GUIA - EN CASO DE ACCIDENTE DE TRAFICO - Dudas Frecuentes - Indemnización (+)
13-jun-2022 19:02
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Buenos días. Lo primero, gracias por el hilo tan bien explicado, la verdad se agradece, e hilos como este son los que hacen grande al foro.
Al grano. El pasado sábado 11 sufrí un alcance trasero estando parado en un semáforo. Los daños al coche no fueron más que el paragolpes rajado, si bien tanto mi pareja como yo, ambos ocupantes del vehículo, tenemos molestias en cuello y espalda. El mismo sábado fuimos a urgencias, nos hicieron placas y nos diagnosticaron a ambos cervicalgia o latigazo cervical con limitación de movimiento. Nos dieron medicación y nos dijeron que fueramos al medico de cabecera para continuar la observación. He pasado al seguro tanto el parte de accidentes como los dos partes de urgencias, y me ha comentado que vayamos al médico de cabecera para que evalue darnos la baja. Desde este punto, cuáles serían los pasos a seguir para que nos puedan dar rehabilitación y no tener problemas? Gracias de nuevo por el hilo tan currado Hasta ahora habéis dado los pasos adecuados. Como bien os han indicado, la baja laboral será gestionada por vuestro médico de la seguridad social o mutua laboral. En cambio, la rehabilitación será cubierta por un centro privado a vuestra elección (No tendrá ningún coste para vosotros siempre que se encuentre dentro de Convenio). En este sentido, os recomendaría elegir un centro de altas prestaciones tipo Quirón, HM Hospitales, Viamed... por dos motivos: 1) Por el tipo de servicio que proporcionan, no limitan el número de sesiones de rehabilitación que el paciente va a recibir. 2) Por los medios de los que disponen, pueden realizaros cualquier prueba complementaria tipo resonancia, ecografía, electromiografía sin necesidad de derivaros a otro centro o autorización de la aseguradora. A consecuencia de este proceso de recuperación debéis tener en cuenta que tenéis derecho a ser indemnizados por el perjuicio sufrido. Esta indemnización se desglosará en días de perjuicio (57,04.-€/ día durante la baja laboral y 32,91.-€/día durante el resto de la recuperación), puntos de secuela, lucro cesante y gastos soportados a consecuencia del siniestro. Espero haber solucionado vuestras dudas. Un saludo. |
14-jun-2022 20:15
#302
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Buenos días Shur,
Te comento: En primer lugar, el cómputo del perjuicio debe de realizarse desde el día del siniestro, es decir, deben incluir el día del accidente dentro de la indemnización. En segundo lugar, respecto a los gastos sanitarios asumidos y el punto de secuela reclamado tienes que ser consciente de que te encuentras ante un proceso extrajudicial, por lo que se trata de una negociación a efecto de alcanzar un acuerdo. Los gastos sanitarios soportados efectivamente deben ser indemnizados en base al artículo 141 de la Ley de Responsabilidad Civil. En cambio, el punto de secuela será cuestión de interpretación de la documentación médica y del estado final del lesionado, por lo que en el caso de que el perito contrario no modifique su criterio tendrás que acudir a la vía judicial, donde será el juez el que decida a que perito le otorga mayor credibilidad. Respecto a los gastos y riesgos que supone el procedimiento judicial dependerá de la cobertura por defensa jurídica que tengas contratado en póliza. Si tienes todos los gastos judiciales cubiertos únicamente te arriesgas a que si pierdes el procedimiento judicial pueden imponerte las costas (Aproximadamente 1/3 de la cuantía reclamada). Espero haber resuelto tus dudas. Un saludo. Entonces, ¿el día del accidente debe incluirse en la indemnización? ¿Independientemente de si ese día ya he realizado mi jornada laboral o no? Respecto al punto de secuela, quizás, ¿sería mejor opción pedir ambos informes, ver lo que se ha descrito en ellos y valorar si al ir a juicio hubiesen posibilidades de llevar la razón? En cuanto a los gastos reclamados la duda es hasta que fecha se le podrían reclamar, ya que a día de hoy sigo asistiendo a tratarme por mi cuenta. A falta de saber si acceden al pago o tendría que reclamarlos vía judicial. Me surge una duda nueva que desconocia por completo, he estado informandome a cerca del lucro cesante, mi aseguradora no me habia comentando absolutamente nada al respecto. ¿Están obligados a compensarme con la parte del salario que deje de percibir mientras estuve de baja?( salario variable: noches, festivos,etc.) Gracias de nuevo. |
15-jun-2022 18:24
#303
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Gracias por la información.
