aseguradora puede oponerse a la cancelación y el contrato se prorrogará automáticamente, salvo que en la póliza se prevea otra cosa o existan condiciones específicas que permitan la cancelación en otros términos.


No sé si es a lo que te referías y si responde a tu pregunta
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#656
Cita de ato0
Gran hilo y mejor persona (hemos hablado en privado). Qué tal @D.Washington? Eres conocedor del problema que tengo, actualmente no han contestado a la demanda que interpuse, disponían de 20 días hábiles para hacerlo (según me dijo mi abogado), también me dijo que haciendo un simil al futbol, empiezan perdiendo el partido 3-0. Lo próximo audiencia previa, debería ser en enero/febrero pero ya se sabe como van estas cosas...de momento todo MUY lento...

Podrías aportar algo shur? Se me está haciendo larguísimo y más sin saber de la parte demandada...
Buenas de nuevo shur!

Tu caso recuerdo que era una verdadera injusticia, espero que puedas conseguir la cantidad íntegra que te correspondía. Si no han respondido a la demanda en plazo, no empiezan bien, pero no está ya todo ganado.


La justicia es lenta pero cuando llega es una apisonadora. Yo confío en que el compañero pueda conseguirte lo que por derecho te pertenece. Échale paciencia, ya me contarás qué tal la Audiencia Previa, espero que fenomenal!
ato0
ForoCoches: Miembro
#657
Cita de [MENTION=684037
D.Washington;503813489]Buenas de nuevo shur!

Tu caso recuerdo que era una verdadera injusticia, espero que puedas conseguir la cantidad íntegra que te correspondía. Si no han respondido a la demanda en plazo, no empiezan bien, pero no está ya todo ganado.


La justicia es lenta pero cuando llega es una apisonadora. Yo confío en que el compañero pueda conseguirte lo que por derecho te pertenece. Échale paciencia, ya me contarás qué tal la Audiencia Previa, espero que fenomenal!
Cuenta con ello shur, en cuanto tenga novedades, las pondré en el hilo y te lo haré saber. Han vuelto a poner el piso a la venta 50K por encima de lo que lo pacté yo, para ver si lo vende y me devuelve esos 50K y el se queda lo que tenía pensado, pero nada, ya lo ha bajado 12K, quien le va a comprar un piso que tiene bicho hasta mediados de 2027...Por lo tanto, si no sabemos nada de la parte demandada ya se encarga la justicia de citarnos para esa audiencia previa no? Debo ir yo también? No me gustaría verle la cara a estas personas...

Por cierto shur, @D.Washington, si no se presentaran a la audiencia previa tampoco, es normal que se dicte sentencia en esa audiencia o eso no suele pasar?
DonMattingly
ForoCoches: Miembro
#658
Cita de D.Washington
Bufff, depende mucho de la carga de trabajo que tenga. Pero calculo que 3-6 meses aproximadamente
Te refieres desde que está visto para sentencia?
Edu97
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#659
Cita de D.Washington
Buenas shures,

Soy Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga y estoy aquí para responder las preguntas que buenamente sepa contestar.


Un saludo!!

Mi hilo sobre servicios jurídicos concretos a precios forococheros:https://forocoches.com/foro/showthre...059&highlight=


Como puedo pagar menos en el irpf por un piso en alquiler?
D.Washington
ForoCoches: Miembro
#660
Cita de Edu97
Como puedo pagar menos en el irpf por un piso en alquiler?
Tendría que estudiar tu situación shur, pero en lineas generales es la deducción de todos los gastos necesarios y justificados para la obtención de la renta, como intereses de préstamos, gastos de reparación y conservación, tributos y tasas, seguros, gastos de comunidad y amortización del inmueble, entre otros previstos legalmente. Habría otros muchos, pero como digo, depende mucho de la situación y de la persona a la que se lo alquiles.
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