[Autónomos] Prestación por cese de actividad
08-jul-2020 02:07
#961
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Nostros tenemos un bar familiar, trabajamos mi madre y yo. Ella es grupo de riesgo por edad y por una enfermedad autoinmune que tiene.
A parte cuidamos de mi padre, que está muy delicado de salud, dependiente y necesita ayuda para casi todo. Con el cachondeo que veo, no vemos claro abrir. Y dentro del bar no lleva mascarilla ni el tato. Leí mal lo de las bonificaciones de la cuota del 100%, Julio, 50% Agosto y 25% de septiembre si seguía con la la prestación extraordinaria, porque me han llamado de la asesoría y me han dicho que eso era en caso de abrir. Si solicitamos el cese extraordinario se tendría que pagar autónomo, pero me ha dicho que la mutua me compensaría algo, pero no me ha dicho la cantidad, a ver si me entero. Me da pena ver el bar cerrado, pero el contagio puede ser muy peligroso en nuestro caso. Suerte y ánimo a todos, yo he pasado por cierres largos por hospitales y demás y de todo se sale, siempre sale el sol. |
08-jul-2020 19:37
#962
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He entendido esto: - Se cobra el 70% de la base reguladora, eso como hasta ahora. - Pagas la cuota de autónomos, creo que son 284 (el mínimo del nornal, ni societario ni agrario). - Y la mutua te compensa/devuelve casi todo de esos 284€? Gracias de nuevo. EDIT: Acabo de encontrar esto: 4. ¿El autónomo con derecho a prórroga seguirá pagando la cuota de autónomos? Las cuotas a la Seguridad Social se deberán seguir abonando mientras se perciba esta prestación. No obstante, los autónomos que perciban esta prestación, recibirán, además del importe de la misma (70% de la base mínima de cotización), el importe de las cotizaciones correspondiente a las contingencias comunes (267 euros aproximadamente). Esto significa que el importe total de la prestación está en torno a 930 euros. Fuente: https://www.infoautonomos.com/blog/respuestas-prorroga-del-cese-de-actividad/ |
Editado: 08-jul-2020 19:54 -
08-jul-2020 21:18
#963
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No he entendido bien tu respuesta, pero antes te agradezco tu molestia.
He entendido esto: - Se cobra el 70% de la base reguladora, eso como hasta ahora. - Pagas la cuota de autónomos, creo que son 284 (el mínimo del nornal, ni societario ni agrario). - Y la mutua te compensa/devuelve casi todo de esos 284€? Gracias de nuevo. EDIT: Acabo de encontrar esto: 4. ¿El autónomo con derecho a prórroga seguirá pagando la cuota de autónomos? Las cuotas a la Seguridad Social se deberán seguir abonando mientras se perciba esta prestación. No obstante, los autónomos que perciban esta prestación, recibirán, además del importe de la misma (70% de la base mínima de cotización), el importe de las cotizaciones correspondiente a las contingencias comunes (267 euros aproximadamente). Esto significa que el importe total de la prestación está en torno a 930 euros. Fuente: https://www.infoautonomos.com/blog/r...-de-actividad/ |
09-jul-2020 21:38
#965
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Releyendo las condiciones hay una cosa que me ha llamado la atención. Es la siguiente: ¿Cómo acredito la caída de la facturación?
En principio, basta para acreditar la caída de la facturación una declaración responsable del trabajador autónomo. No obstante, a partir de 1 de octubre de 2020 y del 1 de febrero de 2021, las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, o el Instituto Social de la Marina, en su caso, van a recabar del Ministerio de Hacienda los datos tributarios de los ejercicios 2019 y 2020 necesarios para el seguimiento y control de las prestaciones reconocidas. Solo en el caso de que la citadas entidades no puedan tener acceso a los datos obrantes en las administraciones tributarias, los trabajadores deberán aportar, en el plazo de los diez días siguientes a su requerimiento: Copia del modelo 303 de autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), correspondiente a las declaraciones del segundo y tercer trimestre de los años 2019 y 2020. Copia del modelo 130 correspondiente a la autoliquidación en pago fraccionado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del segundo y tercer trimestre de los años 2019 y 2020 a los efectos de poder determinar lo que corresponde al tercer y cuarto trimestre de esos años. Los trabajadores autónomos que tributen en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por estimación objetiva (modelo 131) deberán aportar la documentación necesaria o cualquier otro medio de prueba que sirva para acreditar los ingresos exigidos en este precepto. ¿Qué tiene que ver aquí el segundo?¿Igual usan el segundo para ver si te correspondía la extraordinaria del estado de alarma? |
10-jul-2020 08:26
#966
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Hola shurs,
Alguno sabe como comprobar si he cotizado por cese de actividad? Al estar con la tarifa plana en segundo año no era obligatorio pagarlo y no sé como saber si lo he pagado o no. En la pagina de la seguridad social sólo me sale la tarifa en la que estoy pero no desglosado y he estado pagando más de los 60€ que se suponía que eran. En el documento de alta pone que no estoy, pero en internet dice que desde el 2019 es obligatorio. No se si estoy cumpliendo lo de los 12 meses o no, ni donde mirarlo... SI alguno sabe donde mirarlo que me cite porfa |
10-jul-2020 09:43
#968
| La forma más sencilla sería que contactases con tu mutua y que te diesen ellos la información. |
10-jul-2020 11:45
#969
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De todas formas, puedes verlo en el recibo de autónomos al verse incrementado o preguntar en la TGSS. Yo no preguntaría a la mutua. |
10-jul-2020 16:24
#970
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No he entendido bien tu respuesta, pero antes te agradezco tu molestia.
