Reclamacion de hacienda por alquilar vivienda habitual antes de 3 años.
01-nov-2025 22:01
#1
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Hola, Os pongo en contexto, menor de 30 años compra vivienda para uso habitual. En lugar de pagar a hacienda un 9% de la compra, paga un 5% por la deduccion de ser menor de esa edad. 5 meses antes de cumplirse los 3 años, se va a vivir a casa de su pareja, y alquila su casa en esos 5 meses. Hace la declaracion al año siguiente incluyendo que ha vivido en su vivienda 180 dias al año y los otro 180 los ha tenido alquilados. Ahora hacienda le reclama ese 4% que le dedujo, mas intereses, unos 8000 euros. LA norma es clara, el desconocimiento tambien. NAdie seria tan tonto de sabiendo la norma, a falta de 5 meses, ponerse a alquilar. Se puede apelar algo o toca pagar? EDITO: Esto es peor aun, que frustracion, no solo hay que pagar la deduccion de la que te has beneficiado(vale, hay que asumir el error del desconocimiento de la norma) , hay que pagar una PENALIZACION, que es un porcentaje de la deduccion , lo que quiera no se si un juez o alguien de hacienda. Lo mismo es un 30%, un 100% o supongo qu een casos de no aceptar el pago de la deduccion, sean cantidades superiores. Asi que nos ponemos en situacion que igual toca pagar otros 5000 euros mas como minimo... Como digo mucha frustracion, creo que es un caso muy claro de que eno ha habido mala fe ni hacerlo por defraudar, a falta de pocos mese para finalizar el plazo.. |
Editado: 22-ene-2026 12:36 -
01-nov-2025 22:08
#2
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La vivienda adquiere la condición de habitual cuando se cumplen tres años, como bien dices.. Si alguien vende o pone en alquiler una vivienda antes de que haya adquirido la condición de habitual, no puede beneficiarse fiscalmente de aquellos incentivos que recayeran sobre el concepto de ”vivienda habitual” Como dices, esto es fruto del desconocimiento, y es una putada, pero creo que no tiene recorrido, además el mismo ha declarado a hacienda la pérdida de esa condición al decir que ha estado arrendada… |
01-nov-2025 22:16
#3
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A que te refieres? La vivienda adquiere la condición de habitual cuando se cumplen tres años, como bien dices..
Si alguien vende o pone en alquiler una vivienda antes de que haya adquirido la condición de habitual, no puede beneficiarse fiscalmente de aquellos incentivos que recayeran sobre el concepto de ”vivienda habitual” Como dices, esto es fruto del desconocimiento, y es una putada, pero creo que no tiene recorrido, además el mismo ha declarado a hacienda la pérdida de esa condición al decir que ha estado arrendada… Si, si esta clara la norma. Y es de tontos lo que ha pasado por ese desconocimiento, que no se si lo tenian que haber explicado en la notaria el dia de la compraventa... PEro si hubiese algun resquicio por el que apelar manifestando que no ha sido por lucrarse... |
01-nov-2025 22:21
#4
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A que te refieres?
Si, si esta clara la norma. Y es de tontos lo que ha pasado por ese desconocimiento, que no se si lo tenian que haber explicado en la notaria el dia de la compraventa... PEro si hubiese algun resquicio por el que apelar manifestando que no ha sido por lucrarse... Gracias a sentencias se ha conseguido que una vivienda no pierda la condición de habitual cuando tienes que irte por un divorcio, por ejemplo. La norma ya contempla de forma directa el traslado por trabajo, por matrimonio… hay varios puntos que puedes alegar, pero tal y como planteas esto, simplemente se ha ido a casa de su novia y ha alquilado el inmueble, por lo tanto, entre poco o nada que hacer aquí.. El lucro no supone un problema, el problema es el tiempo que ha estado en el inmueble, que no ha llegado a considerarse vivienda habitual porque no han pasado tres años |
01-nov-2025 22:25
#5
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Creo recordar que habia un par de excepciones a esa regla de los tres años para que se considere habitual. Me suena que era matrimonio/divorcio y cambio de trabajo |
01-nov-2025 22:31
#6
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Hola,
Os pongo en contexto, menor de 30 años compra vivienda para uso habitual. En lugar de pagar a hacienda un 9% de la compra, paga un 5% por la deduccion de ser menor de esa edad. 5 meses antes de cumplirse los 3 años, se va a vivir a casa de su pareja, y alquila su casa en esos 5 meses. Hace la declaracion al año siguiente incluyendo que ha vivido en su vivienda 180 dias al año y los otro 180 los ha tenido alquilados. Ahora hacienda le reclama ese 4% que le dedujo, mas intereses, unos 8000 euros. LA norma es clara, el desconocimiento tambien. NAdie seria tan tonto de sabiendo la norma, a falta de 5 meses, ponerse a alquilar. Se puede apelar algo o toca pagar? A pagar Se saltaron las reglas |
02-nov-2025 00:57
#7
| Ostras shur, gracias a este hilo no la lio parda yo, pretendía alquilar mi vivienda justo un par de meses antes de cumplir los 3 años |
02-nov-2025 01:30
#8
| Un principio jurídico fundamental dice que el desconocimiento de la ley no te exime de su cumplimiento. Creo que queda clara la cosa |
02-nov-2025 09:52
#11
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A que te refieres?
