Mini-guía de FISCALIDAD en CRIPTODIVISAS

Tema Cerrado
$af€
ForoCoches: Miembro
#361
¿Y cómo demostrarías la plusvalía generada a través de una ICO?

Generalmente, cuando participas en una ICO, tú haces una transferencia de ETH a una wallet privada, y dicha wallet te envía X tokens por cada ETH que le hayas enviado.

En ese momento los tokens no cotizan en ningún mercado, pero lo harán en el futuro - valdrán las transacciones wallet to wallet como demostración de donde vinieron esos tokens antes de que siquiera empezaran a cotizar en ningún exchanger?
pastordezorras
ForoCoches: Miembro Viril
#362
excelente info, pillo sitio
kadoc
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#363
No había un hilo que decía como convertir en dinero sin dejar rastro? mediante tarjetas o cupones amazon o algo así
DonQuijote
Ingenioso Hidalgo
#364
Cita de $af€
¿Y cómo demostrarías la plusvalía generada a través de una ICO?

Generalmente, cuando participas en una ICO, tú haces una transferencia de ETH a una wallet privada, y dicha wallet te envía X tokens por cada ETH que le hayas enviado.

En ese momento los tokens no cotizan en ningún mercado, pero lo harán en el futuro - valdrán las transacciones wallet to wallet como demostración de donde vinieron esos tokens antes de que siquiera empezaran a cotizar en ningún exchanger?
Si tienes prueba de la compra de esos ether y dirección desde donde los envías y recibes la ico, añades el precio de venta de la ico cuando la hagas y ya tendrías todo justificado.
ejemplo:
compro un ether en bitstamp a 500€
compro ico con ese ether
recibo tokens en esa dirección ether
envío a binance y vendo por 40 ether
vendo en bitstamp los 40 ether (500x40=20.000)
Con esos datos sería ya lo standard del primer post
LadRu
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#365
No me fío del OP por la fecha de creación del hilo, aparte he hablado con varios asesores y todos me dicen que hay que declarar pero no se lleva nada hacienda
wisef
ForoCoches: Miembro
#366
Buenas noches, leyendo el hilo no doy con la tecla a resolver un par de dudas que tengo...a ver si algun shur me puede ayudar.
- Por lo que entiendo la forma de declarar sería ganancia menos inversión inicial. El problema es que la inversión la hice a finales de 2017... si ahora retiro una cantidad igual a la de la inversión, me lo van a contabilizar como ganancias teniendo en cuenta que estamos en 2018 y la inversión la hice "el año pasado" como quien dice?(Técnicamente solo he recuperado la inversión).
- Mi segunda duda es, por aquí se dice que en el momento que conviertes a fiat en el exchange ya hay que declarar, pero la lógica me dice (Basándome en el punto 1) que si ese fiat lo vuelvo a re invertir en Bitcoins, técnicamente ese dinero "lo he vuelto a perder" y por tanto no tendría que declararlo (al menos en este ejercicio)...es así? o estoy muy errado?.
Grasias de antebrazo
faceman
En 1972, cuatro de los...
#367
Cita de Topitok
Es lo que comento, como es imposible declarar cada movimiento creo que lo mejor es declarar las salidas y entradas de euros.

Yo apunto fechas de transacción y moneda en que las hago, exchange y hago una captura.


Yo lo apunto todo: origen, destino, crypto origen, crypto destino, cantidad, comisión, conversion, link a etherscan, etc etc. Tengo una excel bastante completa. El truco es actualizarla muy periodicamente, casi al hacer cada cambio, porque como dejes varios días días o semanas sin actualizar es un trabajo muy tedioso o incluso dificil porque se pierde el hilo.


Pero mi divisa base es ETH, no paso nunca a fiat. El día que pase a fíat será para empezar a recoger beneficios, pero me tranquiliza saber que mientras no pase a fiat no tengo que hacer nada.
Dr.Nihil2
ForoCoches: Miembro
#368
Cita de faceman
Pero mi divisa base es ETH, no paso nunca a fiat. El día que pase a fíat será para empezar a recoger beneficios, pero me tranquiliza saber que mientras no pase a fiat no tengo que hacer nada.
Pues... yo ya no tengo claro eso. Hay varios asesores que pese admitir que el modelo no está definido, consideran que pasar de una cripto a otra se considera ganancia patrimonial y hay que declararlo.

