Hacienda puede obtener los datos de tradeo de binance de años anteriores?

transeunte77
ForoCoches: Miembro
#31
Cita de Ramírezzz
A ver, datos podrán obtener de años anteriores, pero si en 2022 no había obligación de declarar permutas, no pueden reclamarte ahora impuestos por permutas de esa fecha, otra cosa es que si las tengan en cuenta para calcular operaciones actuales.


De dónde te sacas que en 2022 no había obligación de declarar permutas?
Ramírezzz
ForoCoches: Miembro
#32
Cita de transeunte77
De dónde te sacas que en 2022 no había obligación de declarar permutas?
Me lo saco de la modificación del Real Decreto que lo regula (Real Decreto 249/2023). Si la regulación de permutas entro en vigor para el ejercicio de la Renta 2023, no pueden pedirte que declares algo de una fecha anterior cuando en esa fecha no existía legislación alguna sobre las permutas.


Es como que te multen por algo sobre lo que la ley no dice nada? O por lo menos así lo tengo yo entendido.
transeunte77
ForoCoches: Miembro
#33
Cita de Ramírezzz
Me lo saco de la modificación del Real Decreto que lo regula (Real Decreto 249/2023). Si la regulación de permutas entro en vigor para el ejercicio de la Renta 2023, no pueden pedirte que declares algo de una fecha anterior cuando en esa fecha no existía legislación alguna sobre las permutas.


Es como que te multen por algo sobre lo que la ley no dice nada? O por lo menos así lo tengo yo entendido.
Hasta lo que yo sé las declaraciones previas a ese decreto también se hacían sobre las permutas, no entiendo.
Ramírezzz
ForoCoches: Miembro
#34
Cita de transeunte77
Hasta lo que yo sé las declaraciones previas a ese decreto también se hacían sobre las permutas, no entiendo.
Se supone (o yo lo entiendo asi) que anterior a ese decreto lo que tocaba declarar es cuando se hacían compraventa de criptos con dinero fiat (Comprabas con dinero fiat por un valor, luego vendías por dinero fiat y te tocaba declarar las ganancias/perdidas de esa compraventa, por eso solo declarabas si vendías).


Lo de las permutas es algo nuevo (desde ese decreto), por eso hay tanto lio ahora, en la mayoria de paises no se declara hasta que no se vuelve otra vez a dinero fiat, pero aquí las leyes se sacan como se sacan.




Es como si cuando éramos pequeños intercambiamos cromos por otros cromos y el estado te pidiera que declararás el valor en dinero fiat de esos cromos. Como declaras eso si el cambio lo hiciste por otros cromos y no por dinero?? Que será lo próximo? Declarar el valor de las cajas del counter o de las cartas pokemon que aun no has vendido?
Ponsez
WAT
#35
Cita de Ramírezzz
Se supone (o yo lo entiendo asi) que anterior a ese decreto lo que tocaba declarar es cuando se hacían compraventa de criptos con dinero fiat (Comprabas con dinero fiat por un valor, luego vendías por dinero fiat y te tocaba declarar las ganancias/perdidas de esa compraventa, por eso solo declarabas si vendías).


Lo de las permutas es algo nuevo (desde ese decreto), por eso hay tanto lio ahora, en la mayoria de paises no se declara hasta que no se vuelve otra vez a dinero fiat, pero aquí las leyes se sacan como se sacan.

Es como si cuando éramos pequeños intercambiamos cromos por otros cromos y el estado te pidiera que declararás el valor en dinero fiat de esos cromos. Como declaras eso si el cambio lo hiciste por otros cromos y no por dinero?? Que será lo próximo? Declarar el valor de las cajas del counter o de las cartas pokemon que aun no has vendido?
Las cajas del CS complicado, ya que a efectos reales no tienen valor económico. Si no, seguramente ya se hubiesen metido a regularlas.


Lo de las cartas coleccionables (ya sean de Pokemon u otros), a saber si lo hacen en un futuro, pese a que el mercado ha ido aumentando, todavía son muy de nicho.
transeunte77
ForoCoches: Miembro
#36
Cita de Ramírezzz
Se supone (o yo lo entiendo asi) que anterior a ese decreto lo que tocaba declarar es cuando se hacían compraventa de criptos con dinero fiat (Comprabas con dinero fiat por un valor, luego vendías por dinero fiat y te tocaba declarar las ganancias/perdidas de esa compraventa, por eso solo declarabas si vendías).