He entendido esto: - Se cobra el 70% de la base reguladora, eso como hasta ahora. - Pagas la cuota de autónomos, creo que son 284 (el mínimo del nornal, ni societario ni agrario). - Y la mutua te compensa/devuelve casi todo de esos 284€? Gracias de nuevo. EDIT: Acabo de encontrar esto: 4. ¿El autónomo con derecho a prórroga seguirá pagando la cuota de autónomos? Las cuotas a la Seguridad Social se deberán seguir abonando mientras se perciba esta prestación. No obstante, los autónomos que perciban esta prestación, recibirán, además del importe de la misma (70% de la base mínima de cotización), el importe de las cotizaciones correspondiente a las contingencias comunes (267 euros aproximadamente). Esto significa que el importe total de la prestación está en torno a 930 euros. Fuente: https://www.infoautonomos.com/blog/r...-de-actividad/ En el EDIT que pones pone 70% BASE MÍNIMA... ![]()
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10-jul-2020 19:57
#971
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Yo solicite la prestación para los meses de Abril y Mayo. El 30 de Abril y de Mayo me cobraron la cuota de autonomo, y el 30 de Junio no se porque no la han pasado. Solo me han hecho la devolución de una cuota de momento, el dia 11 de Junio. Al hacer la declaración trimestral suelo poner las 3 cuotas en gastos sin IVA. ¿Que tendria que poner ahora? |
11-jul-2020 11:17
#972
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A mi también me cobraron la cuota de autonomos de abril y mayo pero no la de junio. Sin embargo, solo me han devuelto una cuota en junio y pensaba que esta semana me devolverian la cuota que correspondia a mayo. En la mutua ni contestan cuando se les pregunta y para solicitar la prorroga hay que volver a rellenar por Internet toda la información con campos imposibles como que te piden el número de bloque como campo obligatorio cuando en otro campo ya has puesto el número de vivienda. En lugar de hacer los tramites faciles ponen todo tipo de problemas para que el autonomo desista de pedir las ayudas que le corresponden. |
11-jul-2020 11:32
#973
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Yo solicite la prestación para los meses de Abril y Mayo.
El 30 de Abril y de Mayo me cobraron la cuota de autonomo, y el 30 de Junio no se porque no la han pasado. Solo me han hecho la devolución de una cuota de momento, el dia 11 de Junio. Al hacer la declaración trimestral suelo poner las 3 cuotas en gastos sin IVA. ¿Que tendria que poner ahora? Pues tengo cobrada la cuota de abril, de mayo y de junio. La semana pasada la asesoría me dice que solicitaron a la ss la devolución...... El descontrol es importante. |
11-jul-2020 12:54
#974
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A mi también me cobraron la cuota de autonomos de abril y mayo pero no la de junio. Sin embargo, solo me han devuelto una cuota en junio y pensaba que esta semana me devolverian la cuota que correspondia a mayo.
En la mutua ni contestan cuando se les pregunta y para solicitar la prorroga hay que volver a rellenar por Internet toda la información con campos imposibles como que te piden el número de bloque como campo obligatorio cuando en otro campo ya has puesto el número de vivienda. En lugar de hacer los tramites faciles ponen todo tipo de problemas para que el autonomo desista de pedir las ayudas que le corresponden. Si te sirve de consuelo yo la pedí en mayo, para el mes de abril y mayo. La tengo concedida y ya me pagaron en mayo y el 1 de julio.
Pues tengo cobrada la cuota de abril, de mayo y de junio. La semana pasada la asesoría me dice que solicitaron a la ss la devolución...... El descontrol es importante. |
11-jul-2020 15:50
#975
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Si, si independientemente del descontrol, que es claro y evidente. Mi pregunta iba más dirigida a si meter las cuotas cobradas en el campo correspondiente a gastos sin IVA de la declaración trimestral, o a si no meterlas porque iban a ser devueltas. Ya que tengo que enviarla ya y no me aclaro.
