Se puede volver a opositar si ya tienes una plaza?
04-ene-2024 13:06
#1
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Por ejemplo si una persona saca una plaza de lo que sea (policía, ayudante de prisiones, agente de hacienda, etc) y con el paso de los años y por la circunstancia que sea quiere cambiar y opositar por ejemplo a Administrativo del Estado ¿puede hacerlo o por ser ya funcionario estaría excluido? Yo entiendo que sí es posible, evidentemente causando baja en la plaza anterior una vez que obtenga otra posterior ¿no? |
04-ene-2024 13:13
#2
| Por supuesto, para ello existe la excedencia por prestación de servicio en otro administración pública. Te vas al nuevo destino, manteniendo la plaza de origen por si algún día quieres volver. |
23-ene-2024 21:29
#3
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Por ejemplo si una persona saca una plaza de lo que sea (policía, ayudante de prisiones, agente de hacienda, etc) y con el paso de los años y por la circunstancia que sea quiere cambiar y opositar por ejemplo a Administrativo del Estado ¿puede hacerlo o por ser ya funcionario estaría excluido?
Yo entiendo que sí es posible, evidentemente causando baja en la plaza anterior una vez que obtenga otra posterior ¿no? |
23-ene-2024 22:28
#4
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Si es diferente cuerpo si De agente Hacienda a administrativo por ejemplo no podrías, es el mismo cuerpo |
23-ene-2024 22:36
#5
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La única restricción es que no puedes opositar a tu mismo cuerpo y también que la convocatoria NO te prohíba pasar a excedencia en la plaza nueva en X años, ha pasado en las convocatorias de la Ley 20/21 en Xunta que si te adjudicaban plaza si o si tenías que cogerla 2 años, tengo dudas de que sea legal pero de momento nadie ha denunciado. |
24-ene-2024 12:21
#7
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Eso es posible perfectamente. Si eres Agente de Hacienda no puedes volver a opositar a Agente de Hacienda porque es el mismo cuerpo. Pero a administrativo o a cualquier otra oposición sí puedes hacerlo. |
24-ene-2024 14:22
#8
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Sabes algún caso así ? Es mi caso, este año he aprobado C1 administrativo con una especialidad, y C1 administrativo del cuerpo general. Tomé posesión primero de la especialidad y estoy a la espera de a ver qué pasa con el cuerpo general (solo sé que estoy aprobado), pero de momento en un correo me dijeron que no me nombrarán a ver qué pasa en unos meses...
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24-ene-2024 16:39
#9
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Sabes algún caso así ?
Es mi caso, este año he aprobado C1 administrativo con una especialidad, y C1 administrativo del cuerpo general. Tomé posesión primero de la especialidad y estoy a la espera de a ver qué pasa con el cuerpo general (solo sé que estoy aprobado), pero de momento en un correo me dijeron que no me nombrarán a ver qué pasa en unos meses...Míralo bien. Al haber tomado posesión de una ya eres funcionario de carrera, por lo que la plaza que no quieras ocupar quedaría en excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público. Por ejemplo, yo conozco un par de casos que tienen dos plazas A2 de Gestión de la Administración Civil y Gestión de la Seguridad Social. Están ocupando una y la otra en excedencia. |
24-ene-2024 23:48
#10
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Míralo bien.
Al haber tomado posesión de una ya eres funcionario de carrera, por lo que la plaza que no quieras ocupar quedaría en excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público. Por ejemplo, yo conozco un par de casos que tienen dos plazas A2 de Gestión de la Administración Civil y Gestión de la Seguridad Social. Están ocupando una y la otra en excedencia. Administrativo y agente de hacienda tiene el mismo código de cuerpo (1135 si no recuerdo mal) , agente de hacienda se considera una especialidad del cuerpo general administrativo, pero el mismo cuerpo |
25-ene-2024 12:02
#11
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Pues ahí me pillas, me resulta extraño pero puede que sea como dices, sí. Acabo de mirar y Agente de Hacienda tiene el código código 1135 H y administrativo el código 1135. |
08-nov-2024 02:22
#15
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La plaza no hay que consolidarla, es muy frecuente en la age de gente que aprueba varias, toma posesión de una y a las pocas semanas le sale otra adjudicada y deja una de las dos en excedencia.