Lo de las permutas es algo nuevo (desde ese decreto), por eso hay tanto lio ahora, en la mayoria de paises no se declara hasta que no se vuelve otra vez a dinero fiat, pero aquí las leyes se sacan como se sacan.




Es como si cuando éramos pequeños intercambiamos cromos por otros cromos y el estado te pidiera que declararás el valor en dinero fiat de esos cromos. Como declaras eso si el cambio lo hiciste por otros cromos y no por dinero?? Que será lo próximo? Declarar el valor de las cajas del counter o de las cartas pokemon que aun no has vendido?


Pero entonces por qué todas las guías de la renta de esos años (2017 en adelante) se hablaba de declarar los beneficios y pérdidas de cada permuta que se hiciera aun sin banquerizar?

Ojo que no digo que mientas, si no que no me cuadra el hecho de que antes no se declarara por cada permuta cuando en todas las guías y tutoriales se decía que sí
Ramírezzz
ForoCoches: Miembro
#37
Cita de transeunte77
Pero entonces por qué todas las guías de la renta de esos años (2017 en adelante) se hablaba de declarar los beneficios y pérdidas de cada permuta que se hiciera aun sin banquerizar?

Ojo que no digo que mientas, si no que no me cuadra el hecho de que antes no se declarara por cada permuta cuando en todas las guías y tutoriales se decía que sí
Es posible que denominaran el cambio fiat-cripto como permuta. Tampoco puedo decirte que este 100% seguro de que sea así, pero de ser como dices no tiene sentido esa modificación del Real Decreto, ni que sea desde entonces (Renta2023) cuando aparece en la declaración de la renta una casilla especifica para declarar ganancias/perdidas con la posibilidad de elegir entre cambio (Euro-Cripto) y permuta (Cripto-Cripto).



Hay cierta ambigüedad en todo, incluso si preguntas a la administración cada uno te dice una cosa, unos son mas “mijitas” y lo quieren todo claro y a otros lo único que les importa es que cuadren las cuentas.


Con gestores y asesores igual, hay diferencias de opiniones, cada uno aplica una regla y todos dicen “yo lo hago asi y de momento 0 problemas”.
transeunte77
ForoCoches: Miembro
#38
De todas maneras seguimos con la duda de si Binance ha compartido con Hacienda las operaciones que se hicieron antes de entrar Binance Spain. Es decir de finales de 2022 para atrás de todos aquellos clientes que tenian KYC antiguo, pero que no aceptaron las nuevas condiciones cuando se creó Binance Spain

¿Alguien sabe algo al respecto?
Ilobo
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#39
Cita de transeunte77
De todas maneras seguimos con la duda de si Binance ha compartido con Hacienda las operaciones que se hicieron antes de entrar Binance Spain. Es decir de finales de 2022 para atrás de todos aquellos clientes que tenian KYC antiguo, pero que no aceptaron las nuevas condiciones cuando se creó Binance Spain

¿Alguien sabe algo al respecto?
En teoría no, no las puede compartir si has borrado la cuenta. La ley no es de carácter retroactivo.
Masmele
ForoCoches: Miembro
#40
Se sabe algo más de las operaciones de antes de dic 2022?
transeunte77
ForoCoches: Miembro
#41
Cita de Ilobo
En teoría no, no las puede compartir si has borrado la cuenta. La ley no es de carácter retroactivo.
Tiene obligación de mantener tus datos durante varios años a pesar de borrar la cuenta.


Por otro lado, muchos no eliminaron la cuenta porque para poder hacerlo obligaban a aceptar las condiciones y el KYC de Binance Spain, por lo que hay muchas cuentas con saldos ridículos, sin haber pasado el KYC de Binance Spain, pero sí con el KYC anterior y movimientos previos a diciembre de 2022
Ilobo
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#42
Cita de transeunte77
Tiene obligación de mantener tus datos durante varios años a pesar de borrar la cuenta.


