¿Qué me decís de los planes individuales de ahorro sistemático? (Pías)
16-abr-2025 22:06
#1
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Pues eso ¿Merecen la pena? he mirado y se contratan a través de aseguradoras, (no se si los bancos lo ofrecen). ¿Pros/contras? ¿comisiones? Estuve en su día en la bolsa, con acciones y actualmente tengo fondos de inversión y una cartera diversificada. Edit: Copio y pego, porque no tengo ni idea y me suena a chino. -El ahorro acumulado en el PIAS contratado puede suponer en el futuro un ingreso complementario para la jubilación. -Si transcurridos 5 años desde la primera aportación, constituyes una renta vitalicia con el capital acumulado, el rendimiento generado queda exento de tributación*. ¿Esto que significa? -Una vez constituida la renta vitalicia asegurada, las prestaciones mensuales en forma de renta que obtengas,tributan en IRPF como rendimiento de capital mobiliario, con reducciones fiscales en función de tu edad. ¿Pagan digamos una especie de rentabilidad mensual? -Capital y rendimientos garantizados. Puedes designar a los beneficiarios que desees para el caso de fallecimiento. -Puedes contratar tu Plan Individual de Ahorro Sistemático con aportación única, periódica o combinación de ambas. -Actualmente el límite de aportación anual no podrá superar más de 8.000 € al año ni 240.000 € en total para todos los PIAS. -El importe mínimo de la aportación única es de 600 €. -Las aportaciones periódicas pueden ser mensuales, trimestrales, semestrales o anuales. Siendo el importe mínimo de aportación de 30 € mensuales y un máximo de 666,66 € mensuales. En cualquier momento puede modificarlas, interrumpirlas o reiniciarlas. -Puedes realizar aportaciones extraordinarias en cualquier momento. Siendo el importe mínimo de la aportación de 600 € y el máximo de 8000 €. Rentabilidad y disponibilidad garantizadas -Se establece una rentabilidad inicial garantizada por un plazo entre 11 y 12 meses y renovable por períodos anuales. -En cualquier momento puedes recuperar todas o parte de las aportaciones realizadas y los rendimientos generados. -El importe mínimo del Rescate Parcial solicitado es de 200 €. Si el Saldo Acumulado resultante, una vez descontado el importe a rescatar, es inferior a 300 €, la entidad aseguradora podrá proceder a la extinción del contrato. -Puedes movilizar el saldo acumulado a otro PIAS que seas tomador. Por lo demás creo que más o menos lo tengo claro, me suena un poco a un plan de pensiones pero pudiendo rescatarlo o sacarlo cuando se quiera... |
Editado: 16-abr-2025 22:22 -
16-abr-2025 22:44
#2
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Es como una inversión donde al menos te aseguras que nunca vas a estar en positivo. Eso está bien porque te quita la ansiedad de si vas a perder o no: siempre vas a perder, así que no hay sorpresas. |
16-abr-2025 23:06
#5
| Pon en google o aqui mismo PIAS y ya veras que maravilla, imagino que todavia quedan incautos que contratan semejante basura de producto |
16-abr-2025 23:09
#6
El problema no es el PIAS, el problema es que los que se comercializan lo que hacen es meterte unas comisiones del copón para total darte, en el mejor de los casos, una cartera indexada que podrás hacer en un roboadvisor (o ya tu mismo) y pagar mucho menos. Pero bueno, lo tienes resumido aquí
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17-abr-2025 00:28
#8
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El problema no es el PIAS, el problema es que los que se comercializan lo que hacen es meterte unas comisiones del copón para total darte, en el mejor de los casos, una cartera indexada que podrás hacer en un roboadvisor (o ya tu mismo) y pagar mucho menos. Pero bueno, lo tienes resumido aquí
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17-abr-2025 13:41
#11
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El problema no es el PIAS, el problema es que los que se comercializan lo que hacen es meterte unas comisiones del copón para total darte, en el mejor de los casos, una cartera indexada que podrás hacer en un roboadvisor (o ya tu mismo) y pagar mucho menos. Pero bueno, lo tienes resumido aquí
Hacienda no me verá con los mismos ojos el día de mañana, pero se lo pagaré bien a gusto. |
01-may-2025 12:40
#12
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