Soy abogado laboralista, trabajo en rrhh y te ayudo en tus dudas
30-abr-2026 21:35
#1201
| Buenas shur, yo no necesito de momento nada, pero darte las gracias por el hilo, sin duda eres una buena persona con carácter altruista. Las cervezas las tienes pagadas si vienes por Murcia!! |
30-abr-2026 21:55
#1202
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Buenas shur mi novia le han asignado un convenio colectivo (antes sus condiciones se regían por el estatuto). Le han pedido que firme un documento, donde se le asigna según convenio su grupo de profesionalidad, le han asignado uno de auxiliar (grupo 7), cuando realmente lleva más casi 2 años realizando tareas de técnico (grupo 5). Ella ha comunicado que no está de acuerdo con la asignación, que ella no hace tareas de auxiliar, y le han dicho que ahora no se le puede cambiar de grupo profesional, que eso ya se hará a final de año. De momento, no ha firmado nada y ha pedido hasta el viernes para leerlo tranquilamente… debería firmar como no conforme? Que se puede hacer?
Gracias!! Saludos! |
30-abr-2026 21:56
#1203
| Gracias, shur! Hay que ayudarse: hay mucho desconocimiento y mucho trepa con estas cosas... Saludos! |
30-abr-2026 21:56
#1204
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Hola, shur! Normalmente en ese plus lo que hacen es absorber las subidas de convenio y así no tienen más coste salarial: típico ejemplo la antigüedad, los salarios bases es raro que lo permita un convenio SAludos! |
30-abr-2026 22:03
#1205
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En estos casos es fundamental recopilar pruebas: correos, órdenes, organigramas, horarios, usuarios internos, medios de trabajo, funciones reales y comparativa con empleados de plantilla. Si se acredita la cesión ilegal, el trabajador puede reclamar su integración en la empresa real, aunque si la Fundación pertenece al sector público pueden aplicarse reglas específicas y no siempre se reconoce la fijeza ordinaria. |
30-abr-2026 22:09
#1206
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En mi contrato se especifica que la jornada laboral son 35 horas semanales y así lo especificaba tambien el convenio por aquel entonces. Tras 2 sucesiones de empresas por el articulo ¿44? Tras sus correspondientes cartas diciendo que se mantenian las condiciones de trabajo, antiguedad y esas cosas, en la firma del ultimo convenio el comité aceptó 37,5h semanales. Cuantas deberia hacer, 35 o 37’5? |
30-abr-2026 22:26
#1207
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Hola, me faltan años cotizados y me obligan a trabajar hasta los 67. Los últimos 13 voy con un trailer. Lo quiero dejar con 66 y con el año de mili me faltarán unos meses para 35 cotizados. Es posible dejarlo con 66 aceptando una penalización? Mi jefe me ha dicho que si quiero me mete en el paro el ultimo año y así cobraría el 100*100,lo aceptarían,? |
01-may-2026 00:03
#1208
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Hola, shur! Puedes serlo pero no es por tiempo, todo depende de como trabajes: si recibes órdenes de los responsables de la fundación, usas sus medios, sigues sus horarios y realizas funciones estructurales puede existir.
En estos casos es fundamental recopilar pruebas: correos, órdenes, organigramas, horarios, usuarios internos, medios de trabajo, funciones reales y comparativa con empleados de plantilla. Si se acredita la cesión ilegal, el trabajador puede reclamar su integración en la empresa real, aunque si la Fundación pertenece al sector público pueden aplicarse reglas específicas y no siempre se reconoce la fijeza ordinaria. Ok, Shur! muchas gracias por la información! Un saludo! |
01-may-2026 23:55
#1209
| que se siente al ser una persona cuyo único fin es esquilmar a las empresas, para darle ese dinero a vagos y jetas. |
03-may-2026 21:15
#1210
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Hola, me faltan años cotizados y me obligan a trabajar hasta los 67. Los últimos 13 voy con un trailer.
