Es posible pedir servicios especiales el mismo dia que tomas posesion?

El_Cid
ForoCoches: Usuario
#1
Buenas,

Trabajo en un organismo internacional en Luxemburgo, sector defensa. Para este puesto no he sacado ninguna oposición, se de compañeros que eran funcionarios en España y al venir aqui han venido con los servicios especiales (generando antigüedad y cotizando)
Mi duda, si ahora saco una oposicion, relacionada con mi trabajo actual (ingenieria) podria tomar posesion del cargo y el mismo dia solicitar servicios especiales? De forma que no afecte a mi trabajo actual?

Donde o a quien podria preguntar este caso para tener una respuesta mas ¨oficial¨?

Gracias!!
desermo
ForoCoches: Miembro
#2
Sí, pero debes estar dentro de alguna de estas dos situaciones:

- Que tengas la condición de funcionario de ese Organismo Internacional.

- Que se te autorice, por periodo superior a 6 meses, por parte de la Administración a realizar una misión de carácter internacional en dicho Organismo Internacional, por existir un interés de la propia Administración en esa participación. La existencia de ese interés para la Administración se traduce en lo siguiente:

1. Cuando la cooperación con un país determinado tiene un valor prioritario para la política exterior española.
2. Cuando el proyecto de cooperación en el que se integre el funcionario pueda dar lugar a la entrada en el país extranjero de empresas españolas.
3. En razón del puesto a ocupar, cuando el funcionario vaya en calidad de “Experto”, “Consultor”, “Asesor”, “Colaborador Especial de alto nivel”, “Jefe de Misión”, “Director o Subdirector de un Proyecto”, “Supervisor” o “Representante Residente”.
4. Cuando la misión a realizar por el funcionario esté enmarcada dentro de un Proyecto contemplado en un Convenio de Cooperación Científica, Técnica o Cultural, firmado entre España y un determinado país (en el caso de que se trate de una asistencia técnica de carácter bilateral).
5. Cuando se trate de una colaboración especial en un caso de emergencia.
6. Por lo que se refiere a cooperación multilateral, es decir, a los casos en que el funcionario sea contratado por un Organismo Internacional (bien que el contrato le sea ofrecido por el Organismo o que se haya producido mediante solicitud del funcionario a aquel, el cual posteriormente le selecciona y contrata), existirá especial interés en los casos mencionados en el punto 3) y, más concretamente, cuando el nivel del puesto que vaya a ocupar tenga como mínimo grado P.4, equivalente o superior
”.

Para aclarar tus dudas, siempre puedes dirigirte a la propia Dirección General de Función Pública.
finisterrae
ForoCoches: Usuario
#3
Y como esperas que la DGFP (al menos en el estadp) te conteste, aun te jubilas antes.
Si fuera a nivel estado te podría ayudar con un organismo internacional no me atrevo
El_Cid
ForoCoches: Usuario
#4
Cita de desermo
Sí, pero debes estar dentro de alguna de estas dos situaciones:

- Que tengas la condición de funcionario de ese Organismo Internacional.

- Que se te autorice, por periodo superior a 6 meses, por parte de la Administración a realizar una misión de carácter internacional en dicho Organismo Internacional, por existir un interés de la propia Administración en esa participación. La existencia de ese interés para la Administración se traduce en lo siguiente:

1. Cuando la cooperación con un país determinado tiene un valor prioritario para la política exterior española.
2. Cuando el proyecto de cooperación en el que se integre el funcionario pueda dar lugar a la entrada en el país extranjero de empresas españolas.
3. En razón del puesto a ocupar, cuando el funcionario vaya en calidad de “Experto”, “Consultor”, “Asesor”, “Colaborador Especial de alto nivel”, “Jefe de Misión”, “Director o Subdirector de un Proyecto”, “Supervisor” o “Representante Residente”.
4. Cuando la misión a realizar por el funcionario esté enmarcada dentro de un Proyecto contemplado en un Convenio de Cooperación Científica, Técnica o Cultural, firmado entre España y un determinado país (en el caso de que se trate de una asistencia técnica de carácter bilateral).
5. Cuando se trate de una colaboración especial en un caso de emergencia.
6. Por lo que se refiere a cooperación multilateral, es decir, a los casos en que el funcionario sea contratado por un Organismo Internacional (bien que el contrato le sea ofrecido por el Organismo o que se haya producido mediante solicitud del funcionario a aquel, el cual posteriormente le selecciona y contrata), existirá especial interés en los casos mencionados en el punto 3) y, más concretamente, cuando el nivel del puesto que vaya a ocupar tenga como mínimo grado P.4, equivalente o superior
”.

Para aclarar tus dudas, siempre puedes dirigirte a la propia Dirección General de Función Pública.
Cita de finisterrae
Y como esperas que la DGFP (al menos en el estadp) te conteste, aun te jubilas antes.
Si fuera a nivel estado te podría ayudar con un organismo internacional no me atrevo

Muchas gracias!! Justo despues de crear el post he mandado un registro a la Dirección General de la Función Pública, sigo a la espera de respuesta! Actualizare el post con lo que me digan
El_Cid
ForoCoches: Usuario
#5
Cita de desermo
Sí, pero debes estar dentro de alguna de estas dos situaciones:

- Que tengas la condición de funcionario de ese Organismo Internacional.

- Que se te autorice, por periodo superior a 6 meses, por parte de la Administración a realizar una misión de carácter internacional en dicho Organismo Internacional, por existir un interés de la propia Administración en esa participación. La existencia de ese interés para la Administración se traduce en lo siguiente:

1. Cuando la cooperación con un país determinado tiene un valor prioritario para la política exterior española.
2. Cuando el proyecto de cooperación en el que se integre el funcionario pueda dar lugar a la entrada en el país extranjero de empresas españolas.
3. En razón del puesto a ocupar, cuando el funcionario vaya en calidad de “Experto”, “Consultor”, “Asesor”, “Colaborador Especial de alto nivel”, “Jefe de Misión”, “Director o Subdirector de un Proyecto”, “Supervisor” o “Representante Residente”.
4. Cuando la misión a realizar por el funcionario esté enmarcada dentro de un Proyecto contemplado en un Convenio de Cooperación Científica, Técnica o Cultural, firmado entre España y un determinado país (en el caso de que se trate de una asistencia técnica de carácter bilateral).
5. Cuando se trate de una colaboración especial en un caso de emergencia.
6. Por lo que se refiere a cooperación multilateral, es decir, a los casos en que el funcionario sea contratado por un Organismo Internacional (bien que el contrato le sea ofrecido por el Organismo o que se haya producido mediante solicitud del funcionario a aquel, el cual posteriormente le selecciona y contrata), existirá especial interés en los casos mencionados en el punto 3) y, más concretamente, cuando el nivel del puesto que vaya a ocupar tenga como mínimo grado P.4, equivalente o superior
”.

Para aclarar tus dudas, siempre puedes dirigirte a la propia Dirección General de Función Pública.
Cita de finisterrae
Y como esperas que la DGFP (al menos en el estadp) te conteste, aun te jubilas antes.
Si fuera a nivel estado te podría ayudar con un organismo internacional no me atrevo
Buenas, como era de esperar...

No me han dado un SI rotundo, por otro lado... tampoco me han dicho que no.

Sin embargo, han confirmado que es el Subsecretario del Departamento el que se encarga de aceptar o no, los servicios especiales y que podria pedirlos el mismo dia que hago toma de posesion.

De todas formas, antes de empezar a prepararlo voy a tratar de confirmarlo de alguna otra forma.

Gracias shurs!!
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