Por otro lado, muchos no eliminaron la cuenta porque para poder hacerlo obligaban a aceptar las condiciones y el KYC de Binance Spain, por lo que hay muchas cuentas con saldos ridículos, sin haber pasado el KYC de Binance Spain, pero sí con el KYC anterior y movimientos previos a diciembre de 2022
Si, los datos se quedan, pero no son objeto de investigación sino lo requiere Hacienda como tal.
transeunte77
ForoCoches: Miembro
#43
Cita de Ilobo
Si, los datos se quedan, pero no son objeto de investigación sino lo requiere Hacienda como tal.
A no ser que Binance los haya compartido de manera proactiva este año, que es la duda de este post. Ya que había gente que pensaba que el primer año facilitarían todo el histórico para que Hacienda tuviera datos para sacar el FIFO
rubikaz
ForoCoches: Miembro
#44
Es que aunque pudieran, ¿no prescriben estas cosas a los 5 años?
transeunte77
ForoCoches: Miembro
#45
Cita de rubikaz
Es que aunque pudieran, ¿no prescriben estas cosas a los 5 años?
A los 4 años de la fecha en la que se deben declarar, es decir este año (en julio) prescribe el ejercicio 2020 (que es el que se declara en julio de 2021), por lo tanto si Binance ha pasado proactivamente todos los históricos de clientes españoles anteriores a 2022 va a estar la cosa interesante.


Mientras tanto sigo haciendo la pregunta de si alguien sabe si han compartido proactivamente esos datos históricos o no.
Masmele
ForoCoches: Miembro
#46
Cita de transeunte77
A los 4 años de la fecha en la que se deben declarar, es decir este año (en julio) prescribe el ejercicio 2020 (que es el que se declara en julio de 2021), por lo tanto si Binance ha pasado proactivamente todos los históricos de clientes españoles anteriores a 2022 va a estar la cosa interesante.


Mientras tanto sigo haciendo la pregunta de si alguien sabe si han compartido proactivamente esos datos históricos o no.
Se sabe algo más ?
transeunte77
ForoCoches: Miembro
#47
Cita de Masmele
Se sabe algo más ?


Nadie lo sabe al parecer pero bajo mi punto de vista es de lo más crítico en estos momentos.


Si Binance ha facilitado voluntariamente todo el histórico de cuentas españolas incluyendo los que hicieron el KYC en Binance internacional y no en Binance Spain, va a haber buenos disgustos
Arnie420
Inversor en jpegs
#48
Cita de Ramírezzz
Me lo saco de la modificación del Real Decreto que lo regula (Real Decreto 249/2023). Si la regulación de permutas entro en vigor para el ejercicio de la Renta 2023, no pueden pedirte que declares algo de una fecha anterior cuando en esa fecha no existía legislación alguna sobre las permutas.


Es como que te multen por algo sobre lo que la ley no dice nada? O por lo menos así lo tengo yo entendido.
Ojito que estáis muy equivocados con esto eh…





La obligación de declarar las permutas entre criptomonedas en España no comenzó en 2022 ni con la entrada en vigor del Real Decreto 249/2023. Desde al menos 2018, la Dirección General de Tributos (DGT) ha establecido que los intercambios entre criptomonedas constituyen permutas que generan ganancias o pérdidas patrimoniales, las cuales deben ser declaradas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) .


La consulta vinculante V0999-18, emitida por la DGT en abril de 2018, aclaró que las criptomonedas son bienes inmateriales y que su intercambio por otras criptomonedas constituye una alteración patrimonial sujeta a tributación. Este criterio ha sido reafirmado en consultas posteriores, como la V2005-22 de septiembre de 2022 .


El Real Decreto 249/2023, que entró en vigor en 2023, no introduce la obligación de declarar estas permutas, sino que establece nuevas obligaciones de información para exchanges y custodios de criptomonedas, como la presentación de los modelos 172, 173 y 721 . Estas medidas buscan mejorar el control fiscal, pero no modifican la obligación existente de declarar las ganancias o pérdidas derivadas de permutas entre criptomonedas.