Lo quiero dejar con 66 y con el año de mili me faltarán unos meses para 35 cotizados. Es posible dejarlo con 66 aceptando una penalización? Mi jefe me ha dicho que si quiero me mete en el paro el ultimo año y así cobraría el 100*100,lo aceptarían,? La opción de pasar al desempleo puede ser válida únicamente si existe un cese real y legal, por ejemplo un despido objetivo o colectivo correctamente justificado. Durante la prestación contributiva por desempleo se cotiza para jubilación. Antes de aceptar cualquier propuesta, conviene revisar la vida laboral, hacer una simulación en el INSS y analizar la causa real del cese. Cada caso debe analizarse individualmente, especialmente si existen plazos de impugnación o documentación específica. Cuidado con pactar el despido shur.... Saludos! |
03-may-2026 22:06
#1211
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En mi contrato se especifica que la jornada laboral son 35 horas semanales y así lo especificaba tambien el convenio por aquel entonces. Tras 2 sucesiones de empresas por el articulo ¿44? Tras sus correspondientes cartas diciendo que se mantenian las condiciones de trabajo, antiguedad y esas cosas, en la firma del ultimo convenio el comité aceptó 37,5h semanales.
Cuantas deberia hacer, 35 o 37’5? Depende de cómo esté redactado el contrato. Si el contrato reconoce expresamente una jornada de 35 horas semanales, sin limitarla a lo que diga el convenio en cada momento, puede defenderse que esa jornada es una condición contractual más beneficiosa y que la empresa no puede ampliarla automáticamente a 37,5 horas. La sucesión de empresa no extingue la relación laboral ni elimina por sí sola las condiciones anteriores. La nueva empresa queda subrogada en los derechos y obligaciones laborales existentes. Por tanto, si la jornada de 35 horas estaba incorporada al contrato individual, la empresa debería respetarla o acudir, en su caso, al procedimiento legal de modificación sustancial de condiciones de trabajo. En cambio, si el contrato solo remitía al convenio colectivo aplicable, la empresa tendrá más argumentos para aplicar la nueva jornada de 37,5 horas pactada en convenio. Lo recomendable es revisar el contrato, las cartas de subrogación, el convenio anterior y el nuevo convenio, y dejar constancia escrita de la disconformidad si la empresa pretende imponer la nueva jornada. Lo que necesites, a tu disposición! Gracias |
04-may-2026 22:10
#1213
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Una amiga se ha cogido la baja por estrés y depresión porque la tenían explotada y hacía el trabajo de 3 personas.Tras 19 años y 0 bajas, no podía más. Anda jodida con ansiedad ahora. Bien pues la empresa (conocida cadena española) le acaba de llamar diciendo que la citan con una empresa externa para investigar su caso y decidir si es cuento y eludir el pago de la parte que pagan ellos (creo que el 30% del salario mientras está de baja). Solo lleva un mes y medio, no es que lleve 10 meses. Y nunca cogió una baja. Es legal eso de subcontratar una empresa para investigar informes médicos y apretarle para ver si pueden eludir su indemnización? PD. Y la empresa es conocida por nunca firmar bajas, ni convenios, ni indemnizaciones. Te machacan para que te vayas sin nada. |
06-may-2026 16:12
#1214
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Hola Shur!. Ésta Semana Santa pasada he pillado el permiso de cuidado de menores. Como necesitaba el día previo a la semana y el lunes posterior porque no son días lectivos he tenido que pedir desde el viernes 27 de marzo al lunes 6 de abril. En septiembre del año pasado pedí la primera semana de septiembre por lo mismo pero sólo me descontaron de la nómina 5 días y ésta vez me 11 días (los dos fines de semana y los dos días de semana santa). Ellos alegan que como son semanas enteras en el anterior permiso pedí de lunes a viernes y en éste me he comido por medio dos fines de semana y los dos días de Semana Santa. ¿Cómo es posible que la empres ame esté quitando 6 días no laborables habiendo sólo utilizado 5 días laborales?. Muchas gracias y un saludo. |
Editado: 06-may-2026 16:20 -
06-may-2026 17:21
#1215
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Buenas Shur¡ Me gustaría hacerte una consulta. En una sociedad limitada en la que trabajo de oficial administrativo llevando contabilidad y finanzas de la empresa así como tareas administrativas, se jubilan los administradores (solidarios) que son, además, los socios de la sociedad y para que la empresa siga realizando su trabajo (alquileres locales de negocio), me han propuesto ser administrador solidario de la misma para llevar a cabo la gestión sin ellos ,ya que estarían jubilados, pero eso si, hacer juntas de accionistas en cuento lo necesite y consultarles y ayudarme en lo que puedan si así lo requiero. Llevo mas de 30 años en la sociedad, la confianza en máxima, y me no se si aceptar, puesto que no me gustaría dejar de cotizar al régimen general ordinario, ya que me quedan 5 años para jubilarme. No se si esto puede ser, o que sería lo mejor para mí para no perder derechos ni, aunque sea raro, nunca se sabe, por un posible despido, o perder paro o prestación de jubilación. Que sería lo mejor? Gracias de antemano por tu respuesta y por la labor que haces. Saludos¡¡ |
08-may-2026 22:45
#1216
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Buenas tardes, shur!
