GUIA - EN CASO DE ACCIDENTE DE TRAFICO - Dudas Frecuentes - Indemnización (+)
11-ago-2022 15:29
#331
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Hola buenas tardes, un buen amigo circulaba con su moto hacia su casa hacia menos de una hora que había salido del trabajo, cuando otro coche le envistió tarándolo al suelo, tiene la espalda cuello dolorido pero después de una semana de baja y como le quedaba solo una semana de trabajo antes de coger las vacaciones pidió el alta, bien desde el golpe la compañía lo esta mareando con el tema de su moto, le dicen que siniestro total, la moto tiene 14 años es una suzuki bandit 650gsf s, la ultima oferta son 1700e y se puede quedar con la moto, tiene varias piezas rotas.
Es normal esa indemnización? se puede negar y que le reparen la moto? Gracias. Habrá que valorar las condiciones técnicas de la moto y su valor en el mercado de segunda mano. Como podrás leer en otras respuestas, la entidad aseguradora podrá indemnizar por el valor de la motocicleta incrementado en un 30-40% por valor de afección cuando la reparación supere ampliamente el valor real del vehículo declarado siniestro. Os aconsejaría negociar puesto que en la mayoría de casos no merece la pena acudir a la vía judicial (Tendría que adelantar el coste de perito, abogado y procurador). Un saludo. |
11-ago-2022 15:29
#332
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Todas las pólizas incluyen cobertura sanitaria, es decir, los costes sanitarios derivados del siniestro los abonará la aseguradora de vuestro propio vehículo sin coste para los lesionados. Además, debéis saber que los ocupantes, a excepción del conductor, tenéis derecho a ser indemnizados por las lesiones sufridas. Esta indemnización será abonada por la aseguradora sin repercusión para el conductor o tomador del seguro y se calculará como explico en el encabezamiento del hilo. Espero haberos ayudado! |
11-ago-2022 15:50
#333
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Buenas tardes Shur,
Todas las pólizas incluyen cobertura sanitaria, es decir, los costes sanitarios derivados del siniestro los abonará la aseguradora de vuestro propio vehículo sin coste para los lesionados. Además, debéis saber que los ocupantes, a excepción del conductor, tenéis derecho a ser indemnizados por las lesiones sufridas. Esta indemnización será abonada por la aseguradora sin repercusión para el conductor o tomador del seguro y se calculará como explico en el encabezamiento del hilo. Espero haberos ayudado! Me refiero a que, en este caso, iba sola, con seguro a todo riesgo, y tuvo un accidente. ¿Puede reclamar por lesiones? ¿Que debería de hacer? |
11-ago-2022 16:18
#334
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No podría reclamar indemnización por las lesiones por ser la responsable del siniestro. No obstante, tendrá derecho a recibir asistencia sanitaria. Podrá reclamar la reparación del vehículo siempre que no haya existido mala fe en la producción del siniestro. Un saludo. |
14-ago-2022 17:38
#335
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GUÍA PARA ACCIDENTES DE TRÁFICO Bienvenidos a todos los Shurs, Desde Gestionaccidentes queremos saludaros y presentar esta Guía para la reclamación de indemnización por lesiones y siniestros totales derivados de accidentes de tráfico. Somos un despacho profesional especializado en la reclamación de indemnizaciones por siniestros de tráfico. Llevamos un par de años resolviendo dudas por el foro y trabajando para los shurs que han contratado nuestros servicios. Para los que nos queráis echar un ojo podéis visitar nuestra página web: Con esta Guía pretendemos resolver las dudas más habituales para los Shurs que hayan sufrido un accidente de tráfico e iremos actualizándolo con los temas más recurrentes. Las principales temas que vamos a tratar son los siguientes: 1) Pasos a dar cuando has sufrido un accidente de tráfico. 2) Como calcular la indemnización que puede corresponderte. Reclamar indemnización. 3) Reparación del vehículo y Siniestro total del vehículo. 4) Accidente con vehículo fugado o desconocido. 5) Gastos médicos y honorarios profesionales. AL LÍO ![]() 1) Pasos a seguir cuando has sufrido un accidente de tráfico. Los accidentes nos suelen pillar por sorpresa y no siempre estamos preparados, sean graves o leves, debéis seguir los siguientes pasos: - Rellenar el parte amistoso con precisión. Es importante que comprobéis la matrícula, aseguradora, conducto, señalización de la vía y localización del siniestro. Si no disponéis de partes amistosos, cualquier folio con un buen dibujo, una descripción y firmado tiene la misma validez. - Fotografías de los vehículos implicados en la que aparezca la matrícula y los daños que presenten. - Apuntad el nombre y teléfono de posibles testigos del siniestro. 2) Como calcular la indemnización que puede corresponderte. Reclamar la indemnización. La indemnización se calcula en función del proceso de recuperación, los daños materiales, los gastos soportados y las pérdidas económicas sufridas. Como partida más importante, debemos conocer la indemnización que nos corresponde por día de perjuicio, resultando las siguientes indemnizaciones para el año 2.022: - Perjuicio Personal Básico: 32,91.-€ / Día. - Perjuicio Personal Particular Moderado: 57,04.-€ / Día. - Perjuicio Personal Particular Grave: 82,28.-€ / Día. - Perjuicio Personal Particular Muy Grave: 109,70.-€ / Día. A modo de ejemplo: Un siniestro con motocicleta en la que sufres lesiones lumbares con un proceso de recuperación de 60 días, has estado de baja laboral 15 días, resultó dañado el casco y tu salario ha sido rebajado en 300 euros. Pues te tendrán que indemnizar: - 60 días de recuperación = 15 días moderados (baja laboral) + 45 días básicos (resto de días) = 855,60.-€ + 1.480,95.-€ = 2.336,55.-€ - 2 puntos de secuelas estéticas: 1.700.-€ - Daños materiales: El casco = 150.-€ - Pérdida económica = 300.-€ - INDEMNIZACIÓN = 4.486,55.