Mini-guía de FISCALIDAD en CRIPTODIVISAS
Tema Cerrado
10-ene-2018 20:09
#271
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@Topitok si ingreso 300€ en coinbase y un año despues saco 1.000.000€ desde coinbase a la misma cuenta del banco, que procedimiento debo seguir shur? Mis justificantes serian el envio de dinero y luego la retirada? Que problemas podria tener? Completamente serio.
Justificantes serían las transferencias de entrada y salida, y todo lo que puedas justificar como operaciones intermedias que justifiquen que ha ganado semejante pasta. Con cantidades pequeñas no van a entrar al fondo, pero con ese volumen dudo que no te pidan justificante de semejante plusvalía, para evitar actividades de blanqueo. Si no, sería muy fácil blanquear capital. Por eso, deberías conservar los justificantes de los exchanges que hagan ver como has obtenido ese dinero y como has transformado 300 euros en 1 millón. Yo sin duda preguntaría. |
10-ene-2018 20:12
#273
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Sinceramente, si alguien da un pelotazo con esto, y quiere pasarlo a fiat y "ser legal", estoy totalmente convencido que si acude a hacienda diciendo que viene a dejarles una pasta gansa que no se esperaban, poco menos que el empleado de turno de hacienda le hace la ola.
Tener en cuenta que van a comisión. Otro tema es que se pretenda pasar a fiat y pretender que nadie se entere.... aquí si que estas jugando con fuego. |
10-ene-2018 22:34
#277
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Mírate el primer post shur, es el ejemplo más básico. Plusvalía de 999.700 euros.
Justificantes serían las transferencias de entrada y salida, y todo lo que puedas justificar como operaciones intermedias que justifiquen que ha ganado semejante pasta. Con cantidades pequeñas no van a entrar al fondo, pero con ese volumen dudo que no te pidan justificante de semejante plusvalía, para evitar actividades de blanqueo. Si no, sería muy fácil blanquear capital. Por eso, deberías conservar los justificantes de los exchanges que hagan ver como has obtenido ese dinero y como has transformado 300 euros en 1 millón. Yo sin duda preguntaría. que certificados ¿? copias y pegas los movimientos desde coinbase por ejemplo (que lo puede cambiar cualquiera) o tienes que ir a coinbae y solicitarlos de alguna manera ¿? Y si lo ganas en exchanges descentralizados como por ejemplo ether delta que haces ¿? esmuy dificil de demostrar. igual tirando de un notario joven que certifique los numeros de cuenta y poniendo los tx de transacciones, pero no se yo si lo aceptarían (y más cuando entren dentro de un contrato, que ni idea de como se buscan bien) |
10-ene-2018 22:41
#278
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Bueno, pues a ver, intentaré ser claro. Tengo 19 años y no he tenido que hacer la declaración nunca, por lo que he leído mi padre supuestamente hace declaración conjunta conmigo (algo así me ha comentado él también). El asunto es que algún banco en el que tengo fondos me ha empezado a retener el 19% (ganancias patrimoniales) de los intereses, por lo que entiendo que esos impuestos los entregará el banco a Hacienda y aparecerán directamente en el borrador. La cuestión es ¿mi declaración va aparte aún siendo declaración conjunta? No llego a los 1.000€ anuales por lo que no deberían retenerseme esos impuestos. ¿Cómo debería reclamarlos si, en efecto, no debo pagarlos? Además de esto, que es lo que más raro se me hace, tengo movimientos entre cuentas bancarias para conseguir bonificaciones que en total suman fácilmente más de 1.000€, más todas las bonificaciones en €. A esto se suman todos los movimientos de banco a exchange por criptos, y de vuelta. ¿Hacienda diferencia entre movimientos entre cuentas propias e ingresos? Y mi última duda. Si yo ingreso 2.000€ en efectivo, digamos que vienen de ahorros, ¿eso contaría como ingresos y por lo tanto debería declarar? Sé que me he explicado de forma muy liosa, pero es que así de lioso lo entiendo yo todo. Sé que mis preocupaciones son una chorrada ya que mis cantidades son un 1% de lo que mueve la mayoría de la gente por aquí, pero estoy seguro de que hay mas gente joven como yo en la misma situación. Te agradezco todo tipo de explicación. Gracias shur |
10-ene-2018 22:41
#279
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que certificados ¿? copias y pegas los movimientos desde coinbase por ejemplo (que lo puede cambiar cualquiera) o tienes que ir a coinbae y solicitarlos de alguna manera ¿?
Y si lo ganas en exchanges descentralizados como por ejemplo ether delta que haces ¿? esmuy dificil de demostrar. igual tirando de un notario joven que certifique los numeros de cuenta y poniendo los tx de transacciones, pero no se yo si lo aceptarían (y más cuando entren dentro de un contrato, que ni idea de como se buscan bien) Como mínimo, capturas. |
10-ene-2018 22:48
#280
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Bueno, pues a ver, intentaré ser claro.
