GUIA - EN CASO DE ACCIDENTE DE TRAFICO - Dudas Frecuentes - Indemnización (+)

lCostaLuzl
ForoCoches: Miembro
#631
Cita de G.Accidentes
GUÍA PARA ACCIDENTES DE TRÁFICO



Bienvenidos a todos los Shurs,

Desde Gestionaccidentes queremos saludaros y presentar esta Guía para la reclamación de indemnización por lesiones y siniestros totales derivados de accidentes de tráfico.

Somos un despacho profesional especializado en la reclamación de indemnizaciones por siniestros de tráfico. Llevamos un par de años resolviendo dudas por el foro y trabajando para los shurs que han contratado nuestros servicios. Para los que nos queráis echar un ojo podéis visitar nuestra página web:




Con esta Guía pretendemos resolver las dudas más habituales para los Shurs que hayan sufrido un accidente de tráfico e iremos actualizándolo con los temas más recurrentes. Las principales temas que vamos a tratar son los siguientes:

1) Pasos a dar cuando has sufrido un accidente de tráfico.

2) Como calcular la indemnización que puede corresponderte. Reclamar indemnización.

3) Reparación del vehículo y Siniestro total del vehículo.

4) Accidente con vehículo fugado o desconocido.

5) Gastos médicos y honorarios profesionales.




AL LÍO


1) Pasos a seguir cuando has sufrido un accidente de tráfico.

Los accidentes nos suelen pillar por sorpresa y no siempre estamos preparados, sean graves o leves, debéis seguir los siguientes pasos:

- Rellenar el parte amistoso con precisión. Es importante que comprobéis la matrícula, aseguradora, conducto, señalización de la vía y localización del siniestro. Si no disponéis de partes amistosos, cualquier folio con un buen dibujo, una descripción y firmado tiene la misma validez.

- Fotografías de los vehículos implicados en la que aparezca la matrícula y los daños que presenten.

- Apuntad el nombre y teléfono de posibles testigos del siniestro.



2) Como calcular la indemnización que puede corresponderte. Reclamar la indemnización.


La indemnización se calcula en función del proceso de recuperación, los daños materiales, los gastos soportados y las pérdidas económicas sufridas.

Como partida más importante, debemos conocer la indemnización que nos corresponde por día de perjuicio, resultando las siguientes indemnizaciones para el año 2.024:

- Perjuicio Personal Básico: 37,07.-€ / Día.
- Perjuicio Personal Particular Moderado: 64,24.-€ / Día.
- Perjuicio Personal Particular Grave: 92,66.-€ / Día.
- Perjuicio Personal Particular Muy Grave: 123,55.-€ / Día.


A modo de ejemplo:

Un siniestro con motocicleta en la que sufres lesiones lumbares con un proceso de recuperación de 60 días, has estado de baja laboral 15 días, resultó dañado el casco y tu salario ha sido rebajado en 300 euros. Pues te tendrán que indemnizar:

- 60 días de recuperación = 15 días moderados (baja laboral) + 45 días básicos (resto de días) = 963,60 + 1.668,15.-€ = 2.631,75.-€

- 1 puntos de secuela estética: 900,00.-€
- Daños materiales: El casco = 150,00.-€
- Pérdida económica = 200,00.-€


- INDEMNIZACIÓN = 3.881,75.-€



La reclamación es un procedimiento relativamente sencillo, no requiere de procedimiento judicial, se realiza una vez tengáis el alta definitiva de rehabilitación y habrá que aportar toda la documentación médica de la que dispongáis. La aseguradora tiene un plazo máximo de 3 meses para realizar oferta por las lesiones, aunque en la mayoría de casos el plazo de respuesta no suele ser superior al mes.


3) Reparación del vehículo y Siniestro total del vehículo.

Cuando sufrís un golpe o accidente de tráfico por culpa de un vehículo contrario os corresponde que la aseguradora culpable os repare vuestro vehículo, ahora bien, la mayoría de aseguradoras se encuentran en convenio, esto significa que será vuestra propia aseguradora la que proceda a reparar vuestro vehículo y posteriormente reclamará el importe de reparación a la aseguradora contraria.

El conflicto surge cuando el coste de reparación del vehículo es superior al valor venal que considere la aseguradora. En este caso, debéis tener en cuenta que

- La reparación o el valor de vuestro vehículo es siempre negociable.

- deben de ofreceros el valor de afección (20-30%) del valor del vehículo.

- Los extras del vehículo deben ser indemnizados.

- El valor final debe considerar el valor real en el mercado de segunda mano.



4) Accidente con vehículo no asegurado, fugado o desconocido.

Si os encontráis en la situación de veros involucrados en un accidente en el que el vehículo culpable no tiene seguro, huye del lugar del siniestro o no puede ser identificado, pueden ocurrir dos circunstancias:

- Que la Guardia Civil o Policía competente identifique al vehículo infractor y elabore un atestado con las circunstancias del siniestro.

- Que el vehículo culpable no sea identificado o no disponga de seguro. Esto suele ser lo más común si no hay testigos, pero no está todo perdido, cuando no es posible identificar al vehículo infractor el Consorcio de Compensación de Seguros se hará cargo de:

a) Indemnizar los daños físicos que hayan sufrido los lesionados.

b) Los daños materiales del vehículo solo serán indemnizados cuando en los lesionados se haya producido muerte, incapacidad permanente o incapacidad temporal que requiera de una estancia hospitalaria superior a 7 días.