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13-jul-2020 11:30
#976
| Por cierto que la ayuda de 300 € que daba el ayuntamiento de Barcelona a los autónomos que hubieran reducido la facturación debido al confinamiento por el coronavirus no conozco a nadie que la haya cobrado todavía. |
13-jul-2020 21:19
#978
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Hola shur. Se supone que para acogerse a la nueva prórroga entre otras cosas hay que demostrar un 75% menos de ingresos al mismo periodo del tercer trimestre del 2019. Yo tengo un problema El día 25 de julio del 2019 cause baja por enfermedad y el trimestre me dio negativo al haber estado los meses de Agosto y Septiembre sin factura al no poder ejercer la actividad. En ese caso que pasaría. Un saludo. |
15-jul-2020 08:19
#979
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Una pregunta a ver si alguien me la puede resolver. Yo tenia entendido que la anterior ayuda que va de abril a junio tenias que justificar que habias perdido un 75% con respecto al trimestre de abril a junio del año anterior pero ahora me dicen que tienes que justificar que has perdido un 75% en comparación con los dos trimestres anteriores. Como que van cambiando las normas cuando a este gobierno le da la gana ¿para el primer cese de actividad ese descenso de la facturación de un 75% con que trimestre se tiene que comparar? ¿Con el mismo del año 2019 o con el último trimestre de 2019 y el primero de 2020? Muchas gracias por vuestra ayuda. |
16-jul-2020 18:51
#980
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Hola compañeros!! A alguno le han devuelto la cuota de mayo ? Tenia entendido que la devolverian a mediados de julio |
16-jul-2020 19:51
#981
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Una pregunta a ver si alguien me la puede resolver.
Yo tenia entendido que la anterior ayuda que va de abril a junio tenias que justificar que habias perdido un 75% con respecto al trimestre de abril a junio del año anterior pero ahora me dicen que tienes que justificar que has perdido un 75% en comparación con los dos trimestres anteriores. Como que van cambiando las normas cuando a este gobierno le da la gana ¿para el primer cese de actividad ese descenso de la facturación de un 75% con que trimestre se tiene que comparar? ¿Con el mismo del año 2019 o con el último trimestre de 2019 y el primero de 2020? Muchas gracias por vuestra ayuda. |
16-jul-2020 19:51
#982
| mira que no te lo hayan pagado junto a la prestación, a mi me lo devolvieron todo junto (la de marzo y abril, mayo no me cobraron) |
16-jul-2020 21:52
#983
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La cuota de mayo me la cobraron igualmente y en la gestoria me dijeron que seguramente me la devolverian en julio |
16-jul-2020 23:24
#984
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Una pregunta a ver si alguien me la puede resolver.
Yo tenia entendido que la anterior ayuda que va de abril a junio tenias que justificar que habias perdido un 75% con respecto al trimestre de abril a junio del año anterior pero ahora me dicen que tienes que justificar que has perdido un 75% en comparación con los dos trimestres anteriores. Como que van cambiando las normas cuando a este gobierno le da la gana ¿para el primer cese de actividad ese descenso de la facturación de un 75% con que trimestre se tiene que comparar? ¿Con el mismo del año 2019 o con el último trimestre de 2019 y el primero de 2020? Muchas gracias por vuestra ayuda. |
17-jul-2020 08:41
#985
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Pues ya estaría. Muchas gracias por la información Gastako. Muchas gracias a ti tambien Destinyz por informarme también sobre esta cuestión de un modo más amable. :-) |
Editado: 17-jul-2020 08:43 -
28-jul-2020 10:14
#986
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Hola, He leído el hilo pero no me queda claro una cosa, si he recibido la ayuda de la mutua durante estos 3 meses, que tengo que hacer para seguir percibiendola? Se habia aprobado una segunda moratoria para esto hace poco, verdad? |
30-jul-2020 10:19
#987
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salu2 |
31-jul-2020 12:51
#988
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hola no soy entendido en el tema, pero te dire lo que ha tenido que hacer mi mujer en su tienda, la gestoria nos queria cobrar de nuevo 80 pavos por la gestion de la prorroga, así que entre en la web de la mutua y se lo he gestionado yo, no se si estara bien o no pero al menos pone que esta en tramite 1ª estancia asi que algo se ha echo, ahora no sabemos si cobrara o no, si vendra el recibo del autonomo es una incertidumbre, ya ire comentando el tema.
salu2 @tar0n el recibo se paga igual y luego la mutua te lo va a devolver casi íntegro. |
31-jul-2020 13:35
#989
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@kelgar , tienes que solicitar el cese ordinario tras el cese extraordinario en tu mutua, pero ojo, cada día que pasa tiene una fecha de reconocimiento mas tardía ya, así que no lo dejes. Sino haces nada seguirás obteniendo la exoneración de cuotas igual 100% julio, 50% agosto y 25% septiembre.
@tar0n el recibo se paga igual y luego la mutua te lo va a devolver casi íntegro. |
31-jul-2020 14:43
#990
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@kelgar , tienes que solicitar el cese ordinario tras el cese extraordinario en tu mutua, pero ojo, cada día que pasa tiene una fecha de reconocimiento mas tardía ya, así que no lo dejes. Sino haces nada seguirás obteniendo la exoneración de cuotas igual 100% julio, 50% agosto y 25% septiembre.
@tar0n el recibo se paga igual y luego la mutua te lo va a devolver casi íntegro. |