-€ La reclamación es un procedimiento relativamente sencillo, no requiere de procedimiento judicial, se realiza una vez tengáis el alta definitiva de rehabilitación y habrá que aportar toda la documentación médica de la que dispongáis. La aseguradora tiene un plazo máximo de 3 meses para realizar oferta por las lesiones, aunque en la mayoría de casos el plazo de respuesta no suele ser superior al mes. 3) Reparación del vehículo y Siniestro total del vehículo. Cuando sufrís un golpe o accidente de tráfico por culpa de un vehículo contrario os corresponde que la aseguradora culpable os repare vuestro vehículo, ahora bien, la mayoría de aseguradoras se encuentran en convenio, esto significa que será vuestra propia aseguradora la que proceda a reparar vuestro vehículo y posteriormente reclamará el importe de reparación a la aseguradora contraria. El conflicto surge cuando el coste de reparación del vehículo es superior al valor venal que considere la aseguradora. En este caso, debéis tener en cuenta que - La reparación o el valor de vuestro vehículo es siempre negociable. - deben de ofreceros el valor de afección (20-30%) del valor del vehículo. - Los extras del vehículo deben ser indemnizados. - El valor final debe considerar el valor real en el mercado de segunda mano. 4) Accidente con vehículo no asegurado, fugado o desconocido. Si os encontráis en la situación de veros involucrados en un accidente en el que el vehículo culpable no tiene seguro, huye del lugar del siniestro o no puede ser identificado, pueden ocurrir dos circunstancias: - Que la Guardia Civil o Policía competente identifique al vehículo infractor y elabore un atestado con las circunstancias del siniestro. - Que el vehículo culpable no sea identificado o no disponga de seguro. Esto suele ser lo más común si no hay testigos, pero no está todo perdido, cuando no es posible identificar al vehículo infractor el Consorcio de Compensación de Seguros se hará cargo de: a) Indemnizar los daños físicos que hayan sufrido los lesionados. b) Los daños materiales del vehículo solo serán indemnizados cuando en los lesionados se haya producido muerte, incapacidad permanente o incapacidad temporal que requiera de una estancia hospitalaria superior a 7 días. - En el caso de vehículo no asegurado, se hará cargo de indemnizar los daños físicos y materiales. 5) Gastos médicos y honorarios profesionales. Todos los gastos médicos y gastos justificados derivados del accidente deben ser cubiertos por la aseguradora del vehículo culpable, no obstante, os preocupará si tenéis que adelantar el coste de los servicios. En principio, si vuestra aseguradora está dentro de convenio (suelen estar la mayoría) y el centro médico también, el gasto estará cubierto y no os enteraréis del precio. Ahora bien, en el caso de que haya varios vehículos implicados, que la aseguradora no esté adherida a convenio, que acudáis a un centro no adherido u os realicéis pruebas médicas no autorizadas, tendréis que adelantar el pago de las facturas y tendréis que reclamarlas junto a la indemnización correspondiente. En esto es fundamental que os asesore vuestro agente, corredor o abogado para que después no tengáis la preocupación de tener que reclamar el gasto adelantado. Respecto a los honorarios del abogado designado para la reclamación, en la gran mayoría de pólizas se encuentra cubierta la defensa jurídica, esto significa que tenéis libertad para elegir el abogado que queráis y la aseguradora os abonará los gastos de vuestro abogado dentro de los límites de la póliza. En la generalidad de casos, la cobertura suele ser más que suficiente para cubrir los gastos jurídicos. Espero que os sea de ayuda y que planteéis las dudas que os vayan surgiendo. ![]() Buenas shurs Mis padres han tenido un siniestro total von el coche por suerte estan bien.Airbags disparados. Lo tenian a todo riesgo coche de 4 años. unos 20k les costo Estan a la espera q la policia envie informe y vaya un perito a mirar el vehiculo. Mi duda es si hay q llamar para q den de baja el seguro pues obviamente ahora no se have uso de el o hay q esperar a resolucion y se hace automaticamente. Se renovo la policia ahora en julio gracias |
16-ago-2022 09:30
#336
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Buenas shurs
Mis padres han tenido un siniestro total von el coche por suerte estan bien.Airbags disparados. Lo tenian a todo riesgo coche de 4 años. unos 20k les costo Estan a la espera q la policia envie informe y vaya un perito a mirar el vehiculo. Mi duda es si hay q llamar para q den de baja el seguro pues obviamente ahora no se have uso de el o hay q esperar a resolucion y se hace automaticamente. Se renovo la policia ahora en julio gracias Si habéis renovado la póliza en julio y ya habéis abonado la prima correspondiente, no os interesará dar de baja el seguro puesto que la aseguradora no devolverá el pago recibido. Os recomendaría alcanzar un acuerdo a través de vuestro corredor/agente para que os suspendan la póliza y poder aplicarla a un nuevo vehículo (No todas las aseguradoras lo hacen). Respecto a la indemnización por la declaración de siniestro habría que estudiar el caso concreto y las condiciones particulares contratadas en póliza, no obstante, con una cuantía próxima a los 20.000 euros os aconsejaría que os asesoraseis bien antes de aceptar la indemnización propuesta por vuestra aseguradora. Un saludo. |
16-ago-2022 09:41
#337
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Buenos días Shur,
Si habéis renovado la póliza en julio y ya habéis abonado la prima correspondiente, no os interesará dar de baja el seguro puesto que la aseguradora no devolverá el pago recibido. Os recomendaría alcanzar un acuerdo a través de vuestro corredor/agente para que os suspendan la póliza y poder aplicarla a un nuevo vehículo (No todas las aseguradoras lo hacen). Respecto a la indemnización por la declaración de siniestro habría que estudiar el caso concreto y las condiciones particulares contratadas en póliza, no obstante, con una cuantía próxima a los 20.000 euros os aconsejaría que os asesoraseis bien antes de aceptar la indemnización propuesta por vuestra aseguradora. Un saludo. Gracias por tu respuesta. Hay un par de cosas que no entiendo de tu respuesta: 1-Dices que no les devuelven la quota no usada del seguro? Porque razon? 2-Comentas que nos assesoremos bien antes de aceptar la indemnizacion? Tenia entendido que no hay negociacion en eso. Que si el seguro segun sus tablas valorativas considera q te paga x pues es lo que hay. Sin meterse en juicios vamos.. Y donde tendria q assesorarse? |
16-ago-2022 09:52
#338
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Buenas shur!
