MULTAS DE TRAFICO. Sanciones. By erpajica (Vol II)

smirry
ForoCoches: Miembro
#91
Es la primera vez que oigo que multan por no circular por el carril más a la derecha...y aunque parezca injusta, me parece cojonudo, a ver si asi la gente empieza a utilizar los carriles correctamente, que por este motivo se ocasionan muchas retenciones innecesarias.

Y a lo que dices de que ibas solo...pues con más motivo, si no va ni dios por la carretera, por que leches no vas por la derecha, como tiene que ser?
karankon
Invitado
#92
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ale_boo
ForoCoches: Miembro
#93
Cita de 206QuikSilver
tendran que ser homologadas, o a lo mejor pasa como los kit xenon que son homologados y no se pueden circular con ellos
En la web de Hella, dicen que no hace falta homologarlas (igual al ser de tan poca potencia, pero npi).
Yo pregunté en la ITV y no sabían nada, y lo que me dijo fue que por si acaso no las montara.

Igual te toca un agente, le enseñas el certificado, le dices que son diurnas y no pasa nada (o incluso se interesa por el tema), que te toca alguien que dice que son antinieblas y te empapela.

Creo que hay mas info en un hilo de luces diurnas.

Por cierto, respecto a lo de montar ruedas distintas que no están en la ficha. Mi coche trae homologada la 205/50/16, incluso viene anotada en la ficha verde, y a pesar de ello al pasar la ITV me lo ponen en anotaciones (mejor por si me paran). Tambien es verdad que al ser las llantas de serie (de otra terminación) no dan el cante.
tissen
ForoCoches: Miembro
#94
Karankon, el que se equivoca eres tú, siempre que el forero se refiera a las autovías y autopistas, donde NO HAY NINGÚN CRUCE, y los carriles de mas a la izquierda son para adelantar
smirry
ForoCoches: Miembro
#95
Cita de karankon
No entiendo que pretendes con lo que dices, no aportas nada (bueno sí, crispación). Para tu información hay un cruce de carriles MUY peligroso un poco más adelante y si vas por ese carril no tienes que hacer ningún cambio, con lo cual deja de ser peligroso, tanto para ti como para el resto de conductores. Y lo de las retenciones sobra, ya que no es el caso.

Saludos

A ver, si la carretera va sola, hay 3 carriles, y no vas por el derecho, entonces vas circulando mal. Otra cosa es que yegando a una incorporación haya coches que se quieran incorporar y tu lo facilites echandote al carril central pero si no...y eso de que había un cruce de carriles como es?? dirás una incorporación, porque que yo sepa en una autovia no se cruzan los carriles.

Vamos que consideor que la multa está bien puesta, otra cosa es que haya cosas que considero mucho más peligroso y no multan, pero bueno, así es la vida...

Por el foro hay un hilo que habla exactamente de esto, de que mucha gente no circula por la derecha, porque no le da la gana. De hecho Guren de vez en cuando pone ejemplos gráficos sobre este tema , te diría cual es el hilo para que le echaras un vistazo pero bueno, veo que tu eres de los que va por el central porque como va solo....y luego cuando hay coches seguro que vas pr la derecha ... sisi...tu mismo, pero recuerda, hay que circular por el carril más a la derecha y los de la izquierda para adelantar o facilitar incorporaciones, y punto.
rafaxl
System Porsche
#96
Hola chicos, he puesto un nuevo tema y me han dicho que os pregunte aqui. La pregunta es, en una zona de 80 km/h me ha cazado el radar a 95 km/h, me pueden retirar puntos por esto?o solo sancion economica?

Saludos y gracias por colaborar con estos temas!
G.Bravo
ForoCoches: Miembro
#97
Cita de rafaxl
Hola chicos, he puesto un nuevo tema y me han dicho que os pregunte aqui. La pregunta es, en una zona de 80 km/h me ha cazado el radar a 95 km/h, me pueden retirar puntos por esto?o solo sancion economica?

