Opción adquisición subasta judicial
26-sep-2023 06:58
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Intente acceder a ese mundo un par de veces, y es un mundo bastante opaco. Hablé con un economista conocido de la familia que le toca concursos de acreedores e ir al juzgado de continuo y me dijo que me olvidará, que era un mercado bastante cerrado. Hice varias ofertas por un par de inmuebles pero no salieron. Si hay posibilidad de acceso al grupo, se agradecería MP. |
26-sep-2023 08:58
#94
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Tengo un amigo que se dedica a eso, es más, ha comprado su vivienda en subastas BOE. Si alguien está interesado en asesoramiento os podría poner en contacto |
26-sep-2023 13:39
#95
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Intente acceder a ese mundo un par de veces, y es un mundo bastante opaco.
Hablé con un economista conocido de la familia que le toca concursos de acreedores e ir al juzgado de continuo y me dijo que me olvidará, que era un mercado bastante cerrado. Hice varias ofertas por un par de inmuebles pero no salieron. Si hay posibilidad de acceso al grupo, se agradecería MP. Antiguamente, entre banqueros, inmobiliarias e inversores, cuando eran a mano alzada, se ponían de acuerdo en precios y repartían los inmuebles, hablo de subastas en pequeñas ciudades/pueblos. |
14-oct-2023 11:02
#105
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Edit: veo que es reflote, pero dejo la info por si a alguien le sirve. He hecho un par de operaciones de subasta de inmuebles, si alguien tiene dudas que me mande mp. El resto de deudas con la SS ojo, porque si son anteriores a la fecha de la hipoteca por la que se ejecuta el embargo te las comer con patatas. Recuerda que solo tienes 30 días para pagar lo restante desde la señal a la puja Máxima y ganadora, con lo que a priori no podrás pedir financiación. Saludos |
14-oct-2023 11:12
#107
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Una cuestión al hilo de todo esto: los bancos suelen asumir derramas, cuotas de la comunidad de propietarios o demás gastos corrientes de obligado cumplimiento como "propietarios" del inmueble? Lo pregunto porque en mi vivienda (10 vecinos) había el caso de un piso perteneciente a una sociedad que debió entrar en deudas y el banco que lo tenía hipotecado se lo quedó y lo sacó a subasta. Según se cuenta en la comunidad (ya sabéis, radio patio) el comprador (el que ganó la puja en subasta vaya) tuvo que asumir las derramas y cuotas que el banco no había pagado en todo el tiempo que pasó desde que echaron a los inquilinos y se subastó el piso. Otros vecinos dicen sin embargo, que el banco sí pagó todo, pero sólo una vez el piso fue subastado y pagado. ¿Alguien puede aclarar qué hay de cierto en estos procederes? |
14-oct-2023 13:05
#111
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Hola buenas,Desconozco sobre si sabes del tema...
El piso es en mi mismo edificio, así que soy consciente de la situación de la comunidad y he podido averiguar lo que debe de Ibi (y me encaja). No es vivienda habitual, ni por padrón ni porque viva nadie ahí... Más me preocupa el tema de que se alargue... qué razones puede haber para que se alargue (si no tiene a nadie viviendo)? Espero que no me salga rana... PD: MP enviados Perdona que haya tardado tanto en responder. Hablo en base a lo que he vivido en mi caso, por lo que todo cógelo con pinzas. Si no hay nadie viviendo no veo motivos para que se alargue. Cuando hay gente dentro, servicio común pone fecha de lanzamiento (= desahucio, pero está mal visto llamarlo así) y son ellos, mas policía si fuese necesario, los que echan al inquilino. En tu caso debería ser igual: una vez adjudicado, servicio común pone fecha y vas con tu cerrajero, tu procurador y el funcionario a la vivienda y entráis.Te pueden llegar a decir que con el decreto de adjudicación ya puedes entrar, yo nunca haría eso y no te recomiendo que hagas caso. La diferencia entre que esté habitada y no es que no va a haber nadie desde dentro intentando alargar el proceso en el juzgado paralizando el lanzamiento. |
23-oct-2023 00:12
#112
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Perdona que haya tardado tanto en responder.
Hablo en base a lo que he vivido en mi caso, por lo que todo cógelo con pinzas. Si no hay nadie viviendo no veo motivos para que se alargue. Cuando hay gente dentro, servicio común pone fecha de lanzamiento (= desahucio, pero está mal visto llamarlo así) y son ellos, mas policía si fuese necesario, los que echan al inquilino. En tu caso debería ser igual: una vez adjudicado, servicio común pone fecha y vas con tu cerrajero, tu procurador y el funcionario a la vivienda y entráis.Te pueden llegar a decir que con el decreto de adjudicación ya puedes entrar, yo nunca haría eso y no te recomiendo que hagas caso. La diferencia entre que esté habitada y no es que no va a haber nadie desde dentro intentando alargar el proceso en el juzgado paralizando el lanzamiento. Un saludo |
23-oct-2023 08:47
#114
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Edit: veo que es reflote, pero dejo la info por si a alguien le sirve.