Pongo el vídeo del subsodicho.



Es que como sea así y haya que considerar que cada movimiento aporta beneficios que declarar.... esto puede ser una locura en vida.
faceman
En 1972, cuatro de los...
#369
Cita de Dr.Nihil2
Pues... yo ya no tengo claro eso. Hay varios asesores que pese admitir que el modelo no está definido, consideran que pasar de una cripto a otra se considera ganancia patrimonial y hay que declararlo.

Pongo el vídeo del subsodicho.



Es que como sea así y haya que considerar que cada movimiento aporta beneficios que declarar.... esto puede ser una locura en vida.
Lo dicen bien claro. Consideramos. De momento no hay nada en firme.

Todo sería muy fácil si el anclaje a EUR o USD fuese fijo, pero no lo es. Hay una doble volatilidad, la de la criptodivisa base sobre la referencia fiat, y la volatilidad de la cryptodivisa destino sobre la cryptodivisa base. Porque no pasamos a fiat entre medias. Pasamos de una crypto a otra porque creemos que la segunda va a tener un rendimiento sobre la primera.

La otra opción, de tomar cada salto como un evento a declarar, va a traer muchisimos dolores de cabeza a todo el mundo. También hay que tener en cuenta los saltos en los que perdemos dinero para poder descontar de la ganancia patrimonial la pérdida y calcular la ganancia neta.
raulillo
ForoCoches: Miembro
#370
Se te olvida que en este país la lógica no suele funcionar.

La lógica es: no está regulado, un tío aún así me paga impuestos, incluso rondando el 25%. Olé sus huevos. Es la renta del ahorro y lo que se está teniendo en cuenta hoy en día, pues adelante.

Lo que creo que podría pasar: joder, este mindundi se ha sacado un millón de euros y es un juanker. ¡Qué envidia! Vamos a ver si podemos joderle, ya que no es un político ni un banquero, sino un don nadie... ¿qué tal si me invento un "no justificado", porque me sale de los cojones? Joder, cojonudo, eso es un 50% y no un 25% de retención. Este tipo debe 250k. Mejor aún, ya es delito fiscal (si no lo es, pon el ejemplo con algún millón más). Pues nada, por intentar hacer las cosas bien, te empapelan y tienes que demostrar tu inocencia, por algo que ni tan siquiera está legislado. Y ojo como la cagues con el abogado...
¿Es que no se dan cuenta que si nos ponen el 25%, pagaríamos encantados? Pero no, a tenerte acojonado 4 años.

Menos mal que soy un trader pésimo, porque si no...
Topitok
Hu haaaaa!!!
#371
Cita de Buscachollos
¿soy yo o te contradices en estos 2 mensajes? si sólo apuntas las entradas y salidas en euros porque es imposible declarar cada movimiento, ¿Cómo le vas a exigir que tendría que tener esos justificantes? no sé que tipo de visita puede llegar a recibir uno

estoy intentando llevar todos los movimientos con https://cointracking.info/ pero hay valores que no entran bien, por ejemplo el otro día retiré 1914 euros de Kraken y me aparece en esa web como que retiré 9 centimos, por lo que me descuadra todo el saldo en la web, no obstante me sirve para llevar los movimientos anotados...si bien es verdad que por ejemplo acaban de cerrar Bitgrail y no tengo forma de demostrar los movimientos que hice, así que cuando tenga que declarar en principio me limitaré a declarar lo ganado menos lo invertido, y si ya me piden más les daré todo los movimientos que tengo que no entiendo ni yo

para un trader yo espero que sólo halla que declarar las entradas y salidas en euros, porque de lo contrario es IMPOSIBLE
Una cosa es lo que declares como ganancia o pérdida (aquí es donde digo que es imposible declarar cada venta) y otra cosa es justificar el origen del dinero a efectos de blanqueo. Si alguien sin patrimonio gana 1 millón de euros con las criptomonedas va a recibir una citación para justificar el origen de dichos fondos. Es decir, aún declarando dicha ganancia le van a pedir justificar el origen del dinero porque podría proceder digamos, de la droga o de otros bienes ilícitos.

