[KRAKEN] Ahora si que estamos jodidos!!
28-dic-2024 18:09
#152
|
Lo digo desde el 2017 por lo menos. Tener algo de BTC está guay. PERO.... Al final, como con el pirateo, o el buscador de google, SÍ VAN A PONER PUERTAS AL CAMPO. Es decir, las criptos serán como invertir en forex, algo totalmente oficial, registrado y controlado con un interés más bien bajito... Por descontando que tener algo de BTC es para tenerlo de forma ANONIMA y SIN COMUNICAR NI DEJAR RASTRO, nunca está de más en una distopia como la que se viene tener un 2-10% de tu patrimonio oculto. Todo lo demás es absurdo. Lo mejor siempre será y seguirá siendo poner tu dinero en las mejores empresas del mundo, es decir, en el sp500. Todo lo demás es humo, juego de trileros y criptoludopatísmo. |
Editado: 28-dic-2024 18:11 -
28-dic-2024 18:17
#153
|
El problema es que mucha gente que tiene 300 euros en esto, se da por aludida, cuando el tema no va con ellos y raramente nadie les va a perseguir por esas sumas economicas si no son soberamente inutiles.
En este foro hay decenas de personas que superan las 6 cifras y unas cuantas que tambien lo hacen superando las 7 (y lo se de buena tinta, dado que he gestionado sus contabilidades en muchos casos). A los organismos tributarios no les importa el Paco de turno que puede vender 800 euros en P2p, sino el señor que tiene 500.000 euros y que, en ningun caso le interesa estar en efectivo porque no va a poder hacer NADA con ese dinero. Ni comprarse una vivienda, ni un coche nuevo... NADA. Asi que por favor, seamos serios y dejemos las pataletas a un lado, que si no te preocupas por pagar impuestos es porque no has ganado lo suficiente. P.D. Este mensaje es una reflexión en voz alta, no ataca a nadie. |
28-dic-2024 18:39
#154
|
Ese camino la verdad que me parece muy arriesgado para el interés del implicado. |
Editado: 28-dic-2024 18:44 -
28-dic-2024 18:43
#155
|
En el contexto de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo en España, los beneficios no demostrables suelen ser investigados cuando hay indicios de que pueden estar relacionados con actividades ilícitas o cuando no se puede justificar su origen legal. Concepto de beneficios no demostrables Se refiere a ingresos o beneficios cuyo origen no puede justificarse mediante documentos legales, transacciones comerciales lícitas o declaraciones fiscales. Si una persona o empresa no puede demostrar la procedencia lícita de sus beneficios, estos podrían ser considerados como resultado de actividades ilegales, como fraude fiscal, blanqueo de capitales o corrupción. Sanciones aplicables Si los beneficios no demostrables están vinculados a blanqueo de capitales o infracciones tributarias, se pueden aplicar diversas sanciones según el grado de infracción: --- 1. Sanciones en el ámbito del blanqueo de capitales Cuando no se demuestra el origen lícito de los beneficios y se considera una infracción de la Ley 10/2010: Multa muy grave: Hasta el doble de la cantidad de los beneficios no demostrados. Alternativamente, hasta 10% del volumen de negocio anual de la persona o empresa. Mínimo: 5 millones de euros. Sanciones adicionales: Suspensión de licencias o actividades económicas. Prohibición de realizar determinadas operaciones durante un tiempo. Publicación de la sanción en el BOE para afectar la reputación. --- 2. Sanciones en el ámbito tributario Si los beneficios no demostrables son detectados en el marco de una inspección fiscal, se consideran ingresos no declarados y, por tanto, sujetos a: Regularización fiscal: Obligación de pagar el impuesto correspondiente sobre los beneficios no declarados. Recargos e intereses de demora. Multa tributaria: Infracción grave: Multa entre el 50% y 100% de la deuda tributaria. Infracción muy grave: Multa entre el 100% y 150% de la deuda tributaria (si hay fraude o falsificación). --- 3. Sanciones penales (delitos graves) Si los beneficios no demostrables superan ciertos umbrales o se vinculan a delitos graves como narcotráfico, corrupción, terrorismo o fraude fiscal: Delito de blanqueo de capitales: Pena de prisión: 6 meses a 6 años. Multa: Hasta el triple del valor de los beneficios blanqueados. Inhabilitación profesional o comercial. Delito contra la Hacienda Pública: Si la cuantía defraudada excede los 120.000 euros, se considera un delito fiscal: Pena de prisión: 1 a 5 años. Multa: Hasta 6 veces la cantidad defraudada. Antecedentes penales. --- Implicaciones prácticas 1. Carga de la prueba: Es responsabilidad de la persona o entidad justificar el origen lícito de los fondos. En ausencia de pruebas suficientes, se presume la ilicitud de los beneficios. 2. SEPBLAC y Hacienda: El SEPBLAC puede investigar operaciones sospechosas. La Agencia Tributaria puede iniciar procedimientos sancionadores en paralelo si detecta irregularidades fiscales. 3. Presunción penal: Si los beneficios no demostrables tienen indicios de estar vinculados a delitos graves, el caso puede ser transferido al Ministerio Fiscal. --- Prevención Para evitar sanciones, es fundamental: Documentar todas las transacciones financieras. Justificar ingresos y beneficios mediante facturas, contratos o documentos legales. Realizar declaraciones fiscales completas y transparentes. ¿Te interesa un desglose más detallado de las sanciones penales o recomendaciones para justificar beneficios? |
28-dic-2024 20:56
#156
| Una vez se ha KYCeado una billetera ya no hay marcha atrás, se puede rastrear a dónde mandas esos fondos. |
29-dic-2024 01:43
#157
| Bros si retiras 50000 USDT a fiat, mientras pagues el correspondiente 25-30% de impuestos al estado(osea unos 15000 USDT) te dejan en paz o te intentan joder si no aclaras de dónde han salido esos 50000 aunque ya hayas pagado el impuesto?? |
29-dic-2024 01:59
#158
| Si les da por preguntarte pues claro, le tienes que decir que cómo lo has conseguido. Es de cajón. Si no, el agujero para el blanqueo de capitales sería brutal |
29-dic-2024 08:00
#159
|
Lo digo desde el 2017 por lo menos.
