Reinversion vivienda

Traca92
ForoCoches: Usuario
#1
Alguíen sabe si el pago de la hipoteca que te queda por pagar de la casa que vendes esta exenta del pago de ganancia patrimonial por irpf?


Caso practico:




Compre casa en 2017 por 150 k y la vendo en 2025 por 250 k pero me quedaban 100 k por amortizar de la hipoteca.




Sabeis si para el calculo de ganancia patrimonial contaria :




250k - 150 k - 100 k = 0 euros




O seria :




250 k - 150 k = 100 k independientemente si amortizo o no








Y despues si compro ese mismo 2025 otra vivienda por 150 k, segun lo q entendido se calcula el % de 250 k / 150 k que este % se aplicaria al montante total de la ganancia en este caso 100k y tendre que pagar alrededor de un 20% del resultado?
manzax
Tempus fugit
#2
GEMINI dice esto:

Para calcular la ganancia patrimonial en la venta de una vivienda y su impacto en el IRPF, es crucial entender cómo se aplican las normas fiscales. Aquí te detallo cómo se aplicaría en tu caso práctico:
Cálculo de la ganancia patrimonial:
  • Venta - Compra = Ganancia:
    • En tu caso, la ganancia patrimonial se calcularía como la diferencia entre el precio de venta (250.000 euros) y el precio de compra (150.000 euros).
    • Por lo tanto: 250.000 € - 150.000 € = 100.000 €.
    • El importe pendiente de la hipoteca (100.000 euros) no se resta directamente en este cálculo. La ganancia patrimonial se basa en la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión.
Reinvertir en una nueva vivienda:
  • Exención por reinversión:
    • Si reinviertes el importe obtenido por la venta de tu vivienda habitual en la compra de una nueva vivienda habitual, puedes beneficiarte de una exención parcial o total de la ganancia patrimonial.
    • Para ello, debes cumplir ciertos requisitos, como haber residido en la vivienda vendida durante al menos tres años (salvo excepciones) y reinvertir el importe en un plazo de dos años (antes o después de la venta).
  • Reinvertir parcialmente:
    • En tu caso, si vendes por 250.000 euros y compras una nueva vivienda por 150.000 euros, estarías reinvirtiendo parcialmente.
    • La parte de la ganancia patrimonial que corresponda a la cantidad reinvertida estará exenta de tributación.
    • Para calcular la parte exenta, se aplica una proporción: (Importe reinvertido / Importe total de la venta). En tu caso (150.000/250.000 = 0.6) por lo que el 60% de la ganancia patrimonial estaria exenta, y el 40% restante tributaria.
    • 40.000 euros seria la ganancia patrimonial por la que tendrías que tributar.
  • Tributación:
    • La ganancia patrimonial que no esté exenta se integrará en la base imponible del ahorro de tu IRPF.
    • Los tipos de gravamen aplicables en 2024 son los siguientes:
      • Hasta 6.000 euros: 19%.
      • De 6.000 a 50.000 euros: 21%.
      • De 50.000 a 200.000 euros: 23%
      • De 200.000 a 300.000 euros: 27%
      • Más de 300.000 euros: 28% 1 1. taxdown.es


        taxdown.es






    • Por lo que en tu caso, tendrías que pagar el 19% de los primeros 6000 euros, y el 21% de los 34.000 restantes.
Puntos clave:
  • El importe pendiente de la hipoteca no reduce directamente la ganancia patrimonial.
  • La reinversión en una nueva vivienda habitual puede eximirte de pagar impuestos por la ganancia patrimonial, total o parcialmente.
  • Siempre es recomendable consultar con un asesor fiscal para obtener una orientación personalizada.
Espero que esta información te sea de utilidad.
Traca92
ForoCoches: Usuario
#3
Si eso me dijo el chat gpt pero el gestor me dice otra cosa
dimker
ForoCoches: Miembro
#4
Shur pero qué estás diciendo? Estarías contando el pago dos veces, no tiene ningún sentido lo que dices.
Tuerto
ForoCoches: Usuario
#5
La IA da pena en casos fiscales. Te mete cosas que no van a cuento y encima la caga.

El importe pendiente de la hipoteca lo puedes restar del importe de venta, solo si reinviertes. Y en ese caso, para el ejemplo que has puesto, la ganancia patrimonial quedaría exenta en su totalidad.
Osea, no pagarías nada.

S2
A.Lerroux
ForoCoches: Miembro
#6
Cita de Traca92
Alguíen sabe si el pago de la hipoteca que te queda por pagar de la casa que vendes esta exenta del pago de ganancia patrimonial por irpf?


Caso practico:




Compre casa en 2017 por 150 k y la vendo en 2025 por 250 k pero me quedaban 100 k por amortizar de la hipoteca.




Sabeis si para el calculo de ganancia patrimonial contaria :




250k - 150 k - 100 k = 0 euros




O seria :




250 k - 150 k = 100 k independientemente si amortizo o no








Y despues si compro ese mismo 2025 otra vivienda por 150 k, segun lo q entendido se calcula el % de 250 k / 150 k que este % se aplicaria al montante total de la ganancia en este caso 100k y tendre que pagar alrededor de un 20% del resultado?


Al final lo aclaraste? Tengo la misma duda
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