Duda deducciones Hacienda tras compra coche eléctrico
08-abr-2026 16:24
#1
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Buenos días Shures, Creo que este tema corresponde a este foro, no al General, aunque algún shur ha abierto algún hilo de ayuda... Me surge una duda y supongo que los que visitáis este hilo habréis estado en una situación parecida. Compré un híbrido enchufable el verano pasado, que da derecho a deducción de 3.000€ en la base del IRPF de la Declaración de Hacienda que ha comenzado hoy. En el borrador de Hacienda no me han incluído esa deducción, me toca hacerla a mano. Tengo claras las casillas y cantidades pero me surge una duda con el plan Moeves. Tengo ya ayuda concedida a falta de revisar la documentación, pero aún no me la han ingresado. Estoy leyendo que en las casillas de la Declaración de Hacienda no tengo que poner la base máxima de 20.000€ menos el 15% de deducción (serían 3.000€), sino que al tener la ayuda ya concedida tengo que restar a la base máxima los 2.500€ que se supone que me van a ingresar, es decir, base máxima 17.500€ y tras la deducción del 15% se quedaría en 2.6325€. ¿Sabéis si esto es así, si tengo que adelantar la previsión de cobro? Se supone que si por alguna razón no la cobro, podré hacer una rectificación a mi favor para que me den esa diferencia. A ver si alguien puede ayudarme... ¡gracias! |
08-abr-2026 16:26
#2
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https://sede.agenciatributaria.gob.e...deduccion.html Si el moves son 4500 pero el coche cuesta 24500 por ejemplo, la base máxima siguen siendo 20k |
08-abr-2026 16:30
#3
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Yo creo que si has comprado el coche en 2025 y no cobraste el moves en ese año me parece una tontería incluirlo. Que quizá hacienda dice que si hay que ponerlo pero no tiene sentido. Yo lo compré en 2024 y aún no lo he cobrado , así que porque debería haberlo incluido |
08-abr-2026 17:03
#4
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No sé cómo se hará, pero entiendo que si en ese apartado te piden meter la ayuda solicitada pero aún no concedida ni recibida, será para que en el año que te la ingresen no haya que presentarla como ganancia patrimonial y ya quede declarada de cara a la deducción del 15%. Por poner un ejemplo, un VE de 20.000€ estaría en el máximo de la deducción del 15%, 3000€. Pero si metemos 4500 del moves, serían 2.325€. ¿Y si luego no cobramos el moves? Si estamos con VE de más de 24.500€ + iva, nos da igual meter o no el moves, nos van a deducir esos 3000 € del 15%. Al menos, yo lo voy a hacer así, y si llega el moves dentro de 1 año no sé si irá todo a ganancias patrimoniales o ya quedaría liquidado por haberlo metido ahora. Toca hablar con los vampiros de la agencia tributaria. |
08-abr-2026 17:17
#5
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Se tiene que informar el precio de compra desglosado en 2 casillas precio sin IVA y gastos, no la base máxima de 20.000 €. Eso ya está configurado en el programa. Y hay una tercera casilla "Cantidades subvencionadas o que fueran a serlo a través de un programa ayudas públicas" donde efectivamente tienes que incluir las ayudas solicitadas independientemente de su estado en espera, concedidas o cobradas. Si luego no hueles la ayuda podrías hacer una complementaria, pero si el coche te costó más de 23.000 € no tiene ningún impacto. Más información en:
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08-abr-2026 17:30
#6
| El IRPF del Moves lo pagas cuando hagas la declaración del año en que lo cobres. Yo compré coche en 2024, cobré el Moves en 25 y ahora lo declaro en esta campaña actual. |
08-abr-2026 17:51
#7
08-abr-2026 17:56
#8
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No sé cómo se hará, pero entiendo que si en ese apartado te piden meter la ayuda solicitada pero aún no concedida ni recibida, será para que en el año que te la ingresen no haya que presentarla como ganancia patrimonial y ya quede declarada de cara a la deducción del 15%.