Entonces, ¿el día del accidente debe incluirse en la indemnización? ¿Independientemente de si ese día ya he realizado mi jornada laboral o no? Respecto al punto de secuela, quizás, ¿sería mejor opción pedir ambos informes, ver lo que se ha descrito en ellos y valorar si al ir a juicio hubiesen posibilidades de llevar la razón? En cuanto a los gastos reclamados la duda es hasta que fecha se le podrían reclamar, ya que a día de hoy sigo asistiendo a tratarme por mi cuenta. A falta de saber si acceden al pago o tendría que reclamarlos vía judicial. Me surge una duda nueva que desconocia por completo, he estado informandome a cerca del lucro cesante, mi aseguradora no me habia comentando absolutamente nada al respecto. ¿Están obligados a compensarme con la parte del salario que deje de percibir mientras estuve de baja?( salario variable: noches, festivos,etc.) Gracias de nuevo. Como te comenté el día del siniestro debe de computarse en cuanto al perjuicio sufrido con independencia de las tareas que realizases ese día. Respecto a la valoración de los informes, considero bastante complicado acertar sobre que perito realiza una mejor interpretación sobre todo cuando las lesiones son de carácter subjetivo. No obstante, los juzgados suelen estimar un punto de secuela en este tipo de procedimientos aunque no exista una prueba complementaria de criterio objetivo. En cuanto a los gastos sanitarios, deben de indemnizártelos hasta el momento en el que se estabilizó la lesión, es decir, hasta el momento del alta. Finalmente, respecto al lucro cesante, efectivamente te corresponde ser indemnizado en ese concepto. Deberás acreditar que percibiste una remuneración inferior a la que hubieras percibido si hubieras desarrollado tu trabajo con normalidad. Un saludo. |
15-jun-2022 22:25
#304
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Buenas tardes Shur,
Como te comenté el día del siniestro debe de computarse en cuanto al perjuicio sufrido con independencia de las tareas que realizases ese día. Respecto a la valoración de los informes, considero bastante complicado acertar sobre que perito realiza una mejor interpretación sobre todo cuando las lesiones son de carácter subjetivo. No obstante, los juzgados suelen estimar un punto de secuela en este tipo de procedimientos aunque no exista una prueba complementaria de criterio objetivo. En cuanto a los gastos sanitarios, deben de indemnizártelos hasta el momento en el que se estabilizó la lesión, es decir, hasta el momento del alta. Finalmente, respecto al lucro cesante, efectivamente te corresponde ser indemnizado en ese concepto. Deberás acreditar que percibiste una remuneración inferior a la que hubieras percibido si hubieras desarrollado tu trabajo con normalidad. Un saludo. Me queda bastante claro todo, tendré que reclamar que me sumen un día ya que en el calculo no habían incluido el día del siniestro. Por otro lado, respecto a las valoraciones medicas lo pasare a manos del abogado de la aseguradora, si un médico estimó ese punto por mis molestias y mareos no es justo que tenga que asumir que el médico de la parte contraria no lo contempla. El tema de gastos sanitaros son posteriores al alta pero mi aseguradora estaba haciéndoles ver que son a causa de la secuela, por lo que me dices podrían rechazar su pago perfectamente. El lucro cesante veré como puedo reclamarlo, una parte de mi salario es variable y no lo percibí, pero entender las nominas a veces es complejo salvo que te den una explicación previa (los días de ciclo de cobro van desde mitad mes a la otra mitad, además aparece el pago delegado de la seguridad social, etc.). Veremos de que manera lo reclamo. Muchas gracias! |
16-jun-2022 09:19
#305
