Baja de paternidad siendo funcionario en prácticas

element8
ForoCoches: Usuario
#1
Buenas shurs,

Actualmente, soy funcionario en prácticas de un Ministerio. Hará más de un mes, finalicé y aprobé tanto mi curso selectivo como mi periodo de prácticas obligatorio. Ahora debo esperar a mi nombramiento en BOE como funcionario de carrera.

El problema es que me quedan 5 semanas pendientes de paternidad que debo empezar a disfrutar cuanto antes para no perderlas porque mi hijo cumple pronto un año.

La Administración de la que dependo me dice que no me puede facilitar certificado de empresa (requerido por la Seguridad Social, SS) hasta que me nombren en BOE (pese a cobrar una nómina y estar dado de alta en la SS).

Una vez completé el curso selectivo y periodo de prácticas, solicité las semanas pendientes a la SS (indicándoles que el Ministerio del que dependo no me facilita el certificado de empresa), pero mi solicitud aún sigue en trámite pese a que, "teóricamente", terminé de disfrutar la paternidad pendiente la semana pasada.

¿Alguien más que haya pasado por lo mismo o pueda decirme qué hacer?

Saludos y gracias!
tack50
ForoCoches: Miembro
#2
A mi RRHH cuando era funcionario en practicas me dijo, literalmente "en practicas no tienes derecho a nada". Reza para que te nombren pronto pero tiene pinta que esas semanas las pierdes.

Para que te hagas a la idea, conozco el caso de una mujer que dio a luz a su hijo 2-3 semanas antes de las practicas, y le dijeron que nada de baja de maternidad, que a trabajar como todo el mundo. Al ser la mujer le dieron la opcion de acogerse al tipico punto de todas las oposiciones de embarazo de riesgo o parto; pero eso suponia hacer las practicas cuando se resolviese la siguiente convocatoria, en año y medio o 2 y prefirio ir a las practicas nada mas dar a luz. Se que luego una vez nombrada pudo tomar la baja, aunque no se que le pasaria a las primeras 6 semanas despues del parto, si las perdio o que (las otras si pudo tomarlas).

Asi que si tratan asi a la madre nada mas dar a luz a su hijo, te puedes imaginar lo que te toca.
element8
ForoCoches: Usuario
#3
Cita de tack50
A mi RRHH cuando era funcionario en practicas me dijo, literalmente "en practicas no tienes derecho a nada". Reza para que te nombren pronto pero tiene pinta que esas semanas las pierdes.

Para que te hagas a la idea, conozco el caso de una mujer que dio a luz a su hijo 2-3 semanas antes de las practicas, y le dijeron que nada de baja de maternidad, que a trabajar como todo el mundo. Al ser la mujer le dieron la opcion de acogerse al tipico punto de todas las oposiciones de embarazo de riesgo o parto; pero eso suponia hacer las practicas cuando se resolviese la siguiente convocatoria, en año y medio o 2 y prefirio ir a las practicas nada mas dar a luz. Se que luego una vez nombrada pudo tomar la baja, aunque no se que le pasaria a las primeras 6 semanas despues del parto, si las perdio o que (las otras si pudo tomarlas).

Asi que si tratan asi a la madre nada mas dar a luz a su hijo, te puedes imaginar lo que te toca.
Gracias por la respuesta shur.


En mi caso hay un ligero matiz y es que mi baja de paternidad la he solicitado una vez superado el curso selectivo y realizado el periodo obligatorio de prácticas. Ahora mismo estoy en casa sin hacer nada, a la espera de nombramiento...
element8
ForoCoches: Usuario
#4
Up
Thinkpad_
El Renacido
#5
Debiste desde un primer momento presentar la solicitud de manera telemática por RED.

Además te encuentras en situación de alta y cotización en el Régimen General de la SS, percibiendo retribuciones según el RD 451/1984. La falta de emisión del certificado impide tú ejercicio de un derecho fundamental de conciliación amparado por el TREBEP y el RD-Ley 6/2019".

Si la Administración persiste en su negativa, debes aportar al INSS:
Copia del escrito de solicitud presentado ante tú Ministerio.
Últimas nóminas como funcionario en prácticas (que acreditan la cotización).
Resolución del BOE donde se te nombró funcionario en prácticas.
El INSS tiene la potestad de reclamar de oficio el certificado a la empresa (en este caso, el Ministerio) si el trabajador demuestra que no se lo facilitan.
element8
ForoCoches: Usuario
#6
Cita de Thinkpad_
Debiste desde un primer momento presentar la solicitud de manera telemática por RED.