- En el caso de vehículo no asegurado, se hará cargo de indemnizar los daños físicos y materiales.



5) Gastos médicos y honorarios profesionales.

Todos los gastos médicos y gastos justificados derivados del accidente deben ser cubiertos por la aseguradora del vehículo culpable, no obstante, os preocupará si tenéis que adelantar el coste de los servicios.

En principio, si vuestra aseguradora está dentro de convenio (suelen estar la mayoría) y el centro médico también, el gasto estará cubierto y no os enteraréis del precio. Ahora bien, en el caso de que haya varios vehículos implicados, que la aseguradora no esté adherida a convenio, que acudáis a un centro no adherido u os realicéis pruebas médicas no autorizadas, tendréis que adelantar el pago de las facturas y tendréis que reclamarlas junto a la indemnización correspondiente.


En esto es fundamental que os asesore vuestro agente, corredor o abogado para que después no tengáis la preocupación de tener que reclamar el gasto adelantado.


Respecto a los honorarios del abogado designado para la reclamación, en la gran mayoría de pólizas se encuentra cubierta la defensa jurídica, esto significa que tenéis libertad para elegir el abogado que queráis y la aseguradora os abonará los gastos de vuestro abogado dentro de los límites de la póliza. En la generalidad de casos, la cobertura suele ser más que suficiente para cubrir los gastos jurídicos.






Espero que os sea de ayuda y que planteéis las dudas que os vayan surgiendo.


CITAS Y AGRADECIMIENTOS DE LOS SHURS



















































































Shur, privado enviado.
G.Accidentes
WWW.GESTIONACCIDENTES.COM
#632
Cita de lCostaLuzl
Shur, privado enviado.
dolby
ForoCoches: Miembro
#633
Cita de G.Accidentes
GUÍA PARA ACCIDENTES DE TRÁFICO



Bienvenidos a todos los Shurs,

Desde Gestionaccidentes queremos saludaros y presentar esta Guía para la reclamación de indemnización por lesiones y siniestros totales derivados de accidentes de tráfico.

Somos un despacho profesional especializado en la reclamación de indemnizaciones por siniestros de tráfico. Llevamos un par de años resolviendo dudas por el foro y trabajando para los shurs que han contratado nuestros servicios. Para los que nos queráis echar un ojo podéis visitar nuestra página web:




Con esta Guía pretendemos resolver las dudas más habituales para los Shurs que hayan sufrido un accidente de tráfico e iremos actualizándolo con los temas más recurrentes. Las principales temas que vamos a tratar son los siguientes:

1) Pasos a dar cuando has sufrido un accidente de tráfico.

2) Como calcular la indemnización que puede corresponderte. Reclamar indemnización.

3) Reparación del vehículo y Siniestro total del vehículo.

4) Accidente con vehículo fugado o desconocido.

5) Gastos médicos y honorarios profesionales.




AL LÍO


1) Pasos a seguir cuando has sufrido un accidente de tráfico.

Los accidentes nos suelen pillar por sorpresa y no siempre estamos preparados, sean graves o leves, debéis seguir los siguientes pasos:

- Rellenar el parte amistoso con precisión. Es importante que comprobéis la matrícula, aseguradora, conducto, señalización de la vía y localización del siniestro. Si no disponéis de partes amistosos, cualquier folio con un buen dibujo, una descripción y firmado tiene la misma validez.

- Fotografías de los vehículos implicados en la que aparezca la matrícula y los daños que presenten.

- Apuntad el nombre y teléfono de posibles testigos del siniestro.



2) Como calcular la indemnización que puede corresponderte. Reclamar la indemnización.


La indemnización se calcula en función del proceso de recuperación, los daños materiales, los gastos soportados y las pérdidas económicas sufridas.

Como partida más importante, debemos conocer la indemnización que nos corresponde por día de perjuicio, resultando las siguientes indemnizaciones para el año 2.024:

- Perjuicio Personal Básico: 37,07.-€ / Día.
- Perjuicio Personal Particular Moderado: 64,24.-€ / Día.
- Perjuicio Personal Particular Grave: 92,66.-€ / Día.
- Perjuicio Personal Particular Muy Grave: 123,55.-€ / Día.


A modo de ejemplo:

Un siniestro con motocicleta en la que sufres lesiones lumbares con un proceso de recuperación de 60 días, has estado de baja laboral 15 días, resultó dañado el casco y tu salario ha sido rebajado en 300 euros. Pues te tendrán que indemnizar:

- 60 días de recuperación = 15 días moderados (baja laboral) + 45 días básicos (resto de días) = 963,60 + 1.668,15.-€ = 2.631,75.-€

- 1 puntos de secuela estética: 900,00.-€
- Daños materiales: El casco = 150,00.-€
- Pérdida económica = 200,00.-€


- INDEMNIZACIÓN = 3.881,75.-€



La reclamación es un procedimiento relativamente sencillo, no requiere de procedimiento judicial, se realiza una vez tengáis el alta definitiva de rehabilitación y habrá que aportar toda la documentación médica de la que dispongáis. La aseguradora tiene un plazo máximo de 3 meses para realizar oferta por las lesiones, aunque en la mayoría de casos el plazo de respuesta no suele ser superior al mes.