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Agradecer a @G.Accidentes toda su ayuda. Sufrí un accidente hace unos meses junto a mi pareja, empezó a llevar los trámites nuestro seguro, pero ante el pasotismo sobre nuestras consultas y peticiones decidí buscar otra vía para la reclamación. Contacté con @G.Accidentes y desde el primer minuto nos ayudó, escuchó y aconsejó sobre la mejor manera de llevarlo todo. En todo momento nos daba información clara y los pasos que iba a seguir, se ocupó de todo el papeleo en muy poco tiempo. Al final consiguió subir el importe de la reclamación de daños que nos ofrecieron en un primer momento (antes de contactar con él) y de la que no estábamos muy conformes. Por nuestra parte ha sido un verdadero placer y queríamos agradecerte tus servicios y tu ayuda. Muchas gracias! |
16-jun-2022 16:13
#306
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Nos pusimos en contacto con el shur después de sufrir un accidente, nos asesoro muy bien y se encargo de reclamar todo, yo solo me tuve que encargar de ir a las visitas médicas. Muchas gracias! |
21-jun-2022 10:44
#309
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Buenos días Shur,
Dependerá de la diferencia entre el valor de reparación del vehículo y el valor ofertado por la aseguradora. En el caso de que exista poca diferencia, tras una negociación suelen aceptar la reparación. En el supuesto de que la diferencia fuera significativa, solo podrías acudir a la vía judicial para reclamar la reparación del vehículo o una indemnización superior a la que te hayan ofrecido. En todo caso debes de tener en cuenta que te corresponde un incremento de la indemnización por el valor de afección respecto al vehículo (20-30% dependiendo de la provincia en la que se produjese el siniestro). El problema de la vía judicial será el retraso en la disposición del dinero y los costes que tendrías que asumir para iniciar el procedimiento (procurador, abogado y perito). En un amplio número de ocasiones no sale rentable iniciar el procedimiento judicial. Un saludo. Una pregunta, aun no me han dicho nada del dinero que corresponde por siniestro total, siempe estan a la espera de la tramitadora del mismo, sabes si tienen algún limite de tiempo por ley para decirme algo ? vamos pasando las semanas y no se nada. gracias! |
21-jun-2022 13:20
#310
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La Ley de Responsabilidad Civil en su artículo 7.2 establece que el plazo de respuesta por parte de la aseguradora será como máximo de 3 meses desde que se realice la reclamación. No obstante, si las aseguradoras implicadas en tu siniestro están dentro de convenio deberán formular una respuesta en el plazo de 15 días desde que tengan la documentación suficiente para emitir la oferta. Un saludo. |
28-jun-2022 09:32
#311
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Buenas tardes,
La Ley de Responsabilidad Civil en su artículo 7.2 establece que el plazo de respuesta por parte de la aseguradora será como máximo de 3 meses desde que se realice la reclamación. No obstante, si las aseguradoras implicadas en tu siniestro están dentro de convenio deberán formular una respuesta en el plazo de 15 días desde que tengan la documentación suficiente para emitir la oferta. Un saludo. Esto es legal? en base a que fue culpa de otro conductor no debería la otra compañía hacerse cargo de la reparación del vehículo o ponerme uno de igual valor? Ellos se sujetan a que todas las compañías de seguro hacen esto pero realmente con la ley en la mano sino ha sido mi culpa y el coche funciona , no deberían de cambiar el valor de la indemnización o repararmelo? que pasos tengo que seguir sino estoy deacuerdo? muchas gracias!! |
28-jun-2022 11:19
#312
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Buenas aun nose nada! cuando llamo me dicen que esta en manos de cierre del perito y que lo que van a pedir es la valoración de los restos según matrícula a la otra compañía!
