Madrid 360 - ¿Puedo circular por Madrid?

AlexMore
ForoCoches: Usuario
#121
Y alguien sabe que pasa si me mudo en 2025 a Madrid dentro de la M30, cambiando el domicilio fiscal con un coche sin etiqueta?
jorcama
ForoCoches: Usuario
#122
Cita de AlexMore
Y alguien sabe que pasa si me mudo en 2025 a Madrid dentro de la M30, cambiando el domicilio fiscal con un coche sin etiqueta?
Por lo que cuenta aquí las excepciones de son para coches empadronados antes de 2022


https://www.madrid360.es/como-me-afecta/etiqueta-a/
jorcama
ForoCoches: Usuario
#123
Y más sentido común

Durante 2025 los residentes podrán aparcar en la zona ser del barrio donde viven

https://www.madrid.es/portales/munim...001f4a900aRCRD
ceecfc
|4|0|0|0|0|0|+
#124
"Los titulares de vehículos A sólo podrán estacionar en su barrio, pudiendo ser sancionados si aparcan en otra zona de la capital"

Que jodido disparate y sin motivo ninguno de contaminación. No solo violan la igualdad entre todos los españoles discriminando si eres de aquí o allí o estas empadronado o no, es que persiguen a los propios madrileños en su p**a ciudad. Es de estar mal. Vaya represión y tirania. Hasta cuando esta tomadura de pelo.

Tic Tac, cumplimento de la resolución judicial YA. Fuera ZBE's ilegales y libertad de movimiento.
jorcama
ForoCoches: Usuario
#125
Cita de ceecfc
"Los titulares de vehículos A sólo podrán estacionar en su barrio, pudiendo ser sancionados si aparcan en otra zona de la capital"

Que jodido disparate y sin motivo ninguno de contaminación. No solo violan la igualdad entre todos los españoles discriminando si eres de aquí o allí o estas empadronado o no, es que persiguen a los propios madrileños en su p**a ciudad. Es de estar mal. Vaya represión y tirania. Hasta cuando esta tomadura de pelo.

Tic Tac, cumplimento de la resolución judicial YA. Fuera ZBE's ilegales y libertad de movimiento.
Ojalá, lo veo complicado Shur, a las manifestaciones no habrán ido ni 300 personas, a la consulta que hicieron votaron 3000, la mitad a favor.


Los que viven fuera de Madrid han acatado la ordenanza sin ningún movimiento social serio.
dangamo
ForoCoches: Miembro
#126
Menudo jaleo, en febrero 2025 tengo que ir a Madrid a hacer un examen, al lado de la plaza de Colón, ¿puedo entrar con mi diesel etiqueta C por dentro de la M30?
jorcama
ForoCoches: Usuario
#127
Cita de dangamo
Menudo jaleo, en febrero 2025 tengo que ir a Madrid a hacer un examen, al lado de la plaza de Colón, ¿puedo entrar con mi diesel etiqueta C por dentro de la M30?
Sí puedes entrar con un etiqueta C, pero revisa el OP pq la Plaza Colón linda con distrito centro donde no puedes entrar a no se q vayas a un aparcamiento.
dangamo
ForoCoches: Miembro
#128
Cita de jorcama
Sí puedes entrar con un etiqueta C, pero revisa el OP pq la Plaza Colón linda con distrito centro donde no puedes entrar a no se q vayas a un aparcamiento.
Gracias shur.
cormoran
ForoCoches: Usuario pro
#129
Seat Ibiza 6L 1.9 tdi 2004 sin pegatina pagando viñeta etc en Asturias.
3 multas de septiembre que han llegado hoy (a 200€ la receta) por circular por Madrid con vehiculo sin etiqueta medioambiental.
¿recurribles? ¿legales?
apremia ya que acaba prontopago en breves.
una absoluta vergüenza y un abuso en toda regla.
chicotimido
ForoCoches: Miembro
#130
Cita de cormoran
Seat Ibiza 6L 1.9 tdi 2004 sin pegatina pagando viñeta etc en Asturias.
3 multas de septiembre que han llegado hoy (a 200€ la receta) por circular por Madrid con vehiculo sin etiqueta medioambiental.
¿recurribles? ¿legales?
apremia ya que acaba prontopago en breves.
una absoluta vergüenza y un abuso en toda regla.
Ostias qué putada!
Desgraciadamente tendrás que pagar y aprovecha el pronto pago. Una vez pagado, guardas tus multas y los justificantes del pago, me da la sensación de que podrás pedir la devolución de esas multas y los intereses legales, no se en que año. Leí algo de que la U.E. creo que ha declarado ilegales las multas en zbe, ya es tirar del hilo.
sampat_4
Nick original: sampaT4
#131
Bienvenidos a la agenda 2030.
JC_Carlos
ForoCoches: Miembro
#132
Se somete al trámite de Consulta Pública previa el “Anteproyecto de Ley de movilidad de la Comunidad de Madrid”.