Gracias por tu respuesta. Hay un par de cosas que no entiendo de tu respuesta: 1-Dices que no les devuelven la quota no usada del seguro? Porque razon? 2-Comentas que nos assesoremos bien antes de aceptar la indemnizacion? Tenia entendido que no hay negociacion en eso. Que si el seguro segun sus tablas valorativas considera q te paga x pues es lo que hay. Sin meterse en juicios vamos.. Y donde tendria q assesorarse? Te contesto por apartado: 1) El pago de la prima es único, la doctrina jurisprudencial establece que salvo pacto en contrario el pago se devenga en una única ocasión por la cobertura contratada, sin posibilidad de devolución aunque desaparezca el riesgo (es vuestro caso). 2) Respecto a la indemnización es evidente que vuestro seguro no os ha informado correctamente. La indemnización variará en función del tipo de cobertura contratada y del porcentaje aplicable por afección. En todo caso vuestra aseguradora intentará indemnizaros en la menor cuantía posible. Un saludo. |
19-ago-2022 17:04
#339
| Cuento lo que me pasa mi compañía genesis la contraria y culpable del accidente Segur Caixa acepta culpabilidad y con lesionada el conductor de mi vehículo bueno pues como el vehículo mio es un Toledo del 1997 y la reparación según ellos asciende a 1000€ aproximadamente ,pues muy fácil 300€ por siniestro total y listo y hasta que no haya acuerdo no se pagan la indemnización del lesionado ,me han comunicado por escrito los 300€ de indemnización por el vehículo yo verbalmente le dije que no aceptamos limosnas no tengo problemas en adelantar el dinero de reparación a menos que me indemnicen con otra cantidad más razonable y poder reparar con piezas de desguace pero con eses 300€ no dan para nada como proceder en estos casos ,el vehículo sigue circulando a diario |
23-ago-2022 20:20
#340
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Cuento lo que me pasa mi compañía genesis la contraria y culpable del accidente Segur Caixa acepta culpabilidad y con lesionada el conductor de mi vehículo bueno pues como el vehículo mio es un Toledo del 1997 y la reparación según ellos asciende a 1000€ aproximadamente ,pues muy fácil 300€ por siniestro total y listo y hasta que no haya acuerdo no se pagan la indemnización del lesionado ,me han comunicado por escrito los 300€ de indemnización por el vehículo yo verbalmente le dije que no aceptamos limosnas no tengo problemas en adelantar el dinero de reparación a menos que me indemnicen con otra cantidad más razonable y poder reparar con piezas de desguace pero con eses 300€ no dan para nada como proceder en estos casos ,el vehículo sigue circulando a diario
En primer lugar tienes que saber que la obligada a indemnizarte por el vehículo es tu propia aseguradora, por lo que en este caso juega el papel de enemigo e intentará indemnizarte en la menor cuantía posible. Habría que estudiar el caso concreto, evaluando el valor real del vehículo en el mercado de segunda mano, el porcentaje aplicable por afección y el valor de reparación real. No obstante, en este tipo de casos en los que la reclamación oscilaría entre los 650-750 euros (No alcanza los 2.000 euros) y por lo que no existe imposición de costas, normalmente no resulta viable la reclamación en vía judicial porque los costes de reclamación son superiores a la indemnización que finalmente percibirías. Cuando me refiero a costes hago referencia a abogado y perito que evalúe el valor del vehículo. Siendo práctico, te aconsejaría alcanzar un buen acuerdo con la aseguradora, exigiendo que recalculen el valor del vehículo y que apliquen los porcentajes por afección y en todo caso asesorarte correctamente respecto a la indemnización por lesiones físicas (Una buena gestión de la reclamación supone un aumento entre el 30-50% de la indemnización a percibir). Si tienes alguna duda, puedes consultarme lo que necesites. Un saludo. |
31-ago-2022 10:37
#341
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Hola, me han comentado que en accidente "in itinere" cabe la posibilidad de recibir indemnización tanto por parte del seguro de quien propició el accidente como por parte de la mutua. Es asi? Qué condiciones se tienen que dar? GUÍA PARA ACCIDENTES DE TRÁFICO Bienvenidos a todos los Shurs, Desde Gestionaccidentes queremos saludaros y presentar esta Guía para la reclamación de indemnización por lesiones y siniestros totales derivados de accidentes de tráfico. Somos un despacho profesional especializado en la reclamación de indemnizaciones por siniestros de tráfico. Llevamos un par de años resolviendo dudas por el foro y trabajando para los shurs que han contratado nuestros servicios. Para los que nos queráis echar un ojo podéis visitar nuestra página web: Con esta Guía pretendemos resolver las dudas más habituales para los Shurs que hayan sufrido un accidente de tráfico e iremos actualizándolo con los temas más recurrentes. Las principales temas que vamos a tratar son los siguientes: 1) Pasos a dar cuando has sufrido un accidente de tráfico. 