Mini-guía de FISCALIDAD en CRIPTODIVISAS

Tema Cerrado
esnaivi
ForoCoches: Miembro
#1771
Cita de Lexis Pexis
Buenas shurs, tengo algunas preguntas, espero no molestar.

1 - Si aún no he retirado ningún beneficio a mi banco en Euros de Binance, Gate.io, etc... (de momento solamente he comprado, no he enviado al banco dinero generado/invertido de las cripto).

A la hora de declarar los beneficios (pongamos que he invertido 1000 euros, y en este momento tengo 3000 euros en Binance, los 1000 invertidos + 2000 de beneficios), ¿me quitan un % de lo declarado? ¿Qué pasa si el día de mañana, he invertido 100 euros y tengo beneficios en Binance (o exchange etc) de, pongamos 1.000.000 de euros?


2 - En caso de contratar a un asesor/gestor, ¿en qué aspectos me podría llegar a ayudar? Por ejemplo, entiendo que los informes de movimientos, compras etc los saco yo (no tendría problema con ello). ¿Recomendaríais alguno en especial?


3 - Si se da el caso de que una moneda (por ejemplo 1 VET) la he estado moviendo de un exchange a otro, o de una cartera a un exchange o viceversa, PERO sin operar (comprar/vender/tradear) con ella ni nada por el estilo, ¿es necesario sacar esos movimientos también?

Muchas gracias shures.
1-en números gordos, te quitan un 20% aprox de las ganancias

2-tú le das la info, a no ser que quieras darle tus claves y la saque él, y él te dirá cómo rellenar las casillas en la renta. Por ahí leí seico asesores, de Zaragoza creo, pero no sé qué tal funcionan.

3-no lo sé, hay un gasto de comisiones, pero no tengo muy claro si hay que hacer algo con eso.
Lexis Pexis
ForoCoches: Miembro
#1772
Cita de esnaivi
1-en números gordos, te quitan un 20% aprox de las ganancias

2-tú le das la info, a no ser que quieras darle tus claves y la saque él, y él te dirá cómo rellenar las casillas en la renta. Por ahí leí seico asesores, de Zaragoza creo, pero no sé qué tal funcionan.

3-no lo sé, hay un gasto de comisiones, pero no tengo muy claro si hay que hacer algo con eso.
Gracias por la respuesta shur.

Pero en el punto 1, si no he llevado a mi banco ninguna ganancia en dinero fiat (euros), si no que están en Binance en forma de criptos, en caso de números gordos, ¿de dónde me quitan dicho % del beneficio?
esnaivi
ForoCoches: Miembro
#1773
Cita de Lexis Pexis
Gracias por la respuesta shur.

Pero en el punto 1, si no he llevado a mi banco ninguna ganancia en dinero fiat (euros), si no que están en Binance en forma de criptos, en caso de números gordos, ¿de dónde me quitan dicho % del beneficio?
De lo que te costó esa cripto en euros al comprarla menos lo que obtuviste al venderla (valor en euros ese día) Aunque no pases nada si banco.
Manu-1975
ForoCoches: Usuario
#1774
Cita de Topitok
Pagas la comisión en cripto, lo que genera un beneficio o pérdida igual que si haces un pago en cripto, por ejemplo, por una televisión.

Aquí hay un pago por un servicio, en este caso por el de compraventa de criptomonedas.
@Topitok, me estoy leyendo el hilo, que es enorme y seguro que se me ha pasado lo que voy a preguntar. Me ha quedado claro todo lo de las permutas etc etc. No quiero líos con hacienda. Ahora bien, he comprado en DEFI un token que puede que en un año me de mucha pasta, y lo tengo en una ledger. Qué hago para que Hacienda sepa que tengo esos token, cómo le demuestro que los he comprado, para que el día de mañana los pueda pasar a fiat y estar tranquilo.?

Gracias.
Ansias28
Rey en el Norte
#1775
sitio
pasalbe19
ForoCoches: Miembro
#1776
Cita de Manu-1975
@Topitok, me estoy leyendo el hilo, que es enorme y seguro que se me ha pasado lo que voy a preguntar. Me ha quedado claro todo lo de las permutas etc etc. No quiero líos con hacienda. Ahora bien, he comprado en DEFI un token que puede que en un año me de mucha pasta, y lo tengo en una ledger. Qué hago para que Hacienda sepa que tengo esos token, cómo le demuestro que los he comprado, para que el día de mañana los pueda pasar a fiat y estar tranquilo.?

