[Autónomos] Prestación por cese de actividad
18-mar-2020 23:53
#31
|
A ver, tenéis que leer como lo leen ellos. Tu tienes derecho a esa prestación, si "La facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida en un 75% tomando como promedio la facturación del semestre anterior" Es decir, a mes vencido. Podrías solicitarla en abril, pero tendrías que haber reducido tu facturacion en marzo en un 75% respecto al semestre anterior. Teniendo en cuenta que hemos empezado el estado de alarma a medio mes, lo más probable es que tú facturación no alcance a bajar tanto durante marzo. Por lo tanto, podrías solicitarla en mayo, teniendo como referencia abril en el que probablemente sí tengas ese 75% mensual de caída. Pero ten en cuenta que todo esto solo se dará si el estado de alarma sigue en vigor hasta el 1 de mayo. Si solo dura hasta el 30 de abril, en mayo ya no tienes razones para pedir nada. Básicamente es lo mismo que el paro de los autónomos en el titular de prensa todo es muy bonito, pero si ves el detalle no tienes derecho a nada. |
19-mar-2020 00:13
#32
|
Hay esta una de las dudas yo no soy asesor laboral y esa parte la llevan los asesores laborales , a burger king se lo han denegado supuestamente por qué podían continuar con parte de su actividad , en supercontabke había información sobre los ertes pero cuidado, si eres autónomo lo que si aparentemente es que podrás acogerte a la ayuda de la prestación
|
19-mar-2020 00:28
#33
|
Al artículo dice lo siguiente: Art.17 Prestación extraordinaria por cese de actividad a autónomos.
Desde el 18 de marzo y en el plazo de un mes los autónomos podrá acogerse a la prestación por desempleo requisitos y condiciones: Para aquellas actividades queden suspendidas en virtud del real decreto 463/2020 o en otro caso cuando la facturación del mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida al menos en un 75% en relación con el promedio medio de facturación del semestre anterior. Estar dado de alta en la Seguridad Social. Para los que no hayan suspendido su actividad por el estado de alarma acreditar la reducción de la facturación respecto al semestre anterior. La cuantía a percibir será del 70% de su base reguladora y correspondiente a un mes. La prestación será incompatible con cualquier otra de la Seguridad Social. La prestación también se aplicará a los socios trabajadores de Cooperativas que coticen por el régimen de autónomo. La tramitación se realizará ante las mutuas de trabajo. El problema es que no se especifica si para cobrarlo el cese debe ser permanente o temporal. Ni si hay que darse de baja de autónomos o no. No han explicado prácticamente nada. Hasta que no aclaren estos temas no podemos hacer nada. |
19-mar-2020 09:02
#34
|
Soy autónomo societario, ¿también te puedes acoger? pero sobre todo me ineteresa si se pueden acoger los trabajadores de la gasolinera, es una desatendida y ahora mismo no va nadie, están allí para ayudar a la gente que no sabe pero como digo ahora mismo no da ni para pagar el salario y la gasolinera seguiría funcionando.
