Reglamento De Vehículos Históricos
08-abr-2025 10:06
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El tomar el año desde otra fecha que no sea del 1 de enero al 31 de diciembre es retorcer muy mucho la norma. Saludos, |
08-abr-2025 10:07
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1.- Como tengo forma de comprobarlo, lo comprobaré. Y lo pondré aquí. Pero en efecto esto lo ha dicho la FEVA.
2.- Los 96 días se cumplen hoy. Pero la normativa no indica año natural, habla de "96 días al año" que puede haberse entendido por el Ayuntamiento como un periodo cualquiera de 365 días, y hay "nuevos históricos" desde octubre. Esto no se si sería recurrible, pero puede haber sido interpretado así. 3.- El Ayuntamiento de Madrid ejerce todas las competencias en materia de tráfico en su territorio, por la Ley de Capitalidad. Y por supuesto, multa por ITV, multa por falta de matrícula, multa por todo lo multable, digamos. Y multa constantemente por falta o pérdida de autorización para circular, todos los días, a decenas de personas y con las cámaras. O sea que por ahí, no. No hace falta hacer una ordenanza para algo que está en el Reglamento General de Vehículos y la Ley de Tráfico. Si la GC te puede multar, la Policía Municipal de Madrid también. 4.- El Ayuntamiento de Madrid no tiene tablas de sanciones, usa las de la DGT. ¿de verdad es el ayuntamiento quien multa por todo eso que dices? Una cosa es denunciar y otra sancionar, y mas importante todavia, quien es el que cobra. Y ya de paso posiblemente puedas ilustrarnos en que parte del Reglamento General de Vehiculos y/o la Ley de tráfico aparece la sanción que correspondería. El computo de dias es a nivel nacional, no a nivel local. Un Ayuntamiento en concreto no puede denunciar por ese concepto que ademas tendria que ir acompañado de las 96 fotos, etc, etc... mientras no se instrumentalizen los medios y los procedimientos y de momento eso no está por ningun lado. Quizás el Concejal se "confundio" con los accesos a las ZBE, que han denunciado a vehiculos indebidamente y ahora están teniendo que retirar y no se le ocurrio otra cosa que "meter miedo" con lo de los 96 dias. Tambien te será muy facil comprobar si hay mas fuentes solventes que lo corroboren. De momento y mientras no se demuestre lo contrario, sigo diciendo que no existen tales sanciones por sobrepasar los 96 dias. Y la interpretación de periodo de 365 dias es delirante. Si algun dia llega a ocurrir alguna sanción de estas acabará en los juzgados sin duda, y ya veremos como se cuenta, quien lo hace y que registros mantienen. Que sepas que cualquier camara de vigilancia está autorizada por un juez unica y exclusivamente para usos bien definidos y algunas temporalmente. Registrar el tema de los 96 dias no lo está, pero aunque no me lo creo pudiera ser que alguien en el ayuntamiento se tomara la molestia de modificar el software, pero aun hace bien poco que los de Protección de datos han sancionado a la DGT por las de los radares. Lo que si me creo, como tantas veces ocurre, que en su "ansia" de imponer un criterio y/o recaudatorio utilicen trucos y marrullerias que acaben tumbando en los tribunales como ha ocurrido con las ZBE y volverá a ocurrir. Tan solo recordar que en 2023 todas las ciudades de mas de 50.000 habitantes tenian que haber implantando las ZBE y a dia de hoy solo lo han hecho en torno al 33 %, y son muchas las que ya han dicho que no lo van hacer. ¿de verdad crees que están para contar los 96 dias? |
Editado: 08-abr-2025 10:40 -
08-abr-2025 12:30
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Quizás te seria mas facil encontrar una de las sanciones que dicen que han mandado
¿de verdad es el ayuntamiento quien multa por todo eso que dices? Una cosa es denunciar y otra sancionar, y mas importante todavia, quien es el que cobra. Y ya de paso posiblemente puedas ilustrarnos en que parte del Reglamento General de Vehiculos y/o la Ley de tráfico aparece la sanción que correspondería. El computo de dias es a nivel nacional, no a nivel local. Un Ayuntamiento en concreto no puede denunciar por ese concepto que ademas tendria que ir acompañado de las 96 fotos, etc, etc... mientras no se instrumentalizen los medios y los procedimientos y de momento eso no está por ningun lado. Quizás el Concejal se "confundio" con los accesos a las ZBE, que han denunciado a vehiculos indebidamente y ahora