Por poner un ejemplo, un VE de 20.000€ estaría en el máximo de la deducción del 15%, 3000€. Pero si metemos 4500 del moves, serían 2.325€. ¿Y si luego no cobramos el moves? Si estamos con VE de más de 24.500€ + iva, nos da igual meter o no el moves, nos van a deducir esos 3000 € del 15%. Al menos, yo lo voy a hacer así, y si llega el moves dentro de 1 año no sé si irá todo a ganancias patrimoniales o ya quedaría liquidado por haberlo metido ahora. Toca hablar con los vampiros de la agencia tributaria. Son dos temas diferentes. La ganancia patrimonial se incluye en el ejercicio en el que se cobra la ayuda del Moves. La deducción del IRPF se incluye en el ejercicio del año de matriculación (o pago del 25%) del vehículo y hay que consignar la ayuda del Moves para el cálculo, independientemente de que se haya cobrado. |
08-abr-2026 20:13
#9
[QUOTE=deebass;511172283]Justo acabo de rellenar estos campos en la declaración... para mí sí está claro (pero tal vez te gane a años haciendo la declaración de la renta mía, de toda mi familia e incluso de algunos amigos )![]() Pues efectivamente como dice @deebass, según lo que leo y los comentarios de otros shures, al ser más de 23.000€ el precio del coche sin iva, al meter los 2500€ de ayudas previstas, no varía nada la deducción, siguen siendo 3000€ . Lo meto y me quedo tranquilo. Chatgpt insiste en hacerlo así, pero me fío más de la experiencia de otros shures. Pero vamos, que esa casilla que dice "cantidades subvencionadas o que fueran a serlo"... ya deja claro que si lo tienes concedido, hay que meterlo ¡Gracias a todos! |
08-abr-2026 20:52
#10
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para otro tipo de beneficios fiscales si lo compraste el año pasado, la rebaja del irpf lo metes este año la ayuda del moves, si entró en tu cuenta bancaria el año pasado tienes que declararlo ahora. Y si entra este año, seria en el siguiente digo yo vamos |
08-abr-2026 23:10
#11
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La ayuda no la metes si no la tienes concedida. Y cuando te la concedan, independientemente de en que año, la tienes que declarar en el mismo año en el que se matriculó el coche. Para ello se realiza una declaración complementaria que modifica la de el año de matriculacion del vehiculo. Estas declaraciones complementarias se pueden realizar hasta 4 años despues de la declaracion |
08-abr-2026 23:20
#12
| En el vehículo si que indica cantidades subvencionadas o que fueran a serlo pero en los punto de recarga no pone esa ó. |
08-abr-2026 23:25
#13
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No.
La ayuda no la metes si no la tienes concedida. Y cuando te la concedan, independientemente de en que año, la tienes que declarar en el mismo año en el que se matriculó el coche. Para ello se realiza una declaración complementaria que modifica la de el año de matriculacion del vehiculo. Estas declaraciones complementarias se pueden realizar hasta 4 años despues de la declaracion Respecto a su imputación temporal, el artículo 14.1.c) de la Ley del Impuesto, establece como regla general que "las ganancias y pérdidas patrimoniales se imputarán al período impositivo en que tenga lugar la alteración patrimonial", estableciéndose en la letra c) del apartado 2 de dicho artículo como regla especial para las ganancias patrimoniales derivadas de subvenciones, que “Las ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas se imputarán al período impositivo en que tenga lugar su cobro, sin perjuicio de las opciones previstas en las letras g), i), j) y l) de este apartado.” Al no corresponderse con los supuestos previstos en las referidas letras g), i), j) y l), la ganancia patrimonial derivada de la ayuda pública objeto de consulta se imputará al período impositivo en que tenga lugar su cobro. En consecuencia, la imputación de la subvención que en su caso se concediera al consultante, debería realizarse al ejercicio en que se produzca su cobro, sin proceder en consecuencia la realización de una declaración complementaria correspondiente al ejercicio anterior en que se solicitó. |
31-may-2026 20:50
#14
| una pregunta sobre las deducciones. He visto que hay deducciones estatales y luego según la comunidad. Estoy quiere decir que si la estatal la maxima deduccion son 3000€ y en tu comunidad son 2500€, te deduciría un total de 5500€? Esto entiendo que es aparte de los ayuda del nuevo plano auto+ |
)

), tendrás 3000€ a favor en tu declaración (por ej, en mi caso justo antes de meter estos datos, que no vienen en mi borrador, pero bien que quería la AEAT que presentara el borrador ya directamente sin consultar
, me devolvían 200€ y ahora pues son 3200€
)