Llevo tiempo viendo hilos con dudas de trabajo:
¡Bienvenidos y encantado de ayudaros! EDIT1: La verdad que estoy sorprendido por la acogida del hilo, agradeceros vuestro apoyo!! Muchos me decís que cuanto cobro por consulta, etc. La verdad que cuando abrí el hilo, eso no estaba en mis planes; solo quería ayudar a resolver dudas generales o abusos que a veces hay. Debido a ello, NO TENGO TARIFAS POR LAS DUDAS QUE PONÉIS EN EL HILO. ESTO ES GRATIS, Por lo tanto.... PREGUNTAD!!!!!!!! EDIT2: Si por MP me mandáis dudas de casos que sean más complicados, y de los que necesitáis un asesoramiento más personalizado, hablaremos según los resultados del caso, en la medida en que os haya ayudado, y si os parece bien podréis donar ¿Qué no os ha gustado la ayuda? No donáis, vamos... como un FREE TOUR: aquí nadie se tiene que comprometer. EDIT3: ¡¡GRACIAS POR EL APOYO!! Es un orgullo ayudar a tantos shures. Perdonad la demora que tengo al contestar a veces. EDIT4: Esto es TOTALMENTE ALTRUISTA, no obstante como muchos decís de pagarme por los servicios y el asesoramiento he abierto el siguiente PAYPAL a modo de donación por si alguien quiere donar. Se agradece para poder potenciar esto mediante web en futuro: ¿POR QUÉ ES GRATIS? Sencillo, el foro me ayuda siempre con dudas y creo que debo cosas a los shures de la comunidad. Entended que esto lo hago en mi tiempo libre, porque me gusta ayudar a la gente, y porque creo que muchos trabajadores están desamparados de cuestiones importantes dado lo poco que se conoce del derecho laboral y las relaciones laborales. Además, yo también sé lo que es ir a preguntar y no tener a nadie porque no te puedes permitir ciertos costes. Os dejo el enlace https://www.paypal.com/donate?campaign_id=9DEWRM4XB8DJJ Como procedo? Muchas gracias |
09-may-2026 22:21
#1217
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Cualquier duda, me dices Gracias! |
09-may-2026 22:26
#1218
| Gracias a ti a ver si el lunes me paso por el SERLA y la pongo. Y no no he recibido nada. |
09-may-2026 22:27
#1219
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Una amiga se ha cogido la baja por estrés y depresión porque la tenían explotada y hacía el trabajo de 3 personas.Tras 19 años y 0 bajas, no podía más. Anda jodida con ansiedad ahora.