Gracias.
Al retirarlo al ledger has tenido comisión? Según me están comentando por aquí ya se debería declarar esa comisión de retirada.

En teoría hasta que no vendas (o supere 50.000€), en ese caso deberías hacer el modelo 720 si lo tienes en un exchange extranjero. En el ledger en principio no se debe hacer, ya que físicamente lo tienes en España…

Lo único que puedes hacer es tener guardado los justificantes de las transferencias y capturas de las compras del exchange etc por si algún día te pidieran info.
Manu-1975
ForoCoches: Usuario
#1777
Cita de pasalbe19
Al retirarlo al ledger has tenido comisión? Según me están comentando por aquí ya se debería declarar esa comisión de retirada.

En teoría hasta que no vendas (o supere 50.000€), en ese caso deberías hacer el modelo 720 si lo tienes en un exchange extranjero. En el ledger en principio no se debe hacer, ya que físicamente lo tienes en España…

Lo único que puedes hacer es tener guardado los justificantes de las transferencias y capturas de las compras del exchange etc por si algún día te pidieran info.
Gracias, shur, la comisión ha sido el gas, centimos de BNB
Vitipauskas
ForoCoches: Miembro
#1778
Cita de Topitok
MINI-GUÍA DE FISCALIDAD EN OPERACIONES CON CRIPTODIVISAS

--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

NOTA: Para hacer de manera correcta la declaración y tener una visión global de las operaciones puede usarse alguna aplicación como COINTRACKING. Esta aplicación tiene una versión gratuita (limitada a 200 operaciones y sin importación de APIs) así como diversas versiones de pago. Para el usuario medio es recomendable la más barata dentro de las de pago (PRO), pues soporta hasta 3.500 operaciones, importa las API de los exchange más relevantes y te calcula los beneficios/pérdidas arrojando un informe fiscal por años que es bastante completo. Este informe, apuntalado con las correspondientes capturas de los exchange y los justificantes de transferencias bancarias debería ser más que suficiente para acreditar tanto el origen de los fondos como las ganancias/pérdidas obtenidas.

Si alguien quiere adquirir alguna de las versiones de pago de la aplicación puede obtener un 10% de descuento usando un referido. Si alguno quiere usar el mío en agradecimiento por esta fenomenal guía que me lo pida por privado

Os dejo un vídeo en el que se explica por un asesor como traspasar los datos del informe de Cointracking a la declaración de la renta:



Igualmente, Cointracking tiene una serie de asesores especializados cuyos servicios pueden contratarse. El shur @BigBear ha realizado esta recopilación de los mismos, con sus precios:





---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------


Y ahora vamos con la mini guía:

Soy un shurmano funcionario de la Agencia Tributaria y voy a plasmar una guía rápida y sencilla para que los shurmanos podáis entender mejor como funciona todo el tema de los impuestos a las criptomonedas. La dividiré en varias secciones para hacerlo todo un poco más claro. ¡Vamos a ello!


1. Base en la que tributan las ganancias y pérdidas obtenidas con criptodivisas.

Hay que acabar en primer lugar con el mito de que las operaciones con criptodivisas tributan en el I.R.P.F. según el volumen de tus demás rendimientos. Esto es totalmente FALSO, estas operaciones tienen la consideración de ganancia o pérdida patrimonial derivada de transmisión (como cuando se venden unas acciones en bolsa, por ejemplo). Las ganancias y pérdidas derivadas de transmisión van a la BASE DEL AHORRO, en la cual se tributa de la siguiente manera según el importe de las ganancias (o plusvalías) obtenidas:

De 0 a 6.000 euros -> 19%
De 6.000, 01 a 50.000 euros -> 21%
De 50.000,01 al infinito -> 23%

A partir de 2021 esta escala cambia al introducirse un nuevo tramo para ganancias "ALTAS":

De 0 a 6.000 euros -> 19%
De 6.000, 01 a 50.000 euros -> 21%
De 50.000,01 a 200.000 euros -> 23%
De 200.000,01 euros al infinito -> 26%


También conviene desterrar el mantra existente acerca de que si las ganancias irían a la BASE GENERAL en lugar de la BASE DEL AHORRO cuando entre la compra y la venta de las criptodivisas transcurre menos de un año. Esto también es totalmente FALSO, la legislación de IRPF cambió hace bastantes años eliminando dicha regla. Ahora tributan igual, sean compradas cuando lo sean, siempre que el beneficio o pérdida derive de una transmisión.