2) Como calcular la indemnización que puede corresponderte. Reclamar indemnización. 3) Reparación del vehículo y Siniestro total del vehículo. 4) Accidente con vehículo fugado o desconocido. 5) Gastos médicos y honorarios profesionales. AL LÍO ![]() 1) Pasos a seguir cuando has sufrido un accidente de tráfico. Los accidentes nos suelen pillar por sorpresa y no siempre estamos preparados, sean graves o leves, debéis seguir los siguientes pasos: - Rellenar el parte amistoso con precisión. Es importante que comprobéis la matrícula, aseguradora, conducto, señalización de la vía y localización del siniestro. Si no disponéis de partes amistosos, cualquier folio con un buen dibujo, una descripción y firmado tiene la misma validez. - Fotografías de los vehículos implicados en la que aparezca la matrícula y los daños que presenten. - Apuntad el nombre y teléfono de posibles testigos del siniestro. 2) Como calcular la indemnización que puede corresponderte. Reclamar la indemnización. La indemnización se calcula en función del proceso de recuperación, los daños materiales, los gastos soportados y las pérdidas económicas sufridas. Como partida más importante, debemos conocer la indemnización que nos corresponde por día de perjuicio, resultando las siguientes indemnizaciones para el año 2.022: - Perjuicio Personal Básico: 32,91.-€ / Día. - Perjuicio Personal Particular Moderado: 57,04.-€ / Día. - Perjuicio Personal Particular Grave: 82,28.-€ / Día. - Perjuicio Personal Particular Muy Grave: 109,70.-€ / Día. A modo de ejemplo: Un siniestro con motocicleta en la que sufres lesiones lumbares con un proceso de recuperación de 60 días, has estado de baja laboral 15 días, resultó dañado el casco y tu salario ha sido rebajado en 300 euros. Pues te tendrán que indemnizar: - 60 días de recuperación = 15 días moderados (baja laboral) + 45 días básicos (resto de días) = 855,60.-€ + 1.480,95.-€ = 2.336,55.-€ - 2 puntos de secuelas estéticas: 1.700.-€ - Daños materiales: El casco = 150.-€ - Pérdida económica = 300.-€ - INDEMNIZACIÓN = 4.486,55.-€ La reclamación es un procedimiento relativamente sencillo, no requiere de procedimiento judicial, se realiza una vez tengáis el alta definitiva de rehabilitación y habrá que aportar toda la documentación médica de la que dispongáis. La aseguradora tiene un plazo máximo de 3 meses para realizar oferta por las lesiones, aunque en la mayoría de casos el plazo de respuesta no suele ser superior al mes. 3) Reparación del vehículo y Siniestro total del vehículo. Cuando sufrís un golpe o accidente de tráfico por culpa de un vehículo contrario os corresponde que la aseguradora culpable os repare vuestro vehículo, ahora bien, la mayoría de aseguradoras se encuentran en convenio, esto significa que será vuestra propia aseguradora la que proceda a reparar vuestro vehículo y posteriormente reclamará el importe de reparación a la aseguradora contraria. El conflicto surge cuando el coste de reparación del vehículo es superior al valor venal que considere la aseguradora. En este caso, debéis tener en cuenta que - La reparación o el valor de vuestro vehículo es siempre negociable. - deben de ofreceros el valor de afección (20-30%) del valor del vehículo. - Los extras del vehículo deben ser indemnizados. - El valor final debe considerar el valor real en el mercado de segunda mano. 4) Accidente con vehículo no asegurado, fugado o desconocido. Si os encontráis en la situación de veros involucrados en un accidente en el que el vehículo culpable no tiene seguro, huye del lugar del siniestro o no puede ser identificado, pueden ocurrir dos circunstancias: - Que la Guardia Civil o Policía competente identifique al vehículo infractor y elabore un atestado con las circunstancias del siniestro. - Que el vehículo culpable no sea identificado o no disponga de seguro. Esto suele ser lo más común si no hay testigos, pero no está todo perdido, cuando no es posible identificar al vehículo infractor el Consorcio de Compensación de Seguros se hará cargo de: a) Indemnizar los daños físicos que hayan sufrido los lesionados. b) Los daños materiales del vehículo solo serán indemnizados cuando en los lesionados se haya producido muerte, incapacidad permanente o incapacidad temporal que requiera de una estancia hospitalaria superior a 7 días. - En el caso de vehículo no asegurado, se hará cargo de indemnizar los daños físicos y materiales. 5) Gastos médicos y honorarios profesionales. Todos los gastos médicos y gastos justificados derivados del accidente deben ser cubiertos por la aseguradora del vehículo culpable, no obstante, os preocupará si tenéis que adelantar el coste de los servicios. En principio, si vuestra aseguradora está dentro de convenio (suelen estar la mayoría) y el centro médico también, el gasto estará cubierto y no os enteraréis del precio. Ahora bien, en el caso de que haya varios vehículos implicados, que la aseguradora no esté adherida a convenio, que acudáis a un centro no adherido u os realicéis pruebas médicas no autorizadas, tendréis que adelantar el pago de las facturas y tendréis que reclamarlas junto a la indemnización correspondiente. En esto es fundamental que os asesore vuestro agente, corredor o abogado para que después no tengáis la preocupación de tener que reclamar el gasto adelantado. Respecto a los honorarios del abogado designado para la reclamación, en la gran mayoría de pólizas se encuentra cubierta la defensa jurídica, esto significa que tenéis libertad para elegir el abogado que queráis y la aseguradora os abonará los gastos de vuestro abogado dentro de los límites de la póliza. En la generalidad de casos, la cobertura suele ser más que suficiente para cubrir los gastos jurídicos. Espero que os sea de ayuda y que planteéis las dudas que os vayan surgiendo. ![]() |