3) Reparación del vehículo y Siniestro total del vehículo.

Cuando sufrís un golpe o accidente de tráfico por culpa de un vehículo contrario os corresponde que la aseguradora culpable os repare vuestro vehículo, ahora bien, la mayoría de aseguradoras se encuentran en convenio, esto significa que será vuestra propia aseguradora la que proceda a reparar vuestro vehículo y posteriormente reclamará el importe de reparación a la aseguradora contraria.

El conflicto surge cuando el coste de reparación del vehículo es superior al valor venal que considere la aseguradora. En este caso, debéis tener en cuenta que

- La reparación o el valor de vuestro vehículo es siempre negociable.

- deben de ofreceros el valor de afección (20-30%) del valor del vehículo.

- Los extras del vehículo deben ser indemnizados.

- El valor final debe considerar el valor real en el mercado de segunda mano.



4) Accidente con vehículo no asegurado, fugado o desconocido.

Si os encontráis en la situación de veros involucrados en un accidente en el que el vehículo culpable no tiene seguro, huye del lugar del siniestro o no puede ser identificado, pueden ocurrir dos circunstancias:

- Que la Guardia Civil o Policía competente identifique al vehículo infractor y elabore un atestado con las circunstancias del siniestro.

- Que el vehículo culpable no sea identificado o no disponga de seguro. Esto suele ser lo más común si no hay testigos, pero no está todo perdido, cuando no es posible identificar al vehículo infractor el Consorcio de Compensación de Seguros se hará cargo de:

a) Indemnizar los daños físicos que hayan sufrido los lesionados.

b) Los daños materiales del vehículo solo serán indemnizados cuando en los lesionados se haya producido muerte, incapacidad permanente o incapacidad temporal que requiera de una estancia hospitalaria superior a 7 días.



- En el caso de vehículo no asegurado, se hará cargo de indemnizar los daños físicos y materiales.



5) Gastos médicos y honorarios profesionales.

Todos los gastos médicos y gastos justificados derivados del accidente deben ser cubiertos por la aseguradora del vehículo culpable, no obstante, os preocupará si tenéis que adelantar el coste de los servicios.

En principio, si vuestra aseguradora está dentro de convenio (suelen estar la mayoría) y el centro médico también, el gasto estará cubierto y no os enteraréis del precio. Ahora bien, en el caso de que haya varios vehículos implicados, que la aseguradora no esté adherida a convenio, que acudáis a un centro no adherido u os realicéis pruebas médicas no autorizadas, tendréis que adelantar el pago de las facturas y tendréis que reclamarlas junto a la indemnización correspondiente.


En esto es fundamental que os asesore vuestro agente, corredor o abogado para que después no tengáis la preocupación de tener que reclamar el gasto adelantado.


Respecto a los honorarios del abogado designado para la reclamación, en la gran mayoría de pólizas se encuentra cubierta la defensa jurídica, esto significa que tenéis libertad para elegir el abogado que queráis y la aseguradora os abonará los gastos de vuestro abogado dentro de los límites de la póliza. En la generalidad de casos, la cobertura suele ser más que suficiente para cubrir los gastos jurídicos.






Espero que os sea de ayuda y que planteéis las dudas que os vayan surgiendo.


CITAS Y AGRADECIMIENTOS DE LOS SHURS




















































































Shur, mi coche sufrio un accidente el 1 de Julio y se pusieron a arregarlo en un taller concertado con la compañia , quedo como el ojete el arreglo, puse una reclamación en AXA nada mas salir de taller y volvieron a intentar arreglarlo despues de las vacaciones. Llevan ya 1 mes con el coche y hoy me comunican ( porque les he llamado yo ) que lo han intentando arreglar 3 veces, pero que no queda bien

¿Que paso debo debo dar?

Actualmente no tengo coche ( no me hace falta, vivo en madrid centro )
La indemnización por lesiones ( 14 sesiones de Rhb ) ya me la dieron

Saludos
G.Accidentes
WWW.GESTIONACCIDENTES.COM
#634
Cita de dolby
Shur, mi coche sufrio un accidente el 1 de Julio y se pusieron a arregarlo en un taller concertado con la compañia , quedo como el ojete el arreglo, puse una reclamación en AXA nada mas salir de taller y volvieron a intentar arreglarlo despues de las vacaciones. Llevan ya 1 mes con el coche y hoy me comunican ( porque les he llamado yo ) que lo han intentando arreglar 3 veces, pero que no queda bien

¿Que paso debo debo dar?

Actualmente no tengo coche ( no me hace falta, vivo en madrid centro )
La indemnización por lesiones ( 14 sesiones de Rhb ) ya me la dieron

Saludos
Buenos días Shur,


En primer lugar te recomendaría que recabases pruebas sobre el estado actual del vehículo, es decir, que te dejen reflejado por escrito que han intentado reparar el vehículo y que les resulta imposible.

En segundo lugar, te recomendaría llevar el vehículo a otro taller y que certificasen que el vehículo no es reparable. En el caso de ser reparable, te deberán de emitir un presupuesto para reclamarle el compromiso de pago a AXA.

En el supuesto de no ser reparable debes solicitar que te indemnicen el valor del vehículo.

Finalmente, si no consigues la reparación o indemnización de forma amistosa, deberás de iniciar un procedimiento judicial contra la aseguradora del vehículo responsable del siniestro.


