Qué subida aplicar. IRAV o IPC
19-nov-2025 12:01
#1
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Pues eso, que en enero me toca revisar el contrato de alquiler del inquilino y no acabo de tener claro si debo subirle el IRAV o el IPC. El contrato es de Enero de 2024, y en él se especifica que la subida será acorde al IPC. Puedo entonces subir el IPC, o con la nueva ley, aunque en el contrato ponga IPC, tengo que subir máximo el índice IRAV? Gracias de antemano |
19-nov-2025 12:16
#2
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Según la web del ministerio, el IRAV. Pones índice IRAV en google, hay una web del ministerio, te pide que marques si tu contrato es anterior a mayo (creo?) de 2023, metes la renta actual y te dice a cuánto se puede actualizar como máximo. |
19-nov-2025 14:24
#3
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this. Lo he mirado por curiosidad. IPC: 3,1%, el IRAV: 2,25% (la fórmula como se llega a esto es de coña, como cuando Trump puso los aranceles locos). |
19-nov-2025 15:53
#5
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Sube un 3% no creo que se vayan a quejar por 5€.. Bastante miseria es un 3%. A los 5 años has subido un 15 y el alquiler de marca por mercado un 30, por decir un número. La sensación de que pagan menos es lo que van a tener y si la tienen no se llaman Si se quejan ese no es tu problema el problema es el tipo de inquilino que tienes que se va a quejar por todo
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Editado: 19-nov-2025 15:58 -
19-nov-2025 16:06
#6
| Deduzco que sí, que sería ilegal, pero como te dice otro shur, la diferencia no es grande. No sé de cuánto será tu renta pero vamos, tiene que ser altísima para que se note, tipo piso de lujo en zona top. |
19-nov-2025 16:34
#7
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La renta ahora está en 716€ así que ya te digo que zona top no es... Jaja. También os digo que está por debajo de mercado, de ahí que prefiera subir el IPC en lugar del IRAV. Lo que no quiero es subir lo que no es. Hay sitios en los que he leído que si en el contrato está estipulado el IPC, se puede subir el IPC, y luego por otro lado se habla del IRAV.... |
19-nov-2025 16:53
#8
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La renta ahora está en 716€ así que ya te digo que zona top no es... Jaja. También os digo que está por debajo de mercado, de ahí que prefiera subir el IPC en lugar del IRAV.
Lo que no quiero es subir lo que no es. Hay sitios en los que he leído que si en el contrato está estipulado el IPC, se puede subir el IPC, y luego por otro lado se habla del IRAV.... Desconozco lo del contrato, pero entonces la ley no serviría para nada. Sería tan fácil como poner en el contrato IPC, aunque por fecha de la ley te corresponda IRAV. Sin profundizar más en el asunto yo creo que sólo puedes subir el IRAV. |
19-nov-2025 17:04
#9
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La diferencia entre IRAV e IPC en tu caso son 6€ al mes.
Desconozco lo del contrato, pero entonces la ley no serviría para nada. Sería tan fácil como poner en el contrato IPC, aunque por fecha de la ley te corresponda IRAV. Sin profundizar más en el asunto yo creo que sólo puedes subir el IRAV. Creo que aplicaré el IRAV y fuera líos. No va a cambiar mucho el importe... |