Valor catastral de la vivienda por debajo del precio de compra

capipuerto
ForoCoches: Usuario
#1
Buenas tardes!

Para la semana que viene firmamos el contrato de arras por una vivienda que tiene un valor castatral por debajo del precio de la vivienda, debido a que la buhardilla no está metida en el catastro.


¿Hay alguna forma de añadir al catastro esto? Y luego ..., ¿tendría tiempo de negociar la hipoteca en el caso que quiera actualizar este dato?


¿Tiene algún coste esto?


No contábamos con esto ya que somos novatos en este mundo.


Aún no he contactado con ningún tasador y a no ser que lo tase hacia arriba veo complicado hacer frente a la vivienda, ya que puede haber una diferencia importante según nuestros ahorros.


Agradezco cualquier información, porque vaya quebraderos de cabeza.


GRACIAS
marzelinor
ForoCoches: Miembro
#2
En la compraventa el valor catastral no es un dato que se tenga en cuenta. El único dato que te interesa es el valor de la tasación, que no varíe mucho del de compraventa para que no levante sospechas a Hacienda.

Lo del último piso, lo podéis regularizar vosotros en el catastro cuando ya sea vuestra (si es que os interesa porque a lo mejor ni os interesa que se actualice)...
capipuerto
ForoCoches: Usuario
#3
Cita de marzelinor
En la compraventa el valor catastral no es un dato que se tenga en cuenta. El único dato que te interesa es el valor de la tasación, que no varíe mucho del de compraventa para que no levante sospechas a Hacienda.

Lo del último piso, lo podéis regularizar vosotros en el catastro cuando ya sea vuestra (si es que os interesa porque a lo mejor ni os interesa que se actualice)...
Gracias! Pero según tengo entendido cuando el tasador vaya a tasar la vivienda, tiene en cuenta que no esté registrada la buhardilla en el catastro y en el registro de la propiedad y por eso es posible que lo tase a la baja. Son 50m cuadrados más lo que no aparece.


Como digo soy novato en todo esto conque gracias por la info!
Mascarieri
ForoCoches: Miembro
#4
El valor catastral no vale una mierda

Mi casa tenía un valor catastral de 120k y la tasación fueron 256

Así que no vale ni para tomar por culo ese dato
Luisengard
ForoCoches: Miembro
#5
Shur ten cuidado a ver si la buhardilla no va a ser del piso
Troncos
ForoCoches: Miembro
#6
El valor catastral siempre es más bajo.
Jarlaxle
ForoCoches: Miembro
#7
Echale un ojo a este video, que creo que te puede interesar:


Barabs
ForoCoches: Usuario
#8
Como dicen los anteriores el valor catastral da completamente igual. Lo que si que puede afectarte es si esa buhardilla no esta legalizada, pero en ese caso deberían paralizarte el proceso de hipoteca hasta que el vendedor arregle los papeles. En resumen, el banco no te va a hipotecar nada que sea ilegal, y el problema es del vendedor.
savovic
ForoCoches: Miembro
#9
El valor catastral de hecho suele estar muy por debajo del precio de compraventa.
capipuerto
ForoCoches: Usuario
#10
Muchas gracias a todos, más claro me queda al menos... a ver si hay suerte con la tasación
capipuerto
ForoCoches: Usuario
#11
Cita de savovic
El valor catastral de hecho suele estar muy por debajo del precio de compraventa.
Eso he visto, 100k de diferencia solamente...
MCR!N
ForoCoches: Miembro
#12
Cita de marzelinor
En la compraventa el valor catastral no es un dato que se tenga en cuenta. El único dato que te interesa es el valor de la tasación, que no varíe mucho del de compraventa para que no levante sospechas a Hacienda.

Lo del último piso, lo podéis regularizar vosotros en el catastro cuando ya sea vuestra (si es que os interesa porque a lo mejor ni os interesa que se actualice)...
Sí, el valor catastral es un dato importante, no en el contrato de compraventa como tu dices pero sí para el comprador.

Supongamos que un piso tiene valor de mercado de 10.000€ y su valor catastral es de 12.000€, cuando vayas a pagar el ITP, tendrás que pagar el de mayor importe, sino ya sabes que te lo reclamarán.

De hecho, si el shur se acoge a la deducción por primera vivienda, aconsejo que los recibos no los tengan a nombre de una persona solo, sino que los domicilien con ambos nombres, vamos que el agua aparezca un nombre y la luz otro, para el día de mañana poder justificar que ambos están viviendo en esa vivienda.


A ver, en el caso de la buhardilla, puedes continuar con la compra, el día de mañana hablas con un arquitecto y vea si es legalizable o no. Lo mismo esaa buhardilla es una cámara que el vendedor la ha acondicionado para subirle el precio de venta.
MontRoyal
ForoCoches: Usuario
#13
Ojo que estáis confundiendo muchos 2 conceptos.