Bien pues la empresa (conocida cadena española) le acaba de llamar diciendo que la citan con una empresa externa para investigar su caso y decidir si es cuento y eludir el pago de la parte que pagan ellos (creo que el 30% del salario mientras está de baja). Solo lleva un mes y medio, no es que lleve 10 meses. Y nunca cogió una baja. Es legal eso de subcontratar una empresa para investigar informes médicos y apretarle para ver si pueden eludir su indemnización? PD. Y la empresa es conocida por nunca firmar bajas, ni convenios, ni indemnizaciones. Te machacan para que te vayas sin nada. La empresa puede controlar una baja médica, pero con límites. El Estatuto de los Trabajadores permite al empresario verificar el estado de salud alegado por la persona trabajadora, pero esa verificación debe hacerse mediante reconocimiento por personal médico y respetando la intimidad, dignidad y confidencialidad de los datos de salud. La empresa puede contratar una entidad médica externa para realizar ese control, pero no puede acceder libremente al diagnóstico, tratamiento o historial clínico de la persona trabajadora. La información médica debe ser tratada por personal sanitario y la empresa solo debería recibir conclusiones estrictamente necesarias. Si la persona trabajadora se niega injustificadamente a un reconocimiento médico válido, la empresa podría intentar suspender el complemento económico de incapacidad temporal que esté a su cargo. Sin embargo, no puede usar la citación para presionar, intimidar, cuestionar sin base médica la baja o forzar una reincorporación. Mi recomendación es que acuda a la llamada de la empresa ¿Es una empresa externa o una mutua? Ojo, si es mutua recomiendo que acuda... Gracias! |
09-may-2026 22:28
#1220
| Si tienes certificado digital puedes interponerla por esa vía: cualquier cosa, me dices! |
09-may-2026 22:57
#1221
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Hace ya tiempo que vi el post pero nunca me he decidido a escribir, hoy será el día. En resumen, trabajo en un almacén hortofrutícola como mozo, llevo desde principios de 2025 siendo puteado por una compañera de trabajo, expongo el tema a mí jefa directa primero y al jefe de almacén después y vamos a peor, me quitan del puesto que estaba donde ganaba un poco más ( trabajando un poco más de horas), no me dejan cambiarme de línea para evitar que la compañera me putee y me ponen a hacer trabajos que, normalmente, han sido para no fijos. Ya no sé lo que hacer, es un trabajo que me permite ganar dinero para vivir bien, al lado de casa, por turnos que me permite hacer mucha vida familiar, pero es rara la semana que no hay algún problema de que pongan a algún trabajador en mi contra, de que me pongan ha hacer algún trabajo que nadie quiere, que me intenten pillar con la maquinaria. ¿Qué pasos se recomiendan hacer en estos casos? |
10-may-2026 09:52
#1222
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Puedo invocar 41.3 y MSCT cuando la empresa retira 2 días de teletrabajo por semana y el desplazamiento son 150km ida y vuelta todos los días (casi 500 EUR/neto considerando kilometraje)? Aunque se haya pasado el plazo 20 días supongo que tengo hasta 1 año para demostrar ese perjuicio |
10-may-2026 09:55
#1223
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Buenas tardes, shur!
Llevo tiempo viendo hilos con dudas de trabajo:
¡Bienvenidos y encantado de ayudaros! EDIT1: La verdad que estoy sorprendido por la acogida del hilo, agradeceros vuestro apoyo!! Muchos me decís que cuanto cobro por consulta, etc. La verdad que cuando abrí el hilo, eso no estaba en mis planes; solo quería ayudar a resolver dudas generales o abusos que a veces hay. Debido a ello, NO TENGO TARIFAS POR LAS DUDAS QUE PONÉIS EN EL HILO. ESTO ES GRATIS, Por lo tanto.... PREGUNTAD!!!!!!!! EDIT2: Si por MP me mandáis dudas de casos que sean más complicados, y de los que necesitáis un asesoramiento más personalizado, hablaremos según los resultados del caso, en la medida en que os haya ayudado, y si os parece bien podréis donar ¿Qué no os ha gustado la ayuda? No donáis, vamos... como un FREE TOUR: aquí nadie se tiene que comprometer. EDIT3: ¡¡GRACIAS POR EL APOYO!! Es un orgullo ayudar a tantos shures. Perdonad la demora que tengo al contestar a veces. EDIT4: Esto es TOTALMENTE ALTRUISTA, no obstante como muchos decís de