Esto es legal? en base a que fue culpa de otro conductor no debería la otra compañía hacerse cargo de la reparación del vehículo o ponerme uno de igual valor? Ellos se sujetan a que todas las compañías de seguro hacen esto pero realmente con la ley en la mano sino ha sido mi culpa y el coche funciona , no deberían de cambiar el valor de la indemnización o repararmelo? que pasos tengo que seguir sino estoy deacuerdo? muchas gracias!! El retraso en las peritaciones es bastante habitual. Respecto a quién es el obligado a indemnizarte, efectivamente es tu propia aseguradora por convenio UNESPA. No obstante, en el caso de que no estés conforme con el valor de indemnización deberás demandar a la aseguradora contraria. Respecto a la reparación, si es antieconómica, es decir, si la reparación es más cara que el valor del vehículo en el mercado de segunda mano, te ofrecerán una indemnización por la declaración de siniestro total. En tu caso te recomendaría que tuvieras paciencia y llegado el caso de que no respondan o que la indemnización sea inferior a la que te corresponde, deberías contratar a un abogado que te asesorase. Un saludo. |
28-jun-2022 12:22
#313
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Buenos días Shur,
El retraso en las peritaciones es bastante habitual. Respecto a quién es el obligado a indemnizarte, efectivamente es tu propia aseguradora por convenio UNESPA. No obstante, en el caso de que no estés conforme con el valor de indemnización deberás demandar a la aseguradora contraria. Respecto a la reparación, si es antieconómica, es decir, si la reparación es más cara que el valor del vehículo en el mercado de segunda mano, te ofrecerán una indemnización por la declaración de siniestro total. En tu caso te recomendaría que tuvieras paciencia y llegado el caso de que no respondan o que la indemnización sea inferior a la que te corresponde, deberías contratar a un abogado que te asesorase. Un saludo. |
05-jul-2022 19:46
#314
| Buenas tardes,tengo una duda que me gustaría que me echarais una mano.Hace como 2 meses en un cruce un conductor se saltó un ceda el paso y me dio un golpe que me destrozó el paragolpes, capó,aleta lateral y faro,sobre 2000 euros la reparación y cuál es mi sorpresa que el seguro contrario se está negando a repararme el coche y mi seguro me da la sensación de que no están forzando lo suficiente para hacer algo.Como puedo proceder? |
06-jul-2022 10:15
#315
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Buenas tardes,tengo una duda que me gustaría que me echarais una mano.Hace como 2 meses en un cruce un conductor se saltó un ceda el paso y me dio un golpe que me destrozó el paragolpes, capó,aleta lateral y faro,sobre 2000 euros la reparación y cuál es mi sorpresa que el seguro contrario se está negando a repararme el coche y mi seguro me da la sensación de que no están forzando lo suficiente para hacer algo.Como puedo proceder?