CASILLAS RENTA 2019 -> 389 (puede variar en posteriores ejercicios)


2. Momento de la tributación.

Las plusvalías y/o minusvalías deben declararse en el ejercicio en que se producen. Esto es, si la criptodivisa se vende el 30 de diciembre de 2017 hay que declararla en la renta del año 2017, aunque la transferencia la recibamos en enero de 2018.

Hay que separar el concepto de devengo del impuesto (la transmisión de los activos) del cobro de las cantidades derivadas de dicha operación. Lo importante a efectos fiscales es la fecha de DEVENGO (fecha de transmisión).


3. Obtención de la base de tributación.

Debido a la complejidad (yo más bien creo que imposibilidad) de calcular a mano cada transacción de criptodivisas (debería declararse cada cambio de altcoin a BTC, por ejemplo, y esos BTC a FIAT para su extracción), la guía se refiere únicamente a operaciones sencillas de declaración de beneficios o pérdidas obtenidos en criptodivisa mediante las diferencias entre transferencias de salida y entrada de fondos (en euros) en nuestras cuentas bancarias españolas, bajo el supuesto de que no ha existido tradeo entre altcoins o similar. Para todo lo demás, COINTRACKING o similar.

Como digo, con la ley en la mano cada transacción debería ser declarada y calculado el correspondiente beneficio o pérdida, cuestión altamente compleja, en primer lugar por el elevado número de transacciones que se producen en cada intercambio (por ejemplo, para vender una altcoin esta habrá sido comprada cambiando euros por BTC, los BTC por la alt, la alt de nuevo a BTC y los BTC a euros), y, en segundo lugar, porque tampoco en todas estas transacciones obtenemos un valor monetario que declarar, y hoy por hoy, no puede declararse en IRPF en moneda distinta al euro). Así, deberíamos hacer las conversiones a euro de cada transacción, con tipos de cambio muy variables y de difícil prueba. En definitiva, encomendarse a la virgen o fiarse de COINTRACKING.

Pondré a continuación ejemplos de operaciones sencillas de compraventa.


4. Cálculo de las plusvalías. Ejemplos.

(*) NOTA: Todos estos cálculos los realiza el programa RENTA WEB de la AEAT, simplemente tenemos que introducir los datos de valor de adquisición y valor de transmisión que calcularemos en base a las transferencias emitidas/recibidas de los exchanges, e identificar los valores que transmitimos (p. ej. BITCOIN, ETHEREUM, lo que sea). Vemos algunos ejemplos:


Ejemplo 4.1. Venta con beneficio de todas las posiciones.

En este caso se trata de la operación más simple. Compramos X criptomoneda y vendemos todos los tokens que adquirimos obteniendo un beneficio:

- Transferencia salida hacia el exchange (valor de adquisición) -> 5.000 euros.

- Operamos con criptomoneda y ganamos dinero.

- Transferencia de entrada a nuestra cuenta (valor de transmisión) -> 10.000 euros.

Plusvalía = 10.000 - 5.000 = 5.000 euros.

(*) NOTA: En caso de operarse varias criptomonedas hay que dividir los precios de adquisición y transmisión entre cada una, y deberían ser declaradas por separado.


Ejemplo 4.2. Venta con beneficio de una parte de las posiciones.

Este caso es más complejo. Compramos X criptomoneda y vendemos solo una parte de los tokens, obteniendo un beneficio:

- Transferencia salida hacia el exchange (valor de adquisición) -> debe calcularse proporcionalmente al porcentaje de tokens vendidos/conservados. Lo calculamos más adelante. La transferencia de salida hacia el Exchange suponemos que es de 5.000 euros, con los que compramos 1.000 tokens, por ejemplo.