Espero haberte ayudado. Un saludo.
dolby
ForoCoches: Miembro
#635
Cita de G.Accidentes
Buenos días Shur,


En primer lugar te recomendaría que recabases pruebas sobre el estado actual del vehículo, es decir, que te dejen reflejado por escrito que han intentado reparar el vehículo y que les resulta imposible.

En segundo lugar, te recomendaría llevar el vehículo a otro taller y que certificasen que el vehículo no es reparable. En el caso de ser reparable, te deberán de emitir un presupuesto para reclamarle el compromiso de pago a AXA.

En el supuesto de no ser reparable debes solicitar que te indemnicen el valor del vehículo.

Finalmente, si no consigues la reparación o indemnización de forma amistosa, deberás de iniciar un procedimiento judicial contra la aseguradora del vehículo responsable del siniestro.


Espero haberte ayudado. Un saludo.

Gracias Shur ! El lunes me pongo con ello .
Alejoyita
ForoCoches: Miembro
#636
Buenos días, ¿cómo proceder si te han abollado la defensa trasera del coche y no han dejado nada? Una vecina del edificio de enfrente está como testigo que vio como esa furgoneta pertenecía a una empresa de transportes. Denuncio, voy a la policía local...?
titoleto
ForoCoches: Miembro
#637
Tras mi accidente de moto hace unos meses, en el que además mi moto quedó en siniestro y siendo el único que he tenido, la verdad que estaba muy perdido. No quise contratar a nadie pero al final, me he dado cuenta que tu aseguradora es la primera que te va a intentar joder, si, así como lo lees, yo no me lo creía pero así es, tanto en lo que me querían dar por la moto, como en la ropa que llevaba en el accidente, el casco,... luego está la otra parte, ahí también te la van a querer jugar como he podido comprobar. Al final, tras tener una discusión grande con mi compañía MAPFRE, pues decidí olvidarme de problemas y contratar a un profesional y no puedo hablar mejor de @G.Accidentes en cuanto le conté lo ocurrido, me ha aconsejado desde el primer momento hasta el final y me he quitado de dolores de cabeza, es más, había firmado recientemente un finiquito por un importe y al final, ha conseguido más dinero tras haber estado hablando con la parte contraria.

Lo dicho, si estáis perdido como estuve yo, no lo dudéis y contactad con algún profesional DESDE EL PRIMER MOMENTO DEL ACCIDENTE, si no sabéis a quien contactar, que sepáis que aquí tenemos un buen profesional.
G.Accidentes
WWW.GESTIONACCIDENTES.COM
#638
Cita de Alejoyita
Buenos días, ¿cómo proceder si te han abollado la defensa trasera del coche y no han dejado nada? Una vecina del edificio de enfrente está como testigo que vio como esa furgoneta pertenecía a una empresa de transportes. Denuncio, voy a la policía local...?
Buenos días Shur,

Necesitarás identificar la matrícula del vehículo responsable. En el supuesto de no poder identificarlo archivarán cualquier tipo de denuncia por no falta de identificación.

Igualmente, al tratarse únicamente de daños materiales no procede la indemnización por parte del Consorcio de Compensación de Seguros.


Un saludo.
G.Accidentes
WWW.GESTIONACCIDENTES.COM
#639
Cita de titoleto
Tras mi accidente de moto hace unos meses, en el que además mi moto quedó en siniestro y siendo el único que he tenido, la verdad que estaba muy perdido. No quise contratar a nadie pero al final, me he dado cuenta que tu aseguradora es la primera que te va a intentar joder, si, así como lo lees, yo no me lo creía pero así es, tanto en lo que me querían dar por la moto, como en la ropa que llevaba en el accidente, el casco,... luego está la otra parte, ahí también te la van a querer jugar como he podido comprobar. Al final, tras tener una discusión grande con mi compañía MAPFRE, pues decidí olvidarme de problemas y contratar a un profesional y no puedo hablar mejor de @G.Accidentes en cuanto le conté lo ocurrido, me ha aconsejado desde el primer momento hasta el final y me he quitado de dolores de cabeza, es más, había firmado recientemente un finiquito por un importe y al final, ha conseguido más dinero tras haber estado hablando con la parte contraria.

Lo dicho, si estáis perdido como estuve yo, no lo dudéis y contactad con algún profesional DESDE EL PRIMER MOMENTO DEL ACCIDENTE, si no sabéis a quien contactar, que sepáis que aquí tenemos un buen profesional.
Es un placer trabajar con clientes así. Gracias por el comentario!
tecsa
ForoCoches: Miembro
#640
Una pregunta, los días básicos se computan solo los días en que se recibe rehabilitación o es el periodo comprendido entre el alta laboral y el final del tratamiento?
G.Accidentes
WWW.GESTIONACCIDENTES.COM
#641
Cita de tecsa
Una pregunta, los días básicos se computan solo los días en que se recibe rehabilitación o es el periodo comprendido entre el alta laboral y el final del tratamiento?
Buenas tardes Shur,

Habría que valorar la documentación médica y el proceso realizado para darte una respuesta certera. No obstante, a efectos de cálculo, el cálculo debería contemplarse de fecha a fecha, es decir, desde el alta laboral hasta el alta por el traumatólogo que sigue el proceso de rehabilitación.