Desde la Asociación Vehículos Afectados por Restricciones Medioambientales (AVARM),presentan una serie de alegaciones.

Alegaciones a la Ley de Movilidad de la Comunidad de Madrid.

Impugnación de la Consulta Pública previa del Anteproyecto de la Ley de Movilidad de la Comunidad de Madrid.


https://asociacionavarm.wixsite.com/...idad-de-la-cam

Aqui se puede consultar la información sobre la consulta


https://participa.comunidad.madrid/c...munidad-madrid
JC_Carlos
ForoCoches: Miembro
#133
La justicia madrileña reitera la incompetencia del Ayuntamiento de Madrid para imponer sanciones en el túnel de Plaza Elíptica.


https://aeaclub.org/ayuntamiento-mad...automovilista/



Espero que le salga caro al señor alcalde y devuelva el dinero que ha robado a los ciudadanos.
Aunque como siempre, saldrá de nuestros impuestos.
diego54
ForoCoches: Miembro
#134
Hola, gracias por el post.
Una duda, proximamente tengo que ir a Madrid, a un Hotel que está justo justo fuera de la zona que si entras te multan, pero para llegar a él tendré que atravesar calles que están dentro de la zona de exclusión.
El Hotel tiene parking, ¿como debo tramitar que entraré con mi coche con etiqueta B? Debo registrarme en alguna web del Ayuntamiento?


Gracias!!
corcega
ForoCoches: Miembro
#135
Cita de diego54
Hola, gracias por el post.
Una duda, proximamente tengo que ir a Madrid, a un Hotel que está justo justo fuera de la zona que si entras te multan, pero para llegar a él tendré que atravesar calles que están dentro de la zona de exclusión.
El Hotel tiene parking, ¿como debo tramitar que entraré con mi coche con etiqueta B? Debo registrarme en alguna web del Ayuntamiento?


Gracias!!
Si el hotel está fuera de la zona, no puedes pasar bajo ningún concepto. Entendiendo que hablas de la zona 360 (antiguo Madrid Central), vengas de donde vengas no es necesario atravesar el centro.
jorcama
ForoCoches: Usuario
#136
Cita de diego54
Hola, gracias por el post.
Una duda, proximamente tengo que ir a Madrid, a un Hotel que está justo justo fuera de la zona que si entras te multan, pero para llegar a él tendré que atravesar calles que están dentro de la zona de exclusión.
El Hotel tiene parking, ¿como debo tramitar que entraré con mi coche con etiqueta B? Debo registrarme en alguna web del Ayuntamiento?


Gracias!!


No te entiendo bien, que hotel es?
sampat_4
Nick original: sampaT4
#137
Cita de corcega
Si el hotel está fuera de la zona, no puedes pasar bajo ningún concepto. Entendiendo que hablas de la zona 360 (antiguo Madrid Central), vengas de donde vengas no es necesario atravesar el centro.
Así es, y si el hotel está fuera, seguro que hay una ruta que no pase por el centro.

Si está dentro de la zona centro, lo único que tendrás es que bordearla. Si tu coche tiene etiqueta, no tienes problema para entrar dentro del municipio.