31-ago-2022 12:44
#342
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El perjudicado en un siniestro in itinere tendrá derecho a lo siguiente: 1) En el caso de existir baja laboral, tendrá derecho a percibir un subsidio por incapacidad temporal. Este subsidio será abonado por su Mutua de trabajo o por la seguridad social en los casos que corresponda. 2) En todo caso, tiene derecho a percibir una indemnización diaria por el perjuicio sufrido hasta obtener el alta médica definitiva. La indemnización se cuantificará en 32,91.-€/día (Perjuicio Básico) o de 57,04.-€/día (Perjuicio Moderado) más posibles secuelas dependiendo del alcance de las lesiones y será abonada por la aseguradora del vehículo responsable del siniestro. En resumen de lo anterior, la indemnización a percibir únicamente será la reclamada a la aseguradora del vehículo responsable, de su Mutua laboral no percibirá indemnización sino una prestación por no poder desarrollar su trabajo (Siempre que exista baja laboral). Un saludo. |
13-sep-2022 20:43
#343
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Simplemente comentaros que este shur me ha concedido una consulta bastante extensa con un asesoramiento muy profesional. Me gustaría recalcar que me encontraba muy desorientado y este shur por honradez me ha ayudado mucho. Gracias shur no dudes en que contactaré contigo según lo necesite. |
17-sep-2022 19:28
#344
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Buenas tardes, aquí una shura, me atropellaron el otro día, aún estoy en Rea. Resultado del atropello, 12 costillas rotas, tibia y peroné y par de metatarsianos. Estaba cruzando en un paso de peatones (estaba en medio del paso de peatones) y el.conductor del coche me paso por encima primero me arrollo y después me pasó encima del pie. Evidentemente es culpa del coche. Hay testigos y cámaras. Y reconoció la culpa en el atestado. Evidentemente no se aún cuanto estáre de baja. De momento he tenido una operación para fijar el tobillo (que a ver cómo queda) y quedan un par más. (Al sub lo deje fino jaja) Bien mi consulta es, tengo un bebé de 8 meses. Le estaba dando lactancia materna podré pedir daños por interrumpirla? Si tenemos que contrataron canguro o meterla en guardería se cubriría también? Más que nada porque no tenemos ni idea de cuándo va a llevar esto. Y si estoy deseando ver a mi minishura. |
19-sep-2022 13:35
#345
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Buenas tardes, aquí una shura, me atropellaron el otro día, aún estoy en Rea.
Resultado del atropello, 12 costillas rotas, tibia y peroné y par de metatarsianos. Estaba cruzando en un paso de peatones (estaba en medio del paso de peatones) y el.conductor del coche me paso por encima primero me arrollo y después me pasó encima del pie. Evidentemente es culpa del coche. Hay testigos y cámaras. Y reconoció la culpa en el atestado. Evidentemente no se aún cuanto estáre de baja. De momento he tenido una operación para fijar el tobillo (que a ver cómo queda) y quedan un par más. (Al sub lo deje fino jaja) Bien mi consulta es, tengo un bebé de 8 meses. Le estaba dando lactancia materna podré pedir daños por interrumpirla? Si tenemos que contrataron canguro o meterla en guardería se cubriría también? Más que nada porque no tenemos ni idea de cuándo va a llevar esto. Y si estoy deseando ver a mi minishura. En primer lugar espero que vayas recuperándote favorablemente y que las lesiones vayan remitiendo. Respecto a las dudas que planteas, como perjudicada a consecuencia del atropello tienes derecho a que se te indemnice por todos los daños y perjuicios derivados del siniestro. Ahora bien, debemos considerar como daños y perjuicios los siguientes: 1) Perjuicio diario: Indemnización diaria que viene a compensar las limitaciones que te provocan las lesiones (Aquí encuadraríamos la lactancia materna). La legislación española fija una cuantía fija actualizada según Baremo. Como podrás ver en el hilo, se te indemnizará desde el día del siniestro hasta que obtengas un alta definitiva de rehabilitación. La cuantía variará en función de tus lesiones, pero por lo que comentas la cuantía diaria sería de 57,04 euros incluyendo fines de semana y festivos aunque no realices rehabilitación. 