Mini-guía de FISCALIDAD en CRIPTODIVISAS

Tema Cerrado
KimJongTrump
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#421
Cita de Ensaladilla
Declaras cuando vendes y obtienes beneficio, si no vendes no declaras, si tienes pérdidas no declaras.

Es de pura lógica.

Estaría bueno que tuvieses que declarar cada año sin haber convertido a FIAT y que luego cuando conviertas vuelvas a declarar las plusvalías por tener un incremento patrimonial, o peor aún que declarases este año sin vender y el que viene perdiese todo su valor.

Luego la pregunta, es mucho lo que has vendido y retirado a FIAT? Que por minucias a hacienda se la pela literalmente que declares o no, solo les salta la bombillita a partir de cierta cantidad.

https://www.elconfidencial.com/tecno...renta_1572381/



Vete haciendo una complementaria
ZeoCulls
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#422
Cita de Nisuver
https://petete.minhafp.gob.es/consul...sulta=V0999-18

Enlace a la Dirección General de Tributos, ya se ha pronunciado y dice que SI hay que declarar la compra-venta entre criptomonedas..
Creo que para algunos no sería imposible realizar esta tributación que están pidiendo.
urkozamo
ForoCoches: Miembro
#423
pillo fisco
Lerroux-
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#424
Cita de Nisuver
https://petete.minhafp.gob.es/consul...sulta=V0999-18

Enlace a la Dirección General de Tributos, ya se ha pronunciado y dice que SI hay que declarar la compra-venta entre criptomonedas..
Qué se vayan a tomar por culo putos gitanos
zobaton
Ingeniando
#425
Cita de Topitok
OBLIGACIÓN DE DECLARAR EN IRPF

¿Si normalmente no estoy obligado a presentar declaración, debo declarar si opero con criptomoneda?

Vistas las numerosas dudas sobre el tema voy a esclarecerlo rápidamente.

La Ley del IRPF establece dos reglas al respecto:

1ª REGLA. Para determinados rendimientos establece límites específicos que, si no se superan, no obligan a presentar declaración. El límite más conocido es el de los 22.000 euros de rendimientos del trabajo. Las operaciones con criptomonedas no entran en esta primera regla ya que son ganancias o pérdidas NO SOMETIDAS A RETENCIÓN, por lo que debemos acudir obligatoriamente a la 2ª regla para ver si estamos obligados a declarar o no.

2ª REGLA. Es la regla genérica, aquí es donde entran las criptodivisas. Esta regla establece que no hay obligación de declarar cuando los RENDIMIENTOS TOTALES de un sujeto no superen los 1.000 euros anuales. Esto es, cuando todos y absolutamente todos tus rendimientos superen los 1.000 euros estarías obligado a declarar si has vendido criptodivisas. La venta de criptodivisas te mete de lleno en esta segunda regla, por lo que hay que tener cuidado, principalmente quienes no viniesen realizando la declaración hasta ahora.

(*) Con todos los rendimientos me refiero a la suma de trabajo+cuentas bancarias (intereses)+dividendos+actividades económicas+.... ABSOLUTAMENTE TODO SUMADO no debe superar los 1.000 euros para estar exento de declarar.

Si se obtienen pérdidas por importe de 500 euros esta regla también obliga a prsentar la declaración.


EJEMPLOS:

Ejemplo 1. Persona que nunca ha hecho renta, opera con criptodivisa y obtiene una plusvalía de 400 euros.

No obligado a declarar pues no alcanza los 1.000 euros exigidos por la regla 2ª.


Ejemplo 2. Persona que nunca ha hecho renta, opera con criptodivisa y obtiene una plusvalía de 1.400 euros.

Sí obligado a declarar pues la suma de sus rendimientos supera los 1.000 euros exigidos por la regla 2ª.


Ejemplo 3. Persona que trabaja y obtiene en su trabajo 18.000 euros al año. Opera con criptodivisa y obtiene 400 euros en el año corriente.

Sí obligado a declarar, pues aunque cumple la regla primera en lo que al trabajo se refiere, el hecho de operar con criptodivisa lo lleva automáticamente a la regla 2ª. Como la suma de sus rendimientos totales supera los 1.000 euros (18.000 + 400), está obligado a declarar.


Ejemplo 4. Persona que trabaja un mes y obtiene 300 euros, y opera con criptodivisa obteniendo 400 euros en el mismo año.

No obligado a declarar, puesto que la suma de sus rendimientos no supera los 1.000 euros que exige la regla 2ª (300 + 400 = 700).


Ejemplo 5. Persona que trabaja un mes y obtiene 300 euros, y opera con criptomonedas perdiendo 600 euros.

Sí obligado a declarar, pues a pesar de tener un redimiento negativo (300 - 600), ha obtenido pérdidas superiores a 500 euros, por lo que resulta obligado por la regla 2ª.


