Préstamo entre particulares. ¿Alguno lo ha hecho?

20ytrinca
ForoCoches: Usuario
#31
Cita de Evolaco
Y qué deuda tienes con Hacienda si dejas de pagar a los 5 años? Que yo sepa con Hacienda no tienes ninguna deuda, la tienes con un particular, que si no te la reclama hacienda no va a decir nada pasado los 5 años porque ese contrato está fuera de su plazo de reclamación.
Esto habría que mirarlo con un abogado y que lo confirme, también qué pasa con esa deuda si muere el prestamista, siendo el padre por ejemplo y el que se supone que tiene que pagar es el heredero.

Pues muy fácil, te lo voy a poner con ejemplo para q se vea meridianamente fácil:


Préstamo particular de 12000 a devolver en 10 años --> 12000/12 = 1200 = 100€ al año



Si pagaras los 5 primeros sólo, sería: 1200 x 5 = 6000€


Con lo cual faltarían por pagar 6000€ (año 6,7,8,9,10)


Si hacienda por un casual te pide en el año 12 que justifiques dicha devolucion de 12.000, a Hacienda le tienes que justificar máx los 5 anteriores desde que te lo notificaron (año 8,9,10,11,12)


Como dejaste de pagar a partir del 6 año y no puedes justificarlo mediante recibo bancario, Hacienda casi fijo te multará.


Incluso hacienda te puede meter que has hecho un Donación, el cual conlleva pago de impuestos.


Asique por lo que yo sé, Hacienda si que te puede reclamar, o por que te crees que se hace el modelo 600?? uno para comunicarlo a Hacienda y dos para no tener que pagar impuestos, pero el montante sí se supone que hay que devolverlo.







Se supone que tienes que comunicar a Hacienda el ingreso en tu cuenta bancaria de los 12.000€ pq sino Hacienda te va a preguntar de donde vienen esos 12.000, por eso se hace el modelo 600




Si se muere el prestamista, pasaría a sus herederos, si sólo fuera un hijo, con mas razón podría Hacienda preguntar por la devolución del préstamo. Date cuenta que herederos, no sólo suelen ser hijos, pueden ser hermanos, sobrinos...


Pero como tú dices, siempre es mejor preguntar a experto abogado
Evolaco
ForoCoches: Miembro
#32
Cita de 20ytrinca
Pues muy fácil, te lo voy a poner con ejemplo para q se vea meridianamente fácil:


Préstamo particular de 12000 a devolver en 10 años --> 12000/12 = 1200 = 100€ al año



Si pagaras los 5 primeros sólo, sería: 1200 x 5 = 6000€


Con lo cual faltarían por pagar 6000€ (año 6,7,8,9,10)


Si hacienda por un casual te pide en el año 12 que justifiques dicha devolucion de 12.000, a Hacienda le tienes que justificar máx los 5 anteriores desde que te lo notificaron (año 8,9,10,11,12)


Como dejaste de pagar a partir del 6 año y no puedes justificarlo mediante recibo bancario, Hacienda casi fijo te multará.


Incluso hacienda te puede meter que has hecho un Donación, el cual conlleva pago de impuestos.


Asique por lo que yo sé, Hacienda si que te puede reclamar, o por que te crees que se hace el modelo 600?? uno para comunicarlo a Hacienda y dos para no tener que pagar impuestos, pero el montante sí se supone que hay que devolverlo.







Se supone que tienes que comunicar a Hacienda el ingreso en tu cuenta bancaria de los 12.000€ pq sino Hacienda te va a preguntar de donde vienen esos 12.000, por eso se hace el modelo 600




Si se muere el prestamista, pasaría a sus herederos, si sólo fuera un hijo, con mas razón podría Hacienda preguntar por la devolución del préstamo. Date cuenta que herederos, no sólo suelen ser hijos, pueden ser hermanos, sobrinos...


Pero como tú dices, siempre es mejor preguntar a experto abogado
Lo que no estoy seguro es que hacienda vaya a preguntar nada pasado los 5 años, ese contrato y modelo 600 presentado está fuera de su plazo de poder reclamar algo. Si no reclama el que da el préstamo que no le han pagado ¿Por qué iba a hacerlo hacienda?
Es que la duda es si hacienda "mira" modelos presentados hace más de 5 años, porque si no lo mira ¿Cómo sabe que le has hecho un préstamo?
Es un poco complejo la verdad, a ver si sale un shur abogado 😅
Menuico
ForoCoches: Usuario
#33
Otra duda, si en vez de transferencia, se hace el ingreso en el cajero, ¿se queda también acreditada la devolución
CopycatTT
Pasaba por aquí...
#34
Cita de Ayuso28
Shur, no entiendo, al terminar la devolución que hicisteis?

