[Autónomos] Prestación por cese de actividad
30-may-2020 12:28
#751
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Yo también lo pedí a primeros de mayo, y acabo de ver un ingreso de HOY en Ing de mil seiscientos y algo. No tengo ni idea de que corresponde esa cantidad, porque no es el 70% de nada. Ni de un mes, ni de dos. Pone periodo 0104 a 3005. Pero a mi no me coincide eso con nada. Por cierto, ayer tengo cargado el recibo de autonomos. Supongo que en el próximo pago me devolverán ese y el de abril. Supongo vaya
Creo que seguramente sean dos meses y medio, del 14 de marzo al 30 de Mayo |
30-may-2020 15:34
#752
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Creo que no, porque lo pedí por la bajada de ingresos desde el 1 de abril. Y tengo pagados autónomos de abril y mayo. A saber.... |
30-may-2020 16:47
#753
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Yo aún no he recibido nada (Fremap). Aprovecho para hacer una consulta: yo lo presenté en abril, me corresponde cobrar desde el 14 de marzo hasta ahora?. Decir que me cobraron la cuota de abril ( la devuelven en junio?). La de mayo no la han cobrado. |
30-may-2020 17:32
#754
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Shur te cito again por si lo sabes, que repercusión tendrá el “la entidad gestora tiene que tener el certificado de estar al corriente si lo requiere” teniendo en cuenta que los certificados de estar al corriente no se pueden sacar con caracter retroactivo y entiendo que lo suyo es que sean de la fecha en que dió causa a la prestación, en la práctica es algo que puede que no se vaya a pedir de manera general porque la mutua lo consulta... si sabes algo mas se agradece shur
De todas formas, las mutuas tenemos conexión con la base de datos de la Tesorería y vemos el histórico de cobros y deudas de autónomos y empresa, por lo que podría ver si en marzo tenía o no deuda. El autónomo no tiene que presentar certificado de estar al corriente, la comprobación la puede hacer la mutua que tiene medios para ello. De todas formas paso a paso, de momento estamos con la prestaciones, las revisiones para mas adelante. |
30-may-2020 17:41
#755
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Yo pedí la de abril ( en marzo no por eso de que te contaban los primeros 14 días) y tampoco he cobrado hoy. Con MC Mutual.
Por cierto, yo sí pienso que hay que renunciar a la prestación una vez se supere el 25% de ingresos en un mes natural. Y de hecho, mi Mutua así lo dice expresamente Tienes razón, lo he mirado y ahora no dicen lo mismo. Han cambiado la información de su web. Antes decían que había que renunciar, y ahora dicen que ante las dudas generadas, el que quiera puede renunciar " por si acaso".
El RD es verdad que da a entender que hasta el final del Estado de Alarma. Pero luego a saber, la Seguridad Social cambia de criterio y empiezan a llegarnos las cartas pidiéndonos que se devuelva el dinero. La seguridad jurídica es nula ... Por cierto, yo lo pedí a primeros de mayo, para el mes de abril. Y me acaban de pagar 1322€, entiendo que me han pagado abril y mayo no? Vosotros ahora estáis cobrando mayo? Exacto te han pagado abril y mayo. Tienes la base mínima de cotización (944,40€) por lo que la prestación mensual es 661,08€ (70% de 944,40€) al corresponderte desde el 1 de abril te han abonado 2 meses (abril y mayo) siendo el pago de 661,08 x 2 = 1322,16€ |
Editado: 30-may-2020 18:04 -
30-may-2020 17:53
#756
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Lo de cuando te corresponde depende del motivo de ls solicitud: si es por suspensión de la actividad siempre se cobra desde el 14 de marzo (independientemente de cuando lo solicites) Si es por reducción de la facturación se cobraría desde el día 1 de la reducción. En tu caso dices que la solicitaste en abril, por lo que si tu solicitud fuera por reducción de la facturación, al presentarla en abril estás diciendo que fue en marzo (mes anterior a la solicitud) cuando se redujo tu facturación, por lo que cobrarías desde el 14 de marzo. De todas formas si la solicitaste en abril deberías haber cobrado en el pago que se hizo el 30 de abril (salvo que lo presentaras a finales de abril y ya no hubiese dado tiempo de tramitar la solicitud) |
Editado: 30-may-2020 18:05 -
30-may-2020 17:55
#757
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Yo lo presenté hace 2 semanas con fecha de inicio 23 de Marzo y hoy me ingresaron el importe. 1717 y algo. |
30-may-2020 17:59
#758