Por lo tanto, la obligación de declarar las permutas entre criptomonedas existe desde al menos 2018, y no es una novedad introducida en 2022 o 2023.
transeunte77
ForoCoches: Miembro
#49
Cita de Arnie420
Ojito que estáis muy equivocados con esto eh…





La obligación de declarar las permutas entre criptomonedas en España no comenzó en 2022 ni con la entrada en vigor del Real Decreto 249/2023. Desde al menos 2018, la Dirección General de Tributos (DGT) ha establecido que los intercambios entre criptomonedas constituyen permutas que generan ganancias o pérdidas patrimoniales, las cuales deben ser declaradas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) .


La consulta vinculante V0999-18, emitida por la DGT en abril de 2018, aclaró que las criptomonedas son bienes inmateriales y que su intercambio por otras criptomonedas constituye una alteración patrimonial sujeta a tributación. Este criterio ha sido reafirmado en consultas posteriores, como la V2005-22 de septiembre de 2022 .


El Real Decreto 249/2023, que entró en vigor en 2023, no introduce la obligación de declarar estas permutas, sino que establece nuevas obligaciones de información para exchanges y custodios de criptomonedas, como la presentación de los modelos 172, 173 y 721 . Estas medidas buscan mejorar el control fiscal, pero no modifican la obligación existente de declarar las ganancias o pérdidas derivadas de permutas entre criptomonedas.


Por lo tanto, la obligación de declarar las permutas entre criptomonedas existe desde al menos 2018, y no es una novedad introducida en 2022 o 2023.


Así es, la duda es si Binance ha pasado de manera proactiva los datos de los años anteriores a la creación Binance Spain a Hacienda. Es decir de 2022 hacia atrás y , repito, de manera proactiva.


Está claro que si Hacienda pide algún dato en concreto de alguna persona investigada sí que lo va a facilitar como la mayoría de exchanges, la duda es si Binance lo ha hecho de manera con todos sus clientes españoles.
Afj
BIEBER FAN JIJIJI
#50
La cuestión es, que si tu compraste 100 euros en btc en 2018 y los vendes mañana, hacienda como puede saber o calcular el beneficio de esa operación?
transeunte77
ForoCoches: Miembro
#51
Cita de Afj
La cuestión es, que si tu compraste 100 euros en btc en 2018 y los vendes mañana, hacienda como puede saber o calcular el beneficio de esa operación?


Tu vas a tener que demostrar en primer lugar de donde viene el dinero con el que compraste esos BTC, por otro lado Hacienda te va a pedir la trazabiliad de esa operación. Así que Hacienda lo sabrá porque se lo tienes que decir tú.


Es decir si hacienda sabes que has vendido este año X BTC lo que te va a pedir es toda la info de esa operación
Afj
BIEBER FAN JIJIJI
#52
Cita de transeunte77
Tu vas a tener que demostrar en primer lugar de donde viene el dinero con el que compraste esos BTC, por otro lado Hacienda te va a pedir la trazabiliad de esa operación. Así que Hacienda lo sabrá porque se lo tienes que decir tú.


Es decir si hacienda sabes que has vendido este año X BTC lo que te va a pedir es toda la info de esa operación
Y si lo compraste en el extranjero como es mi caso?

En cualquier caso se van a hinchar a llamar a gente... en mi caso tengo los csv de todo menos de bitget.

Ojo a bitget que solo da csv de 3 años y si pides de mas es un infierno para que te manden algo coherente.
transeunte77
ForoCoches: Miembro
#53
Cita de Afj
Y si lo compraste en el extranjero como es mi caso?

En cualquier caso se van a hinchar a llamar a gente... en mi caso tengo los csv de todo menos de bitget.

Ojo a bitget que solo da csv de 3 años y si pides de mas es un infierno para que te manden algo coherente.
Eso ni idea, pero tu obligación es justificar tu compra. Entiendo que estas obligado a tributar por el beneficio si resides en España. Pero tienes hilos especializados para estas consultas que te pueden ayudar más.



Aquí seguimos con la duda de si Binance ha facilitado datos proactivamente de años anteriores a ser Binance Spain.
Afj
BIEBER FAN JIJIJI
#54
Cita de transeunte77
Eso ni idea, pero tu obligación es justificar tu compra. Entiendo que estas obligado a tributar por el beneficio si resides en España. Pero tienes hilos especializados para estas consultas que te pueden ayudar más.



