Mini-guía de FISCALIDAD en CRIPTODIVISAS

Tema Cerrado
Bluhd
ForoCoches: Miembro
#331
Cuál es el mínimo que hay que tener para que haya que declarar? Porque supongo que si uno mete 5€ no tenga que declarar eso
oO Sakai Oo
ForoCoches: Miembro
#332
Tenia entendido que podias meter hasta 1000 en el banco al mes sin tener que presentar declaracion, no 1000 anuales, estas de coña?
Valthier
ForoCoches: Miembro
#333
Entonces, si por ejemplo uno ingresa 500€, y después saca otros 500€ (independientemente de lo que haya ganado dentro del exchange, ya que si ha obtenido más beneficios podría dejarlos ahi), no tendría que declararlo no? Se supone que no ha habido ganancias porque los 500€ de ingreso se considerarían "pérdidas", y el balance total sería de 0€ ¿Es así? Corregidme si me equivoco.
Nicky Santoro
ForoCoches: Miembro
#334
Cita de Valthier
Entonces, si por ejemplo uno ingresa 500€, y después saca otros 500€ (independientemente de lo que haya ganado dentro del exchange, ya que si ha obtenido más beneficios podría dejarlos ahi), no tendría que declararlo no? Se supone que no ha habido ganancias porque los 500€ de ingreso se considerarían "pérdidas", y el balance total sería de 0€ ¿Es así? Corregidme si me equivoco.
No hay aumento de patrimonio y sólo tendrías que hablar si te preguntan. Apuntas la transferencia de entrada, salida y das esos datos
Valthier
ForoCoches: Miembro
#335
Cita de Nicky Santoro
No hay aumento de patrimonio y sólo tendrías que hablar si te preguntan. Apuntas la transferencia de entrada, salida y das esos datos
Thank you shur 👍
Iragon
Forocochia10
#336
Yo creo que me voy a esperar ya que la Agencia Tributaria se está poniendo las pilas en esta materia. Muchos datos y mucha oscuridad en este asunto, ahora mismo el dinero que tengo metido no me quema pero no quiero luego tonterías en forma de carácter retroactivo por no tener en cuenta X cosa o Y. En esta batalla siempre sale ganando Hacienda, así que mejor que gane con sus reglas ya puestas.
Jorge w202
Invitado
#337
@Topitok, una pregunta algo distinta.

Si estoy en Espana, ok, tengo que hacer todo lo que tu dices. Pero ahora te expongo mi caso:

- He hecho movimientos en euros, que de necesitar declararlos, solo tengo que seguir tu guia.

- Por otra parte, trabajo en el extranjero en un pais con otra moneda distinta al euro. He visto una casa de cambio que admite esta moneda, con la cual yo podria comprar divisas. El problema es que la compra se haria en moneda extranjera, pero de cobrarla lo haria en euros y en mi cuenta espanola.

Como lo declararia? Que problemas puede acarrearme eso? Necesitaria documentacion extra?

Hablas del modelo 720 pero solo para +50.000 euros, que pasaria con cantidades mas humildes?
Geniuslnside
Premium pagao
#338
Votado Five Stars.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#339
Cita de $af€
Muy trabajada la guía - muchas gracias por el esfuerzo por ayudarnos a los no poco que tenemos dudas con esto.

¿Tengo un par de dudas que a lo mejor me puedes aclarar?



Siguiendo tu consejo, si durante el año 2017 llevo a cabo permutas pero no transfiero dinero alguno a mi cuenta bancaria, y por ello, no lo declaro en la renta de este año; pero en el año 2018 sí que saco dinero, a la hora de declararlo en la próxima renta, no va a cuestionar Hacienda por qué no he declarado las permutas de 2017 en la anterior renta?



Yo tengo un Excel con todas las transacciones, sus comisiones, y todo con su equivalente en € (en base al precio medio de dicho activo durante el día en el que tuvo lugar la transacción) - mi idea era declarar, por cada activo, el total de venta - total de compra - comisiones, es decir, no indicar transacción a transacción, si no los totales por cada moneda:
  • Valor de adquisicón: Total compra moneda X durante 2017
  • Valor de transmisión: Total venta moneda X - comisiones de compra/venta/transferencias
¿Sería correcto?
Yo lo haría así shur, y no declararía hasta que hayas pasado cantidades a euros.

Lo correcto sería declarar todas las transacciones, pero en la mayoría de los casos es imposible.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#340
Cita de MZA
Osea que tengo que hacer unos justificantes que cuadren con esa plusvalia?
Basicamente comprar varias monedas a 0.01 y venderlas a 50€

Como comprueban que lo que yo presento es verdad o mentira?
Hombre las fechas también deberían cuadrar, y fabricar unos justificantes no son la solución.