Tengo 19 años y no he tenido que hacer la declaración nunca, por lo que he leído mi padre supuestamente hace declaración conjunta conmigo (algo así me ha comentado él también). El asunto es que algún banco en el que tengo fondos me ha empezado a retener el 19% (ganancias patrimoniales) de los intereses, por lo que entiendo que esos impuestos los entregará el banco a Hacienda y aparecerán directamente en el borrador. La cuestión es ¿mi declaración va aparte aún siendo declaración conjunta? No llego a los 1.000€ anuales por lo que no deberían retenerseme esos impuestos. ¿Cómo debería reclamarlos si, en efecto, no debo pagarlos? Además de esto, que es lo que más raro se me hace, tengo movimientos entre cuentas bancarias para conseguir bonificaciones que en total suman fácilmente más de 1.000€, más todas las bonificaciones en €. A esto se suman todos los movimientos de banco a exchange por criptos, y de vuelta. ¿Hacienda diferencia entre movimientos entre cuentas propias e ingresos? Y mi última duda. Si yo ingreso 2.000€ en efectivo, digamos que vienen de ahorros, ¿eso contaría como ingresos y por lo tanto debería declarar? Sé que me he explicado de forma muy liosa, pero es que así de lioso lo entiendo yo todo. Sé que mis preocupaciones son una chorrada ya que mis cantidades son un 1% de lo que mueve la mayoría de la gente por aquí, pero estoy seguro de que hay mas gente joven como yo en la misma situación. Te agradezco todo tipo de explicación. Gracias shur 1. Tu padre no hace conjunta contigo, al ser tú mayor de edad no puede, pero sí que te pone como descendiente para aplicarse una reducción por ello. El requisito para esto es que el descendiente no presente declaración con rentas superiores a 1.800 euros. Si al operar con criptos superas estos rendimientos TOTALES, esto es, sumados a los intereses bancarios y boniificaciones que comentas, tu padre no podrá ponerte como descendiente y tendrás que declarar por tu cuenta. 2. Para recuperar las retenciones bancarias hay que declarar esas rentas, ya lo hagas tú como declarante, o tu padre en la conjunta contigo, en caso de que pueda presentarla. 3. En cuanto al ingreso en efectivo, no se considera rendimiento, pero podrían preguntarte por su origen. Espero que sirva. |
10-ene-2018 22:53
#281
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Perfecto shur, por partes:
1. Tu padre no hace conjunta contigo, al ser tú mayor de edad no puede, pero sí que te pone como descendiente para aplicarse una reducción por ello. El requisito para esto es que el descendiente no presente declaración con rentas superiores a 1.800 euros. Si al operar con criptos superas estos rendimientos TOTALES, esto es, sumados a los intereses bancarios y boniificaciones que comentas, tu padre no podrá ponerte como descendiente y tendrás que declarar por tu cuenta. 2. Para recuperar las retenciones bancarias hay que declarar esas rentas, ya lo hagas tú como declarante, o tu padre en la conjunta contigo, en caso de que pueda presentarla. 3. En cuanto al ingreso en efectivo, no se considera rendimiento, pero podrían preguntarte por su origen. Espero que sirva. Muchas gracias shur, claro y conciso. Entiendo entonces que sólamente estaré obligado a hacer declaración si tengo beneficios/rendimientos superiores a 1.000€, el resto de movimientos si los puedo justificar no importan. Gran post! |
10-ene-2018 23:39
#284
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Muy trabajada la guía - muchas gracias por el esfuerzo por ayudarnos a los no poco que tenemos dudas con esto. ¿Tengo un par de dudas que a lo mejor me puedes aclarar? 3. Obtención de la base de tributación. .... Por ello, creo que lo lógico y eficiente es declarar la diferencia entre transferencias en euros de entrada y salida en nuestras cuentas bancarias. Al final a Hacienda lo que grava es el incremento o disminución patrimonial, y estos no se hacen efectivos hasta que recibimos de vuelta los fondos en nuestra cuenta. Con la ley en la mano no es así, pero es lo más lógico y eficiente. Pondré ejemplos a continuación. Ejemplo 4.1. Venta con beneficio de todas las posiciones. En este caso se trata de la operación más simple. Compramos X criptomoneda y vendemos todos los tokens que adquirimos obteniendo un beneficio: - Transferencia salida hacia el exchange (valor de adquisición) -> 5.000 euros. - Operamos con criptomoneda y ganamos dinero. - Transferencia de entrada a nuestra cuenta (valor de transmisión) -> 10.000 euros. Plusvalía = 10.000 - 5.000 = 5.000 euros. (*) NOTA: En caso de operarse varias criptomonedas hay que dividir los precios de adquisición y transmisión entre cada una, y deberían ser declaradas por separado.
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11-ene-2018 03:30
#285
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Mírate el primer post shur, es el ejemplo más básico. Plusvalía de 999.700 euros.