- Operamos con criptomoneda y ganamos dinero. Vendemos una parte de nuestros tokens, por ejemplo, 400.

- Transferencia de entrada a nuestra cuenta (valor de transmisión) -> 10.000 euros, correspondientes al valor de venta de esos tokens (400).

- Cálculo del valor de adquisición correspondiente a los 400 tokens vendidos -> Como hemos vendido el 40% de nuestros tokens (400/1000), su valor de adquisición será el 40% del valor de adquisición original. Esta proporción variará, lógicamente, según el porcentaje de tokens que vendamos:

Precio de adquisición = 5.000 (que fue la transferencia de entrada al exchange) x 40% = 2.000 euros.

Plusvalía = 10.000 - 2.000 = 8.000 euros.

Para el futuro nos restarán otros 600 tokens cuyo valor de adquisición serán los 3.000 euros restantes (5.000 – 2.000), dato básico a la hora de calcular sus plusvalías o minusvalías futuras.

(*) En el futuro pongamos que la moneda sigue subiendo y vendemos el resto (600 tokens) por 20.000 euros (transferencia de entrada en nuestra cuenta).

Plusvalía = 20.000 – 3.000 = 17.000 euros.

(*) NOTA: En caso de operarse varias criptomonedas hay que dividir los precios de adquisición y transmisión entre cada una, y deberían ser declaradas por separado.


Ejemplo 4.3. Venta con beneficio de todas las posiciones, habiendo sido adquiridas en varias compras diferidas en el tiempo.

En este caso se trata de una operación en las que nos deshacemos de todas las posiciones, habiendo sido estas compradas mediante varias entradas sucesivas. Compramos X criptomoneda en varias transacciones y vendemos en una transacción todos los tokens que adquirimos obteniendo un beneficio:

- Transferencia número 1 de salida hacia el exchange (valor de adquisición) -> 5.000 euros. Adquirimos con ellos 1.000 tokens al precio de 5 euros/token.

- Transferencia número 2 de salida hacia el exchange (valor de adquisición) -> 10.000 euros. Adquirimos con ellos otros 1.000 tokens al precio de 10 euros/token (en este caso la criptodivisa ha doblado su precio antes de incrementar nuestra posición).

Precio de adquisición total = 15.000 euros (5.000 + 10.000).

- Operamos con la criptodivisa y obtenemos un beneficio, deshaciendo TODA nuestra posición.

- Transferencia de entrada a nuestra cuenta (valor de transmisión) -> 40.000 euros (2.000 tokens a 20 euros/token).

Plusvalía = 40.000 - 15.000 = 25.000 euros.

Este caso no plantea ningún problema más allá de tener en cuenta todas las compras a la hora de calcular el valor de adquisición.

(*) NOTA: En caso de operarse varias criptomonedas hay que dividir los precios de adquisición y transmisión entre cada una, y deberían ser declaradas por separado.


Ejemplo 4.4. Venta con beneficio de una parte de las posiciones, habiendo sido adquiridas en varias compras diferidas en el tiempo.

Este caso es, posiblemente, el más complejo de todos. Compramos X criptomoneda en varias fases diferidas en el tiempo y vendemos solo una parte de los tokens que poseemos, obteniendo un beneficio:

- Transferencia número 1 de salida hacia el exchange (valor de adquisición) -> 5.000 euros. Adquirimos con ellos 1.000 tokens al precio de 5 euros/token.

- Transferencia número 2 de salida hacia el exchange (valor de adquisición) -> 10.000 euros. Adquirimos con ellos otros 1.000 tokens al precio de 10 euros/token (en este caso la criptodivisa ha doblado su precio antes de incrementar nuestra posición).

Precio de adquisición total = 15.000 euros (5.000 + 10.000).

- Operamos con la criptodivisa y obtenemos un beneficio, deshaciendo SOLO UNA PARTE de nuestra posición. Pueden darse varios escenarios, pero en todos ello hemos de aplicar la regla conocida como FIFO (First In First Out), consistente en que en caso de ventas parciales hemos de considerar como primeros activos en salir los más antiguos (los adquiridos en primer lugar). Se ve gráficamente en los ejemplos siguientes dependiendo de cada escenario:


4.1.1. Venta de 500 tokens a 20 euros/token.

- Valor de adquisición (transferencia de salida al Exchange) -> como en esta ocasión vendemos solo 500 tokens, aplicando la regla FIFO estos deben ser de los primeros 1.000 que compramos a 5 euros/token, así que su precio de adquisición será de 2.500 euros (500 x 5).