NOTA FINAL: Con rendimientos bajos, el mínimo personal y familiar hace la cuota 0, por lo que no saldría a pagar aunque haya obligación. No obstante hay que presentarla o nos enfrentamos a sanciones por no hacerlo, recogidas en la Ley General Tributaria.
Gracias por la aportación. Secillamente genial
Ian Brown
ForoCoches: Miembro
#426
Alguno va a declarar las monedas en el IRPF siguiendo la consulta de Hacienda que pusieron más arriba? Lo veo inviable
ibur90
************/Flood/******
#427
@Topitok Hola shur, te comento mi caso particular.

Yo compre una cantidad de Bitcoins y Ethereum sobre mayo del año 2017. Hice varias operaciones con criptomonedas durante ese año, pero no vendí en euros los bitcoins hasta el 3 de enero de 2018.

Es decir, ¿a la hora de hacer la declaración sólo tendría que declarar las operaciones realizadas en el 2017 verdad?

La venta de Bitcoins a euros realizada el 3 de enero del 2018 no la tendría que declarar por ser de 2018 verdad? La declararía el siguiente año, diciendo que compre en 2017 y vendí en 2018?

Un saludo shur y muchas gracias!
$af€
ForoCoches: Miembro
#428
¿Las transacciones se declaran en la casilla 310 o 340?
427
Nadie
#429
Cuando exista un mínimo de regulación al respecto, entonces tendré por qué declarar algo.

Hasta entonces: ni un céntimo.
Randygsi
Cuenta Oficial ☑️
#430
Pero en serio alguien esta declarando algo (ya sean pérdidas o ganancias) ?

Es que no veo que exista una Ley clara al respecto y hacienda parece no tener ni idea del funcionamiento de este tipo de divisas. Yo, de momento, no he pasado a FIAT lo que tengo en exchanges/wallet, y desde luego no tengo pensado declararlo cuando lo haga. Que dicho sea de paso, no lo haré a una cuenta nacional, aunque sí europea.
sagie
ForoCoches: Usuario
#431
Cita de Nisuver
https://petete.minhafp.gob.es/consul...sulta=V0999-18

Enlace a la Dirección General de Tributos, ya se ha pronunciado y dice que SI hay que declarar la compra-venta entre criptomonedas..

Extracto de la consulta:

En consecuencia, contestando a la primera de las cuestiones planteadas, el intercambio entre monedas virtuales diferentes realizado por el contribuyente al margen de una actividad económica da lugar a la obtención de renta que se califica como ganancia o pérdida patrimonial conforme al citado artículo 33.1.
¿El intercambio de monedas virtuales da lugar a la obtención de renta? que me estás contando? Lo que puede dar lugar a un renta será en intercambio de criptomonedas a FIAT. Ahí si veo lógico que se pague un impuesto si obtienes más euros de los que tenias antes.

No tiene ni pies ni cabeza.

Yo creo que todo esto tendría que estar regulado a nivel europeo.
SirPol
ForoCoches: Miembro
#432
He creado un grupo en Telegram sobre este tema en que abogados y asesores fiscales intentamos resolver dudas de forma gratuita, solo en base a la la legislación española o normas internacionales de aplicación en España.



Os dejo el enlace por si os interesa.Y si solo quereis leer las preguntas de los demás...pues también sereis bienvenidos.


https://*****/criptolegal
SirPol
ForoCoches: Miembro
#433
Cita de Chaneitor
Buenos días! Vengo con una pregunta que no sé si se habrá hecho ya:

Si yo compré 2.000€ de BTC en noviembre, y en diciembre retiré al banco 600€ de esos 2000€ que en aquel momento ya valían unos 3.000€ (aprox), entiendo que tendría que tributar por los X BTC que pasaron a valer de 400€ a 600€. Esto por un lado.


Por otro....si ahora con el pinchazo de 2018 estoy en pérdidas... aún así tengo que declarar aquella ganancia que tuve al retirar los 600€? (ya imagino que sí, por desgracia)


Un saludo y mil gracias!

Efectivamente tienes que declarar (un poco tarde que ya ha pasado el plazo pero lo leo ahora) esa ganancia. Cuando vendas (si lo haces) perdiendo dinero, entonces declararás esas pérdidas en el ejercicio correspondiente.
Magnometro
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#434
Me gustaría ver el careto del de hacienda cuando lee lo de tradear criptodivisas, suena a blanqueo de capitales que tira para atrás... Esperemos que me pase a mi con unos cientos de miles.
1X2
Quinielista compulsivo
#435
Hacienda estrecha el cerco sobre las apuestas online y las criptomonedas

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un batería de medidas dirigidas a incrementar los ingresos del Estado, entre las que se incluye un conjunto de novedades dirigidas a la lucha contra el fraude y la elusión fiscal.

Entre estas iniciativas, el Gobierno ha incluido un mayor control del uso de las monedas virtuales o criptomonedas y del juego y las apuestas online.

https://www.elindependiente.com/econ...criptomonedas/
elsabueso
Olfateo y me voy
#436
Cita de 1X2
Hacienda estrecha el cerco sobre las apuestas online y las criptomonedas

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un batería de medidas dirigidas a incrementar los ingresos del Estado, entre las que se incluye un conjunto de novedades dirigidas a la lucha contra el fraude y la elusión fiscal.