Justificantes serían las transferencias de entrada y salida, y todo lo que puedas justificar como operaciones intermedias que justifiquen que ha ganado semejante pasta. Con cantidades pequeñas no van a entrar al fondo, pero con ese volumen dudo que no te pidan justificante de semejante plusvalía, para evitar actividades de blanqueo. Si no, sería muy fácil blanquear capital. Por eso, deberías conservar los justificantes de los exchanges que hagan ver como has obtenido ese dinero y como has transformado 300 euros en 1 millón. Yo sin duda preguntaría. Basicamente comprar varias monedas a 0.01 y venderlas a 50€ Como comprueban que lo que yo presento es verdad o mentira? |
Editado: 11-ene-2018 03:39 -
11-ene-2018 15:06
#287
| Con la información de la pole, lo tengo mas o menos claro, pero me queda la duda de si yo desde pequeño por ejemplo en un banco tengo 3000 euros y ahora extraigo 50 euros para invertir en criptomonedas, que convierto en 100 euros, tendría que declarar?? |
12-ene-2018 20:01
#289
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Tengo una duda, seguramente sea una estupidez pero nunca he tenido que declarar nada y no tengo mucha idea de estos temas. Digamos que saco hoy al banco todo lo que tengo en criptomonedas, lo declararía en la renta del año que viene (Marzo-Junio 2019) y tendría que pagar pongamos el 21% correspondiente. Hay alguna forma / posibilidad de pagar ese 21% en el momento de retirar el dinero a mi banco aunque lo declare el año que viene? O tengo que pegarme 1 año con un dinero en mi cuenta que no va a ser mio? |
13-ene-2018 03:15
#290
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Yo planteo otra cosa distinta: la compra de algún bien directamente con bitcoin. El otro día leía en prensa esta noticia: https://www.diaridetarragona.com/tar...0110-0021.html Un piso que se ha vendido en Tarragona por 40 bitcoins. ¿Que pasaría si compro un piso, o un coche (sea a concesionario o de segunda a un particular) directamente con bitcoins? Los bitcoins no han sido vendidos por euros, y menos han ido a parar a una cuenta del banco. Por tanto en este caso entiendo que no habría que declarar dinero que nunca has llegado a tener. La excepción a esto sería un coche de segunda mano, que habría que abonar de tus propios euros el impuesto de transmisión, pero nada más. ¿Estoy equivocado? |
13-ene-2018 23:06
#292
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Hola shur, gran post, yo te voy a comentar unas dudas que tengo sobre el famoso 720: Si tengo 10 bitcoins en mi wallet, entiendo que no hay que presentarlo ya que no está en el extranjero ni en ningún sitio físico, está en el limbo. Pero por ejemplo, si los paso a coinbase para que me los ingresen como fiat en la cuenta corriente, ahí ya contaría como que tengo X dinero en el extranjero mientras me lo transfieren? O sólo se declararía la ganancia.. Entiendo que el 720 es por ejemplo, si tengo 10 bitcoins en binance o en coinbase y se tiran allí 2 o 3 años, entonces si tendría que rellenar ese modelo mientras estén en el exchange pertinente no? Y si por ejemplo 10 bitcoins en 2018 ahora son más de 50.000 euros, pero termina el año valiendo 40.000 habría que rellenar el 720? Se toma como referencia como empieza el año, como termina o el pico más alto? Espero haberme expresado bien, un saludo. |
15-ene-2018 09:56
#295
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Interesantísimo, pero veo que no está todo regulado al 100% ni mucho menos. Saludos. |
15-ene-2018 15:45
#296
| joder y para los que cacharreamos comprando vendiendo unas con ganancia y otras con perdida por que son pocos euros? |
15-ene-2018 23:43
#297
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@Topitok Menudo crack, y gracias por el aporte. Una duda que tengo, ya he leído que comentas que, (ejemplo): - (1º compra) compro ethereum con euros, y con ethereum (2º compra) compro otras criptomonedas, hasta aquí he hecho dos tipos de transferencias, primero euros a eth y luego eth a otra criptomoneda. Por lo que he leído en este punto legalmente si tendría que declarar la diferencia que hay entre ethereum y la criptomoneda (pero no la diferencia de euros a eth), pero que es difícil si tienes muchas compras.. Por que si luego la criptomoneda (la que sería en la segunda compra) la vendo a ethereum y éste a euros, vuelvo a hacer dos movimientos, ¿no?, en total 4 movimientos, legalmente de este ejemplo, ¿que habría que declarar?. - Ahora me gustaría preguntarte, si con el ejemplo que he puesto, SI habría que declarar, que valor de la moneda con el equivalente de ethereum (porque es con la que has pasado los euros y sería con la que usarías para retirar a euros a tu cuenta) ¿usas para hacer cuentas?, porque en los exchanges te suele venir cuando compras una moneda lo que vale en ETH, pero no viene lo que vale el eth en ese momento en euros, entonces de donde se sacaría lo que vale en ese mismo instante, o ¿se usa el valor medio que ha tenido ese día?. Por cierto, ¿que datos apuntas tú para tener las cuentas?. muchas gracias |
16-ene-2018 00:33
#299
| Si compras en 2016 y haces hold hasta 2018, en la declaración de 2019, ¿puedes restar también lo retirado de 2018 de lo ingresado de 2016 para calcular las ganancias o hay problemas por ser distinto año? ¿Y si en vez de dos años son muchos más? |