- Valor de transmisión -> 500 x 20 euros/token = 10.000 euros (será la transferencia de entrada en nuestra cuenta bancaria).

Plusvalía = 10.000 – 2.500 = 7.500 euros.

Para el futuro nos quedarán:

500 tokens adquiridos a 5 euros/token -> P. adquisición = 2.500 euros,
y 1.000 tokens adquiridos a 10 euros/token -> P. adquisición = 10.000 euros.


4.1.2. Venta de 1.000 tokens a 20 euros/token.

- Valor de adquisición (transferencia de salida al Exchange) -> como en esta ocasión vendemos solo 1.000 tokens, aplicando la regla FIFO estos deben ser de los primeros 1.000 que compramos a 5 euros/token, así que su precio de adquisición será de 5.000 euros (1.000 x 5).

- Valor de transmisión -> 1.000 x 20 euros/token = 20.000 euros (será la transferencia de entrada en nuestra cuenta bancaria).

Plusvalía = 20.000 – 5.000 = 15.000 euros.

Para el futuro nos quedarán:

1.000 tokens adquiridos a 10 euros/token -> P. adquisición = 10.000 euros.


4.1.3. Venta de 1.500 token a 20 euros/token.

- Valor de adquisición (transferencia de salida al Exchange) -> como en esta ocasión vendemos 1.500 tokens, aplicando la regla FIFO estos deben proceder, en primer lugar, de los más antiguos, y, en cuanto al resto, de los sucesivos. Así el precio de adquisición será la suma de las transferencias enviadas para comprar:

1.000 tokens a 5 euros/token = 5.000 euros
+
500 tokens a 10 euros/token = 5.000 euros

Precio de adquisición total = 10.000 euros.

- Valor de transmisión -> 1.500 x 20 euros/token = 30.000 euros (será la transferencia de entrada en nuestra cuenta bancaria).

Plusvalía = 30.000 – 10.000 = 20.000 euros.

Para el futuro nos quedarán:

500 tokens adquiridos a 10 euros/token -> P. adquisición = 5.000 euros.

(*) NOTA: En caso de operarse varias criptomonedas hay que dividir los precios de adquisición y transmisión entre cada una, y deberían ser declaradas por separado.


5. ¿Qué pasa con las pérdidas?

Si, por cualquier cuestión, obtuvieras pérdidas en operaciones con criptodivisas, estas deben ser declaradas como las plusvalías. La ley de IRPF prevé un sistema de compensación con los rendimientos de la BASE GENERAL en un cierto porcentaje, y deja para años posteriores el resto.

Así, la parte no compensada en este ejercicio podrá serlo con ganancias de la misma naturaleza que sean obtenidas en los 4 años siguientes.


Ejemplo declaración pérdidas:

- Transferencia salida hacia el exchange (valor de adquisición) -> 5.000 euros.

- Operamos con criptomoneda y perdemos dinero.

- Transferencia de entrada a nuestra cuenta (valor de transmisión) -> 3.000 euros.

Pérdida = 5.000 - 3.000 = 2.000 euros.

Esta pérdida será parcialmente compensada con nuestros rendimientos declarados en la base general (rendimientos del trabajo, por ejemplo), y el restante, si lo hay, podrá compensarse en los 4 ejercicios siguientes con ganancias de la misma naturaleza que pudieran obtenerse.

(*) NOTA: Todo esto lo calcula el programa RENTA WEB de la AEAT, simplemente metiendo lo datos de valor de adquisición y valor de transmisión, igual que cuando existían beneficios.


6. Otros aspectos fiscales relacionados con criptodivisas.

6.1. Mineros

La Dirección General de Tributos ha calificado la minería bitcoin como actividad económica, por lo que quienes la ejercen deberían estar dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y tributar en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Dada la complejidad del tema no profundizaré más en él. Quien se encuentre en esta situación debería ponerse en manos de un asesor fiscal.


