Cambio horario laboral (decisión unilateral y a peor)

FAF_Brown
ForoCoches: Miembro
#1
Buenas shurs.




A finales del año pasado cambié de empresa. En la antigua me veía estancado, y en la nueva iba a ganar más y además pasaba a tener jornada intensiva todos los días. No había que pensar mucho.


Mi jefe siempre ha dicho que este horario fue "un error" que dejaron correr con la incorporación de cierta persona de oficina, ya que ese horario es el de los operarios. En el resto de delegaciones de la empresa (empresa nacional) tienen horario partido.


Ahora ha llegado a mis oídos (ningún comunicado oficial, ni siquiera el jefe con el que hablo constantemente me ha dicho nada) que en cuanto se acabe el verano pasamos a jornada partida. Salir dos horas más tarde si no recuerdo mal a cambio de 200 euros que es lo que valdría la dieta.


En el contrato no pone nada en el horario, pero sí en la oferta por la que accedí, y obviamente están los fichajes.


Esta empresa (especialmente la delegación) tiene muchas cosas malas, pero si tiene algo bueno es que desde RRHH, que depende de central, no se la juegan con los despidos igual que hacían en mi anterior empresa.


Sé que mi jefe me valora y se va a comer un buen mierdón si me voy porque por el salario que ofrece no va a encontrar nada, así que sé que si tengo algo a lo que agarrarme va a tener que tragar.


Cómo puedo lucharlo?
Vrayan
Hardrocker
#2
Aqui como trabajador tienes que manejar la situación conociendo tus derechos. Te dejo en resumen, de manera muy amplia, lo que debes tener en cuenta.
  • El cambio de horario puede ser una modificación sustancial si afecta a la jornada, horario o turnos, y no debería hacerse sin causa justificada.
  • Si afecta a varios trabajadores y supera los umbrales legales, se trata como modificación colectiva y hay periodo de consultas, y si hay RLT, en ese caso la empresa debe abrir un periodo de consultas con la RLT.
  • La empresa debe acreditar razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, y en los cambios individuales dar un preaviso de 15 días.
  • Aunque el horario no figure en el contrato, puede vincular si venía prometido en la oferta y además se ha mantenido de forma estable en el tiempo.
  • Si el horario se ha aplicado durante años de forma pacífica, puede llegar a considerarse una condición más beneficiosa o derecho consolidado.
  • En ese caso, no basta con cambiarlo “porque sí”: habría que seguir el procedimiento legal y, si no, se puede impugnar.
Considera también que con MSCT tienes derecho a indemnización de 20 días por año.
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