La única restricción es que no puedes opositar a tu mismo cuerpo y también que la convocatoria NO te prohíba pasar a excedencia en la plaza nueva en X años, ha pasado en las convocatorias de la Ley 20/21 en Xunta que si te adjudicaban plaza si o si tenías que cogerla 2 años, tengo dudas de que sea legal pero de momento nadie ha denunciado. |
08-nov-2024 06:43
#16
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Para tú proceso saldrá una lista de destinos, esos son los que hay, para obtener una plaza de otro proceso hay que sacar plaza en dicho proceso |
08-nov-2024 11:17
#17
| Pero una persona que es por por decir un ejemplo…Guardia Civil. Puede si quiere opositar y sacar plaza como Auxiliar Administrativo del Estado? Siendo ambas c2. Entiendo que si no? Sólo que en el momento de que saque la segunda tiene que renunciar a la primera al ser incompatible el desempeño de ambas |
08-nov-2024 12:17
#18
| Y cuando puedo cambiar de destino? Me da igual cambiar o no de especialidad dentro del grupo c y el nivel |
08-nov-2024 12:29
#19
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Pero una persona que es por por decir un ejemplo…Guardia Civil. Puede si quiere opositar y sacar plaza como Auxiliar Administrativo del Estado? Siendo ambas c2. Entiendo que si no? Sólo que en el momento de que saque la segunda tiene que renunciar a la primera al ser incompatible el desempeño de ambas
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08-nov-2024 12:39
#20
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Y las plazas no se consolidan, se consolida el nivel. Además, creo que por eso que dices de los 2 años y el primer destino, lo estás confundiendo con un concurso. Por favor, intentad dejar los comentarios de barra de bar para el General de verdad e intentemos ayudar en el subforo oposiciones, que aquí (sobre el papel) entra gente con intención de informarse. |
Editado: 08-nov-2024 12:41 -
08-nov-2024 15:49
#21
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Buscando alguna vez por internet he visto gente que ha tenido suerte y ha podido escapar relativamente rápido con la comisión de servicio, pero también he leído otros que no se las han aceptado, y que han quedado atrapados unos años. Lo dicho, yo no tengo ni idea, si alguien quiere orientarnos |
09-nov-2024 20:00
#22
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Ya que estamos, refloto el hilo para una pregunta parecida. En el caso de que estes de funcionario; y saques plaza como personal laboral en una entidad publica (por ejemplo, Adif, o la CNMV, o algo asi; o incluso el propio personal laboral de los ministerios o CCAA), seria factible? O no se puede sin excedencia o renunciar a la plaza? Y la misma pregunta al reves: si estas como personal laboral de una entidad publica, y sacas una oposicion a funcionario de carrera, luego mantienes algun derecho sobre tu antigua plaza laboral? |
09-nov-2024 22:59
#23
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Ya que estamos, refloto el hilo para una pregunta parecida. En el caso de que estes de funcionario; y saques plaza como personal laboral en una entidad publica (por ejemplo, Adif, o la CNMV, o algo asi; o incluso el propio personal laboral de los ministerios o CCAA), seria factible?
O no se puede sin excedencia o renunciar a la plaza? Y la misma pregunta al reves: si estas como personal laboral de una entidad publica, y sacas una oposicion a funcionario de carrera, luego mantienes algun derecho sobre tu antigua plaza laboral? |
11-nov-2024 12:31
#24
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Para nada. Puedes opositar cuantas veces quieras y coger cuantas plazas quieras, mientras no sea del mismo Cuerpo. Ocuparás una y el resto estarán en excedencia. También está el tema de renunciar o no tomar posesión, pero es una tontería una vez que apruebas un proceso selectivo.
Y las plazas no se consolidan, se consolida el nivel. Además, creo que por eso que dices de los 2 años y el primer destino, lo estás confundiendo con un concurso. Por favor, intentad dejar los comentarios de barra de bar para el General de verdad e intentemos ayudar en el subforo oposiciones, que aquí (sobre el papel) entra gente con intención de informarse. |
Editado: 11-nov-2024 20:33 -
a ver qué pasa en unos meses...