A) Valor catastral (Valor del suelo+valor construcción)
B) Valor de referencia catastral.

El valor de referencia catastral actualmente es el mínimo por el que se puede liquidar el ITP.

A mas Vref mayor ITP
A mas Vcat mayor IBI

Y para la tasación no se tiene en cuenta. No veo ventajas
Oreki
ForoCoches: Miembro
#14
Cita de MontRoyal
Ojo que estáis confundiendo muchos 2 conceptos.

A) Valor catastral (Valor del suelo+valor construcción)
B) Valor de referencia catastral.

El valor de referencia catastral actualmente es el mínimo por el que se puede liquidar el ITP.

A mas Vref mayor ITP
A mas Vcat mayor IBI

Y para la tasación no se tiene en cuenta. No veo ventajas
Y si no hay valor de referencia en el catastro?
capipuerto
ForoCoches: Usuario
#15
Cita de MCR!N
Sí, el valor catastral es un dato importante, no en el contrato de compraventa como tu dices pero sí para el comprador.

Supongamos que un piso tiene valor de mercado de 10.000€ y su valor catastral es de 12.000€, cuando vayas a pagar el ITP, tendrás que pagar el de mayor importe, sino ya sabes que te lo reclamarán.

De hecho, si el shur se acoge a la deducción por primera vivienda, aconsejo que los recibos no los tengan a nombre de una persona solo, sino que los domicilien con ambos nombres, vamos que el agua aparezca un nombre y la luz otro, para el día de mañana poder justificar que ambos están viviendo en esa vivienda.


A ver, en el caso de la buhardilla, puedes continuar con la compra, el día de mañana hablas con un arquitecto y vea si es legalizable o no. Lo mismo esaa buhardilla es una cámara que el vendedor la ha acondicionado para subirle el precio de venta.
Gracias por la información. Este proceso si es legalizable tendrá unos costes bastante elevados entiendo, entre arquitecto, notario, registros y tal... Por desconocimiento me veo en un mar de dudas, por si me pudiera perjudicar el día de mañana en algo toda esta movida.
Uhlenhaut
ForoCoches: Usuario
#16
Cita de capipuerto
Gracias por la información. Este proceso si es legalizable tendrá unos costes bastante elevados entiendo, entre arquitecto, notario, registros y tal... Por desconocimiento me veo en un mar de dudas, por si me pudiera perjudicar el día de mañana en algo toda esta movida.
Lo más sensato es que no te interese legalizarla, tal vez no se pueda (segun el pgou del municipio), tal vez si, tal vez haya prescrito urbanísticamente y deje tu casa en fuera de ordenación...

Lo mejor es que en la tasación comentéis si compensa reflejar la buhardilla o no, si es que ni decís que la vais a tapar o a dejar para mantenimiento de la cubierta y luego la disfrutais.

Si la queréis meter en escrituras con un certificado de medición de un técnico el notario puede modificar la escritura y registrarlo, aunque mirad el tema del banco.

En tu casa particular difícilmente te puede llegar a perjudicar en el futuro.

Has visto el cee de la Vivienda? Aparece ahí la buhardilla?
MCR!N
ForoCoches: Miembro
#17
Cita de capipuerto
Gracias por la información. Este proceso si es legalizable tendrá unos costes bastante elevados entiendo, entre arquitecto, notario, registros y tal... Por desconocimiento me veo en un mar de dudas, por si me pudiera perjudicar el día de mañana en algo toda esta movida.
La vivienda es la única que tiene acceso a esa buhardilla? o esa buhardilla son trasteros?

En caso que sean trasteros, busca en el catastro si existe esa referencia y pide nota simple, no vaya a ser que ocupes algo que no es tuyo xD

En caso de que sea buhardilla, no va a ir un inspector a revisar la casa, probablemente por normativa de construcción se obligase solamente a construir "X" cantidad de metros, poniendo una pared de pladur, una vez que pasase la inspección tiraron la pared y a disfrutar de unos bonitos metros de más, es bastante común, recuerda esto es ESPAÑA.
Macarrona
NO SOY EL DE LA FOTO
#18
segun tengo entendido Hacienda puede exigir al comprador pagar ITP sobre el valor catastral en lugar del de compraventa.