2) Gastos ocasionados a consecuencia del siniestro: Aquí podemos incluir asistencia sanitaria, gastos farmacológicos, desplazamientos.. etc. En este sentido podríamos encuadrar la necesidad de contratar a una tercera persona para que se haga cargo de tus obligaciones maternas siempre que esté debidamente justificado. Todos los gastos debemos acreditarlos mediante factura. 3) Daños materiales: Ropa, teléfono y todo daño que sufrieran tus pertenencias a consecuencia del atropello. 4) Lucro cesante: Salarios o rentas que dejes de percibir por no poder desarrollar tu actividad laboral. 5) Secuelas funcionales o estéticas: Limitaciones físicas que sean permanentes en el momento del alta y cicatrices o deformidades permanentes. (Esto solo lo podremos determinar en el momento del alta. 6) Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida. Habría que evaluarlo con la documentación médica. Si tienes cualquier duda puedes consultarme lo que necesites. Un saludo. |
20-sep-2022 18:41
#346
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Buenas tardes hace 15 días tuve un accidente con el coche, vino otro vehículo y me dio un golpe frontal, la culpa es del otro vehículo, a causa del accidente estuve 6 días ingresado en el hospital, ya que tengo el tórax roto, mi coche ya me han dicho diferentes carroceros que me lo van a dar siniestro total, mi pregunta es cómo me van a calcular los días de indemnización ya que actualmente dependo de una persona para vestirme y levantarme de la cama si estos días los valoraran como graves o como normales saludos |
20-sep-2022 20:29
#347
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Buenas tardes hace 15 días tuve un accidente con el coche, vino otro vehículo y me dio un golpe frontal, la culpa es del otro vehículo, a causa del accidente estuve 6 días ingresado en el hospital, ya que tengo el tórax roto, mi coche ya me han dicho diferentes carroceros que me lo van a dar siniestro total, mi pregunta es cómo me van a calcular los días de indemnización ya que actualmente dependo de una persona para vestirme y levantarme de la cama si estos días los valoraran como graves o como normales
saludos Buenas tardes Shur, Habría que estudiar la documentación médica para asesorarte correctamente. No obstante, por lo que me comentas, durante los días de hospitalización te deberán de indemnizar conforme a perjuicio personal grave (82,28.-€/ día). Desde que tengas el alta hospitalaria y hasta que recuperes significativamente tu actividad diaria y laboral te deberán de indemnizar conforme a un perjuicio personal moderado (57,04.-€/ día) y desde la recuperación de la actividad hasta el alta definitiva de rehabilitación te deberán de indemnizar conforme a perjuicio básico (32,91.-€/ día). En este sentido, todo gasto que soportes a consecuencia del siniestro (Persona de acompañamiento, gastos farmacológicos, gastos médicos, desplazamiento.... etc) serán indemnizados conforme al coste que se acredite. En este tipo de siniestros de carácter grave, en los que el proceso de recuperación será bastante prolongado y la indemnización de una cuantía importante, siempre es interesante pedir un adelanto de la indemnización para poder ir soportando los gastos y manutención del lesionado. Finalmente, respecto a la declaración de siniestro del vehículo debes saber que el obligado a indemnizarte es tu propia aseguradora, por lo que en este caso juegan el papel de enemigo. En todo caso te deben de indemnizar conforme al valor del vehículo en el mercado de segunda mano más un porcentaje por afección (20-30%) del valor del vehículo. Si tienes cualquier duda puedes consultarme lo que necesites. Un saludo. |
26-sep-2022 10:08
#348
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Buenas Shur. En mi caso tuve un accidente de moto el pasado 2 de agosto. Me arrolló con la moto un turismo por detrás en la autopista. En mi caso fueron heridas por abrasión que tuve que irme curando en el ambulatorio durante 18 días. Tras estos días he empezado a ir a rehabilitación (todavía sigo yendo) por dolor en las cervicales y sobretodo en el cuello. Estoy de baja desde el día del accidente. La moto a quedado siniestro total y me han ofrecido 2034 euros por ella (me costó 2200 nueva en 2019) He cogido un abogado por mi cuenta ya que mi póliza de seguro tenía es opción ya que no me fiaba mucho de las opiniones del servicio jurídico que ofrecía mi seguro. En noviembre tengo primera visita con psicología de la seguridad social por el estrés postrauma del accidente (lo revivo prácticamente cada día y me médico por ello con Diazepam). Me han quedado marcas de la abrasión leves en brazos, palmas de las manos y espalda. Alguna más leves que otras pero que no se si van a ser marcas de por vida. Ando un poco perdido por lo que podrían llegar a indemnizarme por ello o que cosas tener en cuenta |
27-sep-2022 10:43
#349
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Buenas Shur. En mi caso tuve un accidente de moto el pasado 2 de agosto. Me arrolló con la moto un turismo por detrás en la autopista.
