No es cierto que el catalán estuviera prohibido durante el franquismo
22-dic-2009 22:17
#182
Lo mejor es que los argumentos que usan muchos són los videos del Nodo, manda huevos ![]() A lo mejor no había ninguna ley escrita que penaba el catalán, pero la realidad es que la Guardia Civil tenía impunidad total para meter palizas a aquél que hablase en catalán en ambientes que no les gustaba. |
22-dic-2009 22:26
#184
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Por ejemplo mi abuela hablaba un poco de valenciano de cuando en sus tiempos jóvenes iba allí a visitar a su familia. Así que para acabar aprendiendo, no creo que estuviera muy prohibido el hablar otros idiomas. |
22-dic-2009 22:39
#185
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Me hace mucha gracia que venga gente contando casos personales y le digan gente que no tiene ni puta idea de lo que le ha pasado a los familiares del que lo ha dicho que todo eso es mentira. Fuentes muy contrastadas, sí señor. Venga por favor... |
22-dic-2009 22:44
#186
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Paco era un cabrronazo con Cataluña, sabía que los cimientos de su poder residían en que no existiese el catalán. No hablaremos de la autarquía a la norcoreana que impuso, que tuvo España lastrada por años, y que hemos seguido sufriendo gracias a los monopolizadores estatales socalistas. No. Hablemos de las cosas por las que la gente emigraba. Las cosas que hacía mal realmente. Hablemos como ese abuelo se tuvo que ir a Suiza para poder hablar catalán consigo mismo en las calles de Zúrich. Y para hablar catalán con la parienta, mientras ésta, coaccionada por un guardia civil, tenía que contestar en perfecto castellano vallisoletano. No vamos hablar de lo que hicieron "los hunos y los hotros". Hablemos de las cosas que importan a la gente de verdad, como los trapos y las lengua. |
22-dic-2009 22:56
#187
| Que si que si. El catalan no estaba prohibido, el holocausto es una mentira, los alemanes lanzaron una bomba atomica a Tunguska y el cambio climatico es una mentira. |
22-dic-2009 23:50
#188
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¿Sabeís leer? Ya lo he puesto 4 veces.
He puesto ¿Qué ocurre si rotulas UNICAMENTE en castellano? Y las decenas de testimonios en la prensa, televisión y foros están claros (y he puesto un link a un periódico) multa. Es más, me parece que cuando fue Josep Lluis al programa que los ciudadanos le hacian preguntas le preguntaron eso. No se si os comereís a los españoles, pero los libros de comprensión lectora seguro que ni los tocaís. No pierdas el tiempo amigo, es inutil. Yo mismo le he comprobado, no salen de su discurso "es mentira, esta manipulado, eres anticatalan, facha, franquista, no eres de aqui, no sabes como es esto". Pero argumentar por qué es mentira, eso es mas dificil
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22-dic-2009 23:54
#189
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tan dificil es entender que si quieres rotular en castellano tambien lo puedes hacer?
![]() ![]() esto se ha debatido 10000001 veces.... en el franquismo, el catalan no se podia usar, te multaban, y encima... recibias estopa.... lo mismito que ahora... si señor.... ![]() ![]() ![]() ahora resultara que franco no era de derechas.... era un rojeras camuflado... que no salió del armario... que los vencedores vuelvan a escribir la historia como si no hubiera pasado o como encima fueran de victimas... lo que faltaba para el duro.... Es como las señales de prohibido aparcar. aparcar, puedes, otra cosa es que te multen. A quien quereis engañar? |
23-dic-2009 00:01
#190
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Año, 1975. Francisco Franco firma un decreto por el cual se regula la enseñanza de "lenguas españolas" (es decir, Catalán, Euskera, Gallego y alguna otra) en los centros educativos españoles. El objetivo, permitir que aquellos alumnos que así lo necesitaran pudieran ser educados en su lengua materna (tal y como se recoge en la Declaración Universal de los DD.HH.), así como por su permanencia y uso. La introducción de las lenguas nativas en la Educación Preescolar y en la General Básica se justifica, atendiendo, por una parte, a la necesidad de favorecer la integración escolar del alumno que ha recibido como materna una lengua distinta de la nacional, y por otra, al indudable interés que tiene su cultivo desde los primeros niveles educativos como medio para hacer posible el acceso del alumno a las manifestaciones culturales de tales lenguas. Año 1936. Todavía no ha terminado la guerra y el Subsecretario de Orden Público Elíseo Alvarez Arenas publica un bando en el que puede leerse lo siguiente: "El Caudillo Franco formula la promesa solemne… Estad seguros, catalanes, de que vuestro lenguaje, en el uso privado y familiar, no será perseguido; de que vuestras costumbres y tradiciones a través de las cuales expresáis los ricos matices de una raza fuerte y firmemente sensible, hallarán en el nuevo régimen los más calurosos asensos" Año 1969. En la sección de "cartas al director" de la revista Destino, aparece una misiva cargando contra el catalán. El director es condenado por el Tribunal de Orden Público por "injurias al catalán". Apela al supremo y éste desestima el recurso. Le caen ocho meses de prisión y diez mil pesetas de multa por verterse "conceptos de tipo ofensivo para la lengua catalana, cuyo libre uso particular y social se respeta y garantiza.". El autor de la carta no pudo ser identificado. Boletín Oficial del Estado Madrid, 1 de julio de 1975 disposición 1975/13948 nº 156, páginas 14249-14250 Ministerio de Educación y Ciencia Decreto 1433/1975, de 30 de mayo por el que se regula la incorporación de las lenguas nativas en los programas de los Centros de Educación Preescolar y General Básica La Ley General de Educación, al definir las áreas de actividad para la Educación Preescolar, en su artículo catorce, y, para la Educación General Básica, en su artículo diecisiete, incluye en ellas el cultivo, en su caso, de la lengua nativa como medio para lograr una efectiva incorporación de las peculiaridades regionales al patrimonio cultural español. La introducción de las lenguas nativas en la Educación Preescolar y en la General Básica se justifica, atendiendo, por una parte, a la necesidad de favorecer la integración escolar del alumno que ha recibido como materna una lengua distinta de la nacional, y por otra, al indudable interés que tiene su cultivo desde los primeros niveles educativos como medio para hacer posible el acceso del alumno a las manifestaciones culturales de tales lenguas. Es procedente, pues, determinar los cauces que hagan viable la efectiva inclusión en los programas de cualquier Centro docente de la enseñanza de las lenguas nativas españolas, atendiendo a las orientaciones pedagógicas aplicables a la Educación Preescolar y a la General Básica, aprobadas, respectivamente, por Ordenes ministeriales de veintisiete de julio de mil novecientos setenta y tres y dos de diciembre de mil novecientos setenta, cuyos criterios, resaltando la importancia trascendental del idioma castellano como lengua nacional, han de permitir una atención adecuada a las lenguas nativas en los Centros de ambos niveles. La acción ha de ser acometida con carácter experimental, aunque el Estado cuidará de su efectiva práctica. Con especial celo procurará que, donde así se determine, las enseñanzas correspondientes a la Educación Preescolar y a la primera etapa de Educación General Básica se impartan siempre en forma que asegure el fácil acceso de los alumnos al perfecto conocimiento y empleo de la lengua nacional. En su virtud, previo informe del Consejo Nacional de Educación, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día nueve de mayo de mil novecientos setenta y cinco, Dispongo: Artículo primero.– Se autoriza a los Centros de Educación Preescolar y Educación General Básica, con carácter experimental, y a partir del curso mil novecientos setenta y cinco-setenta y seis, para incluir en sus programas de trabajo, como materia voluntaria para los alumnos, la enseñanza de las lenguas nativas españolas. Artículo segundo.– Las enseñanzas en estos Centros tenderá a asegurar el fácil acceso al castellano, lengua nacional y oficial, de los alumnos que hayan recibido otra lengua española como materna, así como a hacer posible el conocimiento de esta última y el acceso a sus manifestaciones culturales a los alumnos que la soliciten. Artículo tercero.– La inclusión de una lengua nativa en los programas de los Centros no excluye la obligación de introducir en el momento establecido el estudio de un idioma extranjero. Artículo cuarto.– Se garantizará la idoneidad de los libros y el material didáctico destinados a la enseñanza de las lenguas nativas, que tendrá, a todos los efectos, la misma consideración que los dedicados a las demás materias, sometiéndose en su aprobación a lo dispuesto en el Decreto dos mil quinientos treinta y uno/mil novecientos setenta y cuatro, de veinte de junio, y en la Orden ministerial de dos de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro sobre autorización de libros de texto y material didáctico. Artículo quinto.– La titulación requerida para la enseñanza de las lenguas españolas distintas de la castellana deberá ser obtenida a través de cursos organizados por el Ministerio de Educación y Ciencia a estos efectos. No obstante, con el fin de no demorar la iniciación de aquella experiencia, el Ministerio de Educación y Ciencia podrá habilitar a profesorado que, estando en posesión de la titulación adecuada, acredite en la forma que se establezca la aptitud docente y el conocimiento de aquellas lenguas suficientes para impartir su enseñanza en los niveles citados. Artículo sexto.– La solicitud para impartir experimentalmente las enseñanzas a que se refiere el presente Decreto se formalizará por la Dirección del Centro, o por el propietario de la Entidad patrocinadora, en el caso de los Centros no estatales, y se tramitará a través de la respectiva Delegación Provincial del Ministerio de Educación y Ciencia, correspondiendo a éste su resolución. La solicitud deberá acompañarse de: a) Relación del profesorado que haya de impartir aquellas enseñanzas haciendo constar su titulación. b) Cursos a los que afecten y número de alumnos que en cada curso hayan de matricularse a la vista de las solicitudes presentadas por los padres. c) Horario de estas enseñanzas, que deberá establecerse de manera que permita el desarrollo normal de las actividades docentes de todos los alumnos. Disposición final Queda autorizado el Ministerio de Educación y Ciencia para dictar las disposiciones necesarias para la interpretación, desarrollo y ejecución del presente Decreto, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a treinta de mayo de mil novecientos setenta y cinco. Francisco Franco El Ministro de Educación y Ciencia, Cruz Martínez Esteruelas Quereis mas? Año 1969. En la sección de "cartas al director" de la revista Destino, aparece una misiva cargando contra el catalán. El director es condenado por el Tribunal de Orden Público por "injurias al catalán". Apela al supremo y éste desestima el recurso. Le caen ocho meses de prisión y diez mil pesetas de multa por verterse "conceptos de tipo ofensivo para la lengua catalana, cuyo libre uso particular y social se respeta y garantiza.". El autor de la carta no pudo ser identificado. ¿Y si un catalán quería leer libros en catalán durante los años más duros del franquismo? Pues nada, sólo tenía que coger La Vanguardia y ver la publicidad. Abajo, a la izquierda. Menuda persecución.