6.2. Modelo 720

Este modelo de declaración corresponde presentarlo a quienes ostentan bienes en el extranjero por importe superior a 50.000 euros a 31 de diciembre.

En el caso de las criptodivisas parece que va a aprobarse para el ejercicio 2021 y siguientes, siendo necesario declarar las criptomonedas depositadas en echanges o entidades de custodia extranjeras. No aplicable a tenencia en entidades españolas o en billeteras cuyas claves privadas sean custodiadas por el contribuyente español.


6.3. Nuevo proyecto de "Modelo X", declaración de tenencia de criptomonedas

Además del modelo 720, el gobierno parece estar preparando algún tipo de modelo que obligue a declarar las criptomonedas bajo control del contribuyente, con independencia de su valor y del lugar donde las mismas estén depositadas. Habrá que ver como queda redactado y cuando entra en vigor, pero parece cercana su aprobación.


6.4. Impuesto sobre el Patrimonio

Las ciptomonedas (su contravalor en euros), constituyen un bien integrante en la base imponible del Impuesto sobre el Patrimonio. El importe relevante es el contravalor en euros a 31 de diciembre de cada año. Este impuesto tiene un mínimo exento en cada CC.AA. que va desde los 400.000 euros en Aragón a los 2.000.000 de euros en Madrid.

Si se tiene un buen patrimonio en cripto conviene ir mirando el impuesto, sobre todo si el mercado cripto sigue al alza.

------------------------------------------------------------------------------------------------------

Un saludo y espero que esta mini-guía sirva de ayuda. Cualquier cuestión podéis preguntarla y la contestaré en cuanto me sea posible.

------------------------------------------------------------------------------------------------------

Disclaimer: Este criterio es totalmente personal, basado e una interpretación eficiente y lógica de la Ley del IRPF, pero en ningún caso vinculante a efectos fiscales. Nadie está libre de comprobación, pero guardando toda la documentación y llevando un registro EXCEL de las operaciones no debería haber demasiados problemas en caso de ser requeridos.

Muchisimas gracias por toda la información.
Entiendo que el modelo D6 hay que presentarlo si tengo mis criptodivisas en un exchange.
Pero si las tienes en una Paper Wallet o en una cartera fria.
Como informas a Hacienda de ello, al estar bajo tu control no son activos en el extranjero.
esnaivi
ForoCoches: Miembro
#1779
Cita de Vitipauskas
Muchisimas gracias por toda la información.
Entiendo que el modelo D6 hay que presentarlo si tengo mis criptodivisas en un exchange.
Pero si las tienes en una Paper Wallet o en una cartera fria.
Como informas a Hacienda de ello, al estar bajo tu control no son activos en el extranjero.
El D6 es solo para acciones.
Kurosaki
ForoCoches: Usuario
#1780
Otra duda que me surge... Los que hacéis trading y tenéis MILES de operaciones, aunque las tuvieseis listadas, ¿cómo meteríais esos datos en la declaración?
La Manteca
ForoCoches: Miembro
#1781
Los datos no se meten en la declaración, tu declaras lo que sea y a futuro puede que te pidan las operaciones para corroborar que la cifra declarada es correcta.
Der Todestrieb
ForoCoches: Miembro
#1782
Cita de esnaivi
1-en números gordos, te quitan un 20% aprox de las ganancias



¿Esto es verdad? O sea, en caso de que por ejemplo se compre en 2021 y no se retire nada al banco hasta 2025 hay que ir presentando cada año la declaración de la renta en plan "yo compré en 2021 x monedas y el día x del mes x del 2023 valen x dinero? Yo tenía entendido que no.
Pero a raíz de esto otra pregunta, ¿convendría informar de la compra de esos tokens en el ejercicio del 2021? o si no, cuando llegase el 2025 ¿cómo se haría? ¿con una complementaria?
cbt2610
ForoCoches: Usuario
#1783
todavia tengo que conocer a alguien que haya pagado....
esnaivi
ForoCoches: Miembro
#1784
Cita de Der Todestrieb
¿Esto es verdad? O sea, en caso de que por ejemplo se compre en 2021 y no se retire nada al banco hasta 2025 hay que ir presentando cada año la declaración de la renta en plan "yo compré en 2021 x monedas y el día x del mes x del 2023 valen x dinero? Yo tenía entendido que no.
Pero a raíz de esto otra pregunta, ¿convendría informar de la compra de esos tokens en el ejercicio del 2021? o si no, cuando llegase el 2025 ¿cómo se haría? ¿con una complementaria?
Declaras cuando vendes, si solo holdeas no.