Saludos y gracias por colaborar con estos temas!
Ha sido en Bilbao, ojo.
erpajica
ForoCoches: Miembro
#98
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alpa
ForoCoches: Miembro
#99
Cita de erpajica
380 euros y 6 puntos menos (minimo 3 meses de retirada). Suelen tardar en notificarselo al conductor entre uno y dos meses, pero vamos, varía según la J. Provincial de Tráfico. Hacerse efectivo? Ni idea, me imagino que te lo notificarán de nuevo. Creo que es posible "negociarlo" (las fechas en las que te lo retiran) con la Jefatura y antes hasta podias pagarlo en comodos plazos, aunque creo que ya no.-
Leyendo este post me ha recordado una duda que siempre he tenido desde que se instauró lo de que a más de 200km/h con límite de 120 se tira por la vía penal y se considera delito con posibles penas de carcel.

En este tipo de casos donde no te pueden parar o es un radar fijo como se actua?, se manda una carta a casa y ya como en cualquier otra multa? Lo cierto es que me extraña. Puesto que creo que si te paran te detienen en ese momento no? O estoy equivocado?

Por otro lado, la gente sabiendo la que le puede caer, en este caso el titular del vehículo puede alegar que no sabe quien conducía el coche en ese momento y prefiera pagar el doble a que se lo tiren por vía penal, en ese caso sería muy sencillo evitar este tipo de procesos penales o por lo menos que quedasen "en nada" pues no se sabe a ciencia cierta quien conducía. Se quedaría únicamente en sanción económica diciendo esto? El tema sería curioso.

Un saludo erpajica, y gracias por esta iniciativa.
MIGUELE
ForoCoches: Miembro
#100
Buena pregunta
pozi30
fOrErA
#101
Hola, al final me voy hacer asidua de este hilo y sin ser las preguntas para mi (mejor!!)

Multa de radar movil, a 117km/h limitada la velocidad a 70km/h, resultado parada de la GC, 200€ y 3 puntos de sancion... Esto lleva obligatoriamente retirada de carnet?? se que puede acarrear suspension pero quien es el que lo decide si en el bolentin no pone nada??ç

Gracias a todos los que colaboran con nuestras dudas!!
smirry
ForoCoches: Miembro
#102
Cita de pozi30
Hola, al final me voy hacer asidua de este hilo y sin ser las preguntas para mi (mejor!!)

Multa de radar movil, a 117km/h limitada la velocidad a 70km/h, resultado parada de la GC, 200€ y 3 puntos de sancion... Esto lleva obligatoriamente retirada de carnet?? se que puede acarrear suspension pero quien es el que lo decide si en el bolentin no pone nada??ç

Gracias a todos los que colaboran con nuestras dudas!!
Me parece que si puede llevar la retirada de un mes, y no tienes antecedentes por multa de velocidad, pues no te lo retiran...si ya te han cazado más veces, entonces sí.

Pero no estoy seguro...a ver si erpajica te comenta algo.
Silverman
ForoCoches: Miembro
#103
Buenas!

Me acaba de llegar una notificacion del "Ministerio de interior". ¿Es una multa? Hasta ahora las que habia recibido a sido solo en mi comunidad.

Un saludo.
BaTMaN®
ForoCoches: Miembro
#104
Bajaba hacia Andalucía tras dejar la R4 y Puerto Lápice cuando adelantando un grupo de 5 coches, prácticamente lamiéndose uno a otro, el coche del medio era un radar en un mercedes gris que detecté justo cuando casi estaba encima. Frenazo al canto y no llegué a sobrepasarlo hasta que me puse a 130 Km/h. Termino de adelantar al grupo a 130 Km/h y me paso y me mantengo en el carril derecho. Poco después me adelanta el coche camuflado, me pide que estacione y lo único que hacen es pedirme el Carnet de Conducir porque iba con exceso de velocidad. Regresa con la copia de la multa, ni me ofrece firmarla, ni me dice de cuanto es la sanción, ni la velocidad a la que iba ni si conlleva retirada de puntos. En la multa adjunta, creo leer, con mucho esfuerzo, que es de 100 € por ir a 148 Km/h sobre 120 km/h y sin retirada de puntos.