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Editado: 23-dic-2009 00:03 - Razón: corregir
23-dic-2009 02:08
#191
"En las Castillas" no lo sé, pero en Aragón tengo entendido que sí. ![]() PD. Cuanto independentista revanchista/resentido se ha dejado caer por aquí, ¿no? |
23-dic-2009 02:16
#192
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Año, 1975. Francisco Franco firma un decreto por el cual se regula la enseñanza de "lenguas españolas" (es decir, Catalán, Euskera, Gallego y alguna otra) en los centros educativos españoles. El objetivo, permitir que aquellos alumnos que así lo necesitaran pudieran ser educados en su lengua materna (tal y como se recoge en la Declaración Universal de los DD.HH.), así como por su permanencia y uso.
La introducción de las lenguas nativas en la Educación Preescolar y en la General Básica se justifica, atendiendo, por una parte, a la necesidad de favorecer la integración escolar del alumno que ha recibido como materna una lengua distinta de la nacional, y por otra, al indudable interés que tiene su cultivo desde los primeros niveles educativos como medio para hacer posible el acceso del alumno a las manifestaciones culturales de tales lenguas. Año 1936. Todavía no ha terminado la guerra y el Subsecretario de Orden Público Elíseo Alvarez Arenas publica un bando en el que puede leerse lo siguiente: "El Caudillo Franco formula la promesa solemne… Estad seguros, catalanes, de que vuestro lenguaje, en el uso privado y familiar, no será perseguido; de que vuestras costumbres y tradiciones a través de las cuales expresáis los ricos matices de una raza fuerte y firmemente sensible, hallarán en el nuevo régimen los más calurosos asensos" Año 1969. En la sección de "cartas al director" de la revista Destino, aparece una misiva cargando contra el catalán. El director es condenado por el Tribunal de Orden Público por "injurias al catalán". Apela al supremo y éste desestima el recurso. Le caen ocho meses de prisión y diez mil pesetas de multa por verterse "conceptos de tipo ofensivo para la lengua catalana, cuyo libre uso particular y social se respeta y garantiza.". El autor de la carta no pudo ser identificado. Boletín Oficial del Estado Madrid, 1 de julio de 1975 disposición 1975/13948 nº 156, páginas 14249-14250 Ministerio de Educación y Ciencia Decreto 1433/1975, de 30 de mayo por el que se regula la incorporación de las lenguas nativas en los programas de los Centros de Educación Preescolar y General Básica La Ley General de Educación, al definir las áreas de actividad para la Educación Preescolar, en su artículo catorce, y, para la Educación General Básica, en su artículo diecisiete, incluye en ellas el cultivo, en su caso, de la lengua nativa como medio para lograr una efectiva incorporación de las peculiaridades regionales al patrimonio cultural español. La introducción de las lenguas nativas en la Educación Preescolar y en la General Básica se justifica, atendiendo, por una parte, a la necesidad de favorecer la integración escolar del alumno que ha recibido como materna una lengua distinta de la nacional, y por otra, al indudable interés que tiene su cultivo desde los primeros niveles educativos como medio para hacer posible el acceso del alumno a las manifestaciones culturales de tales lenguas. Es procedente, pues, determinar los cauces que hagan viable la efectiva inclusión en los programas de cualquier Centro docente de la enseñanza de las lenguas nativas españolas, atendiendo a las orientaciones pedagógicas aplicables a la Educación Preescolar y a la General Básica, aprobadas, respectivamente, por Ordenes ministeriales de veintisiete de julio de mil novecientos setenta y tres y dos de diciembre de mil novecientos setenta, cuyos criterios, resaltando la importancia trascendental del idioma castellano como lengua nacional, han de permitir una atención adecuada a las lenguas nativas en los Centros de ambos niveles. La acción ha de ser acometida con carácter experimental, aunque el Estado cuidará de su efectiva práctica. Con especial celo procurará que, donde así se determine, las enseñanzas correspondientes a la Educación Preescolar y a la primera etapa de Educación General Básica se impartan siempre en forma que asegure el fácil acceso de los alumnos al perfecto conocimiento y empleo de la lengua nacional. En su virtud, previo informe del Consejo Nacional de Educación, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día nueve de mayo de mil novecientos setenta y cinco, Dispongo: Artículo primero.– Se autoriza a los Centros de Educación Preescolar y Educación General Básica, con carácter experimental, y a partir del curso mil novecientos setenta y cinco-setenta y seis, para incluir en sus programas de trabajo, como materia voluntaria para los alumnos, la enseñanza de las lenguas nativas españolas. Artículo segundo.– Las enseñanzas en estos Centros tenderá a asegurar el fácil acceso al castellano, lengua nacional y oficial, de los alumnos que hayan recibido otra lengua española como materna, así como a hacer posible el conocimiento de esta última y el acceso a sus manifestaciones culturales a los alumnos que la soliciten. Artículo tercero.– La inclusión de una lengua nativa en los programas de los Centros no excluye la obligación de introducir en el momento establecido el estudio de un idioma extranjero. Artículo cuarto.– Se garantizará la idoneidad de los libros y el material didáctico destinados a la enseñanza de las lenguas nativas, que tendrá, a todos los efectos, la misma consideración que los dedicados a las demás materias, sometiéndose en su aprobación a lo dispuesto en el Decreto dos mil quinientos treinta y uno/mil novecientos setenta y cuatro, de veinte de junio, y en la Orden ministerial de dos de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro sobre autorización de libros de texto y material didáctico. Artículo quinto.– La titulación requerida para la enseñanza de las lenguas españolas distintas de la castellana deberá ser obtenida a través de cursos organizados por el Ministerio de Educación y Ciencia a estos efectos. No obstante, con el fin de no demorar la iniciación de aquella experiencia, el Ministerio de Educación y Ciencia podrá habilitar a profesorado que, estando en posesión de la titulación adecuada, acredite en la forma que se establezca la aptitud docente y el conocimiento de aquellas lenguas suficientes para impartir su enseñanza en los niveles citados. Artículo sexto.– La solicitud para impartir experimentalmente las enseñanzas a que se refiere el presente Decreto se formalizará por la Dirección del Centro, o por el propietario de la Entidad patrocinadora, en el caso de los Centros no estatales, y se tramitará a través de la respectiva Delegación Provincial del Ministerio de Educación y Ciencia, correspondiendo a éste su resolución. La solicitud deberá acompañarse de: a) Relación del profesorado que haya de impartir aquellas enseñanzas haciendo constar su titulación. b) Cursos a los que afecten y número de alumnos que en cada curso hayan de matricularse a la vista de las solicitudes presentadas por los padres. c) Horario de estas enseñanzas, que deberá establecerse de manera que permita el desarrollo normal de las actividades docentes de todos los alumnos. Disposición final Queda autorizado el Ministerio de Educación y Ciencia para dictar las disposiciones necesarias para la interpretación, desarrollo y ejecución del presente Decreto, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a treinta de mayo de mil novecientos setenta y cinco. Francisco Franco El Ministro de Educación y Ciencia, Cruz Martínez Esteruelas Quereis mas? Año 1969. En la sección de "cartas al director" de la revista Destino, aparece una misiva cargando contra el catalán. El director es condenado por el Tribunal de Orden Público por "injurias al catalán". Apela al supremo y éste desestima el recurso. Le caen ocho meses de prisión y diez mil pesetas de multa por verterse "conceptos de tipo ofensivo para la lengua catalana, cuyo libre uso particular y social se respeta y garantiza.". El autor de la carta no pudo ser identificado. ¿Y si un catalán quería leer libros en catalán durante los años más duros del franquismo? Pues nada, sólo tenía que coger La Vanguardia y ver la publicidad. Abajo, a la izquierda. Menuda persecución. ![]() |
23-dic-2009 02:22
#194
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le darían hostias por HABLAR en clase, no porque hablase en catalán seguro que hubiese hablado en castellano o en panocho también le hubiesen dado. en clase si alborotas y hablas con los demás sería normal un sopapo, antes cuando había orden y la gente tenía modales y respeto te ganabas unas collejas por molestar en clase... |
23-dic-2009 02:27
#195
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no te resulta ridículo vivir intentando justificar cualquier cosa para que case con tu ideología ? utiliza las ideas la información tu cabeza, no seas esclavo de una ideología hombre ! |
23-dic-2009 02:38
#196
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años 60 en España periódicos en catalán televisión en catalán publicidad en catalán música en la radio en catalán literatura y premios de novela en catalán fuentes NO contrastadas el primo del padre de mi vecino del quinto y mi abuela una vez hablaron en catalán y vinieron unos guardias civiles y les pegaron una hostia. ..-. ni mi Padre ni mi familia nunca me han contado estas truculentas historietas de golpes de guardias civiles ni de multas por hablar o escribir en catalán, que curioso ...