están teniendo que retirar y no se le ocurrio otra cosa que "meter miedo" con lo de los 96 dias. Tambien te será muy facil comprobar si hay mas fuentes solventes que lo corroboren. De momento y mientras no se demuestre lo contrario, sigo diciendo que no existen tales sanciones por sobrepasar los 96 dias. Y la interpretación de periodo de 365 dias es delirante. Si algun dia llega a ocurrir alguna sanción de estas acabará en los juzgados sin duda, y ya veremos como se cuenta, quien lo hace y que registros mantienen. Que sepas que cualquier camara de vigilancia está autorizada por un juez unica y exclusivamente para usos bien definidos y algunas temporalmente. Registrar el tema de los 96 dias no lo está, pero aunque no me lo creo pudiera ser que alguien en el ayuntamiento se tomara la molestia de modificar el software, pero aun hace bien poco que los de Protección de datos han sancionado a la DGT por las de los radares. Lo que si me creo, como tantas veces ocurre, que en su "ansia" de imponer un criterio y/o recaudatorio utilicen trucos y marrullerias que acaben tumbando en los tribunales como ha ocurrido con las ZBE y volverá a ocurrir. Tan solo recordar que en 2023 todas las ciudades de mas de 50.000 habitantes tenian que haber implantando las ZBE y a dia de hoy solo lo han hecho en torno al 33 %, y son muchas las que ya han dicho que no lo van hacer. ¿de verdad crees que están para contar los 96 dias? Yo no digo que sea legal o ilegal. Pero que el Ayuntamiento de Madrid sanciona sistemáticamente con cámaras, es una realidad absoluta. Y que tienen listados automatizados de cuando entra o sale un coche, y si está autorizado o no, y si tiene esta etiqueta o la otra, también es una realidad. Manejan autorizaciones de residentes, de comercios, de parkings, de obras, de rodajes... todo automatizado y con un solo software con centenares de cámaras. Y que ponen multas y se pagan, también es una verdad. Respecto a lo de "por qué" te multan, está claro: porque no tienes autorización para circular por el lugar. No se si aplican el articulo 76.23-S, el artículo 76.23-O, o el 76.23-Z3... Y respecto a quien cobra... pues el Ayuntamiento, claro... como dice la Ley de Capitalidad. Unos 350.000.000 euros al año en sanciones de trafico, por violar ordenanzas, por violar la LSV, por violar el reglamento de vehiculos. Usando la capacidad sancionadora de la administración local. No traspasan la pasta a la DGT. Yo no digo que esté bien o mal. ya te digo... pero recursos tengas y los ganes... De momento, hay ZBEs "tumbadas" en los tribunales pero son por defectos de forma. Nos guste o no, ningún tribunal ha dicho todavía que no se pueda imponer una ZBE, es decir prohibir el paso a un vehículo por su nivel contaminante. |
Editado: 08-abr-2025 12:33 -
08-abr-2025 13:33
#634
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Como opiniones hay para todo, yo (yo), lo que digo es que "ojito" si un Organismo Oficial sanciona a un ciudadano y la excusa es "no tengo actualizados datos, la Administración "tal o cual" no me ha dicho nada, o cosas similares). No es problema del ciudadano si no tienen bien adaptados/tomados/etc. "datos". La mayoría de los ciudadanos usan el "Recurso o Queja" para resolver este tipo de "sanciones" impuestas (por unos problemas o por otros, pero mal impuestas). Yo, desde hace algún tiempo, las muy pocas veces que he tenido que actuar al respecto (Trafico, Catastro, etc.), he usado denuncia en el Juzgado y ello en aplicación del artículo 404 del Código Penal (no es mi problema si una Administración no se entiende con otra, es su problema y obligación). "Mano de Santo" oiga (nombre y apellidos de los empleados públicos intervinientes de la incoación, tramitación y resolución del expediente sancionador, a los efectos de pedir responsabilidades, añadiendo que no solicito medidas cautelares de suspensión de empleo y sueldo). Sí, es más caro que poner un Recurso o Queja, por supuesto, pero......... cada ciudadano actúa según su criterio. Saludos, |
08-abr-2025 14:04