Para la ganancia basta con justificar el paso a FIAT, ya que no se puede declarar cada movimiento por pura imposibilidad material, pero para el tema de blanqueo habría que conservar los justificantes de las operaciones que demuestren, por trazabilidad, que realmente has ganado ese dinero tradeando y no te lo has traído de un paraíso fiscal, por ejemplo.
arbeyal
ForoCoches: Miembro
#372
Gracias hacia falta un hilo asi!
MaC_MiGuE
==========
#373
Correcto
Topitok
Hu haaaaa!!!
#374
Cita de Buscachollos
Vamos, que nos abstengamos de ganar 1 millón de euros, ¿Eso me estás diciendo? Porque si estamos de acuerdo en la imposibilidad de anotar todos los movimientos...

Por cierto otra duda, ¿Habría que declarar lo que se saque en función de lo metido ese mismo año o lo que se saque aunque metieses x cantidad hace x años?
No, digo que hay que anotar todos los movimientos y guardar justificante de los mismos, pero que es imposible declararlos todos y por eso se declara solo el paso a FIAT.

¿De verdad no se entiende la diferencia entre, por un lado, declarar las ganancias a efectos de IRPF, y, por otro, poder justificar el origen del dinero con una concatenación de operaciones por si nos preguntan?
$af€
ForoCoches: Miembro
#375
Cita de Topitok
No, digo que hay que anotar todos los movimientos y guardar justificante de los mismos, pero que es imposible declararlos todos y por eso se declara solo el paso a FIAT.

¿De verdad no se entiende la diferencia entre, por un lado, declarar las ganancias a efectos de IRPF, y, por otro, poder justificar el origen del dinero con una concatenación de operaciones por si nos preguntan?
Se entiende muy bien - lo que pasa que si haces lo que comentas en el primer punto, es decir, no declarar las permutas, Hacienda tiene 4 años para venir y multarte por no haberlas declarado, no?

¿Cómo funciona el proceso al ganar 1 millón de € de golpe siendo pobre?
  1. Transfieres el dinero del exchanger a tu cuenta
  2. Te congelan el dinero
  3. Te citan
  4. Les das el listado de transacciones
    • Si les cuadra, al siguiente punto
    • Si no les cuadra, qué occurre?
      • Tienen ellos que demostrar que el dinero no tiene un origen licito
      • Te jodes y bailas porque siempre eres tú el que tiene que demostrar todo (en este caso, dónde queda la presunción de inocencia)
        • Las transacciones a proveer van a ser una mezcla de ids internas de exchangers e ids de la blockchain, por lo que o se fian de lo que les provees, o les va a ser imposible cruzar esos datos con exchangers que jamás les van a responder cuando les llamen a la puerta
  5. Descongelan los fondos: ¿Cuanto tiempo máximo tienen para realizar las comprobaciones?
$af€
ForoCoches: Miembro
#376
Buen artículo por si lo quieres poner en el OP: https://www.xataka.com/criptomonedas...decir-hacienda
$af€
ForoCoches: Miembro
#377
Cita de Buscachollos
Brillante tu aportación, básicamente una respuesta así buscaba, resumo lo que has puesto en el enlace que me ha parecido clave:

Sin embargo, cada una de estas operaciones de compra venta puede suponer añadir una hoja en tu declaración de la renta por pérdidas o ganancias que pueden ser minúsculas. Cuando son muy pocas operaciones se hace porque puede haber rastro. El problema estriba en si eres de los que llega a hacer operaciones de trading. Hablamos de miles de operaciones, muchas de ellas casi automáticas.
David Maetzu, abogado experto en criptomonedas, presenta declaraciones de este tipo pero constata que se pierde documentación en el camino y que Hacienda es flexible en este sentido. “Ahora mismo la ganancia patrimonial es muy alta y se beneficia al fisco, por lo que la Agencia Tributaria está siguiendo un criterio flexible en esta materia”.


