Dónde entregar méritos oposición.
15-ene-2024 18:30
#1
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Buenas, mi cuñado ha aprobado una oposición (el examen, aunque falta la fase de concurso), yl le piden que envíe los méritos La documentación deberá ser presentada en las oficinas de asistencia en materia de registros existentes del Ministerio de Defensa (Orden DEF/1292/2018, de 27 de noviembre), o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dirigida a: Ministerio de Defensa TRIBUNAL GRUPO M1 OEP 2020 C/ de la Princesa 32-36, 28071 – Madrid ¿Alguien sabe de qué forma sería esta? Porque he estado mirando y no me queda nada claro. Gracias! |
15-ene-2024 20:39
#2
| Si tu cuñado ha aprobado la oposición y no sabe como registrar un documento debería renunciar a su plaza por el bien del servicio público |
15-ene-2024 21:20
#3
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Buenas, mi cuñado ha aprobado una oposición (el examen, aunque falta la fase de concurso), yl le piden que envíe los méritos
La documentación deberá ser presentada en las oficinas de asistencia en materia de registros existentes del Ministerio de Defensa (Orden DEF/1292/2018, de 27 de noviembre), o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dirigida a: Ministerio de Defensa TRIBUNAL GRUPO M1 OEP 2020 C/ de la Princesa 32-36, 28071 – Madrid ¿Alguien sabe de qué forma sería esta? Porque he estado mirando y no me queda nada claro. Gracias! 4. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse: a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. d) En las oficinas de asistencia en materia de registros. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Los registros electrónicos de todas y cada una de las Administraciones, deberán ser plenamente interoperables, de modo que se garantice su compatibilidad informática e interconexión, así como la transmisión telemática de los asientos registrales y de los documentos que se presenten en cualquiera de los registros |
08-may-2026 01:54
#6
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Buenas, mi cuñado ha aprobado una oposición (el examen, aunque falta la fase de concurso), yl le piden que envíe los méritos
La documentación deberá ser presentada en las oficinas de asistencia en materia de registros existentes del Ministerio de Defensa (Orden DEF/1292/2018, de 27 de noviembre), o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dirigida a: Ministerio de Defensa TRIBUNAL GRUPO M1 OEP 2020 C/ de la Princesa 32-36, 28071 – Madrid ¿Alguien sabe de qué forma sería esta? Porque he estado mirando y no me queda nada claro. Gracias! Ostia, ¿no sabes leer y tú eres profesor? Es que lo pones hasta en negrita
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