Que yo sepa, si tienes obligación de hacer el 720 (creo que para criptos todavía no está aprobado), ahí si que tienes que informar de lo que tienes a 31 de diciembre.
Vitipauskas
ForoCoches: Miembro
#1785
Cita de Kurosaki
Otra duda que me surge... Los que hacéis trading y tenéis MILES de operaciones, aunque las tuvieseis listadas, ¿cómo meteríais esos datos en la declaración?
pongo el balance anual Precios de compra- Precio de venta - comisiones. De ahi pago lo que toque si hay plusvalias y me guardo el informe del broker con todas las operaciones. Por si me llaman a consultas.
Boss022
Drift Master
#1786
Los que vivimos en el extranjero tenemos que declarar las criptos?
Kurosaki
ForoCoches: Usuario
#1787
Cita de Vitipauskas
pongo el balance anual Precios de compra- Precio de venta - comisiones. De ahi pago lo que toque si hay plusvalias y me guardo el informe del broker con todas las operaciones. Por si me llaman a consultas.
Gracias shur. ¿Lo has hecho así en declaraciones previas? (sea con criptos o con acciones)
Vitipauskas
ForoCoches: Miembro
#1788
Cita de Kurosaki
Gracias shur. ¿Lo has hecho así en declaraciones previas? (sea con criptos o con acciones)
Si, tenia muchas operaciones, ventas en corto... en fin una odisea.
musben
ForoCoches: Miembro
#1789
Hola buenos dias, me podeis decir algun asesor fiscal de criptos bueno aunque sea caro? lo digo porque tengo bastante dinero en criptomonedas y quiero hacer la declaracion de forma correcta para que no haya ningun problema.

Gracias y saludos!
esnaivi
ForoCoches: Miembro
#1790
Cita de musben
Hola buenos dias, me podeis decir algun asesor fiscal de criptos bueno aunque sea caro? lo digo porque tengo bastante dinero en criptomonedas y quiero hacer la declaracion de forma correcta para que no haya ningun problema.

Gracias y saludos!
En funontheride anuncian Seico Asesores o algo así.
Mariscos Recio
Todo fresco
#1791
Cita de musben
Hola buenos dias, me podeis decir algun asesor fiscal de criptos bueno aunque sea caro? lo digo porque tengo bastante dinero en criptomonedas y quiero hacer la declaracion de forma correcta para que no haya ningun problema.

Gracias y saludos!
En el canal de telegram de criptolegal España tienes a lo mejorcito del país.
Franky_FFV
ForoCoches: Miembro
#1792
Cita de Elmachote
una pregunta, a la hora de declarar se puede hacer de alguna manera que no sea con cointraking?
A mi no me gusta Cointracking. Yo utilizo Koinly.
Litvak
ForoCoches: Miembro
#1793
me espero a la cripto amnistia fiscal de 2037
LCK
ForoCoches: Miembro
#1794
sitio
Pache
Pache
#1795
Muy buenas:

Se que soy algo gilipollas, pero me planteo lo siguiente siendo un inversor enano en este mundo:

He metido, digamos 600€ en coinbase y saco 600€ ...

No voy a declarar nada intermedio y nada de lo que queda en Coinbase de algunos beneficios ...

Entiendo que voy jodido durante 4 años?

* Segunda ... he leído que hay que declarar todos y cada uno de los movimietnos entre crytpos ... también he leído que solo es a partir de 10.000€

Se que me estoy aprovechando de la sabiduría de la comunidad, pero solo necesito una pequeña respuesta rápida y me pondré a investigar mis opciones (he transferido desde excahges, hecho swap, jugado a juegos NFTs ganando y perdiendo y ya no se que más historias).
Souni
Un maquinon
#1796
Chicos, y el tema de compra-venta de NFTs sabéis como se trata? tengo ahora mismo unos 4k ganados de esta manera, y no tengo ni idea de como proceder.
Takehiko
ForoCoches: Miembro
#1797
He estado mirando la plataforma Koinly.