Saludos
pinpilinpauxa
εїз Ⓥ
#138
Gracias por este hilo! Veo que estoy bien jodida xdd
jorcama
ForoCoches: Usuario
#139
Cita de pinpilinpauxa
Gracias por este hilo! Veo que estoy bien jodida xdd
En el OP tienes el enlace a la asociación que está reclamando todas las ZBE a lo mejor ellos pueden ayudar con las multas.
:elrisas:
ForoCoches: Miembro
#140
sin novedades no? que no caiga el post
jorcama
ForoCoches: Usuario
#141
De este modo, todos los titulares de vehículos mencionados anteriormente que infrinjan la normativa vigente (Ordenanza de Movilidad Sostenible) para Madrid ZBE desde las 00:00 horas del miércoles 1 de enero de 2025 hasta las 23:59 del miércoles 31 de diciembre de 2025 y sean interceptados por las cámaras recibirán una comunicación por carta de carácter informativo en su domicilio.


Pues casi tres meses circulando y todavía no me ha llegado ninguna carta
:elrisas:
ForoCoches: Miembro
#142
Cita de jorcama
De este modo, todos los titulares de vehículos mencionados anteriormente que infrinjan la normativa vigente (Ordenanza de Movilidad Sostenible) para Madrid ZBE desde las 00:00 horas del miércoles 1 de enero de 2025 hasta las 23:59 del miércoles 31 de diciembre de 2025 y sean interceptados por las cámaras recibirán una comunicación por carta de carácter informativo en su domicilio.


Pues casi tres meses circulando y todavía no me ha llegado ninguna carta
pues hoy me ha llegado la primera notificacion, he recibido la notificacion via mail, supongo que mas adelante la recibire al buzon, y la he consultado en lo de madrid.es y es un aviso de esta mierda


CARTA DE AVISO POR CIRCULACIÓN PROHIBIDA EN VÍAS PÚBLICAS URBANAS DE MADRID ZONA
DE BAJAS EMISIONES.
Estimado/a Sr./Sra.:
Le informo de que el día 01-02-2025 a las 14:36 horas, su vehículo, con categoría ambiental A y matrícula
******** ha sido captado en C HNOS GARCIA NOBLEJAS 14 C1, circulando por una vía pública urbana de
Madrid Zona de Bajas Emisiones (en adelante Madrid ZBE)

. Su vehículo tiene prohibida la circulación por toda vía pública urbana de la ciudad de Madrid desde las
0:00 horas del día 1 de enero de 2025.
. Este documento es una carta de aviso meramente informativa, no la notificación de una multa.
. Se denunciará y sancionará la circulación de su vehículo por vías públicas urbanas de la ciudad de
Madrid, si es detectado por los agentes de la autoridad que controlan el tráfico.
. Las cámaras y los foto-rojos que controlan la circulación en las vías urbanas de la ciudad de
Madrid comenzarán a denunciar a partir de las 00:00 horas del 1 de enero de 2026.

A continuación, le ofrecemos información relevante que puede ser de su interés:

¿En qué consiste Madrid Zona de Bajas Emisiones (abreviadamente "Madrid ZBE")? Es la zona de bajas
emisiones que prohíbe el acceso y circulación por las vías públicas urbanas de la ciudad de Madrid a los
vehículos con clasificación ambiental "A" en el Registro de Vehículos de la DGT, por ser los de mayor
potencial contaminante.

¿A qué finalidad responde? La norma protege la salud de las personas frente a la mortalidad y las
enfermedades que provoca y agrava la contaminación del aire, protege el derecho a disfrutar de un medio
ambiente adecuado para el desarrollo de la persona en el medio ambiente urbano y permite cumplir la
normativa comunitaria y estatal de calidad del aire y de cambio climático, al reducir las emisiones que emiten
al circular los vehículos a motor más contaminantes.

¿Qué normas la regulan? El artículo 21 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (en adelante, OMS) en
aplicación y cumplimiento de la normativa comunitaria y estatal de tráfico, calidad del aire y cambio climático.