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23-dic-2009 02:48
#197
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fuente contrastada...
años 60 en España periódicos en catalán televisión en catalán publicidad en catalán música en la radio en catalán literatura y premios de novela en catalán fuentes NO contrastadas el primo del padre de mi vecino del quinto y mi abuela una vez hablaron en catalán y vinieron unos guardias civiles y les pegaron una hostia. ..-. ni mi Padre ni mi familia nunca me han contado estas truculentas historietas de golpes de guardias civiles ni de multas por hablar o escribir en catalán, que curioso ... ![]() hablais siempre de los años 60... como si la guerra hubiera acabado en el 55... y que decir del tontopollas que saca la ley del 1975, con el caudillo agonizando a punto para claudicar.... que la guerra acabo en el 39... del 39 al 75, paco y su gente hizo barbaridades, y en nuestros abuelos esta la verdad, no en 4 historiadores de pacotilla que escriben la historia segun su color de tirantes... |
23-dic-2009 02:50
#198
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Este hilo es un gran ejemplo de que la Transición Española no se hizo correctamente. Al finalizar la 2ªGM, aparte de colgar a los nazis en Nuremberg, Alemania revisó su pasado, estableció programas educativos para desmontar los principios del nazismo (la superioridad de la raza y todo eso) y estableció leyes para CONDENAR la negación del Holocausto. Básicamente por aquello de que "quien olvida su pasado, está condenado a repetirlo". En cambio, en este puto país, cuando murió el dictador, no se hizo nada de eso. La gente no tiene ni idea de lo que hizo el franquismo y sigue creyendo que los catalanes hablamos en nuestro idioma "solo para joder". Y encima tenemos que aguantar que muchos tipos (por ignorancia o hijoputez extrema) nieguen impunemente lo que mucha gente vivimos. Debería existir una ley que condenara la negación de los desmanes del franquismo, como ocurre en Alemania. |
23-dic-2009 02:58
#199
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Este hilo es un gran ejemplo de que la Transición Española no se hizo correctamente.
Al finalizar la 2ªGM, aparte de colgar a los nazis en Nuremberg, Alemania revisó su pasado, estableció programas educativos para desmontar los principios del nazismo (la superioridad de la raza y todo eso) y estableció leyes para CONDENAR la negación del Holocausto. Básicamente por aquello de que "quien olvida su pasado, está condenado a repetirlo". En cambio, en este puto país, cuando murió el dictador, no se hizo nada de eso. La gente no tiene ni idea de lo que hizo el franquismo y sigue creyendo que los catalanes hablamos en nuestro idioma "solo para joder". Y encima tenemos que aguantar que muchos tipos (por ignorancia o hijoputez extrema) nieguen impunemente lo que mucha gente vivimos. Debería existir una ley que condenara la negación de los desmanes del franquismo, como ocurre en Alemania. a los vencedores les toca mucho los cojones que ahora puedan ser victimas... mientras... gente tiene que ir buscando a sus familiares en "posibles" fosas comunes, y aguantar que te llamen separatista o traidor, incluso 30 años despues de la muerte del HDP ese.... y ahora aqui gente "casi" negando que eso ocurrió, porque no esta escrito, o no lo han visto, nos ha jodido, como coño lo quieren haver visto, si A, no son catalanes, B sus raizes vienen de la inmigracion extremeña o andaluza de los años 60-70, o ni tan siquiera han leido algo al respecto y tienen 15 años y hablan por hablar y quedar "Cool" en Forofacha... |
23-dic-2009 03:05
#200
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Año, 1975. Francisco Franco firma un decreto por el cual se regula la enseñanza de "lenguas españolas" (es decir, Catalán, Euskera, Gallego y alguna otra) en los centros educativos españoles. El objetivo, permitir que aquellos alumnos que así lo necesitaran pudieran ser educados en su lengua materna (tal y como se recoge en la Declaración Universal de los DD.HH.), así como por su permanencia y uso.