La verdad es que es casi imposible ver lo escrito en la denuncia como se puede comprobar en el mejor escaneo que he podido realizar.

¿La denuncia la envían a casa con la foto?

¿Puedo esperar a recibir la denuncia en casa y pagar después con el 30% de reducción alegando ilegibilidad de la entregada en mano?

¿Puedo alegar defecto de forma en la denuncia por no ser legible de ninguna manera?

Creo que la foto no me la pudieron echar a 148 Km/h porque cuando rebasé el radar como mucho iba a 135 Km/h. ¿Es posible que me hayan denunciado sin haber foto que lo demuestre?

Imágenes Adjuntas
Tipo de Archivo: jpg Sin-título-1.jpg (62,5 KB, 410 visitas)
BaTMaN®
ForoCoches: Miembro
#105
erpajica, contestame si puedes que necesito una respuesta para actuar en un sentido u otro. Salu2
MIGUELE
ForoCoches: Miembro
#106
Una duda que me asaltó el otro día al ver un motorista averiado: ¿es obligatorio llevar chaleco reflectante en un motocicleta?
ttkkee2
ForoCoches: Usuario
#107
Me ha llegado una multa del ayuntamiento por ir a 82km/h en zona de 50. Infracción grave, 140€ de multa y 2 puntos de carnet.

Pero ahora que llega la carta (la multa fue de Octubre) me encuentro con que pone retirada / puntos: de 1 a 3 meses / 2 puntos

¿:S significa que además me retiran el carnet? Si es así ¿Por qué no especifica el tiempo y donde lo tengo que entregar?

PD: Es mi primera pollamulta doblada
pixonmaldito
ForoCoches: Usuario
#108
Hola, soy nuevo por aki y tengo unas dudas me gustaria si alguien me puede informar un poco.
Miren me retiraron el carnet hace escaso 1 mes, pero, estado mirando mis multas y demas y segun una tabla que aparece en este foro copiado de la DGT no te quitan puntos si no vas a mas de 141km/h en limite de 100km/h
tengo 3 multas con retirada de 2 puntos por cada una, en una mi velocidad era de 126Km/h, otra de 131Km/h, otra de 126Km/h por lo tanto no deberian quitarme ningun puntos no?
Por otro lado un dia me paro la GC por que decia queno podia llevar el tipo de ruedas que tenia me pusieron una multa y cuando llego la multa a casa eran 2 me llego otra por no usar el cinturonde seguridad (2 puntos) yo solo tengo el resguardo de la otra multa en ningun momento me dijeron nada del cinturon es mas siempre lo llevo y claro me quede alucinado envie a la DGT un pliego certificado para las ruedas y otro para la multa del cinturon explicando mi caso llame a trafico me dijeron que el de las ruedas si llego pero que el otro no, pregunte en correos y estan los dos entregados :S. A la fecha que estamos hace mas de 8 meses y no tengo respuestas de las ruedas ni de la multa del cinturon y yo me quedado sin carnet la cosa que a servido apra quedarme sin trabajo... estoy en la ruina y no me queda nada tengo denunciado al GC por que esa multa es inventada no tengo resguardo y nadie me dice nada me siento indenfenso nose que hacer por que lo unico que me queda es denuncair a la DGT saludos siento el soston pero necesito un poco de informacion GRACIAS POR ANTICIPADO
R.Arranz
ForoCoches: Miembro
#109
Hola Erpajica, tu sabrias decirme que me pasaría si no pago una multa de Noruega por exceso de velocidad, en la cual me pararon y me tomaron todos mis datos a parte de quedarse con mi carnet de conducir? Pueden llegar a cobrarmelo o si no lo pago con el tiempo prescribirá?
Un saludo!
tio_Pete
Unbeatable in life
#110
A raíz del hilo de Guren me acaba de surgir una duda sobre adelantamientos por la derecha que le quería preguntar a erpajica: en una autopista de 3 carriles sin límite específico, tú vas por el carril derecho pongamos a 110 y por el medio va el típico tocino a 100. Justo cuando lo estás adelantando por la derecha, el tío pega un volantazo e invade tu carril, ¿de quién sería la culpa? ¿Tuya por adelantar por la derecha o del otro por invadir otro carril y golpear a otro automóvil?