¿Cómo se sanciona su incumplimiento? No respetar las restricciones de circulación derivadas de las zonas
de bajas emisiones constituye una infracción grave de tráfico sancionada con multa de 200 euros, reducibles a
100 euros en caso de que se realice el pago en el plazo de los 20 primeros días, conforme a lo previsto en los
artículos 76.z3) y 80.1 de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LTSV).

¿Se me va a sancionar por el hecho descrito en el párrafo primero? En esta ocasión NO, porque su
vehículo fue detectado por un dispositivo sujeto a periodo de aviso hasta las 23:59 horas del 31 de diciembre
de 2025, adoptado mediante la Resolución de 23 de diciembre de 2024 de la Directora General de Gestión y
Vigilancia de la Circulación por la que se establece el período de aviso de las cámaras con lector OCR y los
dispositivos foto rojo para el control de Madrid Zona de Bajas Emisiones, respecto de los vehículos con
clasificación ambiental "A" que no se han beneficiado de los cuatro periodos de aviso previos (BOCM Nº 307,
de 26 de diciembre de 2024).

¿Puedo circular por las vías urbanas de la ciudad de Madrid? NO, con carácter general, no puede circular
por las vías urbanas de la ciudad de Madrid desde las 0:00 horas del día 1 de enero de 2025.

Desde las 0:00 horas del día 1 de enero de 2025 sólo podrán circular en los siguientes vehículos:

a) Los vehículos conducidos por o empleados para trasladar a personas titulares de la Tarjeta para el
estacionamiento de vehículos de personas con movilidad reducida (en adelante, TEPMR), siempre
que, encontrándose adaptados al efecto de satisfacer las necesidades subjetivas de movilidad de la
persona titular de la respectiva TEPMR, los vehículos figuren de alta en el sistema de gestión de
accesos a Madrid ZBE, hayan obtenido el oportuno permiso, y exhiban reglamentariamente la
respectiva TEPMR, exclusivamente cuando la persona titular de la TEPMR se encuentre en el
vehículo durante su circulación.

b) Los vehículos que tengan reconocida la consideración de históricos conforme al Reglamento de
Vehículos Históricos, aprobado mediante Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre.

c) Los vehículos que dispongan de una autorización excepcional otorgada conforme a lo dispuesto en el
artículo 21 apartado 4 de la OMS.

Si considera que la regulación de Madrid ZBE le permite circular, puede contactarnos a través del correo
electrónico [email protected] especificando su matrícula y la información que estime oportuna.
INFORMACIÓN ADICIONAL:

1. Encontrará más información sobre Madrid ZBE y sobre la ubicación de los dispositivos automatizados de
control del tráfico, así como los límites de la ZBE, en la web https://www.madrid.es/madridzbe y en Geoportal
del Ayuntamiento de Madrid.También podrá informarse a través de: X (Twitter) @Lineamadrid; el teléfono
010-Línea Madrid; y www.madrid360.es.

2. La regulación de Madrid ZBE se adopta en aplicación y cumplimiento de: los artículos 7.b), 7.g) y 18 de la
LTSV; los artículos 38, 39.1 y 40 a) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de
Madrid; la Directiva 2008/50, de 21 de mayo y el segundo párrafo del artículo 16.4 de la Ley 34/2007 de 15 de
noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera; y el artículo 14.3.a) de la Ley 7/2021, de 20 de
mayo, de cambio climático y transición energética.

Finalmente, le animo a extremar el cuidado en el cumplimiento de la normativa de circulación, y en particular
de la regulación de Madrid ZBE, para proteger la salud de las personas, el medio ambiente urbano y cumplir la
normativa de calidad del aire y cambio climático, y evitar, así, ser denunciado.