Si de verdad te has hecho millonario con criptomonedas deberías ser capaz de demostrarlo de alguna manera (informes de exchanges, fechas de registro, transferencias intermedias...) pero si, la carga de la prueba es del contribuyente. Si no eres capaz de demostrar las procedencia del dinero es dinero "negro" por llamarlo así.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#341
Cita de h4ck97
Con la información de la pole, lo tengo mas o menos claro, pero me queda la duda de si yo desde pequeño por ejemplo en un banco tengo 3000 euros y ahora extraigo 50 euros para invertir en criptomonedas, que convierto en 100 euros, tendría que declarar??
Si no tienes nada más no, habrías tenido un rendimiento de 50 euros, inferior a los 1.000 euros de la segunda regla,
MZA
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#342
Cita de Topitok
Hombre las fechas también deberían cuadrar, y fabricar unos justificantes no son la solución.

Si de verdad te has hecho millonario con criptomonedas deberías ser capaz de demostrarlo de alguna manera (informes de exchanges, fechas de registro, transferencias intermedias...) pero si, la carga de la prueba es del contribuyente. Si no eres capaz de demostrar las procedencia del dinero es dinero "negro" por llamarlo así.
El problema son todas las monedas que te regalan, movimientos de exchanges cerrados, inversiones en icos... hay cosas que son dificiles de justificar de cara Hacienda, aunque en este mundo sea lo mas normal
Topitok
Hu haaaaa!!!
#343
Cita de Laazer
Tengo una duda, seguramente sea una estupidez pero nunca he tenido que declarar nada y no tengo mucha idea de estos temas.

Digamos que saco hoy al banco todo lo que tengo en criptomonedas, lo declararía en la renta del año que viene (Marzo-Junio 2019) y tendría que pagar pongamos el 21% correspondiente. Hay alguna forma / posibilidad de pagar ese 21% en el momento de retirar el dinero a mi banco aunque lo declare el año que viene? O tengo que pegarme 1 año con un dinero en mi cuenta que no va a ser mio?
No hay retención, tú guardas el dinero.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#344
Cita de Hades
Yo planteo otra cosa distinta: la compra de algún bien directamente con bitcoin.

El otro día leía en prensa esta noticia:
https://www.diaridetarragona.com/tar...0110-0021.html
Un piso que se ha vendido en Tarragona por 40 bitcoins.
¿Que pasaría si compro un piso, o un coche (sea a concesionario o de segunda a un particular) directamente con bitcoins?

Los bitcoins no han sido vendidos por euros, y menos han ido a parar a una cuenta del banco. Por tanto en este caso entiendo que no habría que declarar dinero que nunca has llegado a tener.
La excepción a esto sería un coche de segunda mano, que habría que abonar de tus propios euros el impuesto de transmisión, pero nada más.
¿Estoy equivocado?
Si compras un bien tienes in incremento patrimonial, transformas los bitcoins en un bien. Los bitcoin no los has declarado pues sus plusvalías eran latentes, pero en el momento en que las materializas en la compra de un inmueble debes declarar las mismas.

En este caso sería indiferente que pasen o no a euros. Sería como comprar una casa con dólares.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#345
Cita de Cirilo
Hola shur, gran post, yo te voy a comentar unas dudas que tengo sobre el famoso 720:

Si tengo 10 bitcoins en mi wallet, entiendo que no hay que presentarlo ya que no está en el extranjero ni en ningún sitio físico, está en el limbo.

Pero por ejemplo, si los paso a coinbase para que me los ingresen como fiat en la cuenta corriente, ahí ya contaría como que tengo X dinero en el extranjero mientras me lo transfieren? O sólo se declararía la ganancia..

Entiendo que el 720 es por ejemplo, si tengo 10 bitcoins en binance o en coinbase y se tiran allí 2 o 3 años, entonces si tendría que rellenar ese modelo mientras estén en el exchange pertinente no?

Y si por ejemplo 10 bitcoins en 2018 ahora son más de 50.000 euros, pero termina el año valiendo 40.000 habría que rellenar el 720? Se toma como referencia como empieza el año, como termina o el pico más alto?

Espero haberme expresado bien, un saludo.
El 720 es una incógnita en tanto no se pronuncie la Dirección General de Tributos. Hay consultas sobre ello, por lo que hay que esperar a que las respondan.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#346
Cita de Electroneum
Sí, ya tengo todos los "csv"s de 2017 recopilados por si acaso.

En otro orden de las cosas, no sé si sabrás la respuesta a la siguiente duda: si paso mis BTC a un monedero como Copay y através de este compro Amazon Gift Cards para hacer compras en Amazon.com, ¿Estoy exento de declarar todo esto a hacienda?