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Yo también lo pedí a primeros de mayo, y acabo de ver un ingreso de HOY en Ing de mil seiscientos y algo. No tengo ni idea de que corresponde esa cantidad, porque no es el 70% de nada. Ni de un mes, ni de dos. Pone periodo 0104 a 3005. Pero a mi no me coincide eso con nada. Por cierto, ayer tengo cargado el recibo de autonomos. Supongo que en el próximo pago me devolverán ese y el de abril. Supongo vaya
Dime cual es tu base de cotización |
30-may-2020 19:04
#761
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Yo de momento de revisiones no se nada (no se lo que hacen otras mutuas) así que todo lo que se pueda decir sería teorizar. Hasta que el estado de alarma no finalice y la prestación no termine, no se va a revisar nada (al menos donde yo trabajo)
De todas formas, las mutuas tenemos conexión con la base de datos de la Tesorería y vemos el histórico de cobros y deudas de autónomos y empresa, por lo que podría ver si en marzo tenía o no deuda. El autónomo no tiene que presentar certificado de estar al corriente, la comprobación la puede hacer la mutua que tiene medios para ello. De todas formas paso a paso, de momento estamos con la prestaciones, las revisiones para mas adelante. |
30-may-2020 20:19
#762
| La devolución de las cuotas de autonomos vienen con lo que te pague la mutua incluido ?? o la SS se encarga de eso y ya las devolverán más adelante? |
31-may-2020 16:27
#763
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El requisito de la reducción de facturación hay que cumplirlo inicialmente para solicitar la prestación. Por tanto no hay que mantener esa reducción todo el tiempo que dure la prestación, que se cobrara desde el día 1 del mes aue se produjo la facturación hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma. Es decir la prestación siempre siempre siempre se pagará hasta que finalice el estado de alarma, solo tienes que cumplir con el requisito inicial para acceder (suspensión de la actividad o reducción de la facturación) una vez lo cumples la cobras hasta el final (da igual lo que factures en los meses siguientes)
Exacto te han pagado abril y mayo. Tienes la base mínima de cotización (944,40€) por lo que la prestación mensual es 661,08€ (70% de 944,40€) al corresponderte desde el 1 de abril te han abonado 2 meses (abril y mayo) siendo el pago de 661,08 x 2 = 1322,16€ |
31-may-2020 17:57
#764
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Yo tengo una duda solicite el cese de actividad por reducción de facturación el 1 de abril y hoy veo que la mutua me ha ingresado el importe de abril y mayo. Y sin embargo me han cobrado los autónomos de abril y mayo y cuando he entrado en el informe de vida laboral aparezco como con inicio de cese de actividad el 1 de abril y en los años cotizados veo que me han descontado 2 meses de la cotización de autónomos. Es decir si yo ahora realmente tengo cotizados 25 años y 6 meses me pone que tengo cotizados 25 años y 4 meses. No entiendo nada. ¿A alguien más le ha pasado algo así? |
31-may-2020 18:45
#765
| Ayer me llego una transferencia de mutua maz. Y no he solicitado ninguna ayuda por cese de actividad. Mañana lo veré con mi asesoría, por si lo hubieran hecho ellos sin decirme nada. Pero vaya estoy a cuadros. |
31-may-2020 21:52
#766
| O pusieron tu número de cuenta en la solicitud de otro autónomo... eso ha sido un error muy común. |
01-jun-2020 00:06
#767
| Cierto.. habrá casos de uno cobrando lo de otro, las revisiones van a ser divertidas sin duda. |
01-jun-2020 00:48
#768
| @Kezco lo que me llama la atención es que haya gente cobrandola con deuda y sin que se le haya invitado al pago (según me consta). Esto contradice el real decreto y la obligación de realizar la invitación, aunque imagino que cuando se detecte esta deuda se le terminará invitando al pago o se compensará con las devoluciones de cuotas que se hacen, imagino que se le invitará y sino paga se le hará devolver todo 🤷🏻*♂️. |
01-jun-2020 15:08
#770
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Una duda que imagino ya se habrá planteado... A mi padre le concedieron la prestación por cese de actividad. Ha cobrado la parte de marzo, abril y hoy mayo completo también. Pero la cuota de autonomo todavía no le han devuelto nada. Y por otra parte, mi duda es si tú como autonomo debes informar de cuándo retomas la actividad, o si ya es definitivo que la prestación es completa hasta que termine el Estado de Alarma? |
01-jun-2020 15:31
#771
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Una duda que imagino ya se habrá planteado...