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En relación con lo que dice “pepejoaki”, de que “De momento, hay ZBEs "tumbadas" en los tribunales pero son por defectos de forma. Nos guste o no, ningún tribunal ha dicho todavía que no se pueda imponer una ZBE, es decir prohibir el paso a un vehículo por su nivel contaminante”, creo que es así, pero es que la obligación de que se impongan por los Ayuntamientos las ZBE en sus ciudades, es una Ley Estatal (Ley 7/2021, artículo 14), aprobada por el PSOE, IU-PODEMOS y algún Partido Regionalista, el resto, votó en contra o se abstuvo. Cuando se estaba tramitando esa Ley, yo (yo), en los foros/ambientes donde participaba propuse una manifestación en desacuerdo con dicha norma (cayó todo en “saco roto”). Aún así fui a manifestarme y con una pancarta (fui solo, en mi vehículo, circulando por mi ciudad y con mi pancarta). Ahora (años después) vienen las “quejas/lloros, o como cada cual le quiera llamar” de que si el Ayuntamiento………. El tiempo dado para la “no imposición Estatal” fue el que se dio para la Ley 7/2021, no ahora. Ahora lo que se está contemplando por los ciudadanos (que antes no se movilizaron) es, cómo “tumbar” unas normas "Locales/Municipales" que han de cumplir por Ley los Ayuntamientos. Pongo un ejemplo de lo que en mi opinión me parece: El Estado ordena en su dia, que los Ayuntamientos han de poner a los ciudadanos un collar en cuello con su nombre y dirección, y nadie dice nada al respecto; y ahora se está discutiendo si el collar es más bonito, más feo, que si la protección e datos, si se nota más en el cuello o se nota menos, si el nombre/dirección se ha de poner en mayúscula o no, o cómo retrasar el poner los collares (collares que por Ley están obligados a poner los Ayuntamientos los ciudadanos). En mi opinión el problema es obligar a poner el collar (es mi opinión). Saludos, |
08-abr-2025 14:11
#636
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Yo no digo que sea legal o ilegal. Pero que el Ayuntamiento de Madrid sanciona sistemáticamente con cámaras, es una realidad absoluta. Y que tienen listados automatizados de cuando entra o sale un coche, y si está autorizado o no, y si tiene esta etiqueta o la otra, también es una realidad. Manejan autorizaciones de residentes, de comercios, de parkings, de obras, de rodajes... todo automatizado y con un solo software con centenares de cámaras. Y que ponen multas y se pagan, también es una verdad.
Respecto a lo de "por qué" te multan, está claro: porque no tienes autorización para circular por el lugar. No se si aplican el articulo 76.23-S, el artículo 76.23-O, o el 76.23-Z3... Y respecto a quien cobra... pues el Ayuntamiento, claro... como dice la Ley de Capitalidad. Unos 350.000.000 euros al año en sanciones de trafico, por violar ordenanzas, por violar la LSV, por violar el reglamento de vehiculos. Usando la capacidad sancionadora de la administración local. No traspasan la pasta a la DGT. Yo no digo que esté bien o mal. ya te digo... pero recursos tengas y los ganes... De momento, hay ZBEs "tumbadas" en los tribunales pero son por defectos de forma. Nos guste o no, ningún tribunal ha dicho todavía que no se pueda imponer una ZBE, es decir prohibir el paso a un vehículo por su nivel contaminante. Claro que eso lo tienen controlado, salvo los tumbos en cuanto a la identificación de si los vehiculos son o no historicos. Pero esto de los dias de uso es independiente de si por donde se circula tiene el trafico restringido o no. Solo faltaba que si el mismo dia pasas por varios ayuntamientos con ZBE cada uno te pueda sancionar independientemente, cosa que podria pasar si ese conteo estuviera en manos de los Ayuntamientos. En todo caso cualquier sanción tiene que estar respaldada por las pruebas pertinentes y de la forma que exige la Ley, y para ello tienen que estar definidos y publicados los procedimientos. Sigo preguntando, ¿donde están las sanciones esas? |
08-abr-2025 18:26
#637
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Buenas tardes , a ver si me podeis resolver una duda que tenemos sobre el cambio a Histórico de un vehículo. Volkswagen Transporter T4 furgón año 1995 (febrero) sin reformas Si la pasamos a histórico podemos seguir utilizándola para llevar puntualmente algo de mercancía ( uso privado de empresa) ¿? El uso que le damos es 2 veces al mes o incluso menos para temas de llevar mercancía y luego algún fin de semana para uso particular.. Por que al leer la normativa , veo que esta prohibido el uso para transporte público de mercancías, pero en nuestro caso , no cobramos por transportar ni nos dedicamos a eso. Artículo 20.*Prohibiciones y limitaciones en la utilización de los vehículos históricos. 1.