La introducción de las lenguas nativas en la Educación Preescolar y en la General Básica se justifica, atendiendo, por una parte, a la necesidad de favorecer la integración escolar del alumno que ha recibido como materna una lengua distinta de la nacional, y por otra, al indudable interés que tiene su cultivo desde los primeros niveles educativos como medio para hacer posible el acceso del alumno a las manifestaciones culturales de tales lenguas. Año 1936. Todavía no ha terminado la guerra y el Subsecretario de Orden Público Elíseo Alvarez Arenas publica un bando en el que puede leerse lo siguiente: "El Caudillo Franco formula la promesa solemne… Estad seguros, catalanes, de que vuestro lenguaje, en el uso privado y familiar, no será perseguido; de que vuestras costumbres y tradiciones a través de las cuales expresáis los ricos matices de una raza fuerte y firmemente sensible, hallarán en el nuevo régimen los más calurosos asensos" Año 1969. En la sección de "cartas al director" de la revista Destino, aparece una misiva cargando contra el catalán. El director es condenado por el Tribunal de Orden Público por "injurias al catalán". Apela al supremo y éste desestima el recurso. Le caen ocho meses de prisión y diez mil pesetas de multa por verterse "conceptos de tipo ofensivo para la lengua catalana, cuyo libre uso particular y social se respeta y garantiza.". El autor de la carta no pudo ser identificado. Boletín Oficial del Estado Madrid, 1 de julio de 1975 disposición 1975/13948 nº 156, páginas 14249-14250 Ministerio de Educación y Ciencia Decreto 1433/1975, de 30 de mayo por el que se regula la incorporación de las lenguas nativas en los programas de los Centros de Educación Preescolar y General Básica La Ley General de Educación, al definir las áreas de actividad para la Educación Preescolar, en su artículo catorce, y, para la Educación General Básica, en su artículo diecisiete, incluye en ellas el cultivo, en su caso, de la lengua nativa como medio para lograr una efectiva incorporación de las peculiaridades regionales al patrimonio cultural español. La introducción de las lenguas nativas en la Educación Preescolar y en la General Básica se justifica, atendiendo, por una parte, a la necesidad de favorecer la integración escolar del alumno que ha recibido como materna una lengua distinta de la nacional, y por otra, al indudable interés que tiene su cultivo desde los primeros niveles educativos como medio para hacer posible el acceso del alumno a las manifestaciones culturales de tales lenguas. Es procedente, pues, determinar los cauces que hagan viable la efectiva inclusión en los programas de cualquier Centro docente de la enseñanza de las lenguas nativas españolas, atendiendo a las orientaciones pedagógicas aplicables a la Educación Preescolar y a la General Básica, aprobadas, respectivamente, por Ordenes ministeriales de veintisiete de julio de mil novecientos setenta y tres y dos de diciembre de mil novecientos setenta, cuyos criterios, resaltando la importancia trascendental del idioma castellano como lengua nacional, han de permitir una atención adecuada a las lenguas nativas en los Centros de ambos niveles. La acción ha de ser acometida con carácter experimental, aunque el Estado cuidará de su efectiva práctica. Con especial celo procurará que, donde así se determine, las enseñanzas correspondientes a la Educación Preescolar y a la primera etapa de Educación General Básica se impartan siempre en forma que asegure el fácil acceso de los alumnos al perfecto conocimiento y empleo de la lengua nacional. En su virtud, previo informe del Consejo Nacional de Educación, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día nueve de mayo de mil novecientos setenta y cinco, Dispongo: Artículo primero.– Se autoriza a los Centros de Educación Preescolar y Educación General Básica, con carácter experimental, y a partir del curso mil novecientos setenta y cinco-setenta y seis, para incluir en sus programas de trabajo, como materia voluntaria para los alumnos, la enseñanza de las lenguas nativas españolas. Artículo segundo.– Las enseñanzas en estos Centros tenderá a asegurar el fácil acceso al castellano, lengua nacional y oficial, de los alumnos que hayan recibido otra lengua española como materna, así como a hacer posible el conocimiento de esta última y el acceso a sus manifestaciones culturales a los alumnos que la soliciten. Artículo tercero.– La inclusión de una lengua nativa en los programas de los Centros no excluye la obligación de introducir en el momento establecido el estudio de un idioma extranjero. Artículo cuarto.– Se garantizará la idoneidad de los libros y el material didáctico destinados a la enseñanza de las lenguas nativas, que tendrá, a todos los efectos, la misma consideración que los dedicados a las demás materias, sometiéndose en su aprobación a lo dispuesto en el Decreto dos mil quinientos treinta y uno/mil novecientos setenta y cuatro, de veinte de junio, y en la Orden ministerial de dos de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro sobre autorización de libros de texto y material didáctico. Artículo quinto.– La titulación requerida para la enseñanza de las lenguas españolas distintas de la castellana deberá ser obtenida a través de cursos organizados por el Ministerio de Educación y Ciencia a estos efectos. No obstante, con el fin de no demorar la iniciación de aquella experiencia, el Ministerio de Educación y Ciencia podrá habilitar a profesorado que, estando en posesión de la titulación adecuada, acredite en la forma que se establezca la aptitud docente y el conocimiento de aquellas lenguas suficientes para impartir su enseñanza en los niveles citados. Artículo sexto.– La solicitud para impartir experimentalmente las enseñanzas a que se refiere el presente Decreto se formalizará por la Dirección del Centro, o por el propietario de la Entidad patrocinadora, en el caso de los Centros no estatales, y se tramitará a través de la respectiva Delegación Provincial del Ministerio de Educación y Ciencia, correspondiendo a éste su resolución. La solicitud deberá acompañarse de: a) Relación del profesorado que haya de impartir aquellas enseñanzas haciendo constar su titulación. b) Cursos a los que afecten y número de alumnos que en cada curso hayan de matricularse a la vista de las solicitudes presentadas por los padres. c) Horario de estas enseñanzas, que deberá establecerse de manera que permita el desarrollo normal de las actividades docentes de todos los alumnos. Disposición final Queda autorizado el Ministerio de Educación y Ciencia para dictar las disposiciones necesarias para la interpretación, desarrollo y ejecución del presente Decreto, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a treinta de mayo de mil novecientos setenta y cinco. Francisco Franco El Ministro de Educación y Ciencia, Cruz Martínez Esteruelas Quereis mas? Año 1969. En la sección de "cartas al director" de la revista Destino, aparece una misiva cargando contra el catalán. El director es condenado por el Tribunal de Orden Público por "injurias al catalán". Apela al supremo y éste desestima el recurso. Le caen ocho meses de prisión y diez mil pesetas de multa por verterse "conceptos de tipo ofensivo para la lengua catalana, cuyo libre uso particular y social se respeta y garantiza.". El autor de la carta no pudo ser identificado. ¿Y si un catalán quería leer libros en catalán durante los años más duros del franquismo? Pues nada, sólo tenía que coger La Vanguardia y ver la publicidad. Abajo, a la izquierda. Menuda persecución. ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]()
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23-dic-2009 03:14
#201
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fuente contrastada...
años 60 en España periódicos en catalán televisión en catalán publicidad en catalán música en la radio en catalán literatura y premios de novela en catalán fuentes NO contrastadas el primo del padre de mi vecino del quinto y mi abuela una vez hablaron en catalán y vinieron unos guardias civiles y les pegaron una hostia. ..-. ni mi Padre ni mi familia nunca me han contado estas truculentas historietas de golpes de guardias civiles ni de multas por hablar o escribir en catalán, que curioso ... ![]() Fulano dice: mi vecino ha matado a mi otro vecino. Respuesta: es mentira porque matar está prohibido. Lo que quería exactamente decir con ese mensaje que puse antes es que si vamos a hablar vamos a hablar de cosas que podamos opinar todos por igual, si alguien saca un caso personal no pudes opinar de él porqué es personal, pueden haberle zurrado efectivamente por hablar catalán (es lo que yo creo) o por cualquier otro motivo, son cosas demasiado subjetivas, no nos podemos meter en casos particulares porque uno lo dice y el otro no puede negarlo porque no ha estado allí, yo al menos viendo todos los casos de aquí si pensara que no son verdad (si tubiera otro pensamiento claro) no me atrevería a decirle a una persona que lo que dice es mentira y no le ha ocurrido a su familiar, porque si uno no está en la escena y no puede saber información de ella en sí, de casos aislados, no puede opinar. Vamos, y por ética no lo haría. En resumen, que lo particular és muy relativo y no se puede hablar de ello porque es algo que sólo pertenece a un grupo pequeño de personas, y de los problemas en general, de España en sí, todos el mundo porque todos somos españoles. |
23-dic-2009 03:15
#202
| Esta periodista (la cual no pienso ni recordar su nombre) no se que tipo de prestigio puede tener si solo por el hecho de que ella no vivió las consecuencias negativas del franquismo, niega la realidad vivida por todos los afectados. Y que sea catalana no le da ninguna credibilidad pq los peores lameculos de franco los teníamos en CASA! |
23-dic-2009 03:29
#203
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Lo mejor es que los argumentos que usan muchos són los videos del Nodo, manda huevos
![]() A lo mejor no había ninguna ley escrita que penaba el catalán, pero la realidad es que la Guardia Civil tenía impunidad total para meter palizas a aquél que hablase en catalán en ambientes que no les gustaba. que te pires...