Reciba un atento saludo,

LA DIRECTORA GENERAL DE GESTIÓN Y VIGILANCIA DE LA CIRCULACIÓN
jorcama
ForoCoches: Usuario
#143
Cita de :elrisas:
pues hoy me ha llegado la primera notificacion, he recibido la notificacion via mail, supongo que mas adelante la recibire al buzon, y la he consultado en lo de madrid.es y es un ...
Una al mes dijeron, ya nos irás contando, yo todavía nada, me da a mí que depende del tipo de cámara.
:elrisas:
ForoCoches: Miembro
#144
tiene cojones

El PP de Getafe lleva a los tribunales la zona de bajas emisiones
https://www.telemadrid.es/programas/...402031131.html

y en la capital lo imponen ellos
jorcama
ForoCoches: Usuario
#145
Cita de :elrisas:
tiene cojones

El PP de Getafe lleva a los tribunales la zona de bajas emisiones
https://www.telemadrid.es/programas/...402031131.html

y en la capital lo imponen ellos


Y los franceses quitando las ZBE


https://diario16plus.com/opinion/zon...07411_102.html
j@se
motero y mtbero a ratos
#146
Cita de :elrisas:
pues hoy me ha llegado la primera notificacion, he recibido la notificacion via mail, supongo que mas adelante la recibire al buzon, y la he consultado en lo de madrid.es y es un aviso de esta mierda


CARTA DE AVISO POR CIRCULACIÓN PROHIBIDA EN VÍAS PÚBLICAS URBANAS DE MADRID ZONA
DE BAJAS EMISIONES.
Estimado/a Sr./Sra.:
Le informo de que el día 01-02-2025 a las 14:36 horas, su vehículo, con categoría ambiental A y matrícula
******** ha sido captado en C HNOS GARCIA NOBLEJAS 14 C1, circulando por una vía pública urbana de
Madrid Zona de Bajas Emisiones (en adelante Madrid ZBE)

. Su vehículo tiene prohibida la circulación por toda vía pública urbana de la ciudad de Madrid desde las
0:00 horas del día 1 de enero de 2025.
. Este documento es una carta de aviso meramente informativa, no la notificación de una multa.
. Se denunciará y sancionará la circulación de su vehículo por vías públicas urbanas de la ciudad de
Madrid, si es detectado por los agentes de la autoridad que controlan el tráfico.
. Las cámaras y los foto-rojos que controlan la circulación en las vías urbanas de la ciudad de
Madrid comenzarán a denunciar a partir de las 00:00 horas del 1 de enero de 2026.

A continuación, le ofrecemos información relevante que puede ser de su interés:

¿En qué consiste Madrid Zona de Bajas Emisiones (abreviadamente "Madrid ZBE")? Es la zona de bajas
emisiones que prohíbe el acceso y circulación por las vías públicas urbanas de la ciudad de Madrid a los
vehículos con clasificación ambiental "A" en el Registro de Vehículos de la DGT, por ser los de mayor
potencial contaminante.

¿A qué finalidad responde? La norma protege la salud de las personas frente a la mortalidad y las
enfermedades que provoca y agrava la contaminación del aire, protege el derecho a disfrutar de un medio
ambiente adecuado para el desarrollo de la persona en el medio ambiente urbano y permite cumplir la
normativa comunitaria y estatal de calidad del aire y de cambio climático, al reducir las emisiones que emiten
al circular los vehículos a motor más contaminantes.

¿Qué normas la regulan? El artículo 21 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (en adelante, OMS) en
aplicación y cumplimiento de la normativa comunitaria y estatal de tráfico, calidad del aire y cambio climático.

¿Cómo se sanciona su incumplimiento? No respetar las restricciones de circulación derivadas de las zonas
de bajas emisiones constituye una infracción grave de tráfico sancionada con multa de 200 euros, reducibles a
100 euros en caso de que se realice el pago en el plazo de los 20 primeros días, conforme a lo previsto en los
artículos 76.z3) y 80.1 de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LTSV).

¿Se me va a sancionar por el hecho descrito en el párrafo primero? En esta ocasión NO, porque su
vehículo fue detectado por un dispositivo sujeto a periodo de aviso hasta las 23:59 horas del 31 de diciembre
de 2025, adoptado mediante la Resolución de 23 de diciembre de 2024 de la Directora General de Gestión y
Vigilancia de la Circulación por la que se establece el período de aviso de las cámaras con lector OCR y los
dispositivos foto rojo para el control de Madrid Zona de Bajas Emisiones, respecto de los vehículos con
clasificación ambiental "A" que no se han beneficiado de los cuatro periodos de aviso previos (BOCM Nº 307,
de 26 de diciembre de 2024).