En primer lugar debes saber que la encargada de reparar tu vehículo es tu propia aseguradora siempre que ambas aseguradoras estén dentro de convenio (La mayoría lo están). En segundo lugar, habrá que valorar cual es el motivo por el que no acceden a la reparación. En el caso de que continúen sin hacerlo tendrás dos opciones. 1) Reparar el vehículo a tu costa y reclamar la cantidad desembolsada en vía judicial. 2) Pedir un presupuesto de reparación y reclamar la cantidad de la reparación en vía judicial. Esta opción es menos aconsejable por la dilación de los procesos judiciales, lo cual provocará que no puedas disponer del vehículo hasta que tengas una sentencia favorable. Un saludo. |
06-jul-2022 11:09
#316
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Buenos días Shur,
En primer lugar debes saber que la encargada de reparar tu vehículo es tu propia aseguradora siempre que ambas aseguradoras estén dentro de convenio (La mayoría lo están). En segundo lugar, habrá que valorar cual es el motivo por el que no acceden a la reparación. En el caso de que continúen sin hacerlo tendrás dos opciones. 1) Reparar el vehículo a tu costa y reclamar la cantidad desembolsada en vía judicial. 2) Pedir un presupuesto de reparación y reclamar la cantidad de la reparación en vía judicial. Esta opción es menos aconsejable por la dilación de los procesos judiciales, lo cual provocará que no puedas disponer del vehículo hasta que tengas una sentencia favorable. Un saludo. |
06-jul-2022 12:19
#317
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Muchas gracias,está mañana ya he puesto el tema en manos de un abogado.el seguro contrario se niega por el lugar donde se encuentra el coche en las fotos del atestado, aparqué el coche en la izquierda después del accidente para que pudieran pasar los coches y no cortar la circulación y allí aparece en las fotos, lógicamente allí no fue el impacto
Un saludo. |
08-jul-2022 14:12
#318
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Hola, el pasado 23 de mayo un coche me arroyó mientras iba yo en bici. Desde ese día estoy de baja, me dieron 7 puntos de sutura en la barbilla, y luego varias quemaduras (mano y pecho) por el asfalto. Entiendo la indemnización por día de baja, pero los puntos en la barbilla como se indemnizan? Gracias shur |
08-jul-2022 20:51
#319
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Hola, el pasado 23 de mayo un coche me arroyó mientras iba yo en bici. Desde ese día estoy de baja, me dieron 7 puntos de sutura en la barbilla, y luego varias quemaduras (mano y pecho) por el asfalto. Entiendo la indemnización por día de baja, pero los puntos en la barbilla como se indemnizan?
Gracias shur 1) Días de perjuicio: Desde el día del atropello hasta el día de alta médica. Comprenderá días de perjuicio grave, moderado y básico en función de la evolución de las lesiones. 2) Puntos de secuela funcional: En función de las limitaciones a la movilidad que persistan en el momento del alta. Habría que valorar la documentación médica. 3) Puntos de secuela estéticos: Las cicatrices que persistan en el momento del alta. Aquí incluiríamos los puntos de sutura y quemaduras que comentas. 4) Lucro cesante: Si te encuentras trabajando y ves reducido tu salario mensual podrás reclamar las diferencias salariales percibidas. 5) Gastos derivados del siniestro: Cualquier gasto médico, fisioterapéutico, farmacológico o de desplazamiento derivado del siniestro que soportes. Aquí es fundamental que te asesoren y gestionen el siniestro para que te recomienden el centro idóneo para la recuperación de tus lesiones y que no tengas que abonarlo inmediatamente. 6) Daños materiales: Bicicleta, ropa, móvil, reloj, calzado o cualquier daño material derivado del siniestro. Espero haberte ayudado. Un saludo!. |
09-jul-2022 11:17
#320
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Buenas tardes Shur, conforme a las lesiones que comentas te deberán de indemnizar por los siguientes conceptos:
1) Días de perjuicio: Desde el día del atropello hasta el día de alta médica. Comprenderá días de perjuicio grave, moderado y básico en función de la evolución de las lesiones. 2) Puntos de secuela funcional: En función de las limitaciones a la movilidad que persistan en el momento del alta. Habría que valorar la documentación médica. 3) Puntos de secuela estéticos: Las cicatrices que persistan en el momento del alta. Aquí incluiríamos los puntos de sutura y quemaduras que comentas. 4) Lucro cesante: Si te encuentras trabajando y ves reducido tu salario mensual podrás reclamar las diferencias salariales percibidas. 5) Gastos derivados del siniestro: Cualquier gasto médico, fisioterapéutico, farmacológico o de desplazamiento derivado del siniestro que soportes. Aquí es fundamental que te asesoren y gestionen el siniestro para que te recomienden el centro idóneo para la recuperación de tus lesiones y que no tengas que abonarlo inmediatamente. 6) Daños materiales: Bicicleta, ropa, móvil, reloj, calzado o cualquier daño material derivado del siniestro. Espero haberte ayudado. Un saludo!. |
11-jul-2022 01:02
#321
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Buenas shur! Te comento mi caso: El otro día un policía me multó por salir de la rotonda por el carril interior, sé que la multa son 500€ y 6 puntos de carnet, el caso es que me puso 60€ y 6 puntos de carnet. Se podría reclamar y decir que por 60€ es multa leve y no acarrea pérdida de puntos? En caso de reclamar pasaba que no podías salir más perjudicado o algo así, no? Osea que no podrían ponerme al reclamar 500€ cierto? Un saludo |
Editado: 11-jul-2022 01:25 -
11-jul-2022 10:25
#322
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Si, la verdad es que me ayuda esto, aunque lo que no entiendo es como se valoran esos puntos de estética al no haber baremo fijo (tantos puntos de sutura, tantos puntos de estética). Y en mi caso, el perjuicio más grande es el causado en mi casa, ya que con 4 hijos, todo lo que hacía yo (cenas, limpieza, etc...) o lo asumía mi mujer o se pagaba por ello.