Tener algo de BTC está guay. PERO.... Al final, como con el pirateo, o el buscador de google, SÍ VAN A PONER PUERTAS AL CAMPO. Es decir, las criptos serán como invertir en forex, algo totalmente oficial, registrado y controlado con un interés más bien bajito... Por descontando que tener algo de BTC es para tenerlo de forma ANONIMA y SIN COMUNICAR NI DEJAR RASTRO, nunca está de más en una distopia como la que se viene tener un 2-10% de tu patrimonio oculto. Todo lo demás es absurdo. Lo mejor siempre será y seguirá siendo poner tu dinero en las mejores empresas del mundo, es decir, en el sp500. Todo lo demás es humo, juego de trileros y criptoludopatísmo. |
29-dic-2024 11:30
#160
|
Europa en el medio plazo caerá. Si no lo hace por que somos gilipollas o demasiado pobres para seguir con este sistema solo tenemos dos opciones. O pagar lo que ellos decidan, o buscar otro lugar del mundo más friendly con tus crytos. No creo que cambie mucho esta ley la verdad, solo que a principio de año vamos a ver una caída del precio debido a todo el mundo que saldrá o recogerá beneficios en 2025 para no declararlos este año |
Editado: 29-dic-2024 11:33 -
29-dic-2024 13:01
#161
|
la mayoría de esta gente (criptoludopatas o criptobros) no tiene ni idea de cómo funciona el mundo, que son las naciones, la economía, como funciona la realidad ni lo que están haciendo con los 4 duros que ganan. ojo no vayas a ser tu uno de ellos también y no lo sabes, que se te ve muy de listillo. |
29-dic-2024 13:03
#162
|
Si no queréis que os vinculen direcciones y tenéis Ledger, usad un mixer y cread una nueva cuenta de Bitcoin Ejemplo. Retiráis bitcoins a una dirección con KYC. Desde ahí lo enviáis a un mixer. Del mixer lo retiráis a un nuevo monedero totalmente distinto. En un Ledger basta con crear una nueva cuenta. Esas direcciones no son relacionables matemáticamente sin la semilla |
29-dic-2024 17:58
#164
|
Si no queréis que os vinculen direcciones y tenéis Ledger, usad un mixer y cread una nueva cuenta de Bitcoin
Ejemplo. Retiráis bitcoins a una dirección con KYC. Desde ahí lo enviáis a un mixer. Del mixer lo retiráis a un nuevo monedero totalmente distinto. En un Ledger basta con crear una nueva cuenta. Esas direcciones no son relacionables matemáticamente sin la semilla |
29-dic-2024 18:31
#165
|
Lo digo desde el 2017 por lo menos.