pagarme por los servicios y el asesoramiento he abierto el siguiente PAYPAL a modo de donación por si alguien quiere donar. Se agradece para poder potenciar esto mediante web en futuro: ¿POR QUÉ ES GRATIS? Sencillo, el foro me ayuda siempre con dudas y creo que debo cosas a los shures de la comunidad. Entended que esto lo hago en mi tiempo libre, porque me gusta ayudar a la gente, y porque creo que muchos trabajadores están desamparados de cuestiones importantes dado lo poco que se conoce del derecho laboral y las relaciones laborales. Además, yo también sé lo que es ir a preguntar y no tener a nadie porque no te puedes permitir ciertos costes. Os dejo el enlace https://www.paypal.com/donate?campaign_id=9DEWRM4XB8DJJ El tema es, tengo un periodo de prueba de 6 meses, si no consigo superar el periodo de prueba, tengo derecho a paro? Había leído que si dejas un trabajo voluntariamente para entrar a otro y pasan 3 meses, ya podría pedir el paro aún estando en periodo de prueba. Eso es así? Mil gracias! |
10-may-2026 10:17
#1224
| Hola shur, en mi actual empresa tengo una cláusula en el contrato, de pacto de no competencia por el que todos los meses me pagan alrededor del 10% de mis sueldo bruto. Me ha surgido una oportunidad en una empresa del mismo sector, que aunque no es competencia, sí que es cliente. Podría incumplir ese punto del contrato si cambio a esta empresa? |
10-may-2026 10:39
#1225
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Buenas shur, a ver sobre esto. Mi mujer trabaja en multinacional. La mayoría de centros de España tiene comedor/cantina donde comen todos los empleados sin apenas coste para ellos. En el centro donde está ella no existe cantina pero, a modo de compensación, esos empleados vienen recibiendo una cantidad mensual en la clásica tarjeta restaurante desde hace 10 años. De un mes para otro, la empresa ha decidido suprimir este beneficio, dando como única alternativa una subvención en webs de comida preparada que no equipara en coste lo que tenían, ni lo que existe en esos otros centros que tienen cantina. Lógicamente todos los empleados están en contra y muchos de ellos (el sindicato ni está ni se le espera) se han asociado para contratar un abogado que reclame en su nombre. Más allá de lo que pueda conseguir este abogado, bastante joven y novato, ¿cómo de legal es esa eliminación de ese derecho adquirido? Gracias |
12-may-2026 22:55
#1226
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Buenas tardes, shur!
Llevo tiempo viendo hilos con dudas de trabajo:
¡Bienvenidos y encantado de ayudaros! EDIT1: La verdad que estoy sorprendido por la acogida del hilo, agradeceros vuestro apoyo!! Muchos me decís que cuanto cobro por consulta, etc. La verdad que cuando abrí el hilo, eso no estaba en mis planes; solo quería ayudar a resolver dudas generales o abusos que a veces hay. Debido a ello, NO TENGO TARIFAS POR LAS DUDAS QUE PONÉIS EN EL HILO. ESTO ES GRATIS, Por lo tanto.... PREGUNTAD!!!!!!!! EDIT2: Si por MP me mandáis dudas de casos que sean más complicados, y de los que necesitáis un asesoramiento más personalizado, hablaremos según los resultados del caso, en la medida en que os haya ayudado, y si os parece bien podréis donar ¿Qué no os ha gustado la ayuda? No donáis, vamos... como un FREE TOUR: aquí nadie se tiene que comprometer. EDIT3: ¡¡GRACIAS POR EL APOYO!! Es un orgullo ayudar a tantos shures. Perdonad la demora que tengo al contestar a veces. EDIT4: Esto es TOTALMENTE ALTRUISTA, no obstante como muchos decís de pagarme por los servicios y el asesoramiento he abierto el siguiente PAYPAL a modo de donación por si alguien quiere donar. Se agradece para poder potenciar esto mediante web en futuro: ¿POR QUÉ ES GRATIS? Sencillo, el foro me ayuda siempre con dudas y creo que debo cosas a los shures de la comunidad. Entended que esto lo hago en mi tiempo libre, porque me gusta ayudar a la gente, y porque creo que muchos trabajadores están desamparados de cuestiones importantes dado lo poco que se conoce del derecho laboral y las relaciones laborales. Además, yo también sé lo que es ir a preguntar y no tener a nadie porque no te puedes permitir ciertos costes. Os dejo el enlace https://www.paypal.com/donate?campaign_id=9DEWRM4XB8DJJ Sigues activo?? |
17-may-2026 22:28
#1228
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Hola Shur!.