Eso pasó en la casa de mis abuelos en un pueblo de la España vaciada, que se vendió muy por debajo del valor catastral (tipica casa de pueblo que esta igual que en 1960)
zonocotropo
ForoCoches: Flanders
#19
Lo de cobrar ITP en función de valor de referencia catastral creo que se lo habían tirado a hacienda (ojo, no es lo mismo que valor catastral). De todas formas, en función de cómo se encuentre la vivienda (ej: reventada), se puede justificar un precio por debajo...
Plubio
ForoCoches: Usuario
#20
Otro aporte sobre la buhardilla. Cerciórate de que la ampliación esté bien realizada en cuanto a construcción. Una vez vi la de una casa en venta, y te aseguro que aquello estaba para darle cuatro mazazos y tirarla abajo. Dudo mucho que aquello se pudiese regularizar sin tirarla antes, o al menos una importante reforma. Ojo.
MontRoyal
ForoCoches: Usuario
#21
Cita de Oreki
Y si no hay valor de referencia en el catastro?
El ITP se paga de acuerdo al mayor valor comprobado.

Si el mayor valor comprobado es el vref entonces se paga por vref

Si el vref es inferior al valor de tasacion entonces se paga por valor de tasacion

Si no existe vref lo que sea mas alto entre valor de tasacion o la fórmula tradicional de vcatastral multiplicado por el coeficiente que tenga el barrio, municipio, localidad dónde esté radicado el inmueble. Éste coeficiente es público y se puede consultar en la administración de vuestra comunidad autónoma.

Hay que tener en cuenta que el precio real de compra (o de escrituración) a nuestros líderes se la sopla.

Si compras una casa por 100.000 euros pero la tasación es de 120.000 hay que liquidar el ITP por 120.000

Si compras una casa echa polvo por 50.000 y el vref es de 300.000 pagas ITP por 300.0000

Liquidar ITP por debajo del vref se considera automáticamente fraude fiscal. Luego ya si eso reclama luego que has pagado de más

Que no se nos olvide aplaudir a las 8
MontRoyal
ForoCoches: Usuario
#22
Cita de Macarrona
segun tengo entendido Hacienda puede exigir al comprador pagar ITP sobre el valor catastral en lugar del de compraventa.

Eso pasó en la casa de mis abuelos en un pueblo de la España vaciada, que se vendió muy por debajo del valor catastral (tipica casa de pueblo que esta igual que en 1960)
Correcto. Escriturar por debajo del valor de referencia catastral se considera fraude fiscal. Independientemente del precio real de compra.

Sin embargo al vendedor no se le aplica este sistema en el IRPF

Ejemplo:

Tus abuelos venden una casa por 10.000 que tiene un Vref de 50.000

El comprador paga ITP por 50.000 pero tus abuelos tributan 10.000 al IRPF
Clitoriano
ForoCoches: Usuario
#23
Cita de Mascarieri
El valor catastral no vale una mierda

Mi casa tenía un valor catastral de 120k y la tasación fueron 256

Así que no vale ni para tomar por culo ese dato
¿Los impuestos no son función del valor catastral?
carademongolo
ForoCoches: Miembro
#24
Cita de MontRoyal
Correcto. Escriturar por debajo del valor de referencia catastral se considera fraude fiscal. Independientemente del precio real de compra.

Sin embargo al vendedor no se le aplica este sistema en el IRPF

Ejemplo:

Tus abuelos venden una casa por 10.000 que tiene un Vref de 50.000

El comprador paga ITP por 50.000 pero tus abuelos tributan 10.000 al IRPF
Eso es cierto a priori. La ley de IRPF deja bien claro que el importe de transmisión de un inmueble será el de la venta , siempre que no sea inferior al valor de mercado del inmueble .


Y aquí la tenemos liada, porque si quieres declarar por debajo del de referencia ( que al final dicen que es una aproximación al de mercado), o en este caso que comentas , muuuy por debajo, más te vale tener una tasación independiente que justifique dicho importe, pudiendo entonces impugnar el valor de referencia del catastro .


En el despacho donde trabajo hemos encontrado muchos problemas con esto, y por norma, cualquier inmueble que vean vendido muy por debajo del valor de referencia, requerimiento al canto.


Son unos capullos, pero justo en este caso tiene sentido, y más con el tema inmobiliario, donde la gente vendía por 10.000 sobre escritura y otros 40.000 en dinero negro
Oreki
ForoCoches: Miembro
#25
Cita de MontRoyal
El ITP se paga de acuerdo al mayor valor comprobado.

Si el mayor valor comprobado es el vref entonces se paga por vref

Si el vref es inferior al valor de tasacion entonces se paga por valor de tasacion

Si no existe vref lo que sea mas alto entre valor de tasacion o la fórmula tradicional de vcatastral multiplicado por el coeficiente que tenga el barrio, municipio, localidad dónde esté radicado el inmueble. Éste coeficiente es público y se puede consultar en la administración de vuestra comunidad autónoma.

Hay que tener en cuenta que el precio real de compra (o de escrituración) a nuestros líderes se la sopla.