lee un poco de historia, culturizate, hay mas vida que la wikipedia, y veras, que hubo una epoca, que por hablar en un idioma diferente al resto, te retenian en contra a tu voluntad, te apaleaban... y si encima de hablar en un idioma diferente, pensabas diferente, te fusilaban sin contemplaciones... españoleitor de pacotilla..... |
23-dic-2009 10:26
#205
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pero que te rompiesen las piernas o te matasen no,por ser comunista o sindicalista si,en mi barrio hubo mas represion franquista que en toda cataluña
y a los gitanos,y a los gays, etc...que cobraban muchas mas hostias que3 lo catalanoparlantes los comunistas,anarquistas y socialistas eran castellano parlantes, catalanistas fusilo muy poquitos franco ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() para que la gente inculta aprenda un poco de lo que paso durante esa epoca.... OJO Tocho, interesante para los 4 incultos que pueblan este post.... “... medio millón de muertos, un cuarto de millón de exiliados dispersos en Francia, Rusia y varios países hispanoamericanos, 280.000 presos en cárceles y campos de concentración por los delitos más inverosímiles, miles de españoles heridos o mutilados por efectos de la guerra, produjeron un colapso en el mercado laboral de un país que necesitaba reconstruir sus infraestructuras y poner en funcionamiento empresas destrozadas o paralizadas por la guerra”. Así explica el periodista Isaías Lafuente, en el inicio de su libro “Esclavos por la patria. La explotación de los presos bajo el franquismo” (Temas de hoy), el contexto histórico, político, económico y social en el que la dictadura franquista puso en marcha uno de sus más bárbaros y lucrativos métodos de represión y, al mismo tiempo, uno de sus secretos mejor guardados hasta ahora. Otros libros, jornadas de debate y hasta programas de televisión intentan sacar a la luz esta página negra de nuestra Historia. Por Jordi García Soler Se trata de la explotación laboral sistemática de centenares de miles de prisioneros políticos republicanos por parte de la dictadura, que les utilizó de hecho como auténticos esclavos prácticamente hasta las mismas postrimerías del franquismo, en concreto hasta el año 1970, cuando todavía algunas empresas privadas españolas tenían a su servicio a presos políticos obligados a realizar trabajos forzados para ver reducidas sus fuertes condenas de cárcel. Con prácticamente dos centenares de pueblos e incluso ciudades destruidos en más del 60% de sus construcciones y edificios, un cuarto de millón de viviendas particulares reducidas completamente a escombros y otras tantas convertidas también en inhabitables, más del 40% del muy reducido parque automovilístico y ferroviario nacional absolutamente destrozado e inservible, con un quebranto gravísimo en las redes ferroviarias y de carreteras, así como en todo tipo de construcciones e infraestructuras públicas afectadas por los bombardeos sufridos durante los tres últimos años, la España resultante de la guerra civil requería una ingente y económicamente muy cuantiosa labor de reconstrucción material. Una deuda de casi 2.000 millones de pesetas oro con Alemania e Italia Las inversiones públicas necesarias para hacer frente a esta reconstrucción eran realmente inasumibles por parte de un Estado cuya moneda oficial, la peseta, tenía en 1940 el 50% del valor que poseía antes del inicio de la guerra civil, apenas cuatro años antes, con una renta nacional que se había situado de repente al nivel existente en 1914 y con una renta per cápita inferior en un 14% a la de 1936, con tasas anuales de inflación que durante los años 40 oscilaron entre el 13 y el 23%, y con una población activa que se había visto reducida en más de medio millón de personas. Con un país destrozado, empobrecido, apenas sin ningún tipo de producción industrial, con muy poco o nada que exportar, prácticamente sin otras relaciones comerciales que las entonces existentes con la Alemania de Hitler y la Italia de Mussolini, y con ambos países aliados de la dictadura franquista exigiendo la devolución inmediata de la cuantiosa deuda contraída por Franco con ellos –1.200 millones y 600 millones de pesetas oro, respectivamente– a causa de sus importantes ayudas militares y financieras al bando franquista durante la guerra civil, de nada iban a servir las drásticas medidas de control económico impuestas por la dictadura. Unas medidas que, por otra parte, empobrecieron aún mucho más al conjunto de la población y enriquecieron de forma espectacular y repentina a un muy reducido número de estraperlistas y especuladores, todos ellos directa o indirectamente ligados a las estructuras del propio poder franquista. En este contexto, como señala Isaías Lafuente en su ya citado libro, “Franco se inventó, con décadas de antelación, la primera Empresa de Trabajo Temporal que se implantó en España”. La constitución de aquella primera ETT se realizó mediante la creación del denominado Fichero Fisiotécnico en el que se recopilaron todo tipo de datos sobre centenares de miles de prisioneros políticos republicanos de toda España, para utilizarles como auténticos esclavos al servicio del Estado franquista en la reconstrucción del país. Antes del término del mismo año 1939, en el Fichero Fisiotécnico del Patronato para la Redención de Penas figuraban ya formal y oficialmente censados 67.711 presos, reunidos en un total de 24 industrias y llegando a abarcar hasta 602 oficios distintos. De ellos, en la misma fecha, casi 13.000 estaban ya laboralmente colocados, esto es trabajando teóricamente al servicio del Estado, casi siempre en unas condiciones laborales y de vida infrahumanas, constantemente sometidos a todo tipo de vejaciones y malos tratos, y apenas sin recibir ningún tipo de salario o contraprestación económica, sólo con la esperanza de poder redimir parte de sus casi siempre muy largas condenas de prisión, impuestas mediante el uso y abuso sistemático de la Ley de Responsabilidades Políticas, a través de los trabajos forzados. Como señalaba orgullosa y, sin duda, cínicamente el denominado Patronato para la Redención de Penas al referirse en uno de sus numerosos documentos oficiales de la época al mencionado Fichero Fisiotécnico, “pocas Bolsas de Trabajo contarán con una tal variedad de profesiones y aptitudes personales”. A principios de 1941, esto es un par de años después de finalizada la guerra civil, constaban en el Fichero Fisiotécnico 103.369 penados, de ellos cerca de 10.000 mujeres, una cifra casi coincidente con la de los presos que entonces ya habían sido juzgados y condenados por los numerosos tribunales civiles y militares puestos en marcha en toda España durante aquellos años. Los más de 280.000 prisioneros políticos entonces encarcelados en toda España representaban el 10% del conjunto de la población activa del país y eran, en su gran mayoría, hombres de entre 20 y 40 años de edad. No obstante, los presos políticos seguían aumentando sin cesar durante aquellos años. Según ha podido documentar recientemente el historiador Antonio Miguel Bernal, sólo entre los años 1939 y 1943 el número de presos políticos del franquismo llegó a ser de más de 550.000, también con una muy clara mayoría de jóvenes entre ellos. Aunque fue personalmente el propio Francisco Franco quien puso marcha este formidable negocio a costa de sus prisioneros políticos, iniciado ya de hecho en mayo de 1937, al parecer fue el jesuita José Antonio Pérez del Pulgar quien lo inventó e institucionalizó de forma oficial, mediante la constitución del llamado Sistema de Redención de Penas. En su texto de enero de 1939 titulado La solución que da España al problema de sus presos políticos –para mayor inri, editado por Publicaciones Redención–, dicho sacerdote no defendía ningún tipo de piedad ni clemencia para con los presos políticos del franquismo –“no puede exigirse a la justicia social que haga tabla rasa de cuanto ha ocurrido”–, sino que preconizaba para todos ellos poco menos que la aplicación de la Ley del Talión: “Es muy justo que los presos contribuyan con su trabajo a la reparación de los daños a los que contribuyeron con su cooperación a la rebelión marxista”. Los campos de concentración franquistas Así, de forma masiva, sistemática y organizada, la dictadura franquista utilizó, entre 1937 y 1970, a centenares de miles de prisioneros políticos como fuerza laboral barata, absolutamente dócil y completamente segura, casi siempre recluida en alguno de los numerosos campos de concentración creados al efecto por toda España –en el libro de Javier Rodrigo Sánchez La represión bajo el franquismo figuran documentados 72 campos de concentración, casi la mitad de ellos funcionando ya desde la misma guerra civil, con un total de aproximadamente unos 180.000 internados debidamente contabilizados–, con lo que además de conseguir pingües beneficios económicos consiguió descongestionar las numerosas cárceles existentes en todo el territorio nacional, todas ellas abarrotadas durante los años de la más inmediata posguerra a causa de las sucesivas oleadas de detenciones masivas que se produjeron en España entera al término de la guerra civil. El Servicio de Colonias Penitenciarias Militarizadas, eufemismo con el que se intentaba ocultar el nombre de los campos de concentración, fue en realidad el