Ésta Semana Santa pasada he pillado el permiso de cuidado de menores. Como necesitaba el día previo a la semana y el lunes posterior porque no son días lectivos he tenido que pedir desde el viernes 27 de marzo al lunes 6 de abril. En septiembre del año pasado pedí la primera semana de septiembre por lo mismo pero sólo me descontaron de la nómina 5 días y ésta vez me 11 días (los dos fines de semana y los dos días de semana santa). Ellos alegan que como son semanas enteras en el anterior permiso pedí de lunes a viernes y en éste me he comido por medio dos fines de semana y los dos días de Semana Santa. ¿Cómo es posible que la empres ame esté quitando 6 días no laborables habiendo sólo utilizado 5 días laborales?. Muchas gracias y un saludo. Puede ser correcto si el permiso se solicitó como un periodo continuo entre dos fechas. El permiso parental del artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores se configura por semanas, continuas o discontinuas, y no como una bolsa libre de días laborables sueltos. Por eso, si se pide desde un viernes hasta el lunes de la semana siguiente, la empresa puede entender que el contrato queda suspendido durante todo ese periodo y descontar días naturales. Ahora bien, conviene revisar la solicitud, la nómina, el convenio y el criterio aplicado por la empresa. Si en una ocasión anterior se descontaron solo 5 días, si no se informó previamente del cómputo por días naturales o si el convenio permite mayor flexibilidad, puede pedirse aclaración y reclamar una regularización si el descuento no está bien calculado. |
17-may-2026 22:29
#1229
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Gracias! |
17-may-2026 22:31
#1230
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Buenas Shur¡
Me gustaría hacerte una consulta. En una sociedad limitada en la que trabajo de oficial administrativo llevando contabilidad y finanzas de la empresa así como tareas administrativas, se jubilan los administradores (solidarios) que son, además, los socios de la sociedad y para que la empresa siga realizando su trabajo (alquileres locales de negocio), me han propuesto ser administrador solidario de la misma para llevar a cabo la gestión sin ellos ,ya que estarían jubilados, pero eso si, hacer juntas de accionistas en cuento lo necesite y consultarles y ayudarme en lo que puedan si así lo requiero. Llevo mas de 30 años en la sociedad, la confianza en máxima, y me no se si aceptar, puesto que no me gustaría dejar de cotizar al régimen general ordinario, ya que me quedan 5 años para jubilarme. No se si esto puede ser, o que sería lo mejor para mí para no perder derechos ni, aunque sea raro, nunca se sabe, por un posible despido, o perder paro o prestación de jubilación. Que sería lo mejor? Gracias de antemano por tu respuesta y por la labor que haces. Saludos¡¡ Aceptar el cargo de administrador solidario de una sociedad limitada no es una simple promoción interna. Puede afectar al encuadramiento en Seguridad Social, a la protección por desempleo y a la responsabilidad personal. Si el trabajador no tiene participaciones ni control efectivo, pero acepta ser administrador y realiza funciones de dirección y gerencia, puede pasar a estar en Régimen General asimilado. En ese caso seguiría cotizando para jubilación, pero quedaría excluido de la protección por desempleo y del Fondo de Garantía Salarial. Además, el administrador asume deberes legales de diligencia, control y responsabilidad frente a la sociedad, socios y acreedores. En determinadas situaciones, como deudas posteriores a una causa de disolución no gestionada correctamente, puede llegar a responder personalmente. La opción más prudente para proteger los derechos laborales sería no aceptar directamente el cargo de administrador solidario y estudiar alternativas: mantener la relación laboral ordinaria, seguir cotizando en Régimen General con desempleo y actuar, si procede, como apoderado con poderes limitados para la gestión diaria, mientras los socios designan un administrador o mantienen una estructura societaria adecuada. Antes de firmar nada, conviene revisar estatutos, deudas, cuentas, contratos, situación fiscal, Seguridad Social, bases de cotización y pedir informe previo de encuadramiento. |