Respecto a las funciones que realizabas habría que evaluar la situación profesional concreta y la necesidad de ayuda domiciliaria. Te recomendaría que pusieras el asunto en manos de un abogado de confianza, en un siniestro de estas características siempre te va a merecer la pena. Un saludo. |
11-jul-2022 10:32
#323
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Buenas shur! Te comento mi caso:
El otro día un policía me multó por salir de la rotonda por el carril interior, sé que la multa son 500€ y 6 puntos de carnet, el caso es que me puso 60€ y 6 puntos de carnet. Se podría reclamar y decir que por 60€ es multa leve y no acarrea pérdida de puntos? En caso de reclamar pasaba que no podías salir más perjudicado o algo así, no? Osea que no podrían ponerme al reclamar 500€ cierto? Un saludo El asunto que nos trasladas se nos escapa a nuestro ámbito profesional por ser derecho administrativo. Te recomendaría que trasladases tu consulta a este hilo: https://forocoches.com/foro/showthre...817&highlight= Un saludo. |
11-jul-2022 19:18
#324
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Buenos días Shur, en nuestro despacho estamos especializados en derecho civil, particularmente en indemnizaciones derivadas de siniestros de tráfico y responsabilidad civil.
El asunto que nos trasladas se nos escapa a nuestro ámbito profesional por ser derecho administrativo. Te recomendaría que trasladases tu consulta a este hilo: https://forocoches.com/foro/showthre...817&highlight= Un saludo. |
18-jul-2022 12:02
#325
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Buenas! He encontrado cómo actuar en caso de un siniestro por culpa de un tercero. Pero en mi caso el accidente fue por mi culpa, pero el seguro está a todo riesgo, entonces sería aplicable lo mismo? Gracias de antebrazo |
19-jul-2022 19:35
#326
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Cuando existe culpa por parte del conductor de un vehículo en el acontecimiento de un siniestro únicamente se indemnizará a los ocupantes del vehículo. El hecho de que el vehículo se encuentre asegurado a todo riesgo implicará que la aseguradora deberá repararte el vehículo, no debiendo indemnizar por las lesiones sufridas por el conductor. Espero haberte ayudado. Un saludo. |
19-jul-2022 19:44
#327
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Buenas tardes Shur,
Cuando existe culpa por parte del conductor de un vehículo en el acontecimiento de un siniestro únicamente se indemnizará a los ocupantes del vehículo. El hecho de que el vehículo se encuentre asegurado a todo riesgo implicará que la aseguradora deberá repararte el vehículo, no debiendo indemnizar por las lesiones sufridas por el conductor. Espero haberte ayudado. Un saludo. |
03-ago-2022 18:19
#328
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Hola buenas tardes, un buen amigo circulaba con su moto hacia su casa hacia menos de una hora que había salido del trabajo, cuando otro coche le envistió tarándolo al suelo, tiene la espalda cuello dolorido pero después de una semana de baja y como le quedaba solo una semana de trabajo antes de coger las vacaciones pidió el alta, bien desde el golpe la compañía lo esta mareando con el tema de su moto, le dicen que siniestro total, la moto tiene 14 años es una suzuki bandit 650gsf s, la ultima oferta son 1700e y se puede quedar con la moto, tiene varias piezas rotas. Es normal esa indemnización? se puede negar y que le reparen la moto? Gracias. |
10-ago-2022 14:42
#329