*El uso de los vehículos históricos tendrá carácter ocasional, con objeto de minimizar su impacto medioambiental, garantizar su adecuada preservación y por motivos de seguridad vial. Queda prohibida con carácter general su utilización para prestar los siguientes servicios: a)*Transporte público de viajeros. b)*Transporte público de mercancías. c)*Actividades agrícolas o de obras y servicios. 2.*No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, se permitirá el uso de vehículos históricos para el transporte de personas en vehículos de alquiler con conductor, para el uso o exposición estática y/o con fines publicitarios, para la realización de rodajes y actividades cinematográficas o audiovisuales, así como para la realización, conforme a la normativa de transporte, de otras actividades para las que por su escasa incidencia en el mercado del transporte o por las cortas distancias recorridas no resultare necesaria autorización. Gracias y saludos. |
09-abr-2025 09:41
#638
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Buenas tardes , a ver si me podeis resolver una duda que tenemos sobre el cambio a Histórico de un vehículo.
Volkswagen Transporter T4 furgón año 1995 (febrero) sin reformas Si la pasamos a histórico podemos seguir utilizándola para llevar puntualmente algo de mercancía ( uso privado de empresa) ¿? El uso que le damos es 2 veces al mes o incluso menos para temas de llevar mercancía y luego algún fin de semana para uso particular.. Por que al leer la normativa , veo que esta prohibido el uso para transporte público de mercancías, pero en nuestro caso , no cobramos por transportar ni nos dedicamos a eso. Artículo 20.*Prohibiciones y limitaciones en la utilización de los vehículos históricos. 1.*El uso de los vehículos históricos tendrá carácter ocasional, con objeto de minimizar su impacto medioambiental, garantizar su adecuada preservación y por motivos de seguridad vial. Queda prohibida con carácter general su utilización para prestar los siguientes servicios: a)*Transporte público de viajeros. b)*Transporte público de mercancías. c)*Actividades agrícolas o de obras y servicios. 2.*No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, se permitirá el uso de vehículos históricos para el transporte de personas en vehículos de alquiler con conductor, para el uso o exposición estática y/o con fines publicitarios, para la realización de rodajes y actividades cinematográficas o audiovisuales, así como para la realización, conforme a la normativa de transporte, de otras actividades para las que por su escasa incidencia en el mercado del transporte o por las cortas distancias recorridas no resultare necesaria autorización. Gracias y saludos. En principio tendrás como minimo las mismas limitaciones que ya tenias, y si tenias tarjeta de transporte la pierdes. Solo podrás destinarla a Uso Propio, pero llevarle mercancia a un cliente ya puede ser un problema porque eso es uso comercial aunque no lo cobres directamente. Tambien habria que ver si la furgo está a nombre de empresa o particular, etc. Mejor será que te informes con algun experto en Transporte. Por mi zona que hay 2 poligonos cercanos veo que paran mucho a furgos y están revisando papeles continuamente. Al menos en dias y horas laborables. |
09-abr-2025 18:52
#639
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En el tema de mercancias no estoy puesto y esto es algo que con el anterior RD ni se contemplaba
En principio tendrás como minimo las mismas limitaciones que ya tenias, y si tenias tarjeta de transporte la pierdes. Solo podrás destinarla a Uso Propio, pero llevarle mercancia a un cliente ya puede ser un problema porque eso es uso comercial aunque no lo cobres directamente. Tambien habria que ver si la furgo está a nombre de empresa o particular, etc. Mejor será que te informes con algun experto en Transporte. Por mi zona que hay 2 poligonos cercanos veo que paran mucho a furgos y están revisando papeles continuamente. Al menos en dias y horas laborables. La tarjeta de transporte ya hace años que no la tenemos, por que no se necesita para el uso que le damos nosotros , al no ser nuestro servicio el transporte como tal. Y si, está a nombre de empresa. Lo dicho, gracias por la respuesta |
09-abr-2025 19:10
#640
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Gracias por la respuesta, tenemos que consultar a alguien que este en el tema si.
