Modelo 720
17-abr-2024 15:41
#1
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Buenas shures Se que llego tarde Pero os suena que es obligado presentar el modelo 720 para cuenta de CFDS en un broker europeo tipo IG o similares ? |
17-abr-2024 16:03
#2
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Con CDFS son productos derivados y no cuentan para eso https://grupobelmar.es/news/Year_202..._20230325.html |
19-abr-2024 11:32
#3
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Con CDFS son productos derivados y no cuentan para eso
https://grupobelmar.es/news/Year_202..._20230325.html |
02-may-2024 16:06
#4
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@hp_auto Pero has visto que el 720 se compone de 3 bloques: cuentas, valores e inmuebles, y que cada uno es de 50k € verdad? https://sede.agenciatributaria.gob.e...recuentes.html Las criptos van en el modelo 721. |
19-oct-2024 05:39
#5
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Con CDFS son productos derivados y no cuentan para eso
https://grupobelmar.es/news/Year_202..._20230325.html Como se considera par el 720 el dinero que tengas en Degiro, por ejemplo, para tradear en bolsa? Se sumaría a lo que tengas en cuenta en el extranjero también? Gracias! |
19-oct-2024 07:54
#6
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Ahora no, asi q si estas pasado, decidi |
19-oct-2024 08:12
#7
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https://www.raisin.es/tributacion/modelo-720/ |
19-oct-2024 09:05
#8
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El dinero que tines en un broker está en una cuenta bancaria (extranjera) y hasta donde yo sé eso también hay que incluirlo.
https://www.raisin.es/tributacion/modelo-720/ |
19-oct-2024 09:07
#9
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Ah, vale, sí... pensé que decías dentro de la obligación de hacer el 720. El dinero que no "usas" es dinero en una cuenta corriente. |
19-oct-2024 09:07
#10
| Yo creo que lo mejor es presentarlo y olvidarte (a no ser que el importe crezca en otros 20k ese año, en cuyo caso debes presentarlo de nuevo). En algun momento creo que querras traer el dinero a tu cuenta y mejor saber decir de donde viene. |
19-oct-2024 09:59
#12
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Me pasaria de los 50k por 10k... Estando como están los depósitos/cuentas ahora, con las bajadas de tipos, no merece la pena creo tener que presentarlo (y ya tener esa obligación/estar en ojos de hacienda) por sacar 100€ más al año. Si fuera mucha más pasta, pues si que merece la pena. Gracias shur |
19-oct-2024 10:06
#14
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La cuestión se puede ver al revés: ¿Nos interesa a nosotros hacer el 720? Aparte de la obligación legal, que antes era muy dura y se controlaba bastante (el caso aquél del taxista al que metieron un multazo fue sangrante) y que con el gobierno socialista se ha suavizado mucho el control y con una sentencia europea rebajado sanciones hasta cantidades no desproporcionadas... el tema es el siguiente: Si un día repatrías una cantidad importante de dinero, Hacienda mirará de donde lo has sacado. Si dijiste que lo tenías fuera, no te dirán nada. Si no dijiste que lo tenías, logicamente te van a investigar a saco y pedirte explicaciones y que demuestres con documentos la procedencia INICIAL de los fondos.Y por supuesto ya metido en su base de datos te investigarán todo tu patrimonio de los últimos 4 años. |
Editado: 19-oct-2024 10:09 -
05-nov-2024 19:01
#15
| Pero a que fecha cuentan los 50.000? Es decir si me quedo un por debajo X dia, no tengo obligación? |
07-nov-2024 15:53
#16
| El último día del año tienes que tener menos de 50k y además de media durante el último trimestre también tienes que haber tenido menos de 50k. |