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GUÍA PARA ACCIDENTES DE TRÁFICO Bienvenidos a todos los Shurs, Desde Gestionaccidentes queremos saludaros y presentar esta Guía para la reclamación de indemnización por lesiones y siniestros totales derivados de accidentes de tráfico. Somos un despacho profesional especializado en la reclamación de indemnizaciones por siniestros de tráfico. Llevamos un par de años resolviendo dudas por el foro y trabajando para los shurs que han contratado nuestros servicios. Para los que nos queráis echar un ojo podéis visitar nuestra página web: Con esta Guía pretendemos resolver las dudas más habituales para los Shurs que hayan sufrido un accidente de tráfico e iremos actualizándolo con los temas más recurrentes. Las principales temas que vamos a tratar son los siguientes: 1) Pasos a dar cuando has sufrido un accidente de tráfico. 2) Como calcular la indemnización que puede corresponderte. Reclamar indemnización. 3) Reparación del vehículo y Siniestro total del vehículo. 4) Accidente con vehículo fugado o desconocido. 5) Gastos médicos y honorarios profesionales. AL LÍO ![]() 1) Pasos a seguir cuando has sufrido un accidente de tráfico. Los accidentes nos suelen pillar por sorpresa y no siempre estamos preparados, sean graves o leves, debéis seguir los siguientes pasos: - Rellenar el parte amistoso con precisión. Es importante que comprobéis la matrícula, aseguradora, conducto, señalización de la vía y localización del siniestro. Si no disponéis de partes amistosos, cualquier folio con un buen dibujo, una descripción y firmado tiene la misma validez. - Fotografías de los vehículos implicados en la que aparezca la matrícula y los daños que presenten. - Apuntad el nombre y teléfono de posibles testigos del siniestro. 2) Como calcular la indemnización que puede corresponderte. Reclamar la indemnización. La indemnización se calcula en función del proceso de recuperación, los daños materiales, los gastos soportados y las pérdidas económicas sufridas. Como partida más importante, debemos conocer la indemnización que nos corresponde por día de perjuicio, resultando las siguientes indemnizaciones para el año 2.022: - Perjuicio Personal Básico: 32,91.-€ / Día. - Perjuicio Personal Particular Moderado: 57,04.-€ / Día. - Perjuicio Personal Particular Grave: 82,28.-€ / Día. - Perjuicio Personal Particular Muy Grave: 109,70.-€ / Día. A modo de ejemplo: Un siniestro con motocicleta en la que sufres lesiones lumbares con un proceso de recuperación de 60 días, has estado de baja laboral 15 días, resultó dañado el casco y tu salario ha sido rebajado en 300 euros. Pues te tendrán que indemnizar: - 60 días de recuperación = 15 días moderados (baja laboral) + 45 días básicos (resto de días) = 855,60.-€ + 1.480,95.-€ = 2.336,55.-€ - 2 puntos de secuelas estéticas: 1.700.-€ - Daños materiales: El casco = 150.-€ - Pérdida económica = 300.-€ - INDEMNIZACIÓN = 4.486,55.-€ La reclamación es un procedimiento relativamente sencillo, no requiere de procedimiento judicial, se realiza una vez tengáis el alta definitiva de rehabilitación y habrá que aportar toda la documentación médica de la que dispongáis. La aseguradora tiene un plazo máximo de 3 meses para realizar oferta por las lesiones, aunque en la mayoría de casos el plazo de respuesta no suele ser superior al mes. 3) Reparación del vehículo y Siniestro total del vehículo. Cuando sufrís un golpe o accidente de tráfico por culpa de un vehículo contrario os corresponde que la aseguradora culpable os repare vuestro vehículo, ahora bien, la mayoría de aseguradoras se encuentran en convenio, esto significa que será vuestra propia aseguradora la que proceda a reparar vuestro vehículo y posteriormente reclamará el importe