La tarjeta de transporte ya hace años que no la tenemos, por que no se necesita para el uso que le damos nosotros , al no ser nuestro servicio el transporte como tal. Y si, está a nombre de empresa. Lo dicho, gracias por la respuesta Entiendo que sino habeis tenido problemas hasta ahora tampoco deberiais tenerlos ahora, o al menos no mas que antes. El problema mayor es que si os pillan con varias unidades del mismo producto entiendan que no es uso propio y que en realidad estais hacien un porte. Pero no me hagas caso, solo es lo que oigo por ahi, pero que no he comprobado |
19-abr-2025 19:25
#641
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Entonces veo que aunque la dgt diga que están exentos de normativa anticontaminación, las itv siguen dando por culo (para cobrar la prueba). Correcto? Otra cosa: el coche debe estar como en origen. Eso implica las luces, intermitentes, etc de como salió de serie? Porque si es un coche antiguo americano, intermitentes son rojos y posición delante es naranja. Alguien sabe algo de esto? |
24-abr-2025 18:08
#642
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Técnicamente así debería ser. Recuerdo un caso en el que le pusieron pegas en la Itv porque las luces de posición laterales no se encendían, pero también era un vehículo matriculado histórico con la anterior normativa y matrícula H. Y probablemente especificara en la ficha técnica la existencia de dichas luces. Yo creo que al final esto dependerá de la Itv, pero a grandes rasgos, ni deberían quejarse por llevar los intermitentes rojos, ni tampoco porque los lleves naranjas. |
24-abr-2025 19:03
#643
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Entonces veo que aunque la dgt diga que están exentos de normativa anticontaminación, las itv siguen dando por culo (para cobrar la prueba). Correcto?
Otra cosa: el coche debe estar como en origen. Eso implica las luces, intermitentes, etc de como salió de serie? Porque si es un coche antiguo americano, intermitentes son rojos y posición delante es naranja. Alguien sabe algo de esto? si es un coche ya matriculado en España tendrá que cumplir con las condiciones en que fue matriculado. y si está sin matricular ya le diran en el Laboratorio que es lo que tiene que cambiar o si le ponen restriciones de circulación Lo de las lucecitas es cuestión de seguridad |
25-abr-2025 08:29
#644
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Alguien me podría ayudar porfa? Mi Toledo lo pasé a histórico con la nueva ley, el octubre pasado, y la ITV la pasó en mayo. Mi pregunta es, si una vez hecho histórico, me tocaría la ITV cada dos años, pero he de pasarla ahora en mayo por última vez y ya hasta mayo 2027 nada? O como lo hice histórico me olvidó de ITV hasta mayo 2026? Gracias |
25-abr-2025 09:47
#645
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Alguien me podría ayudar porfa?
Mi Toledo lo pasé a histórico con la nueva ley, el octubre pasado, y la ITV la pasó en mayo. Mi pregunta es, si una vez hecho histórico, me tocaría la ITV cada dos años, pero he de pasarla ahora en mayo por última vez y ya hasta mayo 2027 nada? O como lo hice histórico me olvidó de ITV hasta mayo 2026? Gracias El cambio de uso a historio se valida en la siguiente ITV. Tienes que pasarla necesariamente |
25-abr-2025 09:55
#646
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Y puedo ir a una ITV en Cornellá la cual está bajo cámaras zbe? |
25-abr-2025 10:21
#647
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Poder puedes... Lo que no se es si te multaran. Si lo hacen tendrás que recurrir. Si ya tienes el cambio de uso a histórico en el permiso tambien tienes el derecho, pero está habiendo problemas con la identificación de los que no llevan la matricula H. Igual ya lo tienen arreglado. Alguien de la zona lo podrá confirmar |
Editado: 25-abr-2025 10:23 -
25-abr-2025 10:41
#648
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Poder puedes...