Si compras una casa por 100.000 euros pero la tasación es de 120.000 hay que liquidar el ITP por 120.000

Si compras una casa echa polvo por 50.000 y el vref es de 300.000 pagas ITP por 300.0000

Liquidar ITP por debajo del vref se considera automáticamente fraude fiscal. Luego ya si eso reclama luego que has pagado de más

Que no se nos olvide aplaudir a las 8
Menudo lio.
Lo del múltiplo pensaba que lo habían quitado en 2022.
Tengo que escriturar un inmueble, pero en el catastro no consta ningún valor de referencia y tampoco tengo ninguna tasación.
En la notaría no se mojan, simplemente dicen que ellos ponen el valor que yo les diga. El único valor que tengo es el catastral.
Mascarieri
ForoCoches: Miembro
#26
Cita de Clitoriano
¿Los impuestos no son función del valor catastral?
No

Compra venta

Al menos el itp es con el precio de compra venta
MontRoyal
ForoCoches: Usuario
#27
Cita de Oreki
Menudo lio.
Lo del múltiplo pensaba que lo habían quitado en 2022.
Tengo que escriturar un inmueble, pero en el catastro no consta ningún valor de referencia y tampoco tengo ninguna tasación.
En la notaría no se mojan, simplemente dicen que ellos ponen el valor que yo les diga. El único valor que tengo es el catastral.
Pues v.catastral x coeficiente multiplicador + un pico por si acaso.

El v.catastral te lo pueden facilitar en notaría.

Ahora bien.. ten presente que hagas lo que hagas estás siempre expuesto a una posible comprobación de valor por parte de los servicios tributarios durante 4 años.
Así que siempre conviene que sea algo "defendible"
Mascarieri
ForoCoches: Miembro
#28
Cita de MontRoyal
El ITP se paga de acuerdo al mayor valor comprobado.

Si el mayor valor comprobado es el vref entonces se paga por vref

Si el vref es inferior al valor de tasacion entonces se paga por valor de tasacion

Si no existe vref lo que sea mas alto entre valor de tasacion o la fórmula tradicional de vcatastral multiplicado por el coeficiente que tenga el barrio, municipio, localidad dónde esté radicado el inmueble. Éste coeficiente es público y se puede consultar en la administración de vuestra comunidad autónoma.

Hay que tener en cuenta que el precio real de compra (o de escrituración) a nuestros líderes se la sopla.

Si compras una casa por 100.000 euros pero la tasación es de 120.000 hay que liquidar el ITP por 120.000

Si compras una casa echa polvo por 50.000 y el vref es de 300.000 pagas ITP por 300.0000

Liquidar ITP por debajo del vref se considera automáticamente fraude fiscal. Luego ya si eso reclama luego que has pagado de más

Que no se nos olvide aplaudir a las 8
Yo he comprado una casa por encima del valor de referencia pero bastante por debajo del valor de tasación y he pagado itp por valor de compra venta , es más el gobierno no tiene ni por qué saber ese valor de tasación porque es un documento entre el banco y yo … vamos que me van a hacer pagar más itp porque estaba tasada por mucho más ? Era una casa de banco y lo compre a un fondo y pague el itp que me puso la notaría que era un 5.5 del valor de compra venta
Oreki
ForoCoches: Miembro
#29
Cita de MontRoyal
Pues v.catastral x coeficiente multiplicador + un pico por si acaso.

El v.catastral te lo pueden facilitar en notaría.

Ahora bien.. ten presente que hagas lo que hagas estás siempre expuesto a una posible comprobación de valor por parte de los servicios tributarios durante 4 años.
Así que siempre conviene que sea algo "defendible"
Lo que tenía pensado era el catastral x el coeficiente, pero utilizando un coeficiente más alto. En vez del coeficiente que encontré (que seguramente esté bastante desactualizado) ponerle un 50% más al coeficiente. Más allá de eso, sacar fotos del estado actual.
lolly
Hola
#30
Cita de capipuerto
Buenas tardes!

Para la semana que viene firmamos el contrato de arras por una vivienda que tiene un valor castatral por debajo del precio de la vivienda, debido a que la buhardilla no está metida en el catastro.


¿Hay alguna forma de añadir al catastro esto? Y luego ..., ¿tendría tiempo de negociar la hipoteca en el caso que quiera actualizar este dato?


¿Tiene algún coste esto?


No contábamos con esto ya que somos novatos en este mundo.


Aún no he contactado con ningún tasador y a no ser que lo tase hacia arriba veo complicado hacer frente a la vivienda, ya que puede haber una diferencia importante según nuestros ahorros.


Agradezco cualquier información, porque vaya quebraderos de cabeza.


GRACIAS



BUsca el valor de referencia, por debajo de ese no puedes escriturar, vas a pagar impuestos como minimo por ese valor
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