de reparación a la aseguradora contraria. El conflicto surge cuando el coste de reparación del vehículo es superior al valor venal que considere la aseguradora. En este caso, debéis tener en cuenta que - La reparación o el valor de vuestro vehículo es siempre negociable. - deben de ofreceros el valor de afección (20-30%) del valor del vehículo. - Los extras del vehículo deben ser indemnizados. - El valor final debe considerar el valor real en el mercado de segunda mano. 4) Accidente con vehículo no asegurado, fugado o desconocido. Si os encontráis en la situación de veros involucrados en un accidente en el que el vehículo culpable no tiene seguro, huye del lugar del siniestro o no puede ser identificado, pueden ocurrir dos circunstancias: - Que la Guardia Civil o Policía competente identifique al vehículo infractor y elabore un atestado con las circunstancias del siniestro. - Que el vehículo culpable no sea identificado o no disponga de seguro. Esto suele ser lo más común si no hay testigos, pero no está todo perdido, cuando no es posible identificar al vehículo infractor el Consorcio de Compensación de Seguros se hará cargo de: a) Indemnizar los daños físicos que hayan sufrido los lesionados. b) Los daños materiales del vehículo solo serán indemnizados cuando en los lesionados se haya producido muerte, incapacidad permanente o incapacidad temporal que requiera de una estancia hospitalaria superior a 7 días. - En el caso de vehículo no asegurado, se hará cargo de indemnizar los daños físicos y materiales. 5) Gastos médicos y honorarios profesionales. Todos los gastos médicos y gastos justificados derivados del accidente deben ser cubiertos por la aseguradora del vehículo culpable, no obstante, os preocupará si tenéis que adelantar el coste de los servicios. En principio, si vuestra aseguradora está dentro de convenio (suelen estar la mayoría) y el centro médico también, el gasto estará cubierto y no os enteraréis del precio. Ahora bien, en el caso de que haya varios vehículos implicados, que la aseguradora no esté adherida a convenio, que acudáis a un centro no adherido u os realicéis pruebas médicas no autorizadas, tendréis que adelantar el pago de las facturas y tendréis que reclamarlas junto a la indemnización correspondiente. En esto es fundamental que os asesore vuestro agente, corredor o abogado para que después no tengáis la preocupación de tener que reclamar el gasto adelantado. Respecto a los honorarios del abogado designado para la reclamación, en la gran mayoría de pólizas se encuentra cubierta la defensa jurídica, esto significa que tenéis libertad para elegir el abogado que queráis y la aseguradora os abonará los gastos de vuestro abogado dentro de los límites de la póliza. En la generalidad de casos, la cobertura suele ser más que suficiente para cubrir los gastos jurídicos. Espero que os sea de ayuda y que planteéis las dudas que os vayan surgiendo. ![]() Muchas gracias!! Por cierto como actuamos Justo después de un accidente? Ha venido la ambulancia y es culpa nuestra, lo tenemos a todo riesgo, nos vamos a un médico privado? |
11-ago-2022 15:28
#330
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En el caso de que la reparación del vehículo supere el valor del vehículo en el mercado de segunda mano la entidad aseguradora podrá indemnizarte por el valor del mismo en lugar de autorizar la reparación. Esta situación no implica que te tengas que conformar con el valor venal del vehículo, la jurisprudencia viene reconociendo que te deben abonar el valor real del vehículo incrementado en un 30-40% por valor de afección. Un saludo. |


AL LÍO 