No obstante sigue siendo una barbaridad que tengan esos 4 años para crear leyes retroactivas, básicamente el que saca hoy puede declarar, pero como no conoce la ley que sacaran en 2020 te puede venir el fisco en esa fecha y meterte en la cárcel si has infringido la ley, aunque en el momento en el que declaraste no hubiera ley. Eso también sale en el artículo que has compartido, yo espero que sea una ida de olla, de lo contrario sería más injusto que la inviolabilidad del Rey ante la ley o las cláusulas suelo.

Lo de que al banco no le cuadre lo ingresado y te cite a pecho descubierto me recuerda a la película de Casino cuando vigilan a los que ganan mucha pasta.
Habrá que guardarse el nombre de David Maeztu por si acaso. De todas formas la retroactividad tiene que quedar limitada a la interpretación de la legislación actual; es decir, puede que a día de hoy, si solo declaras cuando pasas a FIAT, no te multen, pero en 4 años hayan confirmado que las monedas virtuales siempre han sido activos y como tal se tendrían que haber declarado las permutas. En caso de no haberlo hecho, se te multa.

Pero no quiere decir que dentro de 4 años se saque una ley por la cual hay que pagar un 35% sobre la plusvalía generada, y te multen por no haber pagado ese 35% 4 años antes, no se sostiene desde un punto de vista jurídico.

De todas formas, ojalá esos sean nuestros mayores problemas en 4 años
ZipperGT
ForoCoches: Miembro
#378
En el caso de que durante el 2017 haya realizado 3 compras de criptos, y en febrero de 2018 las haya vendido, que debo hacer? declarar cuando reciba el ingreso en mi cuenta y por lo tanto lo declaro en la declaración de la renta del 2018? o debo poner el valor a 2017 de las cripto en la declaracion del 2017¿

gracias @Topitok
Nisuver
Tus problemas no son míos
#379
@Topitok

¿Podrías editar los ejemplos que pusiste al inicio, añadiendo como se haría si compro con euros una criptomoneda y con esta
criptomoneda compro luego otra criptomoneda, y también como sería una vez lo pases a euros?.


gracias
NoXBVNG
ForoCoches: Miembro
#380
@sanvi6
WalterB
ForoCoches: Miembro
#381
Hola @Topitok, no sé si aquí se ha comentado el tema de las donaciones de criptomonedas, pero qué pasa si pongo el típico botón en mi blog u otro sitio para que me donen BTC o LTC? qué habría que hacer en ese caso?
Gracias y 5 stars!
Morli
Invitado
#382
Disculpad, una duda para tenerlo totalmente claro.... si en mi caso por ejemplo he hecho 3 ingresos en Coinbase de 2000€ cada uno e inmediatamente ese dinero ha ido a Binance íntegramente... y yo de Binance a finales de 2018 no he vuelto a traspasar nada a Coinbase ni por tanto a mi cuenta de banco nuevamente, ¿no tengo que declarar nada en mi renta de 2019?, ¿da igual todas las operaciones que hayas realizado en Binance durante todo el periodo que hasta que no lo sacas a € (a Coinbase nuevamente) no tributas por ello?

También me queda otra duda... si llevas de Coinbase a Binance 6000€ y resulta que a 31 de diciembre esos 6000€ se han convertido en 12.000€ en Binance (lo que equivalga en $ vaya...), es decir, has doblado tu inversión, si tú retiras el 31 de diciembre 6000€ a Coinbase y dejas 6000€ en Binance, a efectos de hacienda... ¿has ingresado 6000€ y luego has sacado 6000€ y por tanto te quedas igual y no tienes que declarar o sobre los 6000€ que sacas tienes que declarar que has tenido un 50% de rendimiento y por tanto tienes que declarar 3000€ como ganancia en la declaración?

Gracias por la ayuda, enhorabuena por el post!