A mi padre le concedieron la prestación por cese de actividad. Ha cobrado la parte de marzo, abril y hoy mayo completo también. Pero la cuota de autonomo todavía no le han devuelto nada. Y por otra parte, mi duda es si tú como autonomo debes informar de cuándo retomas la actividad, o si ya es definitivo que la prestación es completa hasta que termine el Estado de Alarma? |
01-jun-2020 22:03
#772
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Una duda que imagino ya se habrá planteado...
A mi padre le concedieron la prestación por cese de actividad. Ha cobrado la parte de marzo, abril y hoy mayo completo también. Pero la cuota de autonomo todavía no le han devuelto nada. Y por otra parte, mi duda es si tú como autonomo debes informar de cuándo retomas la actividad, o si ya es definitivo que la prestación es completa hasta que termine el Estado de Alarma? |
01-jun-2020 22:31
#773
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Yo flipo,el viernes me llego notificacion de ingreso de la mutua por 2 meses unos 1200 y algo de euros (llevo desde el 12 de marzo sin trabajar) hoy lunes la administarcion me cobra unos mil euros de aplazamientos de iva, me han estado cobrando la cuota de autonomos,he tenido que pedir un prestamo para poder soportar la situacion,de la devolucion de las cuotas ninguna noticia. De esta "salimos reforzados?" |
01-jun-2020 22:50
#774
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Lo de cobrar es lo que ya se ha dicho, los pagos salieron ayer, por lo que entre ayer, hoy y lunes estarán.
Lo de cuando te corresponde depende del motivo de ls solicitud: si es por suspensión de la actividad siempre se cobra desde el 14 de marzo (independientemente de cuando lo solicites) Si es por reducción de la facturación se cobraría desde el día 1 de la reducción. En tu caso dices que la solicitaste en abril, por lo que si tu solicitud fuera por reducción de la facturación, al presentarla en abril estás diciendo que fue en marzo (mes anterior a la solicitud) cuando se redujo tu facturación, por lo que cobrarías desde el 14 de marzo. De todas formas si la solicitaste en abril deberías haber cobrado en el pago que se hizo el 30 de abril (salvo que lo presentaras a finales de abril y ya no hubiese dado tiempo de tramitar la solicitud) |
02-jun-2020 06:39
#775
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A mi me falta el pago de esta última de mayo. Cobré marzo y abril por cese, pero mayo nada. Autónomos no me los pasaron por primera vez. Buen cachondeo llevan. |
02-jun-2020 08:31
#776
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Esto está recogido en un oficio de la Seguridad Social del 27 de abril. |
02-jun-2020 09:18
#778
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@Kezco lo que me llama la atención es que haya gente cobrandola con deuda y sin que se le haya invitado al pago (según me consta). Esto contradice el real decreto y la obligación de realizar la invitación, aunque imagino que cuando se detecte esta deuda se le terminará invitando al pago o se compensará con las devoluciones de cuotas que se hacen, imagino que se le invitará y sino paga se le hará devolver todo ����*♂️.
Así que lo que plantearon las mutuas y que el gobierno autorizó fue: - Un formulario común y lo más sencillo posible para todas las mutuas. - Aportar el mínimo de documentación posible (solo se aporta el DNI) - Que la solicitud fuese una declaración jurada del autónomo. Es decir, que conoce los requisitos para acceder a la prestación y que sabe que los cumple (como por ejemplo no tener deuda) Siempre te comento que de revisiones ahora mismo nada de nada (ya se que me dirás que x mutua sí está revisando) pero por lo general no. Yo, solicitud que entra solicitud que reconozco, no miro ni reviso nada (salvo si esta de baja de IT que la prestación de cese queda en suspenso hasta que coja el alta) y esto se hace así porque o nos dedicamos a revisar cada solicitud y vamos tremendamente lentos o las pagamos y sacamos esto para delante en un momento tan delicado como este (y se optó por lo segundo) Ya más adelante se revisará si las prestaciones están o no bien concedidas. Pero lo que tienes que pensar no es que haya gente con deuda cobrándola, te tienes que preguntar ¿por qué hay gente con deuda o que no cumple el requisito de facturación y aún así la solicitó)... Repito, la solicitud se trata de una declaración jurada del autónomo de que cumple con los requisitos para acceder a la misma, en todas las solicitudes se recalca eso y en los escritos que se envían a los autónomos reconociendo la prestación se aclara que se trata de un reconocimiento de la prestación provisional debido al estado de alarma y a razones de urgencia protectora. |
Editado: 02-jun-2020 09:20 -
02-jun-2020 09:20
#779
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Cuando salió el Decreto las mutuas se reunieron con el gobierno y les plantearon lo siguiente: “Si tenemos que revisar uno a uno si se cumplen los requisitos de acceso a la prestación, iremos muy lentos ante la avalancha que se viene y se quedarán autónomos sin cobrar varios meses hasta que se atienda su solicitud, lo que provocará que miles de autónomos se vayan a la quiebra...”