Lo que no se es si te multaran. Si lo hacen tendrás que recurrir. Si ya tienes el cambio de uso a histórico en el permiso tambien tienes el derecho, pero está habiendo problemas con la identificación de los que no llevan la matricula H. Igual ya lo tienen arreglado. Alguien de la zona lo podrá confirmar |
25-abr-2025 12:05
#649
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Técnicamente así debería ser. Recuerdo un caso en el que le pusieron pegas en la Itv porque las luces de posición laterales no se encendían, pero también era un vehículo matriculado histórico con la anterior normativa y matrícula H. Y probablemente especificara en la ficha técnica la existencia de dichas luces.
Yo creo que al final esto dependerá de la Itv, pero a grandes rasgos, ni deberían quejarse por llevar los intermitentes rojos, ni tampoco porque los lleves naranjas. Pues no, no es asi
si es un coche ya matriculado en España tendrá que cumplir con las condiciones en que fue matriculado. y si está sin matricular ya le diran en el Laboratorio que es lo que tiene que cambiar o si le ponen restriciones de circulación Lo de las lucecitas es cuestión de seguridad A esto me refiero. El coche es americano, de 1981. Originalmente viene con: - luces laterales (naranja delante, rojas detras): actualmente llevaba las bombillas quitadas y las luces pintadas de negro. - posición detrás y freno rojos, marcha atrás blanco (esto es correcto aquí también) - intermitencia detrás roja (además de freno y posición). Le pusieron unos faros que no son los suyos, entonces ya no es el coche en su estado original ![]() Lo que siempre se ha hecho ha sido eximirlos de luces que no le corresponden y llevar las originales con el funcionamiento original. Esto sigue siendo así? (Porque lo sigue diciendo el reglamento "estado de conservación original a como salió de fábrica" Podrá ser considerado histórico un vehículo con, al menos, 30 años desde su primera matriculación o fabricación y que se encuentre en estado original. No puede haber sufrido cambios en sus características o componentes principales como son motor, frenos, dirección, suspensión o carrocería.) |
25-abr-2025 17:12
#650
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Las luces con los americanos es un poco especial el tema.
A esto me refiero. El coche es americano, de 1981. Originalmente viene con: - luces laterales (naranja delante, rojas detras): actualmente llevaba las bombillas quitadas y las luces pintadas de negro. - posición detrás y freno rojos, marcha atrás blanco (esto es correcto aquí también) - intermitencia detrás roja (además de freno y posición). Le pusieron unos faros que no son los suyos, entonces ya no es el coche en su estado original ![]() Lo que siempre se ha hecho ha sido eximirlos de luces que no le corresponden y llevar las originales con el funcionamiento original. Esto sigue siendo así? (Porque lo sigue diciendo el reglamento "estado de conservación original a como salió de fábrica" Podrá ser considerado histórico un vehículo con, al menos, 30 años desde su primera matriculación o fabricación y que se encuentre en estado original. No puede haber sufrido cambios en sus características o componentes principales como son motor, frenos, dirección, suspensión o carrocería.) Una cosa es la condición para que puedan considerarse historicos, y otra las condiciones en que puedas circular Cuando hacían el informe de catalogación pasaban el filtro de Laboratorio que proponia las exenciones y las limitaciones correspondiente y luego Industria las aprobaba. Ahora ha desaparecido el tramite de industria y es el Laboratorio quien fija las condiciones y estas tienen que reflejarse en el permiso de circulación. Para circular por la calle hay que cumplir con el reglamento general de circulación. No es solo la ITV es que tambien te pueden multar por la calle. Hay muchos casos que no los dejan circular de noche o por autovias, etc de americanos poco he tocado pero los que he visto le han cambiado el lucerio por europeo. Ten en cuenta que los que exportaron para ser vendidos en Europa ya llevaban las modificaciones pertinentes y viceversa los europeos que se querian vender en USA. |
03-jun-2025 08:53
#651
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Poder puedes...