|
19-mar-2020 09:15
#36
|
Y en cuanto a ERTES lo mas claro creo que es la postura de este compi de profesion " 1-Todos los que han cerrado de forma obligatoria o tienen situación de aislamiento decretado por la autoridad sanitaria porque hay algún caso en su empresa , pueden solicitar un ERTE total por situación DE FUERZA MAYOR debido al coronavirus y se lo darán. 2-los que no han tenido que cerrar forzosamente pueden solicitarlo únicamente cuando puedan demostrar perdida mensual superior al 75% respecto a la media de los seis meses anteriores, si los hacemos por hacer en este segundo caso sin tener acreditado este requisito,se corre mucho riesgo de que no lo concedan, pero sí que se puede pedir, hay que decir esto a los clientes antes de que piensen otra cosa. En el primer caso ERTE por cuestión excepcional de Fuerza Mayor por coronavirus En el segundo caso erte por motivos económicos derivados o relacionados con coronavirus son diferentes Y siempre recordando que no pueden bajar la plantilla de trabajadores en los seis meses siguientes desde que se empiece a trabajar en las empresas que le hayan estimado el erte. No obstante hay que calibrar desde mi punto de vista que si podemos acreditar alguna cuestión empresarial que demuestre que la empresa no va a poder seguir trabajando....ENTIENDO QUE PODEMOS INTENTAR PRESENTARLO AUN SIN ACREDITAR ESE 75%....Creo que es de sentido común y hay que ver caso a caso. Esto es lo que he dicho a mis trabajadores y lo pongo aquí por si le sirve a alguien." |
19-mar-2020 11:01
#37
| Ahí está el problema... Que no aclaran nada ni han puesto alguna web o línea para todo este tipo de consultas, veremos a ver si salen a aclararlo... Ayer me suena que Yolanda Díaz (M. de Trabajo) dijo que siendo cese temporal se podía solicitar la prestación. |
19-mar-2020 11:30
#39
|
Y en cuanto a ERTES lo mas claro creo que es la postura de este compi de profesion
" 1-Todos los que han cerrado de forma obligatoria o tienen situación de aislamiento decretado por la autoridad sanitaria porque hay algún caso en su empresa , pueden solicitar un ERTE total por situación DE FUERZA MAYOR debido al coronavirus y se lo darán. 2-los que no han tenido que cerrar forzosamente pueden solicitarlo únicamente cuando puedan demostrar perdida mensual superior al 75% respecto a la media de los seis meses anteriores, si los hacemos por hacer en este segundo caso sin tener acreditado este requisito,se corre mucho riesgo de que no lo concedan, pero sí que se puede pedir, hay que decir esto a los clientes antes de que piensen otra cosa. En el primer caso ERTE por cuestión excepcional de Fuerza Mayor por coronavirus En el segundo caso erte por motivos económicos derivados o relacionados con coronavirus son diferentes Y siempre recordando que no pueden bajar la plantilla de trabajadores en los seis meses siguientes desde que se empiece a trabajar en las empresas que le hayan estimado el erte. No obstante hay que calibrar desde mi punto de vista que si podemos acreditar alguna cuestión empresarial que demuestre que la empresa no va a poder seguir trabajando....ENTIENDO QUE PODEMOS INTENTAR PRESENTARLO AUN SIN ACREDITAR ESE 75%....Creo que es de sentido común y hay que ver caso a caso. Esto es lo que he dicho a mis trabajadores y lo pongo aquí por si le sirve a alguien." |
19-mar-2020 12:21
#41
| Sabes algo sobre cómo iniciar el trámite de forma online o telefónica? No encuentro nada de información .. |
19-mar-2020 12:45
#43
| Pues a ver si mi gestor me dice algo que ayer estaba muy muy perdido con el tema, decía que no era nada claro el real decreto. |
19-mar-2020 13:18
#45
| Yo me dedico a vender por Internet pero aunque la facturación caerá bastante este mes, no tanto como un 75%... |
19-mar-2020 13:35
#46
|
A ver si alguien más puede ir dando más información |
19-mar-2020 13:40
#47
|
Yo no soy propietario, soy asalariado (encargado) y en nuestro caso tenemos 3 gasolineras y una distribución, las ventas claramente han caído en picado y hable con uno de mis jefes sobre la posibilidad de cerrar 2 y mantener abierta una (están cerca entre ellas, y en la avenida donde está una de ellas hay otras 5 gasolineras) y la distribución... Por la tarde cuando lo estuvieron mirandolo hable de nuevo con el y me dijo que de momento no les permiten cerrar ninguna.