Al final, hicimos otro contrato de devolución de préstamo. Se puso cuando y como se hicieron los pagos y se dejo constancia que había copia de esos pagos (por si las moscas).


Me acerqué a la oficina del registro de la propiedad (por lo menos donde yo resido se hace así) con el contrato firmado por mis padres y por mi, los resguardos de los pagos. Me dijeron que no hacía falta presentar nada, pero que lo guardara todo bien guardado por si acaso Hacienda venia con las "rebajas", que pudiera demostrar que se había realizado el pago al completo.


De esto hace más de 7 años y Hacienda no me ha dicho nada.
neitall
ForoCoches: Miembro
#35
Aprovecho este hilo más o menos reciente para preguntar a partir de qué cantidad es aconsejable hacer el contrato de préstamo entre particulares.
Un familiar muy cercano me ha pedido 8.000€ (me los va a devolver en poco tiempo) y me parece que está ya un poco en el límite de que pueda venir luego hacienda a tocar los cojones si lo hacemos sin decir nada.
gritandoa1nube
Gitano honorífico
#36
Sabeis si se puede realizar el contrato a pasado? Es decir, formalizarlo mediante el formulario 600 pese a que el préstamo se hizo 2 años antes
luidgi123
ForoCoches: Miembro
#37
Cita de gritandoa1nube
Sabeis si se puede realizar el contrato a pasado? Es decir, formalizarlo mediante el formulario 600 pese a que el préstamo se hizo 2 años antes
Hace un par de meses presente el 600 de un prestamo de 18000€ de casi un año antes y no he tenido ningun problema porque los intereses de demora sobre una autoliquidacion de 0€ són nulos y no reclaman nada. Lo de los 30 dias aquí en realidad no tiene repercusion.
$af€
ForoCoches: Miembro
#38
Cita de Menuico
Estás seguro de esto?? Si la devolución es por ejemplo a 20 años, con que pagues los 5 primeros años, ya luego no te va a poder pedir nada??



La verdad que lo dudo mucho porque es que entonces, todo el mundo se pasaría "grandes sumas" así, lo pones a 40 años, justificas la devolución de los 5 primeros años, y los siguientes 35 al bolsillo sin más...no sé, no creo que pueda ser como dices... A ver si alguien aporta luz.
Cita de 20ytrinca
Que quieres decir...en vez de poner el préstamo a 10/15 años, mejor ponerlo a 5 años a devolver ?? Es que estoy en esa tesitura de hacer un préstamo familiar, porque por lo que tengo entendido mucha gente lo hace, pero de devolver...jeje na de naaa.

También tengo entendido que en los contratos puedes poner, realizar pagos mayores a los acordados a modo de amortización.
El shur se basa en que si Hacienda te pilla sin hacer las devoluciones de las cuotas del préstamo, pasará a considerar el préstamo como una donación encubierta.


El caso es que las donaciones prescriben a los 4 periodos impositivos, por eso dice el shur que a los 5 años ya no te pueden reclamar nada, ya que en caso de que Hacienda lo considerase una donación, no podría cobrar nada por ello.


Tú haces una donación de 10K€ el 10 de Abril de 2023, en la declaración de junio del 2024 deberías haberla declarado, si no lo haces, Hacienda tiene hasta junio de 2028 para reclamarte la cantidad que le debes por esa donación.


Si haces un préstamo al 0%, lo pagas hasta el cuarto periodo impositivo, si Hacienda pasa a considerar el préstamo donación, no te podrían cobrar nada, porque ya habría prescrito.


Sinceramente, salvo casos muy sonantes, Hacienda no parece perder mucho el tiempo con esto, tienen mecanismos para sacar tajada de otros sitios con muy poco esfuerzo.
Valiance
ForoCoches: Miembro
#39
Y cuando se hace con intereses, imagino que luego obliga a tributar por esas ganancias en el mod100 no?
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