Entre estas iniciativas, el Gobierno ha incluido un mayor control del uso de las monedas virtuales o criptomonedas y del juego y las apuestas online.

https://www.elindependiente.com/econ...criptomonedas/
que expliquen como van a controlarlo...
1X2
Quinielista compulsivo
#437
Hacienda vigila a 15.000 inversores en criptodivisas para evitar blanqueos de dinero y fraude fiscal



Si operas con bitcoin, Ethereum, Ripple o cualquier otra criptodivisa en España, atento: la Agencia Tributaria ha identificado a 15.000 contribuyentes que operan con estas divisas digitales e investigará algunos de esos perfiles con inspecciones más completas.

https://www.xataka.com/criptomonedas...-fraude-fiscal
fabreles
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#438
Cita de elsabueso
que expliquen como van a controlarlo...
Tenemos tantos expertos aquí en españa que tienen montada varias granja para la minería, verás ahora el g8, en fin...

Si alguien, que serán unos cuantos, al tener pérdidas hasta final de año declararlo sería una buena opción, me incluyo, ahora bien, cuando se ha hecho trading con ellas (permutas) ya es otro cantar y necesito un poco de luz al respecto.
<:S
ForoCoches: Premium
#439
Hoy la agencia tributaria me ha pedido explicaciones sobre las pérdidas que he declarado:


"En concreto, deberá aportar la documentación que acredite la pérdida patrimonial no derivada de la
transmisión de elementos patrimoniales, integrada en su base imponible general, por el concepto de
'Otras pérdidas patrimoniales imputables a 2017', consignada en la casilla 288 de su declaración."


Alguna idea como acreditar eso?
Richi81
ForoCoches: Miembro
#440
Cita de <:S
Hoy la agencia tributaria me ha pedido explicaciones sobre las pérdidas que he declarado:


"En concreto, deberá aportar la documentación que acredite la pérdida patrimonial no derivada de la
transmisión de elementos patrimoniales, integrada en su base imponible general, por el concepto de
'Otras pérdidas patrimoniales imputables a 2017', consignada en la casilla 288 de su declaración."


Alguna idea como acreditar eso?
Supongo que habrá que mandar los extractos de las transferencias hechas al exchange, y si puedes las operaciones que has realizado.
Yo tambien he declarado pérdidas este año.
fabreles
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#441
Cita de <:S
Hoy la agencia tributaria me ha pedido explicaciones sobre las pérdidas que he declarado:


"En concreto, deberá aportar la documentación que acredite la pérdida patrimonial no derivada de la
transmisión de elementos patrimoniales, integrada en su base imponible general, por el concepto de
'Otras pérdidas patrimoniales imputables a 2017', consignada en la casilla 288 de su declaración."


Alguna idea como acreditar eso?
Por ejemplo, aportar documentación de las tranfers a coinbase, después, la retirada de coinbase a la cuenta.
nonodiagers
ForoCoches: Usuario
#442
Cita de fabreles
Por ejemplo, aportar documentación de las tranfers a coinbase, después, la retirada de coinbase a la cuenta.
pero si no hay retirada a la cuenta, que vas a declarar?
fabreles
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#443
Cita de nonodiagers
pero si no hay retirada a la cuenta, que vas a declarar?
Hombre, retirada hay en este caso habiendo declarado pérdidas.
Altonxp
ForoCoches: Miembro
#444
Si metí en 2017 900 € en criptomonedas y he sacado 900 € a mi cuenta bancaria en 2018 debo declarar algo ¿o al no haber ganancia me puedo librar de declararlo?
<:S
ForoCoches: Premium
#445
Cita de fabreles
Por ejemplo, aportar documentación de las tranfers a coinbase, después, la retirada de coinbase a la cuenta.

Es lo que hice, pero me han rechazado todo.
neokensou
ForoCoches: Miembro
#446
Cita de <:S
Es lo que hice, pero me han rechazado todo.
Y qué te piden para justificarlo?
$af€
ForoCoches: Miembro
#447
Cita de <:S
Es lo que hice, pero me han rechazado todo.
Y en caso de que te lo rechacen todo, simplemente se ignoran las pérdidas o encima te multan?

Yo declaré 3K en pérdidas y no me han pedido nada... al menos de momento.

¿Si no se pueden declarar las transacciones descargadas de los exchangers no se que se esperan?
AGZ.
ForoCoches: Miembro
#448
Cita de Altonxp
Si metí en 2017 900 € en criptomonedas y he sacado 900 € a mi cuenta bancaria en 2018 debo declarar algo ¿o al no haber ganancia me puedo librar de declararlo?
Estoy en la misma situación. Has encontrado información?
marcosmanaza
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#449
Estaría bien que un shur experimentado cree un hilo sobre como hacer la declaración. Pues aunque por desgracia aun no supero los 1000€ de beneficio pero estaría bien saberlo, pues los jovenes no tenemos muchos conocimientos sobre esto
Max Power!
ForoCoches: Miembro
#450
Cita de Altonxp
Si metí en 2017 900 € en criptomonedas y he sacado 900 € a mi cuenta bancaria en 2018 debo declarar algo ¿o al no haber ganancia me puedo librar de declararlo?
Tengo la misma duda, si fueran mas de 1000€
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