Gracias.
No, no lo estás.

Es otra forma de "patrimonialización" de tus criptomonedas, mediante la compra directa de bienes.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#347
Cita de Bausles
Vamos a ver shur esto es un lío. Yo ahora mismo en el mundillo crypto hago lo siguiente: trading, holding, funding (en usd y btc en bitfinex y bitmex) y cloud mining. En total la cartera total está valorada en USD 35k aprox. Del banco han salido USD 25k aprox. ¿Me estás diciendo que yo no tributo hasta que transfiera del exchange al banco una cantidad superior a esos 25k? ¿Estás seguro que hacienda va a estar ok con que tribute más tarde una renta generada en ejercicio anteriores? El tema es que no son 100 euros aquí. Imagínate que 4 años más tarde quiero retirar y tengo 150k, hacienda no me va a decir nada???
Yo no digo eso.

Hay que tributar desde que sacas 1 euro, en proporción a la ganancia que ese euro lleve consigo. Si ese euro es ganancia 60% y 40% de inversión inicial, tributan 0,6 euros en la renta del año en que se saca ese dinero. Lee bien el post inicial.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#348
Cita de Nisuver
@Topitok
Menudo crack, y gracias por el aporte.

Una duda que tengo, ya he leído que comentas que, (ejemplo):
- (1º compra) compro ethereum con euros, y con ethereum (2º compra) compro otras criptomonedas, hasta aquí he hecho dos tipos de transferencias, primero euros a eth y luego eth a otra criptomoneda. Por lo que he leído en este punto legalmente si tendría que declarar la diferencia que hay entre ethereum y la criptomoneda (pero no la diferencia de euros a eth), pero que es difícil si tienes muchas compras.. Por que si luego la criptomoneda (la que sería en la segunda compra) la vendo a ethereum y éste a euros, vuelvo a hacer dos movimientos, ¿no?, en total 4 movimientos, legalmente de este ejemplo, ¿que habría que declarar?.

- Ahora me gustaría preguntarte, si con el ejemplo que he puesto, SI habría que declarar, que valor de la moneda con el equivalente de ethereum (porque es con la que has pasado los euros y sería con la que usarías para retirar a euros a tu cuenta) ¿usas para hacer cuentas?, porque en los exchanges te suele venir cuando compras una moneda lo que vale en ETH, pero no viene lo que vale el eth en ese momento en euros, entonces de donde se sacaría lo que vale en ese mismo instante, o ¿se usa el valor medio que ha tenido ese día?.

Por cierto, ¿que datos apuntas tú para tener las cuentas?.

muchas gracias
Es lo que comento, como es imposible declarar cada movimiento creo que lo mejor es declarar las salidas y entradas de euros.

Yo apunto fechas de transacción y moneda en que las hago, exchange y hago una captura.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#349
Cita de raulillo
Si compras en 2016 y haces hold hasta 2018, en la declaración de 2019, ¿puedes restar también lo retirado de 2018 de lo ingresado de 2016 para calcular las ganancias o hay problemas por ser distinto año? ¿Y si en vez de dos años son muchos más?
Sin problema, es como quien vende una casa comprada 30 años antes, lógicamente descuenta lo que le costó de lo que saca con la venta.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#350
Cita de santan
lo digo porque hay gente que no tiene una gran suma ni holdea, simplemente pasa el rato con igual 20 operaciones diarias a lo tonto.
Pues son ellos quien tienen que probar que sus ganancias o pérdidas provienen de X.

Cada inversor es responsable de poder justificar sus operaciones. De lo contrario, todo renta no declarada.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#351
Cita de filipeluis3
¿Algun shur sabe como tributa el beneficio retirado a una cuenta conjunta de un matrimonio en régimen de gananciales? ¿Con el modelo de declaración separada tributaría cada uno la mitad?
Los frutos y rendimientos obtenidos en gananciales son gananciales. Si el dinero invertido era privativo los rendimientos también, pero eso hay que probarlo (escritura pública, por ejemplo, que certifique que ese dinero era privativo). Si el dinero salió de la cuenta ganancial... complicado.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#352
Cita de r4m0n0
Hola @Topitok. Primero gracias por el hilo.

Si tu ingresas el dinero desde España en euros, inviertes en criptomoneda y luego los beneficios los declaras en otro país con otra fiscalidad (Suiza, por ejemplo), que obligaciones fiscales tienes con España si el dinero se queda fuera?

Si luego ese dinero ya declarado en el extranjero, legalmente, te lo llevas a españa, necesitas hacer otra declaración de algún tipo?