A efectos prácticos y, por si resuelve tu duda, semanalmente deben computarse los 7 días con independencia de que haya realizado 4-5 sesiones de rehabilitación.


Un saludo.
tecsa
ForoCoches: Miembro
#642
Cita de G.Accidentes
Buenas tardes Shur,

Habría que valorar la documentación médica y el proceso realizado para darte una respuesta certera. No obstante, a efectos de cálculo, el cálculo debería contemplarse de fecha a fecha, es decir, desde el alta laboral hasta el alta por el traumatólogo que sigue el proceso de rehabilitación.

A efectos prácticos y, por si resuelve tu duda, semanalmente deben computarse los 7 días con independencia de que haya realizado 4-5 sesiones de rehabilitación.


Un saludo.
Muchas gracias por todo tu trabajo
-Esku-
Mitico
#643
Recomendando sus servicios. Tuve un accidente hace unos meses y ellos se encargaron de todo. Me explicaron el proceso de forma sencilla y siempre estuvieron atentos a las dudas,todo genial.
meroll
ForoCoches: Miembro
#644
Muy interesante
G.Accidentes
WWW.GESTIONACCIDENTES.COM
#645
Cita de -Esku-
Recomendando sus servicios. Tuve un accidente hace unos meses y ellos se encargaron de todo. Me explicaron el proceso de forma sencilla y siempre estuvieron atentos a las dudas,todo genial.


Lidi0
ForoCoches: Miembro
#646
Cita de G.Accidentes
Buenas shur. Tuvimos un accidente hace un año. Por recomendaciones de un familiar cogimos un abogado especialista y la cosa no está funcionando.


Somos afectados, hemos cobrado la parte de nuestra aseguradora por el valor del coche, pero queda por reclamar los daños personales, parte del valor de mercado del coche, etc.


Se supone que la abogada reclamo a mapfre en febrero, le hicieron oferta en junio, y no hemos vuelto a tener noticias. No consigo que la abogada me diga ni haga nada para desbloquear la situación, ya que solo nos ofrecieron el valor por perjuicio básico, cuando estuvimos para estar de baja, pero la abogada nos dijo que daba igual...


Es normal que se esté dilatando tanto la respuesta de mapfre a la supuesta negativa de aceptar la primera oferta? Podríamos cambiar a estas alturas de abogado para agilizar el trámite? (Obviamente sin pagarle un duro a esta, porque no ha sido capaz ni de mandarme copia de lo reclamado)


Espero haberme explicado y que me puedas echar un cable.
G.Accidentes
WWW.GESTIONACCIDENTES.COM
#647
Cita de Lidi0
Buenas shur. Tuvimos un accidente hace un año. Por recomendaciones de un familiar cogimos un abogado especialista y la cosa no está funcionando.


Somos afectados, hemos cobrado la parte de nuestra aseguradora por el valor del coche, pero queda por reclamar los daños personales, parte del valor de mercado del coche, etc.


Se supone que la abogada reclamo a mapfre en febrero, le hicieron oferta en junio, y no hemos vuelto a tener noticias. No consigo que la abogada me diga ni haga nada para desbloquear la situación, ya que solo nos ofrecieron el valor por perjuicio básico, cuando estuvimos para estar de baja, pero la abogada nos dijo que daba igual...


Es normal que se esté dilatando tanto la respuesta de mapfre a la supuesta negativa de aceptar la primera oferta? Podríamos cambiar a estas alturas de abogado para agilizar el trámite? (Obviamente sin pagarle un duro a esta, porque no ha sido capaz ni de mandarme copia de lo reclamado)


Espero haberme explicado y que me puedas echar un cable.
Buenas tardes Shur,


Te comento;


En primer lugar, una vez realizada la oferta motivada, la aseguradora responsable no tiene obligación de responder a una segunda reclamación, es decir, no hay un plazo establecido. De no obtener respuesta en un plazo prudencial, únicamente os quedaría la vía judicial para reclamar la diferencia entre lo indemnizado y lo que consideráis justo.

Respecto a la vía judicial, debéis de tener en cuenta que la acción prescribe al año desde que recibisteis la primera oferta, por lo que debéis interponer la demanda antes de que finalice ese plazo. En caso de no interponer la demanda en ese plazo no tendréis derecho a reclamar por esta vía.

En segundo lugar, respecto al cambio de abogado podéis realizarlo cuantas veces consideréis oportuno. No obstante, deberéis de liquidar los honorarios del abogado anterior.

Además, deontológicamente, el nuevo abogado está obligado a realizar todas las gestiones oportunas para que los clientes hayan liquidado la factura del abogado anterior, por lo que os aconsejaría aclarar este aspecto con vuestra actual abogada antes de dar el paso de contratar a un nuevo compañero.


Si tenéis cualquier tipo de duda, podéis consultarme lo que necesitéis.

Un saludo.
Lidi0
ForoCoches: Miembro
#648
Cita de G.Accidentes
Buenas tardes Shur,


Te comento;


En primer lugar, una vez realizada la oferta motivada, la aseguradora responsable no tiene obligación de responder a una segunda reclamación, es decir, no hay un plazo establecido. De no obtener respuesta en un plazo prudencial, únicamente os quedaría la vía judicial para reclamar la diferencia entre lo indemnizado y lo que consideráis justo.