Tener algo de BTC está guay. PERO.... Al final, como con el pirateo, o el buscador de google, SÍ VAN A PONER PUERTAS AL CAMPO. Es decir, las criptos serán como invertir en forex, algo totalmente oficial, registrado y controlado con un interés más bien bajito... Por descontando que tener algo de BTC es para tenerlo de forma ANONIMA y SIN COMUNICAR NI DEJAR RASTRO, nunca está de más en una distopia como la que se viene tener un 2-10% de tu patrimonio oculto. Todo lo demás es absurdo. Lo mejor siempre será y seguirá siendo poner tu dinero en las mejores empresas del mundo, es decir, en el sp500. Todo lo demás es humo, juego de trileros y criptoludopatísmo. |
29-dic-2024 19:37
#167
|
Si no queréis que os vinculen direcciones y tenéis Ledger, usad un mixer y cread una nueva cuenta de Bitcoin
Ejemplo. Retiráis bitcoins a una dirección con KYC. Desde ahí lo enviáis a un mixer. Del mixer lo retiráis a un nuevo monedero totalmente distinto. En un Ledger basta con crear una nueva cuenta. Esas direcciones no son relacionables matemáticamente sin la semilla Cuidado |
29-dic-2024 19:39
#168
| Supongo que bloquearán Bitcoins que provengan directamente de mixers directamente (que no sé siquiera si pueden detectarlo). No creo que revisen todo el blockchain y si una vez en 2015 usó un mixers ya lo bloqueen . Porque de ser así podrías trolear muchísimo |
29-dic-2024 19:39
#169
|
Si no queréis que os vinculen direcciones y tenéis Ledger, usad un mixer y cread una nueva cuenta de Bitcoin
Ejemplo. Retiráis bitcoins a una dirección con KYC. Desde ahí lo enviáis a un mixer. Del mixer lo retiráis a un nuevo monedero totalmente distinto. En un Ledger basta con crear una nueva cuenta. Esas direcciones no son relacionables matemáticamente sin la semilla |
29-dic-2024 19:49
#171
|
Eso que dices es arriesgado... Sobre todo si el día de mañana necesitas demostrar la procedencia licita de esos Bitcoins. Yo he sopesado mucho y durante mucho tiempo pasar todos mis UTXOS por un coinjoin, pero al final siempre termino dándome cuenta que aunque gane en privacidad, pierdo en otras muchas cosas.
De hecho podrías haber comprado Bitcoins en Coinbase y haberte pasado unos que en su día Usaron un mixers porque no creo que Coinbase use bitcoin vírgenes de mineros. |
29-dic-2024 20:07
#172
|
El que no ha argumentado nada has sido tú. Solo alguien que no sabe lo que es el Bitcoin y todo lo que hay detrás, diría lo que has dicho tú. Y que conste que lo del SP&500 te lo compro, es una buena idea sin lugar a dudas. |
29-dic-2024 20:46
#175
|
si tanto os preocupa la privacidad no entiendo por qué no habéis aupado criptomonedas como monero en vez de seguir acumulando bitcoin que siempre se ha sabido que es un ledger público y trazable no os gusta la regulación ? perfecto, nadie os obliga a seguirla. Comprad por p2p en mano o grupos de telegram y seguid felices con vuestro btc que jamás podréis usar en un país del primer mundo donde sí o sí se seguirán estrictas normas de AML |
29-dic-2024 21:28
#176
|
Si Mica y la travel rule es motivo de preocupación, los sistemas p2p son bastante cómodos, compras, guardas los recibos del banco, apuntas la transacción y pasas por lightning antes de pasarlo a la cold wallet. El dia que quieras declarar aportas la parte de tus apuntes contables que consideres necesarios. Seguro, privado y sencillo. |
29-dic-2024 21:31
#177
| El tema está en que haya una dirección de origen de exchange hacia una dirección tuya en custodia, sin interferencias, en el momento que lo pasas por un mixer ya no se de que manera puedes demostrar que esos Bitcoins los adquiriste de manera licita en un exchange regulado, no se si me estoy explicando. Qué los Bitcoins que te están pasando desde Binance o coinbase anteriormente hayan pasado por mixers es problema de ellos, tú adquisición es limpia, por así decirlo, te lo mandan ellos a ti. |
30-dic-2024 14:26
#178
|
El tema está en que haya una dirección de origen de exchange hacia una dirección tuya en custodia, sin interferencias, en el momento que lo pasas por un mixer ya no se de que manera puedes demostrar que esos Bitcoins los adquiriste de manera licita en un exchange regulado, no se si me estoy explicando. Qué los Bitcoins que te están pasando desde Binance o coinbase anteriormente hayan pasado por mixers es problema de ellos, tú adquisición es limpia, por así decirlo, te lo mandan ellos a ti.
Imagina este caso Compras en Coinbase. Ellos te envían 1 bitcoin que en 2018 pasó por un mixer (el que sea) Tú lo recibes. Pasa una semana y lo envías a Kraken. Kraken analiza ese Bitcoin y te dice que no, porque en 2018 pasó por un mixer Ahora nadie te lo acepta Lo veo absurdísimo. Yo creo que demostrar cómo has obtenido tus bitcoins es como ahora. Vendes 1 bitcoin en Coinbase y te preguntarán cómo lo has obtenido. Presentas tu certificado de compra de Kraken del 15 de agosto de 2022 (por ejemplo) y ya. Si has hecho permutas entre medio para llegar a ese bitcoin, pues presentas las permutas. Lo de analizar la dirección para ver toda su historia lo veo ciencia-ficción Pero vamos, que tengo que leer más a ver cómo han legislado |
Editado: 30-dic-2024 14:33 -