Aquí seguimos con la duda de si Binance ha facilitado datos proactivamente de años anteriores a ser Binance Spain.
Pues tiene usted razón shur, me voy del hilo amablemente.
krc
ForoCoches: Miembro
#55
Cita de transeunte77
Eso ni idea, pero tu obligación es justificar tu compra. Entiendo que estas obligado a tributar por el beneficio si resides en España. Pero tienes hilos especializados para estas consultas que te pueden ayudar más.



Aquí seguimos con la duda de si Binance ha facilitado datos proactivamente de años anteriores a ser Binance Spain.
yo diria que binance no ha facilitado ningun dato, yo tenia movimientos cuando aun estaba en asi y nunca me han aparecido en la renta ni en los avisos de la AEAT
nnk_es
ForoCoches: Miembro
#56
Alguien sabe como se puede saber el valor exacto de una moneda en un momento puntual del año pasado?

Xq yo ya no me acuerdo a cuanto compré/vendí(permuté) la mayoría de las cosas....
nnk_es
ForoCoches: Miembro
#57
Cita de transeunte77
Eso ni idea, pero tu obligación es justificar tu compra. Entiendo que estas obligado a tributar por el beneficio si resides en España. Pero tienes hilos especializados para estas consultas que te pueden ayudar más.



Aquí seguimos con la duda de si Binance ha facilitado datos proactivamente de años anteriores a ser Binance Spain.
Que hilos especializados pueden ayudarnos con las dudas de la declaración??
Txapote
ForoCoches: Usuario
#58
Cita de psicoactivo78
siguen mandando aviso diario para que hagas el nuevo KYC...regalando fees, BNBs...saqué todo menos los tipicos centavos de pico de algun token...ahí se van a quedar
Yo tampoco estoy verificado pero no la desinstalo porque me vengo sacando unos $100 en fees de los referidos cada 6 meses aprox y eso aunque no estés verificado te deja ir pasandolo a BNB (funcion convertir polvo) y luego retirarlo


Duda existencial, si me mudo de país, hay algún problema en que me verifique con mi nuevo ID en esta misma cuenta o de alguna forma al haber estado antiguamente verificado con mi ID español van a cruzar datos con hacienda? Lo digo porque sería un palo perder las comisiones que recibo de referidos al cerrar esta cuenta y abrir otra con mi ID extranjero.
Txapote
ForoCoches: Usuario
#59
Cita de psicoactivo78
siguen mandando aviso diario para que hagas el nuevo KYC...regalando fees, BNBs...saqué todo menos los tipicos centavos de pico de algun token...ahí se van a quedar
Cita de nnk_es
Alguien sabe como se puede saber el valor exacto de una moneda en un momento puntual del año pasado?

Xq yo ya no me acuerdo a cuanto compré/vendí(permuté) la mayoría de las cosas....
coingecko, coinmarketcap, tradingview... eso sí, ármate de paciencia y suerte.
Txapote
ForoCoches: Usuario
#60
Cita de transeunte77
Tiene obligación de mantener tus datos durante varios años a pesar de borrar la cuenta.


Por otro lado, muchos no eliminaron la cuenta porque para poder hacerlo obligaban a aceptar las condiciones y el KYC de Binance Spain, por lo que hay muchas cuentas con saldos ridículos, sin haber pasado el KYC de Binance Spain, pero sí con el KYC anterior y movimientos previos a diciembre de 2022
Ese es mi caso, no pasé KYC en Binance Spain (sí el anterior) y con movimientos previos a dic 2022. Posteriormente lo único que he hecho es lo que comento en el post anterior (pasar tokens que recibo como fees de mis referidos a BNB a través de la funcion convertir polvo) y de ahí a una wallet.

En la declaración NO me ha aparecido ningún aviso ni ninguna permuta de Binance, por lo tanto entiendo que ni han compartido datos previos a dic 2022 ni están compartiendo datos si operas sin pasar el KYC (es decir, que los que tengáis saldos podéis retirarlos sin problema, eso sí, SIN pasar KYC).

Por cierto, si habláis de estas cosas en foros recordad que lo ideal siempre es usar VPN
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