En mi caso fueron heridas por abrasión que tuve que irme curando en el ambulatorio durante 18 días. Tras estos días he empezado a ir a rehabilitación (todavía sigo yendo) por dolor en las cervicales y sobretodo en el cuello. Estoy de baja desde el día del accidente. La moto a quedado siniestro total y me han ofrecido 2034 euros por ella (me costó 2200 nueva en 2019) He cogido un abogado por mi cuenta ya que mi póliza de seguro tenía es opción ya que no me fiaba mucho de las opiniones del servicio jurídico que ofrecía mi seguro. En noviembre tengo primera visita con psicología de la seguridad social por el estrés postrauma del accidente (lo revivo prácticamente cada día y me médico por ello con Diazepam). Me han quedado marcas de la abrasión leves en brazos, palmas de las manos y espalda. Alguna más leves que otras pero que no se si van a ser marcas de por vida. Ando un poco perdido por lo que podrían llegar a indemnizarme por ello o que cosas tener en cuenta La cuantía a indemnizar se podrá determinar en el momento en el que obtengas el alta definitiva por las lesiones, en este sentido cuando llegue el momento de realizar la reclamación podrás reclamar las siguientes cuantías: 1) Perjuicio diario: Calculados desde el día del siniestro hasta la obtención del alta definitiva. La cuantía a indemnizar por día variará en función del perjuicio sufrido entre los 32,91.-€ por perjuicio básico y 57,04.-€ por perjuicio moderado. 2) Secuelas funcionales y estéticas que persistan en el momento del alta. La cuantía variará en función del número de puntos y edad del lesionado. 3) Gastos soportados a consecuencia del siniestro. 4) Lucro cesante: En el caso de sufrir baja laboral, te deben de indemnizar las diferencias salariales dejadas de percibir. 5) Daños materiales: Casco, ropa, calzado, terminal móvil y todo daño ocasionado en el siniestro. 6) Perjuicio Moral por pérdida de calidad de vida: Solo se podrá valorar en función de los informes médicos. Espero haberte ayudado. Un saludo. |
02-oct-2022 08:42
#350
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Buenos días, yo tengo una duda respecto a un accidente que hemos sufrido estando de vacaciones. Ibamos mi pareja y yo por una carretera nacional y un coche invadió nuestro carril y colosionamos de frente. Resulta que el otro conductor venia de fiesta sin dormir y dio positivo en comtrol de alcoholemia. Ha sido en el segundo dia de vacaciones, con un coche de alquiler, onviamente nuestras vacaciones se han visto afectfas puesto que yo y mi pareja tenemos fuertes dolores de cuello y tenemos que ir con collarín. La indemnización podría cubrir nuestras vacaciones? El hecho de que el conductor fuese borracho no es algo que podría denunciar? Realmente podría habernos matado, el tio se durmió y se tiró encima de nosotros. Muchas gracias |
03-oct-2022 12:35
#351
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Buenos días, yo tengo una duda respecto a un accidente que hemos sufrido estando de vacaciones.
Ibamos mi pareja y yo por una carretera nacional y un coche invadió nuestro carril y colosionamos de frente. Resulta que el otro conductor venia de fiesta sin dormir y dio positivo en comtrol de alcoholemia. Ha sido en el segundo dia de vacaciones, con un coche de alquiler, onviamente nuestras vacaciones se han visto afectfas puesto que yo y mi pareja tenemos fuertes dolores de cuello y tenemos que ir con collarín. La indemnización podría cubrir nuestras vacaciones? El hecho de que el conductor fuese borracho no es algo que podría denunciar? Realmente podría habernos matado, el tio se durmió y se tiró encima de nosotros. Muchas gracias Buenos días Shur, Como perjudicados a consecuencia del siniestro tenéis derecho a ser indemnizados por las lesiones sufridas (Los parámetros a indemnizar están en el hilo) y por todos los perjuicios sufridos. En esta segunda partida deberíamos de incluir los gastos derivados de las vacaciones que no hayáis podido disfrutar. Las aseguradoras suelen ser reticentes a abonar este tipo de gastos y pondrán obstáculos para su pago, pero legalmente tenéis derecho a su reembolso. Respecto a la alcoholemia del conductor, efectivamente podréis denunciarlo y personaros como acusación (Necesitaréis procurador y abogado). Si tenéis cualquier duda podéis consultarme lo que necesitéis. Un saludo. |
11-oct-2022 19:22
#355
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Hola La semana pasada sufrí un accidente en cadena, por lo que yo di a un coche por detrás, quedando mi morro bastante destrozado y los dos airbag delanteros fuera. Me ha llamado la aseguradora hoy y no he podido contestar al teléfono, pero me ha llegado un email en el que el título pone documentación siniestro total. Los del taller me dijeron que tampoco es para tanto la reparación, que lo que más tiene es chapa. Yo quisiera arreglarlo porque el coche iba de maravilla. Al no haber sufrido nunca ningún accidente, no sé qué tengo que hacer. ¿Qué consejos me dais? Ford Focus 2.0 TDCI Trend 5p no llega a 150000 km. De febrero del 2011. Con sensores de aparcamientos traseros con cámara y bola de remolque |
12-oct-2022 10:38
#356
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Hola
La semana pasada sufrí un accidente en cadena, por lo que yo di a un coche por detrás, quedando mi morro bastante destrozado y los dos airbag delanteros fuera. Me ha llamado la aseguradora hoy y no he podido contestar al teléfono, pero me ha llegado un email en el que el título pone documentación siniestro total. Los del taller me dijeron que tampoco es para tanto la reparación, que lo que más tiene es chapa. Yo quisiera arreglarlo porque el coche iba de maravilla. Al no haber sufrido nunca ningún accidente, no sé qué tengo que hacer. ¿Qué consejos me dais? Ford Focus 2.0 TDCI Trend 5p no llega a 150000 km. De febrero del 2011. Con sensores de aparcamientos traseros con cámara y bola de remolque Haría falta más información para poder asesorarte. Necesitaría saber: 1) Si fuiste el responsable del siniestro o fuiste uno de los perjudicados? 2) Tienes la peritación del vehículo o presupuesto de reparación? Qué cuantía es? 3) Te han realizado una oferta por la declaración de siniestro total? 4) Por ampliar la información, resultaste lesionado en el siniestro? Un saludo. |