Un saludo!
Nekora
Turbobusteador
#383
Con las normas de IRPF en la mano, cada operación que nosotros hagamos de una criptomoneda a otra tendría que tributar como una permuta de activos intangibles. “Según la ley, si compras bitcoins y de ahí compras Ethereum sin traspasar a euros, las ganancias o pérdidas que te genere esa acción las tienes que declarar“, detalla Remo Domingo.
Eso es así en EEUU, no en nuestro país. Aquí se tributa únicamente cuando conviertes a euros. Ni siquiera técnicamente es viable tributar los incrementos en criptos, y con la volatilidad que tienen esos activos, podría darse el caso más a menudo de lo que parece de tributar beneficios exagerados estando realmente en pérdidas.
Nekora
Turbobusteador
#384
Cita de Morli
Disculpad, una duda para tenerlo totalmente claro.... si en mi caso por ejemplo he hecho 3 ingresos en Coinbase de 2000€ cada uno e inmediatamente ese dinero ha ido a Binance íntegramente... y yo de Binance a finales de 2018 no he vuelto a traspasar nada a Coinbase ni por tanto a mi cuenta de banco nuevamente, ¿no tengo que declarar nada en mi renta de 2019?, ¿da igual todas las operaciones que hayas realizado en Binance durante todo el periodo que hasta que no lo sacas a € (a Coinbase nuevamente) no tributas por ello?

También me queda otra duda... si llevas de Coinbase a Binance 6000€ y resulta que a 31 de diciembre esos 6000€ se han convertido en 12.000€ en Binance (lo que equivalga en $ vaya...), es decir, has doblado tu inversión, si tú retiras el 31 de diciembre 6000€ a Coinbase y dejas 6000€ en Binance, a efectos de hacienda... ¿has ingresado 6000€ y luego has sacado 6000€ y por tanto te quedas igual y no tienes que declarar o sobre los 6000€ que sacas tienes que declarar que has tenido un 50% de rendimiento y por tanto tienes que declarar 3000€ como ganancia en la declaración?

Gracias por la ayuda, enhorabuena por el post!

Un saludo!
1 - Exacto. Sólo estás obligado a tributar por lo convertido nuevamente a euros, independientemente de que lo tengas en coinbase, en el banco o debajo del colchón.

2 - Se ha hablado de eso en el hilo. A la hora de declarar ventas parciales, se utiliza el método FIFO. También en ventas totales, pero al vender todo, es más sencillo e intuitivo utilizar el precio medio de adquisición, ya que el resultado no varía en ese caso. EJEMPLO:

- Compras 1 btc por 8000€ hoy.
- Dentro de un año vale el doble y vendes 0,5 BTC por 8000€ para recuperar tu inversión.
- Has de declarar ganancia patrimonial, ya que has vendido por 8000€ 0,5 btc que compraste un año antes por 4000€.
- Lo mismo para los otros 0,5 BTC.
- Si haciendo trading acabas vendiendo más de 1 btc, los btc adicionales a partir del primero, tienen un precio de adquisición de 0 euros, ya que no has pagado nada por ellos realmente.
Nekora
Turbobusteador
#385
Cita de Buscachollos
Vamos, que nos abstengamos de ganar 1 millón de euros, ¿Eso me estás diciendo? Porque si estamos de acuerdo en la imposibilidad de anotar todos los movimientos...

Por cierto otra duda, ¿Habría que declarar lo que se saque en función de lo metido ese mismo año o lo que se saque aunque metieses x cantidad hace x años?
Se ha dicho muchas veces en el hilo. Se sigue el método FIFO para valorar los BTCs que vendes. Los primeros que compraste son los primeros que estás vendiendo. EJEMPLO:

- Compro 100 btc en 2011 por 1000€ (10€ por btc).
- Compro otros 100 btc en 2014 tras la debacle por otros 1500€ (15€ por btc).

Si hoy vendes 10 btc por 80000€, has de deducirte 10€ por cada btc, ya que estás vendiendo de los 10 primeros. La plusvalía sería de 79.900€.