Si, si esta clara la norma. Y es de tontos lo que ha pasado por ese desconocimiento, que no se si lo tenian que haber explicado en la notaria el dia de la compraventa... PEro si hubiese algun resquicio por el que apelar manifestando que no ha sido por lucrarse... la ayuda para reducirte el IVA a pagar se hace de forma proactiva, se tiene que pedir, no te cae del cielo, y se revisa cada año en la declaración. SEGURO que lo sabía, otra cosa es que se le haya olvidado,Échale la culpa a la notaría… vaya tela. |
02-nov-2025 10:33
#13
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Por norma general salvo que sea en los supuestos que han comentado arriba como matrimonio, divorcio, trabajo... te toca hacer autoliquidación incluyendo los intereses de demora. Ahora bien, esto lo gestiona un poco diferente cada comunidad autónoma, tienes que irte a mirarlo a la página de la AEAT. Por otro lado, ya que estas revisate todas las deducciones posibles por arrendamiento, para intentar mitigar el palo. |
02-nov-2025 10:43
#14
| No creo que tengas nada que hacer, porque además es que le han dado todos los datos a Hacienda diciendo donde vivió, metiendo el alquiler (y probablemente el que la alquiló, si tiene derecho a algún beneficio, habrá puesto que su vivienda habitual es en la casa alquilada). Eso no tiene recorrido. |
02-nov-2025 11:36
#15
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La notaría solo lee lo que pone en la escritura, que es un copia y pega de las miles de escrituras que han realizado, modificando 4 cosas. No explica nada. Respecto a la vvda. habitual...te va a tocar pagar. |
02-nov-2025 11:55
#16
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Partimos de algo que ya parece que sabes: El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento. Ahora, si te has ido a vivir con tu pareja a otra localidad por motivos laborales, sí se puede reclamar, porque es una de las excepciones que aplican en estos casos. Si te has ido a vivir con tu pareja estando su vivienda ubicada en la misma localidad en la que ya está tu casa o incluso a otra muy cercana, te toca pagar. Negocia el pago aplazado al menos y revisa que puedas aplicarte alguna deducción por el alquiler de estos meses. |
22-ene-2026 12:36
#17
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Esto es peor aun, que frustracion, no solo hay que pagar la deduccion de la que te has beneficiado(vale, hay que asumir el error del desconocimiento de la norma) , hay que pagar una PENALIZACION, que es un porcentaje de la deduccion , lo que quiera no se si un juez o alguien de hacienda. Lo mismo es un 30%, un 100% o supongo qu een casos de no aceptar el pago de la deduccion, sean cantidades superiores. Asi que nos ponemos en situacion que igual toca pagar otros 5000 euros mas como minimo... Como digo mucha frustracion, creo que es un caso muy claro de que eno ha habido mala fe ni hacerlo por defraudar, a falta de pocos mese para finalizar el plazo.. |
22-ene-2026 12:57
#18
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Esto es peor aun, que frustracion, no solo hay que pagar la deduccion de la que te has beneficiado(vale, hay que asumir el error del desconocimiento de la norma) , hay que pagar una PENALIZACION, que es un porcentaje de la deduccion , lo que quiera no se si un juez o alguien de hacienda. Lo mismo es un 30%, un 100% o supongo qu een casos de no aceptar el pago de la deduccion, sean cantidades superiores.
Asi que nos ponemos en situacion que igual toca pagar otros 5000 euros mas como minimo... Como digo mucha frustracion, creo que es un caso muy claro de que eno ha habido mala fe ni hacerlo por defraudar, a falta de pocos mese para finalizar el plazo.. Compro casa. En ese momento y aquí el impuesto de transmisión patrimonial era del 8%, pero si tenías menos de cierta edad, ganabas menos de cierta cantidad y de rendimientos del ahorro habías ganado menos de 1000 euros o algo así, pagabas el 3%. Pues yo que lo cumplía todo. Pero resulta que la casa no tenía el certificado de finalización de obra (casa con más de 30 años...), y hubo que hacer unos papeleos para el tema del préstamo, el del registro de la propiedad que tenía que se tocó los huevos bastante y en fin, que se retrasó la compra mes y medio con lo que se formalizó la compra de la casa en enero del año siguiente, con lo que el año fiscal para ver si podía pagar solamente el 3% cambiaba, pero claro, en Enero no has hecho la declaración de la renta del año anterior y no caí en que podría haber cambiado algo. Y sí que cambió, los rendimientos del ahorro, que había ganado casi 2000 euros. En fin, que 2 o 3 años después me reclamaron ese 5%+intereses+multa y acabé pagando casi 10.000 euros. 10.000 euros por no comprar la casa un mes antes y peor aún, 10.000 euros que perdí por unos pocos cientos de euros extra por intereses de dinero ahorrado. Pero a lo que iba, no recuerdo cifras exactas, pero entre intereses y multa sería casi 2500 euros. |
22-ene-2026 18:33
#19
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Pues no pasa nada. Pagarás la multa que decidan y ya está. Podrás pagarla q plazos para que te sea más cómodo. Por eso no tengas problema |
22-ene-2026 23:35
#20
| Ya, eso es lo que jode, pagar la multa, cuando se ve que no ha habido mala fe. |
la ayuda para reducirte el IVA a pagar se hace de forma proactiva, se tiene que pedir, no te cae del cielo, y se revisa cada año en la declaración. SEGURO que lo sabía, otra cosa es que se le haya olvidado,