Muchísimas gracias por el tiempo y la paciencia que dedicas a hilos como éste y que hacen que FC siga siendo un sitio en el que merece la pena postear.
MIGUELE
ForoCoches: Miembro
#111
A mi parecer del otro, porque no le da derecho el que tú hagas algo mal a darte un golpe (como si estacionas en doble fila y te dan)
ttkkee2
ForoCoches: Usuario
#112
Cita de ttkkee2
Me ha llegado una multa del ayuntamiento por ir a 82km/h en zona de 50. Infracción grave, 140€ de multa y 2 puntos de carnet.

Pero ahora que llega la carta (la multa fue de Octubre) me encuentro con que pone retirada / puntos: de 1 a 3 meses / 2 puntos

¿:S significa que además me retiran el carnet? Si es así ¿Por qué no especifica el tiempo y donde lo tengo que entregar?

PD: Es mi primera pollamulta doblada
Me autocito, ¿me retiran el carnet por +30km/h sobre lo permitido de 50?
tissen
ForoCoches: Miembro
#113
Hola, amigo, una sobre alumbrado:

Me he comprado un NUEVO MAZDA 6, para el que no lo conozca, éste coche trae luces automáticas de serie, o sea, que en cuanto das el contacto se encienden las luces de posición, sea de dia o de noche y esto me pone de mala leche.
Ahora, y tras las quejas de muchos clientes, Mazda reprograma ésto en los coches que salen de la fábrica y nos pretende cobrar 200€ a los que los queramos cambiar por la repro correspondiente.

Mi pregunta es la siguiente ¿nos pueden multar a los que llevamos el alumbrado de posición/cruce encendido durante el dia (en condiciones favorables)?? en caso afirmativo me gustaría que lo fundamentaras jurídicamente para poder esgrimirlo ante la marca y que me hagan la "repro" de garantía.
Saludos y gracias.
BaTMaN®
ForoCoches: Miembro
#114
Cita de tissen
Hola, amigo, una sobre alumbrado:

Me he comprado un NUEVO MAZDA 6, para el que no lo conozca, éste coche trae luces automáticas de serie, o sea, que en cuanto das el contacto se encienden las luces de posición, sea de dia o de noche y esto me pone de mala leche.
Ahora, y tras las quejas de muchos clientes, Mazda reprograma ésto en los coches que salen de la fábrica y nos pretende cobrar 200€ a los que los queramos cambiar por la repro correspondiente.

Mi pregunta es la siguiente ¿nos pueden multar a los que llevamos el alumbrado de posición/cruce encendido durante el dia (en condiciones favorables)?? en caso afirmativo me gustaría que lo fundamentaras jurídicamente para poder esgrimirlo ante la marca y que me hagan la "repro" de garantía.
Saludos y gracias.

Desde el primer dia que me saque el Carnet. hace casi 30 años, llevo las luces ENCENDIDAS de dia y de noche. Nadie te puede sancionar por eso y ademas es conveniente por tu seguridad y la de los demas. No solo eso sino que en muchos paises ya es obligatorio el llevar las luces siempre encendidas y en España es muy posible que tambien lo sea muy pronto.

Olvidate de reclamaciones a la marca y acostumbrate a llevarlas siempre encendidas. Salu2
tissen
ForoCoches: Miembro
#115
Mira, el código de circulación dice sobre el alumbrado dice que es obligatorio llevar el alumbrado entre la puesta y la salida del sol, ademas de carriles reversibles, supletorios, en caso de lluvian, nieve, humo, etc. y en NINGÚN LADO pone que se puede llevar de día, en "condiciones favorables" (que, según creo, tampoco se prohíbe y no es frecuente encontrarse multas por el particular, tal vez por que "pasen" de multar por ello).

