Soy Abogado y respondo preguntas.
06-nov-2025 09:44
#605
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Edit: Es bromuro no te sulfures |
07-nov-2025 14:57
#608
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Que nichos consideras que están bien para tener un poder adquisitivo como forero medio de 50-100k. Y en qué tres sectores te embarcarías para poder teletrabajar y tener tu propio despacho. |
07-nov-2025 20:30
#609
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Si te refieres a temas de inversiones, las subastas del BOE es un asunto muy interesante si sabes manejarlo, y todo lo que tenga que ver con el ámbito inmobiliario (sobre todo aquí, en la Costa del Sol), y las nuevas tecnologías, con hincapié en la IA. Para tener propio despacho, también temas mercantiles, urbanismo e inmobiliario. Creo que es lo que deja más dinero. |
09-nov-2025 10:05
#614
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buenos dias! vivo en un área residencial, casas adosadas, sin comunidad. el vecino ha decidido poner un horno de patatas industrial en su garage, y algo tendrá que transmite vibraciones a la estructura y a las paredes, laa noto en todas las habitaciones. no es ruido, son vibraciones. dice tener todos los permisos, pero lo dudo. el lunes me presento en urbanismo de mi ayuntamiento a preguntar, pero voy a ciegas porque nunca me ha tocado jugar a esto . que me aconsejas? |
09-nov-2025 10:34
#615
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buenos dias! vivo en un área residencial, casas adosadas, sin comunidad.
el vecino ha decidido poner un horno de patatas industrial en su garage, y algo tendrá que transmite vibraciones a la estructura y a las paredes, laa noto en todas las habitaciones. no es ruido, son vibraciones. dice tener todos los permisos, pero lo dudo. el lunes me presento en urbanismo de mi ayuntamiento a preguntar, pero voy a ciegas porque nunca me ha tocado jugar a esto . que me aconsejas? Sin saber comunidad autónoma (cada una tiene legislación particular) ni Ayuntamiento (que puede tener ordenanza en ese sentido), puedo decirte que cuando vayas a Urbanismo solicites información sobre si esa vivienda tiene licencia de actividad (y si la actividad cumple con las ordenanzas de ruidos y vibraciones), solicitando la apertura de un expediente sancionador en caso contrario; y también podrías presentar directamente una denuncia administrativa ante el Ayuntamiento describiendo el problema y pidiendo una medición técnica de vibraciones o ruidos (art. 62 LPAC) |
09-nov-2025 10:40
#616
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Buenas shur,
Sin saber comunidad autónoma (cada una tiene legislación particular) ni Ayuntamiento (que puede tener ordenanza en ese sentido), puedo decirte que cuando vayas a Urbanismo solicites información sobre si esa vivienda tiene licencia de actividad (y si la actividad cumple con las ordenanzas de ruidos y vibraciones), solicitando la apertura de un expediente sancionador en caso contrario; y también podrías presentar directamente una denuncia administrativa ante el Ayuntamiento describiendo el problema y pidiendo una medición técnica de vibraciones o ruidos (art. 62 LPAC) gracias de nuevo colega! |
09-nov-2025 11:26
#617
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gracias por el consejo!! la obra la acaban de hacer, a mi me da igual que haga cada uno en su casa pero no tengo porque aguantar esas vibraciones en toda la casa, les dejaré caer lo del ayuntamiento para que hagan algo para aislar mejor, y si no veo que responden lo que deberían, ya se el camino
gracias de nuevo colega! |
10-nov-2025 15:50
#625
| ¿Qué tal te llevas con el laboral? soy compañero (de otra rama) y quiero contrastar con alguien. |
10-nov-2025 16:02
#626
| El propietario de un piso te puede subir el alquiler (IPC) aun avisandote con menos de 1 mes de antelacion de la renovacion del contrato anual? Gracias |
10-nov-2025 16:16
#627
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Buenas shures,
Soy Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga y estoy aquí para responder las preguntas que buenamente sepa contestar. Un saludo!! Mi hilo sobre servicios jurídicos concretos a precios forococheros:https://forocoches.com/foro/showthre...059&highlight= |
10-nov-2025 16:23
#628
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No es legal. La actualización de la renta solo será exigible a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística. |
10-nov-2025 16:29
#630
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No es legal. La actualización de la renta solo será exigible a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística.
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