¿Puedo circular por las vías urbanas de la ciudad de Madrid? NO, con carácter general, no puede circular
por las vías urbanas de la ciudad de Madrid desde las 0:00 horas del día 1 de enero de 2025.

Desde las 0:00 horas del día 1 de enero de 2025 sólo podrán circular en los siguientes vehículos:

a) Los vehículos conducidos por o empleados para trasladar a personas titulares de la Tarjeta para el
estacionamiento de vehículos de personas con movilidad reducida (en adelante, TEPMR), siempre
que, encontrándose adaptados al efecto de satisfacer las necesidades subjetivas de movilidad de la
persona titular de la respectiva TEPMR, los vehículos figuren de alta en el sistema de gestión de
accesos a Madrid ZBE, hayan obtenido el oportuno permiso, y exhiban reglamentariamente la
respectiva TEPMR, exclusivamente cuando la persona titular de la TEPMR se encuentre en el
vehículo durante su circulación.

b) Los vehículos que tengan reconocida la consideración de históricos conforme al Reglamento de
Vehículos Históricos, aprobado mediante Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre.

c) Los vehículos que dispongan de una autorización excepcional otorgada conforme a lo dispuesto en el
artículo 21 apartado 4 de la OMS.

Si considera que la regulación de Madrid ZBE le permite circular, puede contactarnos a través del correo
electrónico [email protected] especificando su matrícula y la información que estime oportuna.
INFORMACIÓN ADICIONAL:

1. Encontrará más información sobre Madrid ZBE y sobre la ubicación de los dispositivos automatizados de
control del tráfico, así como los límites de la ZBE, en la web https://www.madrid.es/madridzbe y en Geoportal
del Ayuntamiento de Madrid.También podrá informarse a través de: X (Twitter) @Lineamadrid; el teléfono
010-Línea Madrid; y www.madrid360.es.

2. La regulación de Madrid ZBE se adopta en aplicación y cumplimiento de: los artículos 7.b), 7.g) y 18 de la
LTSV; los artículos 38, 39.1 y 40 a) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de
Madrid; la Directiva 2008/50, de 21 de mayo y el segundo párrafo del artículo 16.4 de la Ley 34/2007 de 15 de
noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera; y el artículo 14.3.a) de la Ley 7/2021, de 20 de
mayo, de cambio climático y transición energética.

Finalmente, le animo a extremar el cuidado en el cumplimiento de la normativa de circulación, y en particular
de la regulación de Madrid ZBE, para proteger la salud de las personas, el medio ambiente urbano y cumplir la
normativa de calidad del aire y cambio climático, y evitar, así, ser denunciado.

Reciba un atento saludo,

LA DIRECTORA GENERAL DE GESTIÓN Y VIGILANCIA DE LA CIRCULACIÓN

a mi pareja le acaba de llegar la misma carta


a pesar de ser residente en madrid


y de la supuesta moratoria
jorcama
ForoCoches: Usuario
#147
Podéis dejar vuestra opinión en este post de La Sexta

https://www.facebook.com/10006436211...40aB7S9Ucbxw6v
:elrisas:
ForoCoches: Miembro
#148
https://www.eldebate.com/motor/20250...00651_amp.html
ceecfc
|4|0|0|0|0|0|+
#149
A tomar por culo la ZBE de Segovia.

Libertad de circulación en este país.

Ahora que vuelvan a votar a los del ay untamiento o cualquier otro que siga con la represión, cámaras carcelarias y contra la libertad de circulación de personas y bienes como el vehículo que paga IVTM para uso de vía pública en todo el territorio nacional, no en un ayuntamiento sí y en otro 200€ de multa.
jorcama
ForoCoches: Usuario
#150
No estaría nada mal
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