Sin embargo, si hubiera alguna norma prohibitiva al respecto (alguien me refirió tal extremo y quiero confirmarlo), a mí me vendría MUY BIEN por lo referido.
BaTMaN®
ForoCoches: Miembro
#116
Cita de tissen
Hola, amigo, una sobre alumbrado:

Me he comprado un NUEVO MAZDA 6, para el que no lo conozca, éste coche trae luces automáticas de serie, o sea, que en cuanto das el contacto se encienden las luces de posición, sea de dia o de noche y esto me pone de mala leche.
Ahora, y tras las quejas de muchos clientes, Mazda reprograma ésto en los coches que salen de la fábrica y nos pretende cobrar 200€ a los que los queramos cambiar por la repro correspondiente.

Mi pregunta es la siguiente ¿nos pueden multar a los que llevamos el alumbrado de posición/cruce encendido durante el dia (en condiciones favorables)?? en caso afirmativo me gustaría que lo fundamentaras jurídicamente para poder esgrimirlo ante la marca y que me hagan la "repro" de garantía.
Saludos y gracias.
La respuesta la tienes en la propia DGT:

http://www.dgt.es/was6/portal/conten...aprensa101.pdf

Salu2
BaTMaN®
ForoCoches: Miembro
#117
Tráfico aconseja utilizar en invierno la luz de cruce también durante el día cuando se circule por carretera

Algunos estudios concluyen que esta medida podría evitar la muerte de entre 1.200 y 2.000 personas al año en la Unión Europea

�� La U.E. aprobó ya una Directiva por la que se regula el equipamiento de luces especiales de día para los vehículos fabricados a partir de 2011

25 de octubre de 2008.- La Dirección general de Tráfico aconseja a los conductores que circulen por carretera durante el invierno la utilización, también de día, del alumbrado de cruce como medida complementaria de seguridad vial.

En esta época del año los días son mucho más cortos y hay menos luz, sobre todo algunos días en que las condiciones meteorológicas reducen sensiblemente la visibilidad.

En estas circunstancias y en carretera, principalmente en las que no tienen separación entre los dos sentidos, la utilización del sistema de alumbrado de cruce durante el día podría suponer un beneficio en la prevención de accidentes.

En España durante el año pasado se produjeron en pleno día 33.555 accidentes en carretera que ocasionaron 53.203 víctimas, de éstas 1.805 fueron muertos, que representa el 58% del total.

En ocasiones la falta de visibilidad o la visibilidad insuficiente se convierte en la causa directa de un accidente. En concreto, el fallo de algunos conductores al detectar la presencia de otro vehículo puede ser la causa del accidente, especialmente en el caso de colisiones frontales consecuencia de adelantamientos inadecuados o colisiones en giros o intersecciones. El hecho de que un vehículo encienda sus luces al circular contribuye, indudablemente, a percibir la presencia del mismo.

EFECTO DE LAS LCD SOBRE LOS ACCIDENTES

Un aumento en el uso de LCD (luces de conducción diurna) puede conducir a una disminución de los accidentes múltiples diurnos, considerando accidentes múltiples aquellos en los que hay implicación de más de un vehículo, incluyendo los que se producen entre un vehículo y un peatón.

De un reciente estudio encargado por la Dirección General de Tráfico sobre la implantación de esta medida se concluyen los siguientes efectos, la mayoría positivos:

- Los vehículos que usan LCD son más visibles que los vehículos que no las llevan.
- Las luces diurnas provocan un mayor ángulo y distancia de detección. En cualquier circunstancia los vehículos con las luces encendidas se perciben desde una distancia mayor que aquellos que circulan con ellas apagadas.
- Las luces diurnas dan lugar a estimaciones más seguras de distancia y velocidad; el uso de luces diurnas mejora la identificación de los coches.
- En los momentos de crepúsculo, las LCD, podrían causar deslumbramiento dependiendo de su intensidad (relativamente alta) y del nivel de iluminancia (relativamente bajo). Aunque este deslumbramiento no se produce por el uso de las luces de cruce.
- Un coche sin LCD puede quedar enmascarado, en determinadas circunstancias, por coches próximos que usen LCD.
- La destacabilidad de los ciclistas (y probablemente la de los motociclistas) próximos a un coche con LCD no se ve reducida si no se emplean lámparas de intensidad demasiado elevada.
- Sobre el aumento de consumo y emisiones, la utilización de las LCD puede suponer un impacto de entre 0,25 y 2,24% como máximo en el consumo de combustible dependiendo de que las pruebas se realicen con motores en frió o calientes.