Respecto a la vía judicial, debéis de tener en cuenta que la acción prescribe al año desde que recibisteis la primera oferta, por lo que debéis interponer la demanda antes de que finalice ese plazo. En caso de no interponer la demanda en ese plazo no tendréis derecho a reclamar por esta vía.

En segundo lugar, respecto al cambio de abogado podéis realizarlo cuantas veces consideréis oportuno. No obstante, deberéis de liquidar los honorarios del abogado anterior.

Además, deontológicamente, el nuevo abogado está obligado a realizar todas las gestiones oportunas para que los clientes hayan liquidado la factura del abogado anterior, por lo que os aconsejaría aclarar este aspecto con vuestra actual abogada antes de dar el paso de contratar a un nuevo compañero.


Si tenéis cualquier tipo de duda, podéis consultarme lo que necesitéis.

Un saludo.


Genial, muchas gracias. Por lo que entiendo que mi abogada no tiene ganas de trabajar, ya que le he preguntado varias veces si podíamos demandar, pero me ha indicado que tenían un año para contestar.


Respecto a los honorarios, iba a recibir un 10% de lo conseguido en la reclamación, por parte de mi mutua que cubre abogado, por lo que entiendo que deberle, no le debo nada.


Un saludo.
sadomásico
ForoCoches: Miembro
#649
Despues de que el perito declarase mi coche siniestro (lo chocaron estando aparcado) recibí una segunda oferta (30% incluido) a mi parecer baja


Puedo reparar el coche yo mismo a la vez que inicio un proceso judicial para conseguir mejorar la oferta ?
G.Accidentes
WWW.GESTIONACCIDENTES.COM
#650
Cita de sadomásico
Despues de que el perito declarase mi coche siniestro (lo chocaron estando aparcado) recibí una segunda oferta (30% incluido) a mi parecer baja


Puedo reparar el coche yo mismo a la vez que inicio un proceso judicial para conseguir mejorar la oferta ?
Buenas tardes Shur,

No te aconsejaría la reparación por tus propios medios.

Dentro del procedimiento judicial la parte contraria podría solicitar la realización de un informe pericial, por lo que al no encontrarse en situación de siniestro total deberás de acreditar el coste de la reparación y es; en este escenario, cuando no podrás acreditar el pago de facturas, por lo que seguramente perderías el procedimiento.


Espero haberte ayudado. Un saludo.
W i t y
Forocochero
#651
Hola , estoy en el proceso de llegar a un acuerdo por la indemnización del seguro contrario, me han enviado una oferta con todo por escrito, no obstante voy a ir a un perito médico para ver si podemos alegar algo más o no… desde que mi abogada le mandé el informe del perito médico , qué plazo tendría el seguro contrario para responder ? Muchas gracias por tu colaboración en este foro .
G.Accidentes
WWW.GESTIONACCIDENTES.COM
#652
Cita de W i t y
Hola , estoy en el proceso de llegar a un acuerdo por la indemnización del seguro contrario, me han enviado una oferta con todo por escrito, no obstante voy a ir a un perito médico para ver si podemos alegar algo más o no… desde que mi abogada le mandé el informe del perito médico , qué plazo tendría el seguro contrario para responder ? Muchas gracias por tu colaboración en este foro .


Buenos días Shur,


La Ley de responsabilidad civil únicamente regula la obligación de responder a la primera reclamación en el plazo de 3 meses, por lo que una vez notificada esta primera Respuesta Motivada, la aseguradora contraria no tiene obligación de responder a una nueva reclamación.

Con independencia de que no exista obligación, lo habitual es que respondan para intentar llegar a un acuerdo. Para la negociación no hay un plazo establecido, únicamente el de prescripción que os afecta a vosotros como parte reclamante.

Un saludo.
W i t y
Forocochero
#653
Pues mi abogada me ha dicho hoy que un mes …
G.Accidentes
WWW.GESTIONACCIDENTES.COM
#654
Cita de W i t y
Pues mi abogada me ha dicho hoy que un mes …
Buenas tardes Shur,

Supongo que el tramitador de la aseguradora contraria se habrá comprometido a negociar la oferta en ese plazo. No obstante, no existe para la aseguradora la obligación de negociar ni de realizar una nueva oferta.

Dicho lo anterior, espero que acepten el incremento de la oferta que solicitáis.

Un saludo!.
Quique
Ancha es Castilla
#655
RESEÑA DEL ASESORAMIENTO JURÍDICO



Buenas! pongo aquí mi experiencia con Juan Francisco @G.Accidentes ;


Estuve peleando con la aseguradora tras varios escritos (el abogado de mi compañía pasaba literalmente de mi, no tuve ni llamadas por su parte...) por lo que tuve que moverlo con escritos hasta el punto que ya precisaba de asesoramiento legal externo porque la contraria no contestaba emails, dí con este hilo buscando información al respecto y hable con Juan Francisco

Desde el primer momento me transmitió confianza y dejé todo el asunto en manos de él, aparte como digo, lo cogió ya iniciado, cosa que no le importó y siguió la reclamación con la compañía.

Ha llevado el asunto con total profesionalidad, informándome cada paso que realizaba, asesorándome de los tramites a realizar hacer hasta tal punto que he recibido ABSOLUTAMENTE TODO lo que inicialmente solicitaba, todas las partidas de gasto han sido sufragadas (transportes, fisioterapia..), daños, secuelas, días impeditivos,...