encargado de centralizar el uso y abuso que el franquismo hizo de sus prisioneros políticos como trabajadores forzados o esclavos, dando origen incluso, con la creación de sus campos de concentración y la instalación en las cercanías de las familias de algunos de los prisioneros en ellos internados, a la creación espontánea de nuevos núcleos de población surgidos entonces, como El Palmar de Troya, Dos Hermanas, Los Palacios o los barrios sevillanos de Torreblanca y Bellavista, aún en la actualidad formado en su gran mayoría por familiares de antiguos presos políticos esclavizados por el franquismo. Empleados fundamentalmente en obras públicas de todo tipo –por ejemplo, en la construcción de carreteras, puentes, túneles, vías férreas, canales y marismas–, centenares de miles de prisioneros políticos del franquismo se vieron obligados al trabajo forzado, a modo de nuevos esclavos, tanto en obras tan impresionantes como las de la construcción del Valle de los Caídos –donde trabajaron hasta 1950 un total de cerca de 20.000 presos políticos, hasta la definitiva culminación de las obras de construcción tanto de los accesos por carretera como del monasterio y la cripta de aquella obra faraónica– o del pazo de Aday, como en muchas otras obras al servicio de la Iglesia católica –entre otras, los 15.000 crucifijos para escuelas y otros centros oficiales, que fueron facturados inmediatamente después de la guerra civil desde los Talleres Penitenciarios, cuya sede central era la cárcel de Alcalá de Henares– y, cada vez en mayor medida, al servicio de gran número de empresas privadas, casi todas ellas adjudicatarias y concesionarias del propio Estado. Según recoge Isaías Lafuente en su documentado libro, fueron prisioneros políticos quienes construyeron obras hidráulicas como los embalses del Ebro, Benagéver, Entrepeñas, Pálmaces, Mediano, Riosequillo, Revenga, Barasona, Mansilla de la Sierra, González Lacasa, El Cenajo, Torre del Águila, Barrios de Luna, Yesa, San Esteban y Linares, la Real Acequia del Jarama, canales como el Bajo del Guadalquivir, Bajo del Alberche, Montijo, Jarama, Bárdenas, Monegros, Toro-Zamora, Bierzo, Badarán y Linares del Arroyo, amén de saltos como los del Nansa y el Sil. Fueron, igualmente, prisioneros políticos del franquismo quienes reconstruyeron pueblos y ciudades como Belchite, Brunete, Oviedo, Teruel, Toledo, Huesca, Lleida, Gernika, Amorebieta, Éibar, Potes, Quinto de Ebro, Mediana de Aragón, Puebla de Albortón, Boadilla del Monte, Villamanín, Vilanova de la Barca, Sabiñánigo o Figueres, entre muchas otras poblaciones. Trabajaron también en las minas de mercurio de Almadén, en los pozos Maria Luisa, Fondón y San Mamés de Duro Felguera, en las minas de antracita de Fabero y en muchas otras empresas mineras, en Asturias, Leñón, Pontevedra, Lleida, Ourense, Teruel, Albacete, Murcia y Cartagena, por ejemplo, y lo hicieron asimismo en gran cantidad de obras públicas, como en la construcción del ferrocarril Madrid-Burgos, Zamora-A Coruña, Tudela de Veguin a Lugo de Llanera, Pedernales-Bermeo o la inconclusa Santander-Mediterráneo, así como en la primera estación ferroviaria de Chamartín, en Madrid, y en carreteras como las de Canfranc, de la carretera de A Coruña a El Escorial, variantes de carreteras como las de Madrid-Valencia Puerto Contreras, Honrubia, Oropesa, los puertos del Escudo y del Arzobispo, el túnel de Vielha... Además de la construcción tanto de los accesos como del monasterio y la cripta del Valle de los Caídos, fueron también prisioneros políticos del franquismo quienes construyeron desde aeropuertos como los de Sondica o Labacolla hasta estadios municipales como los de Valladolid y Palencia, pasando por cárceles como la de Carabanchel. Entre las empresas privadas españolas que más frecuentemente tuvieron a su servicio como trabajadores forzados a prisioneros políticos del franquismo figuraron en lugar muy destacado y constante Dragados y Construcciones, Banús, A. Marroquín, San Román, Hermanos Nicolás Gómez y Construcciones ABC. Algunas de estas empresas privadas se lucraron con el trabajo forzado y apenas pagado de gran número de prisioneros políticos del franquismo por espacio de más de dos décadas, como lo hizo en concreto la empresa Dragados y Construcciones fundamentalmente en la construcción de gran número de pantanos, mientras que en el caso de Banús lo hicieron todavía hasta el año 1969 en todo tipo de obras y construcciones. Otras empresas que tuvieron a presos políticos trabajando a su servicio fueron, por ejemplo, Babcock-Wilcox, Carbones Asturianos, Constructora Naval, Industrias Egaña, Talleres La Trefilera, Plasencia de las Armas, Esperanza y Compañía SA, Talleres Murga, Cementos Portland-Iberia, Cementos Asland, Metro de Madrid, Riegos Asfálticos, Sacristán, Portolés y Compañía, Sicot, José M. Padró, Carbonífera Palomar, Montes de Galicia, A.Villalón, E.Osis, Elizarrán, Hidro Nitro Española, Minas del Bierzo, Experiencias Industriales, Gutiérrez Oliva, A.Carretero, Sanz Bueno, Salvador Cuota, Maquinista y Fundición del Ebro, Regino Criado, Ferrocarriles y Minas, Antracitas Gaiztarro, Múgica-Arellano y Cía, Minero Siderúrgica de Orallo, ECIA, Vías y Riegos, Duro-Felguera, C.Peña, Julián A. Expósito, Cimentaciones y Obras, E.Medrano, C.Mardellano, D.L.Pastora, M.Llagostera, I.Arribalaga, J.Dobarco, Sociedad Marcor, Ramón Echave, SAFA, Burés, Industrias Artísticas Agrupadas ... La Iglesia católica española, convertida prácticamente desde el mismo inicio de la guerra civil en uno de los más importantes e influyentes apoyos de Franco tras haber declarado formal y oficialmente que la insurrección militar era una “Cruzada”, se benefició asimismo del trabajo esclavo de gran número de prisioneros políticos del franquismo. Entre otras construcciones para la Iglesia católica en las que fueron obligados a trabajar como esclavos numerosos presos políticos de distintas regiones españoles, figuran las de la reconstrucción de la catedral y el seminario de Vic, el colegio de los escolapios de San Antón en Madrid, el seminario orensano de Ervedelos, la vallisoletana iglesia del Carmen y los conventos de las madres adoratrices de Cartagena, Valladolid y Alcalá de Henares. 780 millones de euros de beneficios El ya mencionado libro de Isaías Lafuente no es propiamente el primero en denunciar esta infamia criminal perpetrada por el franquismo, puesto que ya en 1969 Aroca Sardagna se refería a ello en su libro Los republicanos que no se exiliaron, y en 2000 Rafael Torres publicó otro importante volumen sobre esta cuestión, Los esclavos de Franco, el primero en documentar ya el trabajo forzado de gran número de prisioneros políticos del franquismo. No obstante, Lafuente ha profundizado mucho más y da en su libro todo tipo de datos y documentación, llegando incluso a las cuantificación económica precisa de los beneficios obtenidos por el franquismo a costa de la práctica esclavitud de sus prisioneros políticos: más de 130.000 millones de pesetas, unos 780 millones de euros. Ello se deduce del estudio de las muy detalladas memorias anuales remitidas a Franco por el Patronato para la Redención de Penas entre 1939 y 1970, conservadas aún en los archivos de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias. Sólo entre los años 1939 y 1945, Franco dispuso mensualmente de una media de unos 10.000 presos políticos republicanos convertidos por él en sus esclavos, siendo en total durante aquellos años unos 110.000 los presos políticos laboralmente explotados en colonias, talleres, destacamentos penales y empresas privadas. Carrero Blanco recibía el 75% del salario de los “esclavos” El profesor Francisco Moreno Gómez ha cifrado el jornal medio de un preso político esclavizado por el franquismo en 4,75 pesetas, en el caso de ser un hombre con esposa y un hijo a su cargo y que estuviese al servicio de algún organismo público del Estado, y de 14 pesetas si trabajaba al servicio de una empresa privada, de las que sólo 50 céntimos iban a parar al propio preso, 3 pesetas eran destinadas a su familia, 1,40 eran retenidas en teoría para su alimentación y las 9,10 pesetas restantes iban a parar a Hacienda, aunque se ignora bajo qué concepto se les sometía oficialmente a tan cuantiosa exacción fiscal. Este dinero era periódicamente ingresado por el Patronato para la Redención de Penas en una cuenta cifrada del Banco de España, a nombre del entonces subsecretario de Presidencia del Gobierno, Luis Carrero Blanco, conforme ha podido documentar y probar recientemente el ya citado profesor Antonio Miguel Bernal. Catedrático de Historia del Pensamiento de la Universidad Pablo Olavide de Sevilla, Antonio Miguel Bernal ha coordinado recientemente el interesante ciclo de conferencias que se ha celebrado en dicho centro universitario bajo el título Los presos del Canal. 