duda norma antiaplicación
16-ene-2025 00:09
#1
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hola shurs La norma antiaplicación esta de las narices me saca de mis casillas y no hace más que confundirme Os explico una situación, a ver si mi razonamiento es el correcto: 1) Yo tengo 6 acciones de una empresa que compré en 2019 2) En enero de 2025 compro 30 acciones más de la misma empresa 3) En enero de 2025 vendo las 6 acciones que compré en 2019 a pérdidas En este caso, como habría comprado acciones iguales en los 2 meses anteriores a la venta, la pérdida patrimonial quedaría bloqueada y no podría computarla como tal en la declaración, no? Y luego, si quisiese desbloquear esa pérdida, lo que tengo que hacer es vender 6 acciones más? |
16-ene-2025 01:06
#2
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La norma de antiaplicacion es cuando compras después de haber vendido Es para evitar que supon que tienes 20 acciones de apple y con las 10 primeras tienes una perdida de 10%, vendes esas 10 y acto seguido las vuelves a comprar, para la renta te compensarás ese 10% de perdida si luego realmente ganases? Es para eso para lo que esta, no? |
Editado: 16-ene-2025 01:09 -
16-ene-2025 01:12
#3
| Como bien dice un compañero esa regla esta para no vender a perdidas, declarar esas perdidas y luego comprar más barato. Pero si tu vendes después de 6 años y te tiras los meses exigidos hasta volver a comprar puedes declarar esas perdidas patrimoniales |
16-ene-2025 01:15
#4
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Pero pensandolo bien igual si aplica, siempre y cuando no llegues al margen de 2 meses anteriores y posteriores Tiene sentido que te bloquee por lógica. Ya que lo mismo es comprar 10 acciones nuevas y vender las 10 malas en perdidas, que vender las 10 malas en perdidas y comprar de nuevo Por tanto debe de aplicarte porque sino habria un agujero ahi |
16-ene-2025 01:17
#5
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La norma de antiaplicacion es cuando compras después de haber vendido
Es para evitar que supon que tienes 20 acciones de apple y con las 10 primeras tienes una perdida de 10%, vendes esas 10 y acto seguido las vuelves a comprar, para la renta te compensarás ese 10% de perdida si luego realmente ganases? Es para eso para lo que esta, no? Si yo el espíritu de la norma, lo entiendo. Mi problema es con el caso concreto que he planteado. En ese caso, para desbloquear la pérdida y poder compensar con ella, debería hacer lo que he dicho? |
16-ene-2025 01:20
#6
| Pues si has vendido lo que has recomprado no deberias de tener problema habria que mirarlo |
16-ene-2025 02:32
#7
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hola shurs
La norma antiaplicación esta de las narices me saca de mis casillas y no hace más que confundirme Os explico una situación, a ver si mi razonamiento es el correcto: 1) Yo tengo 6 acciones de una empresa que compré en 2019 2) En enero de 2025 compro 30 acciones más de la misma empresa 3) En enero de 2025 vendo las 6 acciones que compré en 2019 a pérdidas En este caso, como habría comprado acciones iguales en los 2 meses anteriores a la venta, la pérdida patrimonial quedaría bloqueada y no podría computarla como tal en la declaración, no? Y luego, si quisiese desbloquear esa pérdida, lo que tengo que hacer es vender 6 acciones más? Simplemente las que has vendido en enero tienen como "precio de compra" el de enero, y de las 30 que te quedan, 6 de ellas tendrán el precio de compra original, con la diferencia entre comrpa y venta de ahora de enero Pero tienes que declarar la venta este año, aunque marcando lo de "no imputacion por recompra". Lo de la comrpa aplica los dos meses ANTES Y DESPUES de la venta. Así que a efectos fiscales, es como si las operaciones las hubieras hecho en el orden 1-3-2 y no te aplicas la pérdida, pero en su momento tendrás que tener en cuenta la diferencia de precios entre compra y venta ahora en enero. También te digo que lo facil es que uses el programa de la AEAT de acciones, que además siendo de esas fechas tendrá toda la información volcada (y si no, puedes meterla a mano) |
16-ene-2025 02:34
#8
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La norma de antiaplicacion es cuando compras después de haber vendido
Es para evitar que supon que tienes 20 acciones de apple y con las 10 primeras tienes una perdida de 10%, vendes esas 10 y acto seguido las vuelves a comprar, para la renta te compensarás ese 10% de perdida si luego realmente ganases? Es para eso para lo que esta, no? No, también aplica si compras ANTES de haber vendido |
16-ene-2025 02:37
#9
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Si lo que quieres es desbloquear la pérdida, tienes que esperar dos meses desde ahora sin comprar más, luego vender las 6 acciones y esperar otros dos meses antes de volver a comprar nada de eso. En total 4 meses de espera. Porque cualquier acción que vendas ahora "a pérdida" se compensa con las que has comprado. La otra opción es que lo vendas todo ahora y vuelvas a comprar lo que quieras dentro de dos meses. |
16-ene-2025 12:16
#10
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Simplemente las que has vendido en enero tienen como "precio de compra" el de enero, y de las 30 que te quedan, 6 de ellas tendrán el precio de compra original, con la diferencia entre comrpa y venta de ahora de enero
Pero tienes que declarar la venta este año, aunque marcando lo de "no imputacion por recompra". Lo de la comrpa aplica los dos meses ANTES Y DESPUES de la venta. Así que a efectos fiscales, es como si las operaciones las hubieras hecho en el orden 1-3-2 y no te aplicas la pérdida, pero en su momento tendrás que tener en cuenta la diferencia de precios entre compra y venta ahora en enero. También te digo que lo facil es que uses el programa de la AEAT de acciones, que además siendo de esas fechas tendrá toda la información volcada (y si no, puedes meterla a mano) |