No puedo hacer nada mas que RECOMENDAR TOTALMENTE el asesoramiento jurídico de Juan Francisco.

Espero no tener que hacer uso nuevamente de él como se suele decir en estos casos pero si me volviese a pasar, sin duda, lo pongo el caso en sus manos.


Si has entrado porque has tenido un accidente, acógete a tu derecho a ASISTENCIA JURÍDICA EXTERNA que contiene tu póliza y elige un abogado de tu elección.
G.Accidentes
WWW.GESTIONACCIDENTES.COM
#656
Muchísimas gracias por el comentario Shur. Nos anima a seguir trabajando.
MEBAJOALBAR
Todos se inventan; y yo
#657
Hola, shur!

Enhorabuena por tu hilo, se nota que tienes buen knowhow!

Yo también estoy en un despacho de tráficos, me gustaría saber tu opinión en estos temas:

-La cláusula de defensa jurídica que excluye el reembolso de los honorarios de abogado de libre designación en la vía amistosa/extrajudicial (agarrándose a la literalidad de la LCS respecto a que la libre designación solo debe garantizarse en caso de conflicto de intereses y en los procedimientos judiciales).

-Las minutas que les remitís para que abonen los honorarios a los clientes, os exigen remitir el "trabajo efectivamente realizado"? A nosotros últimamente nos está costando muuuucho que nuestros clientes recuperen lo que nos pagan. Hemos tenido que poner un par de verbales, pero hasta ahora únicamente intentaban racanear cuantía, como te digo arriba, últimamente las pólizas excluyen expresamente el reembolso de honorarios en vía extrajudicial.

-Concurrencia de seguros, la responsabilidad la consideras mancomunada o solidaria? Dirigís la reclamación a ambas aseguradoras para que paguen el 50% cada una? Ayer me hizo gracia que Mapfre dice que es causa de oponibilidad frente al tercero perjudicado (nuestro cliente) que aunque el FIVA diga que el vehículo lo aseguraban ellos y MM, como su asegurado había vendido el coche en la fecha del accidente, que a otra ventanilla

-El tema de los atestado de la policía local (el Proyecto de reforma de la Ley en principio los convierte en gratuitos), sin entrar en el precio (donde vivo algún ayuntamiento cobra 200 euros), no sé si os pasa pero nos tardan MESES.

-Los famosos informes biomecánicos de falta de nexo para los latigazos y demás. Tenéis vuestro médico especialista en daño corporal, pedís contrapericial biomecánica? Sé que están bastante denostados en la jurisprudencia y que no se les da mucho valor, pero aún así tengo curiosidad por tu postura.

Un abrazo!
G.Accidentes
WWW.GESTIONACCIDENTES.COM
#658
Cita de MEBAJOALBAR
Hola, shur!

Enhorabuena por tu hilo, se nota que tienes buen knowhow!

Yo también estoy en un despacho de tráficos, me gustaría saber tu opinión en estos temas:

-La cláusula de defensa jurídica que excluye el reembolso de los honorarios de abogado de libre designación en la vía amistosa/extrajudicial (agarrándose a la literalidad de la LCS respecto a que la libre designación solo debe garantizarse en caso de conflicto de intereses y en los procedimientos judiciales).

-Las minutas que les remitís para que abonen los honorarios a los clientes, os exigen remitir el "trabajo efectivamente realizado"? A nosotros últimamente nos está costando muuuucho que nuestros clientes recuperen lo que nos pagan. Hemos tenido que poner un par de verbales, pero hasta ahora únicamente intentaban racanear cuantía, como te digo arriba, últimamente las pólizas excluyen expresamente el reembolso de honorarios en vía extrajudicial.

-Concurrencia de seguros, la responsabilidad la consideras mancomunada o solidaria? Dirigís la reclamación a ambas aseguradoras para que paguen el 50% cada una? Ayer me hizo gracia que Mapfre dice que es causa de oponibilidad frente al tercero perjudicado (nuestro cliente) que aunque el FIVA diga que el vehículo lo aseguraban ellos y MM, como su asegurado había vendido el coche en la fecha del accidente, que a otra ventanilla

-El tema de los atestado de la policía local (el Proyecto de reforma de la Ley en principio los convierte en gratuitos), sin entrar en el precio (donde vivo algún ayuntamiento cobra 200 euros), no sé si os pasa pero nos tardan MESES.

-Los famosos informes biomecánicos de falta de nexo para los latigazos y demás. Tenéis vuestro médico especialista en daño corporal, pedís contrapericial biomecánica? Sé que están bastante denostados en la jurisprudencia y que no se les da mucho valor, pero aún así tengo curiosidad por tu postura.

Un abrazo!
Buenos días compañero,


Ante todo, gracias por comentar. Intentaré ser lo más ilustrativo posible en las dudas que me planteas:

1) Respecto a la cobertura de defensa jurídica: La doctrina jurisprudencial tiene analizado este tipo de interpretaciones y es unánime en el sentido de quitarle la razón a la aseguradora. La interpretación que realizan aseguradoras como L'Équité o Admiral son contrarias a derecho y tienen la obligación de reembolsar los honorarios.

No obstante; en la práctica, el hecho que de no abonen esta cobertura de forma voluntaria supone un perjuicio para el asegurado que normalmente desiste de iniciar un procedimiento judicial contra la aseguradora.