Comprar he comprado en Binance por ejemplo BNB, de ahí muevo a TrustWallet y en trustwallet, uso habitualmente PancakeSwap para intercambio y despues vuelven las ganancias a Binance (si es que las hay... es lo que tiene las altcoins)

Una vez en Binance para hacer el retiro, he utilizado la opción de enviar a AdvCash y de ahí a la cuenta bancaria.

No sé si es la forma más efectiva hahaha

La pregunta es, metiendo los datos de Koinly de Binance y pidiendo el informe, sería más que suficiente?

En el dashboard de koinly me aparece

Un unrealized gains con un valor negativo

Luego en BreakDown, recibido, enviado, trading fees y finalmente el realized gains que son 693€

Esto sería lo que hay que poner en la declaración?

Alguna cosa más? He intentado meter cosas de otras plataformas por donde han pasado las monedas como los movimientos de advcash pero me daba error y no sé cómo sacar los movimientos de trustwallet

También podría ser más fácil (Cuanto has ingresado con la tarjeta a Binance y cuanto has retirado)
A.Kirker
ForoCoches: Miembro
#1798
Buenas tardes tengo alguna duda, mis conocimientos en cuento a temas legales con las cryptos son nulos, y queria si me podiais sacar de unas dudillas que tengo...

He comprado en coinbase, transferido a otros exchanges y ahi he cambiado monedas inicialmente compradas en coinbase por usdt para comprar en ese exchange otras monedas con los usdt.

No he sacado nada, lo tengo en hold y poco mas, quiza cambiar alguna moneda a usdt para comprar otra e ya.

Tengo que declarar algo?¿ perdonad una vez mas mi ignorancia.

Gracias!
Galo04
ForoCoches: Miembro
#1799
Buenas tardes, tengo una pregunta. He ganado un buen dinero y me gustaría darle a mi hermano 0.3 bnbs para que se inicie en este mundo. Yo hago tradding, por lo que mi intención es enseñarle a hacer lo mismo. Mi duda es en el tema fiscal. Esos 0.3 son parte de mis beneficios y serán tributados, pero ahora mi hermano sacará beneficios de ellos, no yo. Entonces, que debo hacer? estoy bastante perdido, pues en el momento en el que se lo transfiera, dejarán de ser míos, pero debo demostrarlo o algo? En caso de sacar beneficios de ellos, cómo es lógico, no debería de pagar yo dichos impuestos.
Franky_FFV
ForoCoches: Miembro
#1800
Cita de A.Kirker
Buenas tardes tengo alguna duda, mis conocimientos en cuento a temas legales con las cryptos son nulos, y queria si me podiais sacar de unas dudillas que tengo...

He comprado en coinbase, transferido a otros exchanges y ahi he cambiado monedas inicialmente compradas en coinbase por usdt para comprar en ese exchange otras monedas con los usdt.

No he sacado nada, lo tengo en hold y poco mas, quiza cambiar alguna moneda a usdt para comprar otra e ya.

Tengo que declarar algo?¿ perdonad una vez mas mi ignorancia.

Gracias!
En primer lugar, si la suma de los rendimientos de trabajo + ganancias de criptos es mayor a 1000 € debes declarar ventas o permutas, rewards, staking, etc. Cualquiera que esté trabajando pues ganará >1000 € anuales, así que ganando 1 céntimo habría que hacerlo.


Cita de Galo04
Buenas tardes, tengo una pregunta. He ganado un buen dinero y me gustaría darle a mi hermano 0.3 bnbs para que se inicie en este mundo. Yo hago tradding, por lo que mi intención es enseñarle a hacer lo mismo. Mi duda es en el tema fiscal. Esos 0.3 son parte de mis beneficios y serán tributados, pero ahora mi hermano sacará beneficios de ellos, no yo. Entonces, que debo hacer? estoy bastante perdido, pues en el momento en el que se lo transfiera, dejarán de ser míos, pero debo demostrarlo o algo? En caso de sacar beneficios de ellos, cómo es lógico, no debería de pagar yo dichos impuestos.
Yo creo que tu declararías una donación y el un "reward".
← A Criptomonedas