1940-1962. Estas jornadas han sido organizadas por la universidad hispalense en colaboración con la fundación El Monte y el sindicato CGT, y se han dedicado al estudio de la utilización sistemática de prisioneros políticos andaluces como trabajadores forzados en las obras de construcción del canal Bajo del Guadalquivir, entre Sevilla y Sanlúcar de Barrameda, de 150 kilómetros de longitud, 90 de los cuales fueron íntegramente realizados por unos 10.000 prisioneros políticos del franquismo, desde muy poco después del final de la guerra civil, y hasta más de dos décadas después, hasta el año 1962. Tras el fuerte impacto causado por la reciente publicación del libro de Isaías Lafuente, estas jornadas sevillanas han contribuido a dar a conocer muchos otros aspectos sobre la feroz e implacable represión que el franquismo ejerció contra sus opositores, especialmente en la más inmediata posguerra, pero en realidad hasta más allá incluso de la muerte del propio dictador. El próximo mes de octubre, un importante congreso organizado conjuntamente en Barcelona por el Museu d’Història de Catalunya y el Grup de Recerca de l’Època Franquista del Departament d’Història Moderna i Contemporània de la Universitat Autònoma de Barcelona, seguirá profundizando en estos temas, muy poco estudiados hasta ahora por los historiadores y, por tanto, todavía absolutamente desconocidos por la opinión pública. Los campos de exterminio Aunque se tenían algunas referencias merced a la publicación de las memorias de algunos antiguos presos políticos del franquismo, ha sido ahora cuando se ha documentado ya con rigor histórico la existencia en la España de la guerra y la posguerra civil de auténticos campos de exterminio. A diferencia de los campos de concentración, en los que los prisioneros políticos eran utilizados sistemáticamente como “esclavos” y donde en no pocos casos los internados fallecían también a causa de las pésimas condiciones de vida y trabajo a las que se encontraban sometidos, los campos de exterminio franquistas eran, al igual que sus homólogos nazis de tan triste recuerdo, centros destinados fundamental y casi exclusivamente a la pura y simple ejecución de sus internados. El ya citado Antonio Miguel Bernal señalaba en las mentadas jornadas sevillanas que está perfectamente documentada la existencia en la población extremeña de Castuera de un campo de exterminio creado a principios de la guerra civil, inmediatamente después de la toma de Badajoz por las tropas franquistas, a mediados de agosto de 1936, en el que a diario se produjeron fusilamientos y donde existe un gran número de fosas llenas de cadáveres de presos políticos republicanos que allí fueron exterminados. El propio profesor Bernal coordina un grupo de trabajo que estudia el papel desarrollado por determinados oficiales y médicos alemanes en algunos campos de concentración de la España franquista, durante la guerra civil y de forma muy en especial entre los años 1937 y 1938, ya que existen evidencias claras de que realizaron experimentos y prácticas de exterminio similares a las que poco después fueron llevadas a cabo de modo sistemático y masivo en los campos de exterminio nazis. Otro de los historiadores asistentes a las mencionadas jornadas celebradas en Sevilla, el catalán Borja de Riquer, señalaba que en la España franquista se superaron los 140.000 fusilamientos, casi triplicando los 50.000 que se produjeron en las zonas de España controladas por la República. Más aun, el mismo historiador hacía notar que en el caso concreto de Andalucía esta relación se más que cuadruplicó, con 40.000 fusilamientos franquistas por 9.000 a cargo de los republicanos. De Riquer hizo notar que una vez terminada ya la guerra civil, entre 1939 y 1947, el franquismo ejecutó diariamente a una media de diez personas, con diez fusilamientos diarios, lo que representa cerca de 30.000 fusilamientos durante los ocho años después del fin de la guerra civil, a los que habría que añadir todavía los que se produjeron con posterioridad y hasta el mismo final de la dictadura. Borja de Riquer destacó asimismo que la juventud republicana fue la principal víctima de la criminal represión franquista desatada al término de la guerra civil. En base a un estudio realizado sobre las quintas de la barcelonesa ciudad de Badalona entre los años 1936 y 1940, De Riquer subrayó que de los 2.256 jóvenes de entre 19 y 25 años de edad existentes en el censo de dicha ciudad en 1936, en 1940, 295 habían muerto, 234 habían sido considerados prófugos y 204 estaban encarcelados, con lo que un tercio de los jóvenes badaloneses, al finalizar la guerra civil, habían fallecido, estaban exiliados o habían sido encarcelados. ‘Los esclavos españoles de Hitler’ Éste es el título del último libro del historiador José Luis Rodríguez Jiménez, en el que se detalla otro oscuro y hasta ahora muy poco conocido aspecto de la represión franquista: el de la utilización de miles de ciudadanos españoles que Franco convirtió en víctimas propiciatorias del nazismo, después de haberles enviado para Alemania a trabajar en minas y fábricas, fundamentalmente con el objetivo de saldar la importante deuda económica contraída por el propio Franco con Hitler por su decidida ayuda militar y financiera al bando rebelde durante la guerra civil española, estimada en unos 400 millones de marcos, unos 1.200 millones de pesetas oro. Según el profesor José Luis Rodríguez Jiménez, el contenido del convenio firmado el 21 de agosto de 1941 entre los gobiernos de España y Alemania, por el que al cabo de muy poco tiempo como mínimo 10.500 trabajadores españoles fueron enviados a la Alemania nazi, demuestra claramente que la voluntariedad de los allí enviados no es más que una burda patraña de la propaganda franquista. Además de aquellos 10.500 obreros salidos desde España, el régimen nazi hizo que otros 40.000 ciudadanos españoles, todos ellos republicanos exiliados desde el final de la guerra civil en Francia, una vez este país fue ocupado por Alemania, se incorporasen voluntaria o forzosamente, a sus batallones de trabajo, mientras otros 12.000 republicanos españoles fueron a parar asimismo a diversos campos de concentración o de exterminio, evidentemente todos ellos de forma obligada. La reciente reedición del documentado y voluminoso trabajo que escribiera la ya fallecida escritora barcelonesa Montserrat Roig bajo el título Els catalans als camps nazis (Edicions 62) es un testimonio desgarrador sobre las penalidades sufridas por gran número de republicanos españoles de ambos sexos en los campos de concentración o de exterminio creados por el nazismo. Aunque se ciñe en exclusiva a los deportados de origen catalán o con residencia en Cataluña, el riguroso libro de Montserrat Roig, así como la excelente novela del escritor catalán Joaquim Amat-Piniella “K.L.Reich” (Edicions 62), en la que rememora sus propias vivencias personales como deportado en el tristemente célebre campo nazi de exterminio de Mathausen, constituyen dos grandes testimonios de otra de las infamias perpetradas por el franquismo con sus opositores, ya que fue el cuñado de Franco y por aquel entonces ministro de Asuntos Exteriores de España, Ramón Serrano Suñer, quien se negó a reconocer la nacionalidad española a los exiliados republicanos que fueron exterminados en gran número en los campos nazis, padeciendo el total de ellos todo tipo de torturas, malos tratos y vejaciones mientras duró su cautiverio, en el que destacaron muchos de ellos como esforzados y heroicos resistentes. En Los esclavos españoles de Hitler el profesor José Luis Rodríguez Jiménez constata el engaño al que el franquismo sometió a los 10.500 “productores españoles” enviados a Alemania, en teoría de forma “voluntaria”, al igual que muchos de los españoles integrados en la célebre División Azul que combatió junto a las tropas nazis a las órdenes del general Muñoz Grandes. El propio régimen franquista, en sus estimaciones iniciales, calculó en aproximadamente 100.000 los “productores españoles” que debería enviar a trabajar a Alemania para cumplir completamente el acuerdo suscrito con las autoridades nazis para saldar definitivamente su deuda económica. No obstante, tanto por el elevado coste económico que para el franquismo representaba aquella operación en gastos de organización, ropa, calzado y traslado, como porque ya a partir de 1942 comenzó a ser evidente incluso para los sectores falangistas más abiertamente partidarios del régimen hitleriano que la Alemania nazi sería derrotada por los aliados y el franquismo optó por empezar a alejarse de ella, lo cierto es que finalmente parece que fueron sólo 10.500 los trabajadores españoles que Franco convirtió realmente en “esclavos de Hitler”. Con pésimas condiciones tanto de vida como de trabajo, aparentemente desconocedores tanto de su teórico y muy a menudo incumplido derecho a 20 días de vacaciones anuales como de que una importante parte de sus salarios quedaba retenida en los bancos alemanes como abono a cuenta de la deuda que la España de Franco tenía pendiente todavía con la Alemania nazi, los 105.000 “esclavos españoles de Hitler” padecieron también todo tipo de malos tratos y vejaciones, soportando penalidades sin cuento y sin que en ningún caso dispusieran del apoyo de las autoridades franquistas en defensa de sus legítimos derechos laborales. Luis Rodríguez Jiménez ha documentado que al menos 25 de aquellos “productores españoles” fueron fusilados por los nazis para castigar sus protestas o rebeldías, así como que a pesar de que el grueso de ellos fueron repatriados a España ya a partir de 1943, cuando parecía definitivamente clara la derrota del nazismo, algunos de ellos optaron por quedarse en Alemania, donde al parecer algunos de ellos siguen viviendo. Muy pocos de aquellos miles de “productores españoles” convertidos por