Saludos.
$af€
ForoCoches: Miembro
#386
Cita de Nekora
Eso es así en EEUU, no en nuestro país. Aquí se tributa únicamente cuando conviertes a euros. Ni siquiera técnicamente es viable tributar los incrementos en criptos, y con la volatilidad que tienen esos activos, podría darse el caso más a menudo de lo que parece de tributar beneficios exagerados estando realmente en pérdidas.
Eso es mentira, las permutas en las que haya alteración del patrimonio ha que declararlas.
Nekora
Turbobusteador
#387
Cita de $af€
Eso es mentira, las permutas en las que haya alteración del patrimonio ha que declararlas.
Si lo has leído en alguna parte, te adelanto que es falso. Se sigue el mismo criterio que en los traspasos de fondos de inversión, planes, sialps, etc. Mientras sigas invertido y no rescates, no declaras, por mucho que muevas la inversión entre 10 fondos distintos.
$af€
ForoCoches: Miembro
#388
Cita de Nekora
Si lo has leído en alguna parte, te adelanto que es falso. Se sigue el mismo criterio que en los traspasos de fondos de inversión, planes, sialps, etc. Mientras sigas invertido y no rescates, no declaras, por mucho que muevas la inversión entre 10 fondos distintos.
La agencia tributaria aclaró que las monedas virtuales se consideran activos, y como tal, se deduce que las posibles plusvalías o minusvalías generadas por permutas, se tienen que declarar. ¿De dónde sacas que una permuta BTC-ETH es lo mismo que un traspaso de un fondo de inversión o un plan? Lo pregunto sin acritud, simplemente me parece que estás asumiendo un riesgo en algo que no está para nada aclarado y con lo que hacienda tiene 4 años para buscarte las cosquillas.

En cualquier caso, la gente espera que durante la campaña de la declaración de la renta de este año, publiquen en el BOE una actualización sobre la renta de las personas físicas en las que se confirme cómo y de que manera van a tributar estos activos.
Nekora
Turbobusteador
#389
Cita de $af€
La agencia tributaria aclaró que las monedas virtuales se consideran activos, y como tal, se deduce que las posibles plusvalías o minusvalías generadas por permutas, se tienen que declarar. ¿De dónde sacas que una permuta BTC-ETH es lo mismo que un traspaso de un fondo de inversión o un plan? Lo pregunto sin acritud, simplemente me parece que estás asumiendo un riesgo en algo que no está para nada aclarado y con lo que hacienda tiene 4 años para buscarte las cosquillas.

En cualquier caso, la gente espera que durante la campaña de la declaración de la renta de este año, publiquen en el BOE una actualización sobre la renta de las personas físicas en las que se confirme cómo y de que manera van a tributar estos activos.
Ya sé que son activos mobiliarios, y como tal, se declaran las plusvalías como indico. Va en contra de toda lógica y de nuestra legislación fiscal contabilizar como plusvalía un cambio de BTC a ETH, teniendo en cuenta que sigues invertido, además de que existen diversas limitaciones técnicas muy importantes a la hora de valorar esa plusvalía.

¿Qué te hace pensar que en el caso de las criptos va a ser diferente?:

- En FOREX no contabilizas pérdida o ganancia hasta que no cerras la posición y materializas en euros.
- En acciones, hasta que no las vendes, declarando eso sí, los dividendos (en euros) que obtienes mientras tanto.
- En fondos y unit linked, idem.
- En el mercado de opciones y futuros por diferencias, hasta vencimiento o cierre de la posición.
- Si se trata de futuros con entrega física a vencimiento, no declaras hasta que no se produce la venta del subyacente.

Además, tenemos un problema serio de rémora fiscal si declaramos plusvalía en cada operación estando invertidos, debido a que si declaramos plusvalías con BTC cerca de máximos y en el momento de realizar la liquidación en la renta ha perdido un 50% de su valor, estamos realmente soportando una presión fiscal mucho más alta. Exactamente lo mismo pasa si no se actualizan los tramos del IRPF por la inflación.

Más dificultades: ¿Le damos el valor en € de la moneda base?, ¿de la que convertimos?, ¿valor actual en el momento de la operación?, ¿en el momento de realizar la declaración?. ¿cómo contabilizamos permutas parciales? ¿seguimos con el método FIFO?

Dadas las dificultades se impuso la lógoca a la hora de regular los traspasos de fondos, y seguirá siendo así una vez regulen la compraventa de criptodivisas.

Saludos
fatballs
ForoCoches: Usuario
#390
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