DIRECTIVA COMUNITARIA

La Comisión Europea de Transportes aprobó recientemente la Directiva Comunitaria 2008/89 de 24 de septiembre, por la cual los vehículos fabricados a partir de febrero de 2011 tendrán que incorporar un sistema específico de alumbrado para circular de día que se encenderá automáticamente al arrancar el vehículo, con el fin de mejorar su visibilidad y aumentar así la seguridad en la carretera. Se prevé que con la utilización de este sistema se podría ayudar a reducir entre un 3 y un 5% el número de víctimas mortales al año como consecuencia de accidentes. Así esta medida contribuiría a salvar la vida de entre 1.200 y 2.000 personas cada año en el territorio de los países miembros de la Unión Europea.

SITUACIÓN EN OTROS PAISES

En diferentes países es obligatorio ya circular durante el día con alumbrado específico DRL (Daytime Running Lights), como en Canadá, Dinamarca, Suecia o Noruega en que su normativa regula este equipamiento desde hace años.

Un estudio canadiense, comparando modelos de vehículos con instalación del sistema DRL con otros anteriores que no lo equipaban, concluye que estadísticamente registran una reducción del 11% en los accidentes por colisión.

Más recientemente se ha implantado en otros países, bajo diferentes formulas: todo el año, solo en invierno, en todo tipo de vías, solo en las interurbanas, etc… Es el caso de Estonia, Finlandia, Israel, Italia, Lituania, Austria, Polonia, Portugal, Eslovaquia, Eslovenia, República Checa y Hungría. En Francia y Alemania su uso es, de momento, aconsejado.
Alphi
ForoCoches: Miembro
#118
Buenas. Expongo mi caso por si alguien sabe contestar.

Me ha llegado la notificación a casa de mis padres para identificar al conductor de una infracción. En este caso fui yo. He estado mirando y aparte de quitar puntos me temo que acarrea suspensión temporal del carnet.

El tema es que viví un tiempo en UK y renové allí mi carnet, por lo que actualmente sigue siendo inglés. Ellos me envían la notificación a la dirección que tenía en mi carnet español (supongo que cuando lo renové en England, las autoridades darían mi antiguo carnet al consulado español, por lo que de alguna manera en los archivos de la DGT tiene que aparecer ese canje).

Así pues, ¿pueden quitarme puntos? ¿y suspender mi carnet?

Gracias por vuestra ayuda
luisfbf
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#119
Buenas.

Un conocido mío ha tenido un despiste y se ha comido, literalmente, un radar fijo.

Parece ser que iba a una velocidad muy alta, aunque no puede precisar con exactitud una velocidad fija. Probablemente más de 200.

Y eso que es de los fijos que están señalizados...

1º. ¿Cuanto tarda en llegar la notificación?

2º. ¿Qué sanción le puede caer si iba a más de 210? ¿Es conveniente no identificar al conductor?.

Gracias adelantadas
erpajica
ForoCoches: Miembro
#120
Cita de Alphi
Buenas. Expongo mi caso por si alguien sabe contestar.

Me ha llegado la notificación a casa de mis padres para identificar al conductor de una infracción. En este caso fui yo. He estado mirando y aparte de quitar puntos me temo que acarrea suspensión temporal del carnet.

El tema es que viví un tiempo en UK y renové allí mi carnet, por lo que actualmente sigue siendo inglés. Ellos me envían la notificación a la dirección que tenía en mi carnet español (supongo que cuando lo renové en England, las autoridades darían mi antiguo carnet al consulado español, por lo que de alguna manera en los archivos de la DGT tiene que aparecer ese canje).

Así pues, ¿pueden quitarme puntos? ¿y suspender mi carnet?

Gracias por vuestra ayuda
Si aún conservas el permiso de conducción español, será en ese en el que te descuenten los puntos. De otro modo, solo van a cobrar.
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