Estamos pagando ayudas y pensiones a 167.000 "españoles" en Cuba
01-jun-2026 23:26
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https://efe.com/economia/2026-05-29/...cas-espanoles/ Le he preguntado a gemini: A falta de un censo oficial del Gobierno de España que cruce el padrón exterior con los historiales de control de fronteras, los organismos de la Administración y los colectivos de descendientes en la isla manejan una estimación clara: un porcentaje superior al 85-90% de los beneficiarios actuales de estas ayudas nunca ha pisado el territorio español. Si aislamos las cifras económicas que comentábamos y nos fijamos en la proporción del perfil, estamos hablando de que la inmensa mayoría de los "varios miles" de perceptores en la isla son personas que han nacido, crecido y envejecido en Cuba sin haber cruzado el Atlántico. Los motivos y el amparo legal de por qué ostentan la plena ciudadanía española sin haber estado jamás en España se explican a través de tres pilares fundamentales: 1. El principio jurídico: El Ius Sanguinis (Derecho de sangre) A diferencia de países como Estados Unidos, donde impera el ius soli (eres ciudadano del país por el simple hecho de nacer en su territorio), el ordenamiento jurídico de España se basa históricamente en el ius sanguinis. Para la legislación española, el hijo o nieto de un español es considerado "español de origen" en muchas circunstancias, independientemente de las coordenadas geográficas donde ocurra el parto. Por lo tanto, un hispanocubano no "compra" ni "adopta" una nacionalidad extranjera; legalmente, la España oficial reconoce que esa persona siempre tuvo derecho a ser española por su herencia familiar, solo que el Estado ha tardado dos o tres generaciones en poner su partida de nacimiento al día. 2. Las leyes específicas que lo han permitido El grueso de los españoles que residen en Cuba (más de 167.000 personas) no emigró desde la península. Adquirieron el pasaporte desde la propia isla gracias a tres ventanas legislativas clave: La Ley de Memoria Histórica de 2007 (La "Ley de Nietos" original) Bajo el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, la Disposición Adicional Séptima de la Ley 52/2007 permitió, entre 2008 y 2011, que los hijos y nietos de españoles que perdieron o tuvieron que renunciar a su nacionalidad a consecuencia del exilio del franquismo y la Guerra Civil pudieran optar a la nacionalidad de origen. Cuba fue el país del mundo donde el Consulado General de España en La Habana se vio más desbordado por el volumen de solicitudes. La Ley de Memoria Democrática de 2022 (La actual ampliación) La conocida popularmente como "Nueva Ley de Nietos" (Ley 20/2022) eliminó los límites de edad y los supuestos restrictivos de la anterior. Permite optar a la nacionalidad a:
El artículo 17 y siguientes del Código Civil español siempre han regulado la transmisión de la nacionalidad de padres a hijos. Aunque existían plazos de caducidad si el hijo nacía en el extranjero y llegaba a la mayoría de edad, las reformas de memoria histórica reabrieron los plazos que ya habían expirado para miles de familias en Cuba. 3. ¿Por qué reciben ayudas del Estado si no han cotizado en España? Esta es la raíz del debate social. El sistema asistencial español contempla que un ciudadano español, por el mero hecho de ostentar la nacionalidad, está protegido por los derechos de la Constitución si se encuentra en una situación de vulnerabilidad extrema, sin importar su lugar de residencia.
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01-jun-2026 23:30
#3
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Somos una puta broma de país. Por cierto, por lo visto, el sangrado que nos hacen esos 100 y pico mil "hispano-cubanos" se lo tenemos que agradecer a ZP y al actual Gobierno. |
01-jun-2026 23:32
#4
| Te puedo asegurar que el ius sanguinis es lo poco que nos mantiene en pie hoy en día. El día que se introduzca el ius solis, se acabó la Europa blanca (aún más que ahora). |
01-jun-2026 23:34
#6
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Shur, estamos manteniendo a 167.000 personas de las cuales una amplísima mayoría no ha pisado España o cotizado un solo día, somos idiotas. |
01-jun-2026 23:44
#10
| El ius sanguinis en España es en la práctica un ius soli aplazado, desde el momento en que existe un artículo del código civil que permite acceder a la nacionalidad a los nacidos en España después de un año de su nacimiento |