duda norma antiaplicación

puchimon
ForoCoches: Usuario
#1
hola shurs

La norma antiaplicación esta de las narices me saca de mis casillas y no hace más que confundirme

Os explico una situación, a ver si mi razonamiento es el correcto:
1) Yo tengo 6 acciones de una empresa que compré en 2019
2) En enero de 2025 compro 30 acciones más de la misma empresa
3) En enero de 2025 vendo las 6 acciones que compré en 2019 a pérdidas

En este caso, como habría comprado acciones iguales en los 2 meses anteriores a la venta, la pérdida patrimonial quedaría bloqueada y no podría computarla como tal en la declaración, no?

Y luego, si quisiese desbloquear esa pérdida, lo que tengo que hacer es vender 6 acciones más?
ManuMtz
#2
La norma de antiaplicacion es cuando compras después de haber vendido

Es para evitar que supon que tienes 20 acciones de apple y con las 10 primeras tienes una perdida de 10%, vendes esas 10 y acto seguido las vuelves a comprar, para la renta te compensarás ese 10% de perdida si luego realmente ganases? Es para eso para lo que esta, no?
alejaandro27
ForoCoches: Miembro
#3
Como bien dice un compañero esa regla esta para no vender a perdidas, declarar esas perdidas y luego comprar más barato. Pero si tu vendes después de 6 años y te tiras los meses exigidos hasta volver a comprar puedes declarar esas perdidas patrimoniales
ManuMtz
#4
Pero pensandolo bien igual si aplica, siempre y cuando no llegues al margen de 2 meses anteriores y posteriores

Tiene sentido que te bloquee por lógica. Ya que lo mismo es comprar 10 acciones nuevas y vender las 10 malas en perdidas, que vender las 10 malas en perdidas y comprar de nuevo


Por tanto debe de aplicarte porque sino habria un agujero ahi
puchimon
ForoCoches: Usuario
#5
Cita de ManuMtz
La norma de antiaplicacion es cuando compras después de haber vendido

Es para evitar que supon que tienes 20 acciones de apple y con las 10 primeras tienes una perdida de 10%, vendes esas 10 y acto seguido las vuelves a comprar, para la renta te compensarás ese 10% de perdida si luego realmente ganases? Es para eso para lo que esta, no?
Cita de alejaandro27
Como bien dice un compañero esa regla esta para no vender a perdidas, declarar esas perdidas y luego comprar más barato. Pero si tu vendes después de 6 años y te tiras los meses exigidos hasta volver a comprar puedes declarar esas perdidas patrimoniales

Si yo el espíritu de la norma, lo entiendo. Mi problema es con el caso concreto que he planteado. En ese caso, para desbloquear la pérdida y poder compensar con ella, debería hacer lo que he dicho?
ManuMtz
#6
Cita de puchimon
Si yo el espíritu de la norma, lo entiendo. Mi problema es con el caso concreto que he planteado. En ese caso, para desbloquear la pérdida y poder compensar con ella, debería hacer lo que he dicho?
Pues si has vendido lo que has recomprado no deberias de tener problema habria que mirarlo
zonocotropo
ForoCoches: Flanders
#7
Cita de puchimon
hola shurs

La norma antiaplicación esta de las narices me saca de mis casillas y no hace más que confundirme

Os explico una situación, a ver si mi razonamiento es el correcto:
1) Yo tengo 6 acciones de una empresa que compré en 2019
2) En enero de 2025 compro 30 acciones más de la misma empresa
3) En enero de 2025 vendo las 6 acciones que compré en 2019 a pérdidas

En este caso, como habría comprado acciones iguales en los 2 meses anteriores a la venta, la pérdida patrimonial quedaría bloqueada y no podría computarla como tal en la declaración, no?

Y luego, si quisiese desbloquear esa pérdida, lo que tengo que hacer es vender 6 acciones más?

Simplemente las que has vendido en enero tienen como "precio de compra" el de enero, y de las 30 que te quedan, 6 de ellas tendrán el precio de compra original, con la diferencia entre comrpa y venta de ahora de enero


Pero tienes que declarar la venta este año, aunque marcando lo de "no imputacion por recompra".


Lo de la comrpa aplica los dos meses ANTES Y DESPUES de la venta.




Así que a efectos fiscales, es como si las operaciones las hubieras hecho en el orden 1-3-2 y no te aplicas la pérdida, pero en su momento tendrás que tener en cuenta la diferencia de precios entre compra y venta ahora en enero.


También te digo que lo facil es que uses el programa de la AEAT de acciones, que además siendo de esas fechas tendrá toda la información volcada (y si no, puedes meterla a mano)
zonocotropo
ForoCoches: Flanders
#8
Cita de ManuMtz
La norma de antiaplicacion es cuando compras después de haber vendido

Es para evitar que supon que tienes 20 acciones de apple y con las 10 primeras tienes una perdida de 10%, vendes esas 10 y acto seguido las vuelves a comprar, para la renta te compensarás ese 10% de perdida si luego realmente ganases? Es para eso para lo que esta, no?

No, también aplica si compras ANTES de haber vendido
zonocotropo
ForoCoches: Flanders
#9
Cita de puchimon
Si yo el espíritu de la norma, lo entiendo. Mi problema es con el caso concreto que he planteado. En ese caso, para desbloquear la pérdida y poder compensar con ella, debería hacer lo que he dicho?

Si lo que quieres es desbloquear la pérdida, tienes que esperar dos meses desde ahora sin comprar más, luego vender las 6 acciones y esperar otros dos meses antes de volver a comprar nada de eso. En total 4 meses de espera.


Porque cualquier acción que vendas ahora "a pérdida" se compensa con las que has comprado.




La otra opción es que lo vendas todo ahora y vuelvas a comprar lo que quieras dentro de dos meses.
puchimon
ForoCoches: Usuario
#10
Cita de zonocotropo
Simplemente las que has vendido en enero tienen como "precio de compra" el de enero, y de las 30 que te quedan, 6 de ellas tendrán el precio de compra original, con la diferencia entre comrpa y venta de ahora de enero


Pero tienes que declarar la venta este año, aunque marcando lo de "no imputacion por recompra".


Lo de la comrpa aplica los dos meses ANTES Y DESPUES de la venta.




Así que a efectos fiscales, es como si las operaciones las hubieras hecho en el orden 1-3-2 y no te aplicas la pérdida, pero en su momento tendrás que tener en cuenta la diferencia de precios entre compra y venta ahora en enero.


También te digo que lo facil es que uses el programa de la AEAT de acciones, que además siendo de esas fechas tendrá toda la información volcada (y si no, puedes meterla a mano)
Todo aclarado, muchas gracias shur
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