Gracias por adelantado.
Si eres residente fiscal en España tienes que declarar aquí por toda tu renta mundial, saques el dinero a un banco español, suizo o de la conchinchina.

Si el dinero en Suiza está declarado puedes traerlo cuando quieras, si el dinero en Suiza no está declarado sería dinero negro y estarías incurriendo en fraude fiscal.
gery
ForoCoches: Miembro 30cm
#353
Cita de Topitok
No, no lo estás.

Es otra forma de "patrimonialización" de tus criptomonedas, mediante la compra directa de bienes.
En este caso (el de las tarjetas Amazon), sé que la teoría es que debería declararlo, pero en la práctica no habría constancia para Hacienda del patrimonio del shur, no? Al no pasar el dinero por el banco, si el shur no lo declarase, Hacienda tampoco podría reclamarle nada, no? Pregunto por curiosidad y desde la ignorancia.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#354
Cita de Jorge w202
@Topitok, una pregunta algo distinta.

Si estoy en Espana, ok, tengo que hacer todo lo que tu dices. Pero ahora te expongo mi caso:

- He hecho movimientos en euros, que de necesitar declararlos, solo tengo que seguir tu guia.

- Por otra parte, trabajo en el extranjero en un pais con otra moneda distinta al euro. He visto una casa de cambio que admite esta moneda, con la cual yo podria comprar divisas. El problema es que la compra se haria en moneda extranjera, pero de cobrarla lo haria en euros y en mi cuenta espanola.

Como lo declararia? Que problemas puede acarrearme eso? Necesitaria documentacion extra?

Hablas del modelo 720 pero solo para +50.000 euros, que pasaria con cantidades mas humildes?
Si trabajas fuera y eres residente fiscal allí debes tener en cuenta la legislación local, no te afectaría la legislación española. Debes declarar allí también tus rendimientos de cuentas españolas.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#355
Cita de MZA
El problema son todas las monedas que te regalan, movimientos de exchanges cerrados, inversiones en icos... hay cosas que son dificiles de justificar de cara Hacienda, aunque en este mundo sea lo mas normal
Pues shur, habría que haber sido previsor y tener esos justificantes. Si hablamos de bastante dinero vas a tener visita sí o sí.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#356
Cita de gery
En este caso (el de las tarjetas Amazon), sé que la teoría es que debería declararlo, pero en la práctica no habría constancia para Hacienda del patrimonio del shur, no? Al no pasar el dinero por el banco, si el shur no lo declarase, Hacienda tampoco podría reclamarle nada, no? Pregunto por curiosidad y desde la ignorancia.
Hoy por hoy no, pero viendo como evoluciona todo es cuestión de tiempo que los exchanges comuniquen información. Las prescripción son 4 años así que si esto ocurre en los próximos 4 años liquidación y sanción hasta 4 años atrás, con sus correspondientes intereses de demora.
gery
ForoCoches: Miembro 30cm
#357
Cita de Topitok
Hoy por hoy no, pero viendo como evoluciona todo es cuestión de tiempo que los exchanges comuniquen información. Las prescripción son 4 años así que si esto ocurre en los próximos 4 años liquidación y sanción hasta 4 años atrás, con sus correspondientes intereses de demora.
Pero Hacienda no sabría si el shur tiene los bitcoins en una wallet o si los ha vendido por euros. Y, por lo que he entendido, se debe declarar una vez los vendes y obtienes dinero "real" por ellos (no habría constancia de ello).
juazki
Tras la maleza
#358
Gran hilo shur, gracias por tomarte la molestia de redactarlo.

Pillo sitio que interesa
Nisuver
Tus problemas no son míos
#359
@Topitok
Gracias por responder.
Quería hacerte una última pregunta, pongo un ejemplo que así es más fácil explicarlo.

Supongamos que compro 1 eth con 600 euros, pasados unos minutos compro otra moneda, X, y me dan por 0,5 eth 400 monedas X. (cada moneda vale 0,75 euros, total 300 euros), pasa un mes y vendo las 400 monedas X, y las vendo a eth porque a euros no puedo directamente. Pero en ese momento cada moneda vale 1 euro (en total 400 euros), pero el eth ha bajado y me dan 0,3 eth.

Aquí me surgen unas dudas, yo cambién 0,5 eth al principio y ahora tengo 0,3 eth, esto serían pérdidas o ganancias porque a fin y al cabo la moneda ya no vale 300 euros si no 400 euros..
vices22
ForoCoches: Miembro
#360
En el 2013 realicé un minado en tiempos de uso de un PC que usaba para otro asunto y lo he rescatado hace una semana, sorpresa de mi que tenia poco mas de 2000 euros que he rescatado, entiendo que estoy obligado a declararlo en el ejercicio de 2018?

Gracias!!
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