He hecho un par de operaciones de subasta de inmuebles, si alguien tiene dudas que me mande mp. El resto de deudas con la SS ojo, porque si son anteriores a la fecha de la hipoteca por la que se ejecuta el embargo te las comer con patatas. Recuerda que solo tienes 30 días para pagar lo restante desde la señal a la puja Máxima y ganadora, con lo que a priori no podrás pedir financiación. Saludos |
23-oct-2023 10:30
#115
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Al firmar en notaría, el notario hará alusión a que, segun le consta, y como anexo a la escritura, figura una nota simple que declara que el inmueble esta libre de cargas. En caso contrario el notario te lo dirá claramente. Esta usted firmando un piso del que desconoce, segun la documentación aportada, las cargas. Si lo firmas es tu problema. Ojo porque puede haber cargas que no dependen del banco. Si tiene 60000 de hipoteca y 15000 de agencia tributaria, quién es el banco para condonarte una deuda con el fisco? No concibo comprar un piso sin pedir una nota simple registral. Es absurdo Saludos |
23-oct-2023 13:36
#116
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Es tu obligación pedir una nota simple que refleje las cargas. Cuesta 25€ y te la dan sobre la marcha en el registro de esa zona.
Al firmar en notaría, el notario hará alusión a que, segun le consta, y como anexo a la escritura, figura una nota simple que declara que el inmueble esta libre de cargas. En caso contrario el notario te lo dirá claramente. Esta usted firmando un piso del que desconoce, segun la documentación aportada, las cargas. Si lo firmas es tu problema. Ojo porque puede haber cargas que no dependen del banco. Si tiene 60000 de hipoteca y 15000 de agencia tributaria, quién es el banco para condonarte una deuda con el fisco? No concibo comprar un piso sin pedir una nota simple registral. Es absurdo Saludos |
23-oct-2023 16:45
#117
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Puede ocurrir que haya un pufo de hace 18 meses sin pagar y no figure? Puede ocurrir si. En la escritura declara que vende sin ningún gravamen sobre la finca. Entiendo que eso te exime de este tipo de deudas, pero mejor pregunta a algun shur con más experiencia jurídica. |
23-oct-2023 17:37
#118
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Se supone que si esas deudas del ayuntamiento no se abonan, acaban en embargo, y si saldrían en la nota simple.
Puede ocurrir que haya un pufo de hace 18 meses sin pagar y no figure? Puede ocurrir si. En la escritura declara que vende sin ningún gravamen sobre la finca. Entiendo que eso te exime de este tipo de deudas, pero mejor pregunta a algun shur con más experiencia jurídica. |
23-oct-2023 19:02
#119
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Hola, hace unos días mirando el BOE me encuentro un inmueble que me encaja bastante por situación y precio.
La pregunta es... dado que la deuda de la hipoteca es superior al valor del inmueble (aprox. 120.000 de deuda y 100.000 de valor) entiendo que si pujo (por el 70%= 70.000 aprox, no voy a pujar más que por el mínimo, si gana otro enhorabuena) yo no me tendría que hacer cargo más allá que de ibi/comunidad.... El certificado de cargas que está publicado (pediría otro antes de pujar, pues el que tienen colgado es de 2020) pone que está libre de cargas, solo tiene la hipoteca que se ejecuta y deudas con la Seg. Social...) Entiendo que de eso no me tendría que hacer cargo yo... ¿no? Consultaré a un profesional, pero a ver si alguno de vosotros tiene experiencia/conocimientos. Gracias por vuestra ayuda Me podrías enviar el enlace al grupo? gracias |
23-oct-2023 19:04
#120
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Es tu obligación pedir una nota simple que refleje las cargas. Cuesta 25€ y te la dan sobre la marcha en el registro de esa zona.
Al firmar en notaría, el notario hará alusión a que, segun le consta, y como anexo a la escritura, figura una nota simple que declara que el inmueble esta libre de cargas. En caso contrario el notario te lo dirá claramente. Esta usted firmando un piso del que desconoce, segun la documentación aportada, las cargas. Si lo firmas es tu problema. Ojo porque puede haber cargas que no dependen del banco. Si tiene 60000 de hipoteca y 15000 de agencia tributaria, quién es el banco para condonarte una deuda con el fisco? No concibo comprar un piso sin pedir una nota simple registral. Es absurdo Saludos "No concibo comprar un piso sin pedir una nota simple registral. Es absurdo" Totalmente de acuerdo. Solamente un detalle: la nota simple cuesta 3€ presencialmente y 11 online, no 25. Se supone que si esas deudas del ayuntamiento no se abonan, acaban en embargo, y si saldrían en la nota simple.
Puede ocurrir que haya un pufo de hace 18 meses sin pagar y no figure? Puede ocurrir si. En la escritura declara que vende sin ningún gravamen sobre la finca. Entiendo que eso te exime de este tipo de deudas, pero mejor pregunta a algun shur con más experiencia jurídica. Si el ayuntamiento las inscribe en el Registro sí, pero no todos los ayuntamientos son tan eficientes (sobre todo en pueblos pequeños). Un saludo |