12-oct-2022 10:56
#357
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Buenos días Shur,
Haría falta más información para poder asesorarte. Necesitaría saber: 1) Si fuiste el responsable del siniestro o fuiste uno de los perjudicados? 2) Tienes la peritación del vehículo o presupuesto de reparación? Qué cuantía es? 3) Te han realizado una oferta por la declaración de siniestro total? 4) Por ampliar la información, resultaste lesionado en el siniestro? Un saludo. 2. El perito ni pasó por el taller, le pidió fotos del vehículo a mi taller. Ayer quisieron ponerse en contacto telefónico conmigo y no pude contestar a la llamada. Sé que es siniestro por un mail que me llegó. No sé la cuantía de la reparación porque están esperando órdenes del perito para saber qué es lo que tienen que hacer 3. La oferta de siniestro la desconozco porque no hablé con ellos. Hasta mañana no podré por ser festivo hoy. 4. Si. La mutua laboral me ha dado baja. Contusiones leves en cervicales, espalda y trapecios. Información extra: seguro todo riesgo por colisión con libre elección de taller. |
12-oct-2022 11:43
#358
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Hola Shur Muchas páginas y no se si estará contestado ya. Mi mujer le dieron un golpe por detrás. La otra parte ha apurado todo el tiempo para dar parte y va todo lento. El coche nuestro quedó siniestro. Ya hemos aceptado la indeminación por ello, siguiendo tus consejos leidos por aquí. La diferencia es que ella es autonoma y de hecho se encontraba de camino al trabajo. Entiendo que le corresponde indemnización por la mutua del trabajo y otra por la aseguradora contraria, al no ser ella culpable. ¿como calculamos lo que deben darnos? Porque con el coche ya hicieron oferta a la baja y al negarnos automaticamente subieron bastante el precio. Ella aún sigue de baja, calculamos que estará unos 45-50 días de baja. Y no se si después seguirá con algún dolor aunque no le impida trabajar. Y por ello, el negocio cerrado y sin facturar. Gracias por adelantado. |
Editado: 12-oct-2022 11:46 -
12-oct-2022 12:14
#359
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Hola Shur
Muchas páginas y no se si estará contestado ya. Mi mujer le dieron un golpe por detrás. La otra parte ha apurado todo el tiempo para dar parte y va todo lento. El coche nuestro quedó siniestro. Ya hemos aceptado la indeminación por ello, siguiendo tus consejos leidos por aquí. La diferencia es que ella es autonoma y de hecho se encontraba de camino al trabajo. Entiendo que le corresponde indemnización por la mutua del trabajo y otra por la aseguradora contraria, al no ser ella culpable. ¿como calculamos lo que deben darnos? Porque con el coche ya hicieron oferta a la baja y al negarnos automaticamente subieron bastante el precio. Ella aún sigue de baja, calculamos que estará unos 45-50 días de baja. Y no se si después seguirá con algún dolor aunque no le impida trabajar. Y por ello, el negocio cerrado y sin facturar. Gracias por adelantado. En primer lugar, me alegro de que hayáis obtenido una indemnización superior siguiendo las instrucciones de la Guía. ![]() Respecto a la indemnización por las lesiones, os comento: 1) La indemnización únicamente debe ser abonada por la aseguradora del vehículo responsable del siniestro. No obstante, su Mutua le debe abonar una prestación por la Incapacidad Temporal. Esta prestación dependerá de su base de cotización. 2) Respecto al cálculo de la indemnización, no se podrá realizar hasta la obtención del Alta médica definitiva y deberá comprender los siguientes aspectos: - Perjuicio diario: Calculados desde la fecha del siniestro y hasta la fecha del alta definitiva. Adoleciendo de baja laboral le deberán de indemnizar con la cuantía de 57,04.-€/día. - Secuelas funcionales: Dependerá de los informes médicos de evolución, alta y pruebas complementarias. Cada punto de secuela se indemnizará en función de su edad en una cuantía aproximada de 850 euros. - Lucro cesante: Siendo autónoma habrá visto reducida su facturación, por lo que podrá reclamar los ingresos dejados de percibir durante el periodo de baja laboral. - Gastos: Todos los gastos soportados a consecuencia del siniestro, incluyendo fármacos, gastos sanitarios y desplazamientos. 3) Finalmente, os recomendaría que contrataseis a un abogado especialista en la materia con cargo a la cobertura de defensa jurídica. A partir de esta cobertura que existe en todas las pólizas podréis contratar al abogado que decidáis y sus honorarios serán abonados por la aseguradora hasta el límite establecido en póliza. Os evitará complicaciones y os garantizará que la indemnización sea lo más justa posible. Si tenéis cualquier duda, podéis consultarme lo que necesitéis. Un saludo. |
12-oct-2022 12:18
#360
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1. Choque en cadena, yo di a un coche por detrás y yo fui la última. A mi no me dio nadie por detrás. La culpa es mía entonces.
2. El perito ni pasó por el taller, le pidió fotos del vehículo a mi taller. Ayer quisieron ponerse en contacto telefónico conmigo y no pude contestar a la llamada. Sé que es siniestro por un mail que me llegó. No sé la cuantía de la reparación porque están esperando órdenes del perito para saber qué es lo que tienen que hacer 3. La oferta de siniestro la desconozco porque no hablé con ellos. Hasta mañana no podré por ser festivo hoy. 4. Si. La mutua laboral me ha dado baja. Contusiones leves en cervicales, espalda y trapecios. Información extra: seguro todo riesgo por colisión con libre elección de taller. En el caso de que declaren siniestro total del vehículo, debes remitirte a tu póliza (Condiciones particulares) para evaluar la forma de indemnización, lo habitual es que lo limiten a Valor Venal. Una vez obtengas la propuesta de indemnización debes negociarla y exigir que te apliquen los porcentajes por afección (20-30 % del valor del vehículo). Respecto a las lesiones, no te corresponde indemnización por ser la responsable del siniestro. Un saludo. |
AL LÍO 