Además te encuentras en situación de alta y cotización en el Régimen General de la SS, percibiendo retribuciones según el RD 451/1984. La falta de emisión del certificado impide tú ejercicio de un derecho fundamental de conciliación amparado por el TREBEP y el RD-Ley 6/2019".

Si la Administración persiste en su negativa, debes aportar al INSS:
Copia del escrito de solicitud presentado ante tú Ministerio.
Últimas nóminas como funcionario en prácticas (que acreditan la cotización).
Resolución del BOE donde se te nombró funcionario en prácticas.
El INSS tiene la potestad de reclamar de oficio el certificado a la empresa (en este caso, el Ministerio) si el trabajador demuestra que no se lo facilitan.
Muchas gracias por tu respuesta shur.


Notifiqué al Ministerio las semanas de paternidad que iba a coger. Ante su negativa de proporcionarme certificado de empresa (que me pusieron por escrito en un mail), presenté directamente la solicitud de las semanas pendientes a través de la sede electrónica de la SS (sin aportar certificado de empresa) y, posteriormente, les avisé (con pruebas) de que el Ministerio se negaba a facilitarme certificado de empresa. Por tanto, entiendo que la SS debería encargarse de solicitárselo al Ministerio.

Ahora mismo, en la web de la SS me dice que mi solicitud de paternidad está "en trámite"...

He llamado en varias ocasiones a la SS, pero no me dan ninguna información más.


¿Me recomiendas hacer algo más?

¿A que te refieres por presentar la solicitud de manera telemática por RED? ¿Por registro de entrada al Ministerio?


Muchas gracias!
element8
ForoCoches: Usuario
#7
Up
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El Renacido
#8
Cita de element8
Muchas gracias por tu respuesta shur.


Notifiqué al Ministerio las semanas de paternidad que iba a coger. Ante su negativa de proporcionarme certificado de empresa (que me pusieron por escrito en un mail), presenté directamente la solicitud de las semanas pendientes a través de la sede electrónica de la SS (sin aportar certificado de empresa) y, posteriormente, les avisé (con pruebas) de que el Ministerio se negaba a facilitarme certificado de empresa. Por tanto, entiendo que la SS debería encargarse de solicitárselo al Ministerio.

Ahora mismo, en la web de la SS me dice que mi solicitud de paternidad está "en trámite"...

He llamado en varias ocasiones a la SS, pero no me dan ninguna información más.


¿Me recomiendas hacer algo más?

¿A que te refieres por presentar la solicitud de manera telemática por RED? ¿Por registro de entrada al Ministerio?


Muchas gracias!
Por Redsara, ya que tienen obligación de responder por el mismo medio.
Estás tardando en pedir cita en la SS y que un trabajador te mueva rápido el expediente.
element8
ForoCoches: Usuario
#9
Cita de Thinkpad_
Por Redsara, ya que tienen obligación de responder por el mismo medio.
Estás tardando en pedir cita en la SS y que un trabajador te mueva rápido el expediente.
Al Ministerio lo notifiqué por mail y me respondieron por el mismo medio diciendo que no me podían facilitar certificado de empresa.


A la SS le envié por registro de entrada una declaración de carencia de certificado de empresa, adjuntando todos los documentos acreditativos de mi situación. Tengo cita pronto con la SS para ver cómo va el tema...


Saludos y gracias de nuevo!
element8
ForoCoches: Usuario
#10
Up
KingJames
ForoCoches: Usuario
#11
Lo de los derechos cuando estás en prácticas es una putísima mierda. No tienes ni uno solo.
element8
ForoCoches: Usuario
#12
Up
element8
ForoCoches: Usuario
#13
Actualizo el tema.

La Seguridad Social me dice que al estar dado de alta, aunque sea funcionario en prácticas, tengo derecho a la prestación. También que tengo derecho a que el Ministerio me expida el certificado de empresa. Por último, me dicen que ellos ya se lo han solicitado telemáticamente al Ministerio.

¿Haríais algo más?
bubabluJR
ForoCoches: Usuario
#14
Pero ese periodo en casa te lo pagan no? Si es el caso, aunque se llame de otra manera ya estás teniendo días pagados sin trabajar...
Toshibo
ForoCoches: Miembro
#15
El empresario, en tu caso el Ministerio de turno, tiene la obligación de enviar el certificado a través del sistema RED en el aplicativo RECEMA. No hace falta que hagas nada más.
Thinkpad_
El Renacido
#16
Cita de bubabluJR
Pero ese periodo en casa te lo pagan no? Si es el caso, aunque se llame de otra manera ya estás teniendo días pagados sin trabajar...


El permiso de paternidad tiene más ventajas, cómo él estar exento de IRPF.
No es sólo estar en casa y ya.
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