A ver si alguien más puede ir dando más información |
19-mar-2020 13:54
#48
| Hola a todos estoy en la misma situación autónomo con pequeña tienda de deportes y un empleado y no me aclaro a lo que tengo derecho unos dicen que si puedo hacer un ERTE del empleado y yo solicitar el cese de actividad para parar cuota de autónomo y solicitar ayuda y otros que no. Esto es un gran lío y no se como quedará pero seguro que al final salimos perdiendo los autónomos como siempre. Gracias a todos y seguimos por aquí. |
19-mar-2020 14:37
#49
| Buenas,, Soy autonomo con un comercio cerrado, sin empleados. He llamado a la mutua (que son los que se hacen cargo de la ayudas) y me han pasado con un gestor, el cual me ha dicho que les faltan unos criterios por confirmar con la seguridad social y que tienen que modificar las solicitudes. Hasta que no pasen unos dias no se podra solicitar |
19-mar-2020 22:48
#51
|
Ahora todo es un lío. Yo creo que lo mejor es dejar pasar unos días para que todos los colectivos lo entiendan y asimilen. Piensa que es una situación nueva, extraordinaria y hay muchos tiras y aflojas que no llevan a ningún sitio. En una semanilla se aclarará todo. |
19-mar-2020 23:08
#52
|
Buenas shures,
Con toda la movida está del coronavirus y el paquete de medidas económicas que iba a sacar el gobierno me han surgido varias dudas y el gestor creo que no lo entiende tampoco. Siendo autónomo, si he tenido que cerrar mi tienda por el estado de alarma (que posiblemente se alargue), según tengo entendido tengo que seguir pagando las cuotas pero podría pedir la prestación por cese de actividad para al menos cubrir alquiler y gastos de luz/agua... El gestor me ha dicho que en teoría no puedo pedirla porque es para cuando cierras el negocio completamente pero tengo entendido que si he tenido que cerrar por el estado de alarma puedo pedirla... Alguien podría resolverme la duda de si puedo o no pedirla y en caso de poder pedirla, dónde podría pedirla estando la situación cómo está? Un saludo y gracias!! Pd: si alguien está en la misma situación y quiere comentar lo agradecería mil, es muy confusa la información que hay Llama a tu Mutua. A partir del lunes van a habilitar las solicitudes y el programa informático. |
20-mar-2020 00:18
#53
| vaya lio yo estoy igual, tienda cerrada y soy autonomo al ser administrador unico de la sociedad |
20-mar-2020 11:26
#55
|
Y en cuanto a ERTES lo mas claro creo que es la postura de este compi de profesion
" 1-Todos los que han cerrado de forma obligatoria o tienen situación de aislamiento decretado por la autoridad sanitaria porque hay algún caso en su empresa , pueden solicitar un ERTE total por situación DE FUERZA MAYOR debido al coronavirus y se lo darán. 2-los que no han tenido que cerrar forzosamente pueden solicitarlo únicamente cuando puedan demostrar perdida mensual superior al 75% respecto a la media de los seis meses anteriores, si los hacemos por hacer en este segundo caso sin tener acreditado este requisito,se corre mucho riesgo de que no lo concedan, pero sí que se puede pedir, hay que decir esto a los clientes antes de que piensen otra cosa. En el primer caso ERTE por cuestión excepcional de Fuerza Mayor por coronavirus En el segundo caso erte por motivos económicos derivados o relacionados con coronavirus son diferentes Y siempre recordando que no pueden bajar la plantilla de trabajadores en los seis meses siguientes desde que se empiece a trabajar en las empresas que le hayan estimado el erte. No obstante hay que calibrar desde mi punto de vista que si podemos acreditar alguna cuestión empresarial que demuestre que la empresa no va a poder seguir trabajando....ENTIENDO QUE PODEMOS INTENTAR PRESENTARLO AUN SIN ACREDITAR ESE 75%....Creo que es de sentido común y hay que ver caso a caso. Esto es lo que he dicho a mis trabajadores y lo pongo aquí por si le sirve a alguien." |
20-mar-2020 13:52
#59
|
Hola shurs, en la web de la ata tenéis una faq y guías con estas cosillas. En teoría para percibir la prestación tienes que hacérselo llegar a tu mutua a través de una declaración jurada, pidiendo el cese. La duda está en si tienes empleados, si tienes que hacer ERTE o no. Habla con tu asesor. Yo por ejemplo en mi caso estoy jodido porque me di de alta como autónomo el día 9 y mi epígrafe es de artes gráficas, que pueden desarrollar su actividad. Y se supone que la prestación es si te obligan a cerrar o si justificas que has perdido un 75% respecto al mes anterior. Pero al no tener mes anterior estoy en un vacío legal. |