Franco en “esclavos de Hitler” parecen dispuestos ahora a recordar aquella tan lamentable experiencia. Sólo uno de ellos ha facilitado todo tipo de datos e informaciones a José Luis Rodríguez Jiménez. “Los niños perdidos del franquismo” TV3, la televisión autonómica catalana, sobrecogió recientemente a su audiencia con la emisión, en su prestigioso programa dominical de documentales 30 minuts, de dos excelentes trabajos realizados por Montse Armengou y Ricard Belis con asesoría del historiador Ricard Vinyes. Els nens perduts del franquisme (“Los niños perdidos del franquismo”) puso en evidencia la represión a la que se sometió a niños y mujeres en las cárceles durante la dictadura franquista, y muy especialmente durante la más inmediata posguerra, incluso con la “desaparición” de algunos de los hijos de las prisioneras políticas. En un testimonio de un valor documental excepcional, algunas de aquellas mujeres narraron ante las cámaras su represión política, las torturas a que fueron sometidas y la separación de sus hijos, que en muchos casos murieron de inanición o enfermedad en las propias cárceles franquistas, mientras que en otros casos fueron dados en adopción, evidentemente sin autorización familiar ninguna y en un claro abuso del poder de la dictadura para con las víctimas de su represión. Testimonios casi siempre desgarradores pero en todos los casos con una gran entereza de ánimo se acompañaron en ambos documentales de TV3 con referencias a textos oficiales, documentos e incluso el testimonio personal de la entonces máxima responsable del Auxilio Social, la viuda de Onésimo Redondo, que se manifestó al menos en apariencia absolutamente desconocedora de las denuncias que le fueron presentadas. De hecho aquellas constituyeron las primeras denuncias que se han dado a conocer públicamente en España acerca de la existencia de nuestros propios “desaparecidos”, en concreto hijos e hijas de madres republicanas a las que el franquismo, además de encarcelarlas como prisioneras políticas, les robó a sus hijos e hijas, muy a menudo con la ayuda de las monjas encargadas de la vigilancia de las prisiones de mujeres en aquellos años. El fuerte impacto social causado por estos dos excelentes documentales, cuyos derechos de emisión han sido adquiridos ya por las televisiones autonómicas vasca y andaluza y al parecer en breve serán comprados también por Telemadrid, así como los altos niveles de audiencia conseguidos con ambas emisiones –fueron vistos por más de 800.000 telespectadores catalanes–, ha hecho que TV3 se decidiese a programar, durante este mes de marzo, otros importantes documentos televisivos sobre la represión franquista y las penalidades sufridas por los opositores a la dictadura, en el exilio o en el interior del país. El primero de estos programas es Veus ofegades. Cartes d’un exili a França (“Voces ahogadas. Cartas de un exilio en Francia”), que descubre textos inéditos de cartas escritas por refugiados republicanos catalanes que vivieron entre 1939 y 1945 en Francia, que nunca llegaron a sus destinatarios ni fueron abiertas, y que tras haber sido archivadas salen ahora a la luz pública y constituyen un elocuente testimonio del exilio republicano. Otras emisiones serán las de varios episodios de Els maquis, la guerra silenciada (“Los maquis, la guerra silenciada”), en los que a partir de unos 60 testimonios se tratará sobre las actividades desarrolladas durante un cuarto de siglo en Cataluña por las guerrillas antifranquistas. Por último, el ciclo de programas históricos de la televisión autonómica catalana se cerrará con la reemisión de los dos capítulos de Els nens perduts del franquisme, así como con un debate moderado por Carles Francino sobre Franquisme: oblidar o recordar (“Franquismo: olvidar o recordar”). Muy reciente es también la publicación de El TOP. La represión de la libertad (1963-1977) (Planeta), libro del que es autor el magistrado Juan José del Águila. El TOP, el siniestro Tribunal de Orden Público creado por la dictadura franquista como jurisdicción especial para la represión sistemática de toda la oposición, queda crudamente retratado en esta rigurosa y muy documentada tesis doctoral, en la que se demuestra con gran acopio de datos que no hubo en modo alguno una evolución ordenada, pacífica y conscientemente planificada de la dictadura hacia la democracia. De la atenta lectura del interesante libro del magistrado Juan José del Águila se deduce, sin ningún genero de dudas, que la transición no ya del franquismo sino del posfranquismo a la democracia, a diferencia de lo que a menudo pretenden hacernos creer ahora algunos comentaristas partidarios del revisionismo histórico, sólo fue posible gracias a la lucha constante de la oposición democrática, ya que hasta más allá de la muerte del propio Franco, y en concreto hasta el 5 de enero de 1977 –esto es, menos de medio año antes de la celebración de las primeras elecciones democráticas después del final de la guerra civil–, el TOP siguió actuando como la permanente e implacable Inquisición. Juan José del Águila aporta en su interesante libro gran número de datos e informaciones sobre los numerosísimos procesos, procesados y afectados por las causas instruidas por el TOP a lo largo de sus prácticamente 14 años de existencia, desde su misma creación, en 1963, en sustitución de los anteriores tribunales especiales constituidos al final de la guerra civil, hasta su definitiva desaparición, a principios de 1977, más de un año después de la muerte del dictador. A estas alturas de la Historia resulta interesante, y sobre todo muy revelador, observar, por ejemplo, que sólo en sus tres últimos años de existencia, de 1974 a 1976, el TOP instruyó el 60% de sus procedimientos judiciales contra todo tipo de opositores a la dictadura, así como que el 25% de dichas causas fueron instruidas ya una vez muerto el dictador. Es evidente que todo ello desmiente con absoluta rotundidad la teórica voluntad aperturista, reformista y democratizadora de quienes en aquellos años detentaban el poder y estaban en el Gobierno, puesto que fueron precisamente ellos quienes siguieron permitiendo, cuando no ya auspiciando o impulsando, la continuidad de la represión policial y judicial contra todos aquellos que verdaderamente luchaban por la recuperación de la democracia y la libertad en nuestro país, en contra de quienes sólo deseaban hacerle la cirugía estética a la dictadura para poder mantenerse aún en el poder. Resulta asimismo interesante destacar que del libro de Juan José del Águila se deduce que en la estadística de los numerosísimos procesados por el TOP a lo largo de sus poco menos que 14 años de existencia ininterrumpida, Cataluña, con el 20% del total de los procesados por aquella juridisción especial, aparece como la comunidad más cuantiosamente reprimida durante toda su historia. También es interesante comprobar que la gran mayoría de los procesados por el siniestro tribunal fueron fundamentalmente trabajadores y estudiantes menores de 35 años de edad. |
23-dic-2009 13:25
#206
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eso ya lo ha intentado la memoria historica y Garzon por su parte... y un poco mas y empieza la segunda guerra civil
a los vencedores les toca mucho los cojones que ahora puedan ser victimas... mientras... gente tiene que ir buscando a sus familiares en "posibles" fosas comunes, y aguantar que te llamen separatista o traidor, incluso 30 años despues de la muerte del HDP ese.... y ahora aqui gente "casi" negando que eso ocurrió, porque no esta escrito, o no lo han visto, nos ha jodido, como coño lo quieren haver visto, si A, no son catalanes, B sus raizes vienen de la inmigracion extremeña o andaluza de los años 60-70, o ni tan siquiera han leido algo al respecto y tienen 15 años y hablan por hablar y quedar "Cool" en Forofacha... |
23-dic-2009 13:48
#207
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23-dic-2009 13:54
#208
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Es mentira? Se lo puedes preguntar a los dueños de la Horchateria La Valenciana o a los dueños de la tienda Frutos Secos PARAMI, a ver lo que te dicen... |
23-dic-2009 13:57
#209
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Menuda perla, que cojones hablas de abuelo separatista? Te has tomado la pastillita hoy? Y no personalices, primero descalifica, una por una, todas las experiencias de foreros con familiares catalanes que vivieron el franquismo. El tema es: la opinión de la vieja contra la de decenas de experiencias de represión del catalan que se han adjuntado en el hilo. Pero nada, tu a lo tuyo, sigue creyendote a la vieja que, como he dicho antes, tiene una pinta de democrata concienciada y antifranquista que no veas
![]() ![]() ![]() En fin, no hay mas ciego que el que no quiere ver... |
23-dic-2009 15:14
#210
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Lo mejor es que los argumentos que usan muchos són los videos del Nodo, manda huevos
![]() A lo mejor no había ninguna ley escrita que penaba el catalán, pero la realidad es que la Guardia Civil tenía impunidad total para meter palizas a aquél que hablase en catalán en ambientes que no les gustaba. Una cosa es la ley y otra bien distinta es la interpretacion que haga de ella un guardia gilipollas, pero de prhibido el catalan, nada de nada. |