Lo que no se es si te multaran. Si lo hacen tendrás que recurrir. Si ya tienes el cambio de uso a histórico en el permiso tambien tienes el derecho, pero está habiendo problemas con la identificación de los que no llevan la matricula H. Igual ya lo tienen arreglado. Alguien de la zona lo podrá confirmar ¿Desde cuándo los históricos tienen derecho a circular por la ZBE de la área metropolitana de Barcelona? |
03-jun-2025 09:34
#652
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No se cuales son las condiciones en Barcelona, pero si la ITV está dentro de una zona restringida y tu tienes cita no te pueden multar. Ademas con el nuevo RD se supone que tampoco dentro los 96 dias de uso permitidos. Con la cantidad de fotos que se hacen juntos el Sr Navarro y los Motor Bages y otras asociaciones se supone que eso debe estar amarrado |
03-jun-2025 09:40
#653
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A tu obligación de pasar la ITV
No se cuales son las condiciones en Barcelona, pero si la ITV está dentro de una zona restringida y tu tienes cita no te pueden multar. Ademas con el nuevo RD se supone que tampoco dentro los 96 dias de uso permitidos. Con la cantidad de fotos que se hacen juntos el Sr Navarro y los Motor Bages y otras asociaciones se supone que eso debe estar amarrado No te multarán si pides y pagas por un día de excepción, si no quieres pagar ve un sábado. Y queda a criterio de los ayuntamientos, permitir el acceso libre a los VH. Que sepa, no es el caso de Barcelona. Los 96 días son de circulación total, no tienen nada que ver con las ZBE |
03-jun-2025 09:58
#654
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En este foro y en otros han sido citados problemas por usar o no la matricula histórica para la debida identificación. Y para el nuevo sistema el problema parece radicar en la actualización de datos por parte de la DGT de los nuevos clasificados |
10-jun-2025 13:21
#655
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Hecha la ley, hecha la trampa... menuda manada de hijos de puta el excelentísmo Ayto de Madrid y su señor alcalde... https://www.motorpasion.com/industri...atriculaciones |
Editado: 10-jun-2025 13:28 -
10-jun-2025 13:31
#656
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Hecha la ley, hecha la trampa... menuda manada de hijos de puta el excelentísmo Ayto de Madrid y su señor alcalde...
https://www.motorpasion.com/industri...atriculaciones |
11-jun-2025 19:20
#657
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Hecha la ley, hecha la trampa... menuda manada de hijos de puta el excelentísmo Ayto de Madrid y su señor alcalde...
https://www.motorpasion.com/industri...atriculaciones |
12-jun-2025 08:06
#658
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Con la nueva limitación de 96 dias, no existe posibilidad de pasar a Madrid con un histórico para ningún uso habitual como pueda ser ir al trabajo, por lo que tu comentario está fuera de lugar. |
12-jun-2025 12:18
#659
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De hecho, se leía muchísimo. "Me compro un fordfi del 95 por 500€, lo hago histórico y a entrar al centro a currar jajajaja" Gente, además, que le dan igual los coches y los clásicos. Con esta gente que es listísima y rebusca en los pocos recovecos de libertad que quedan y se los cargan, ni pena ni empatía. |
12-jun-2025 12:52
#660
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Adivina por qué al principio no iba a haber restricción de días en vehículos históricos (antes nunca la ha habido) y a raíz de muchísima gente comprando zarrios noventeros con la idea de hacerlos históricos y burlar la restricción la pusieron.
De hecho, se leía muchísimo. "Me compro un fordfi del 95 por 500€, lo hago histórico y a entrar al centro a currar jajajaja" Gente, además, que le dan igual los coches y los clásicos. Con esta gente que es listísima y rebusca en los pocos recovecos de libertad que quedan y se los cargan, ni pena ni empatía. |