2) Respecto a la justificación de los trabajos:
Es preceptivo, la minuta debe ir acompañada de los documentos que acrediten vuestra intervención.

En nuestro despacho solemos encargarnos de reclamar por nuestra cuenta la cobertura de defensa jurídica a los efectos de agilizar el pago y evitar el trámite al cliente.


3) Respecto a la concurrencia de seguros:
En atención a lo regulado en el artículo 32 LCS y por garantizar los derechos del perjudicado, me inclino por el carácter mancomunado. Cada aseguradora deberá contribuir a la indemnización en la proporción de la suma asegurada.

Es un caso muy habitual que un vehículo presente un doble aseguramiento tras una transmisión.


4) Respecto a los atestados dictados por Policía Local: Considero que algunos municipios abusan ostensiblemente de la tasa para la emisión del atestado o informe policial. Con la premisa de que la aseguradora abonará el precio que estipulan causan un grave perjuicio al ciudadano que para comenzar a reclamar tendría que pagar la tasa.

En nuestro despacho nos inclinamos por ser pacientes y esperar a que la propia aseguradora solicite el Atestado para evitar así el coste al cliente. En el caso de que la aseguradora no lo obtuviese o no lo facilitase nos encargamos de solicitarlo nosotros.


5) Respecto al informe biomecánico: Trabajamos con peritos médicos y biomecánicos en todo el ámbito nacional. Como bien comentas, es una práctica abusiva cada vez más recurrente por parte de la aseguradora.

Cuando os aleguen este tipo de informe os recomendaría contratar un informe de critica al biomecánico. (Tienen la misma utilidad en vía judicial y un coste inferior). Igualmente, con independencia de la validez que le otorgue la jurisprudencia, no os recomendaría interponer demanda sin aportar una contrapericial o informe de crítica.


Espero haberte ayudado.


Un saludo.
MEBAJOALBAR
Todos se inventan; y yo
#659
Cita de G.Accidentes
Buenos días compañero,


Ante todo, gracias por comentar. Intentaré ser lo más ilustrativo posible en las dudas que me planteas:

1) Respecto a la cobertura de defensa jurídica: La doctrina jurisprudencial tiene analizado este tipo de interpretaciones y es unánime en el sentido de quitarle la razón a la aseguradora. La interpretación que realizan aseguradoras como L'Équité o Admiral son contrarias a derecho y tienen la obligación de reembolsar los honorarios.

No obstante; en la práctica, el hecho que de no abonen esta cobertura de forma voluntaria supone un perjuicio para el asegurado que normalmente desiste de iniciar un procedimiento judicial contra la aseguradora.


2) Respecto a la justificación de los trabajos:
Es preceptivo, la minuta debe ir acompañada de los documentos que acrediten vuestra intervención.

En nuestro despacho solemos encargarnos de reclamar por nuestra cuenta la cobertura de defensa jurídica a los efectos de agilizar el pago y evitar el trámite al cliente.


3) Respecto a la concurrencia de seguros:
En atención a lo regulado en el artículo 32 LCS y por garantizar los derechos del perjudicado, me inclino por el carácter mancomunado. Cada aseguradora deberá contribuir a la indemnización en la proporción de la suma asegurada.

Es un caso muy habitual que un vehículo presente un doble aseguramiento tras una transmisión.


4) Respecto a los atestados dictados por Policía Local: Considero que algunos municipios abusan ostensiblemente de la tasa para la emisión del atestado o informe policial. Con la premisa de que la aseguradora abonará el precio que estipulan causan un grave perjuicio al ciudadano que para comenzar a reclamar tendría que pagar la tasa.

En nuestro despacho nos inclinamos por ser pacientes y esperar a que la propia aseguradora solicite el Atestado para evitar así el coste al cliente. En el caso de que la aseguradora no lo obtuviese o no lo facilitase nos encargamos de solicitarlo nosotros.


5) Respecto al informe biomecánico: Trabajamos con peritos médicos y biomecánicos en todo el ámbito nacional. Como bien comentas, es una práctica abusiva cada vez más recurrente por parte de la aseguradora.

Cuando os aleguen este tipo de informe os recomendaría contratar un informe de critica al biomecánico. (Tienen la misma utilidad en vía judicial y un coste inferior). Igualmente, con independencia de la validez que le otorgue la jurisprudencia, no os recomendaría interponer demanda sin aportar una contrapericial o informe de crítica.


Espero haberte ayudado.


Un saludo.
Muchísimas gracias por tu elaborada respuesta. Animo a todos los shurs a que no tengan pereza y hablen contigo si han tenido un accidente de tráfico, se nota que sabes lo que haces y eso redunda en que las aseguradoras no te timen!
snowpi
🅿🅰🅻🅴🆂🆃 🅽🅴
#660
Hola, tengo una duda...

Hace unos días, me siniestraron el coche estando estacionado, el culpable fue pillado por le policía y hay testigos.


Me lo dan siniestro total.


El coche es un honda accord 2009 automatico con 150mil km


El coche en el mercado tiene un valor aproximado de 10000 euros. ( Si lo quisiera comprar yo hoy)


El venal son 2000 euros.


El coche esta tocado de chasis y no quiero reparar, quiero uno igual o dinero que me permita comprarme uno igual.




Es correcto lo que pido o me daran mucho menos?
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