Así que lo que plantearon las mutuas y que el gobierno autorizó fue: - Un formulario común y lo más sencillo posible para todas las mutuas. - Aportar el mínimo de documentación posible (solo se aporta el DNI) - Que la solicitud fuese una declaración jurada del autónomo. Es decir, que conoce los requisitos para acceder a la prestación y que sabe que los cumple (como por ejemplo no tener deuda) Siempre te comento que de revisiones ahora mismo nada de nada (ya se que me dirás que x mutua sí está revisando) pero por lo general no. Yo, solicitud que entra solicitud que reconozco, no miro ni reviso nada (salvo si esta de baja de IT que la prestación de cese queda en suspenso hasta que coja el alta) y esto se hace así porque o nos dedicamos a revisar cada solicitud y vamos tremendamente lento o las pagamos y sacamos esto para delante en un momento tan delicado como este (y se optó por lo segundo) Ya más adelante se revisará si las prestaciones están o no bien concedido. Pero lo que tienes que pensar no es que haya gente con deuda cobrándola, te tienes que preguntar ¿por qué hay gente con deuda o que no cumple el requisito de facturación y aún así la solicitó)... Repito, la solicitud se trata de una declaración jurada del autónomo de que cumple con los requisitos para acceder a la misma, en todas las solicitudes se recalca eso y en los escritos que se envían a los autónomos reconociendo la prestación se aclara que se trata de un reconocimiento de la prestación provisional debido al estado de alarma y a razones de urgencia protectora. De todas formas ha sido todo express y hay gente que ni sabía que tenía deuda seguramente, el real decreto te dice invitación al pago, y eso hay mutuas que me consta lo revisan e invitan y mutuas que no (sobretodo las grandes), porque decidieron dejar de hacerlo por lo que comentas, pero igualmente se saltan este paso que ya veremos como queda porque será declaración jurada pero hay que cumplir el real decreto también. Luego el show como te digo lo de comunicar la facturación y hay mutuas que dicen que hay que comunicarlo hay mutuas que no, y estando en junio que esto no esté totalmente claro da inseguridad jurídica. Luego verás las risas con las revisiones por haber hecho esto sin clarificar todos los aspectos como debe ser. @Kezco |
Editado: 02-jun-2020 09:33 -
02-jun-2020 11:43
#780
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Lo sé, curioso que dicen los formulario lo de comunicar el incumplimiento de la facturación mensual cuando el real decreto nada mas dice el mes anterior a la solicitud, desde luego las mutuas se lavan las manos y bien...
De todas formas ha sido todo express y hay gente que ni sabía que tenía deuda seguramente, el real decreto te dice invitación al pago, y eso hay mutuas que me consta lo revisan e invitan y mutuas que no (sobretodo las grandes), porque decidieron dejar de hacerlo por lo que comentas, pero igualmente se saltan este paso que ya veremos como queda porque será declaración jurada pero hay que cumplir el real decreto también. Luego el show como te digo lo de comunicar la facturación y hay mutuas que dicen que hay que comunicarlo hay mutuas que no, y estando en junio que esto no esté totalmente claro da inseguridad jurídica. Luego verás las risas con las revisiones por haber hecho esto sin clarificar todos los aspectos como debe ser. @Kezco Gestionamos prestaciones de la Seguridad Social y la propia Seguridad Social es la que nos exige que esas prestaciones se concedan correctamente. ¿Tú de verdad crees que a alguien se le va a reclamar algo que no se deba o proceda? Si se le reclama algo a un autónomo seguramente sra porque tenía deuda o no cumplía con el requisito de facturación ¿Entonces porqué lo solicitó? Aquel que se le reclame será porque efectivamente se compruebe que no tenía derecho a acceder a la prestación. Y no, no creo que la comprobación de que está al corriente tenga que hacerla sí o sí la mutua porque como dices “hay gente que no sabía que tiene deuda”. Precisamente se aclara en la solicitud que tiene que estar al corriente (lo mínimo que se le puede pedir a un autónomo es que sepa si está o no al corriente en Seguridad Social) Es como si tú en la declaración de la renta te deduces un concepto que no te corresponde y hacienda te devuelve, y luego cuando hacienda revisa la declaración te lo reclama, y tú piensas “deberían antes de haberme devuelto a ver comprobado que no me correspondía” Pues con esta prestación es lo mismo... |